JEP - Auto SRT SB CH 187 14 mayo 2025
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- JEP - Auto SRT SB CH 187 14 mayo 2025
- Autor
- JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Transicional
- Año
- 2025
1
S E C C I Ó N D E R E V I S I Ó N D E S E N T E N C I A S E X P E D I E N T E: 1 5 0 0 3 5 99 3 . 2 0 2 2 . 0 . 0 0 . 0 0 0 1
JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ
TRIBUNAL PARA LA PAZ
SECCIÓN DE REVISIÓN
AUTO SRT-SB-CH-187
Bogotá D.C., Catorce (14) de mayo de 2025
Expediente 1500359-93.2022.0.00.0001 Compareciente Nolberto de Jesús Morales Morales Asunto Auto por el cual se impulsa la actuación
1. Mediante Auto CHP-SB-064 del 5 de mayo de 2023 1, se asumió el conocimiento del asunto de la referencia , de igual forma se expidieron distintas órdenes para ejercer de manera estratégica la función de revisión y supervisión de beneficios provisionales concedidos a varios comparecientes, entre ellos, el señor Nolberto de Jesús Morales Morales, identificado con cédula de ciudadanía n.º 70.632.242.
2. Por otra parte, de la consulta de la información registrada en el Sistema de Gestión Judicial Legal y en fuentes abiertas, se tuvo acceso a los documentos que se relacionan a continuación, los cuales no se encuentran incorporados en el Inventario de Beneficios:
- Auto del 14 de agosto de 2017, por el cual la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín ordenó, entre otras cuestiones, el traslado
continuación, los cuales no se encuentran incorporados en el Inventario de Beneficios:
- Auto del 14 de agosto de 2017, por el cual la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín ordenó, entre otras cuestiones, el traslado del señor Morales Morales a la Zona Ver edal Transitoria de Normalización de la Plancha ubicada en Anorí, Antioquia. Decisión que obra en los anexos del radicado Conti n.º 2017150080882.
- Decisión del 6 de septiembre de 2017, por la cual la Corte Suprema de Justicia confirmó el auto del 14 de agosto de 2017. Providencia visible entre los folios 279 y 299 del expediente Legali 1501135-30.2021.0.00.0001.
- Auto del 2 de noviembre, por el que la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín le concedió al compareciente el beneficio
1 Expediente legali 1500359-93.2022.0.00.0001. Folios 20 – 23.2
S E C C I Ó N D E R E V I S I Ó N D E S E N T E N C I A S E X P E D I E N T E: 1 5 0 0 3 5 99 3 . 2 0 2 2 . 0 . 0 0 . 0 0 0 1
provisional transicional de la libertad condicionada. Esa decisión se puede consultar en, la página de la Rama Judicial, en el siguiente hipervínculo:
https://www.ramajudicial.gov.co/documents/6342975/12982571/2017.11.02+Norbert
provisional transicional de la libertad condicionada. Esa decisión se puede consultar en, la página de la Rama Judicial, en el siguiente hipervínculo:
https://www.ramajudicial.gov.co/documents/6342975/12982571/2017.11.02+Norbert o_de_Jesus_Morales_Morales_2013-84952.pdf/0b25682d-c9ef-45e6-8b8d976d3b255f21
3. Así las cosas, se le solicitará a la Secretaría Ejecutiva de la Jurisdicción Especial para la Paz (SEJEP) que, de manera inmediat a, incorpore al Inventario de Beneficios las decisiones relacionadas en el numeral anterior.
4. Por otro lado, la Secretaría Judicial de la Sección de Revisión, mediante informe secretarial del 4 de marzo de 20252, puso en conocimiento de este despacho el memorial por el cual el abogado Duván Jaramillo Lopera solicitó, entre otras cuestiones, información sobre el estado actual de la presente actuación.
5. Sin embargo, el Inventario de Beneficios solo registra la información del anterior apoderado, esto es el abogado José Fideligno Higuera Torrijos quien, en todo caso , manifestó su renuncia, sin que el Sistema Autónomo de Asesoría y Defensa (SAAD) de la SEJEP haya reportado alguna novedad relacionada con el profesional del derecho que asumiría la representación judicial del mencionado compareciente o , en su defecto, que el compareciente haya otorgado poder a un profesional del derecho distinto.
6. En virtud de lo anterior, previo a dar respuesta al requerimiento del abogado Duván Jaramillo Lopera, se solicitará a la SEJEP que, en el término de tres (3) días contados a partir
6. En virtud de lo anterior, previo a dar respuesta al requerimiento del abogado Duván Jaramillo Lopera, se solicitará a la SEJEP que, en el término de tres (3) días contados a partir de la comunicación de esta providencia, precise quién es el profesional del derecho que, en la actualidad, ejerce la representación judicial del señor No lberto Morales Morales, identificado con cédula de ciudadanía n.º 70.632.242. Dicha información deberá ser actualizada en el Inventario de Beneficios. De igual modo, s e pondrá en conocimiento del abogado solicitante la presente decisión.
7. Finalmente, se requerirá a la Secretaría Judicial de la Sección de Revisión que , de manera inmediata, incorpore al expediente de la referencia el escrito por el cual el abogado José Fideligno Higuera Torrijos renunció a su designación como apoderado del señor Nolberto Morales Morales en los trámites que se surten ante esta Jurisdicción, visible entre los folios 1234 – 1239 del expediente Legali 0001139-73.2023.0.00.0001.
2 Expediente Legali 1500359-93.2022.0.00.0001. Folio 165.3
S E C C I Ó N D E R E V I S I Ó N D E S E N T E N C I A S E X P E D I E N T E: 1 5 0 0 3 5 99 3 . 2 0 2 2 . 0 . 0 0 . 0 0 0 1
Con fundamento en lo expuesto, este despacho de la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz,
RESUELVE:
Con fundamento en lo expuesto, este despacho de la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz,
RESUELVE:
PRIMERO: SOLICITAR a la Secretaría Ejecutiva de la Jurisdicción Especial para la Paz que, de manera inmediata, incorpore al Inventario de Beneficios las siguientes decisiones, relacionadas con la situación jurídica del señor Nolberto Morales Morales, identificado con cédula de ciudadanía n.º 70.632.242: i) Auto del 14 de agosto de 2017, por el cual la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín ordenó su traslado a Zona Verdal Transitoria de Normalización , obrante en los anexos del radicado Conti n.º 2017150080882; ii) decisión del 6 de septiembre de 2017, por la cual la Corte Suprema de Justicia confirmó el auto del 14 de agosto de 2017 , visible entre los folios 279 y 299 del expediente Legali 1501135-30.2021.0.00.0001; iii) Auto del 2 de noviembre, por el que la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín concedió al compareciente el beneficio provisional transicional de la libertad condicionada. Esa decisión se puede consultar en el hipervínculo indicado en la parte motiva de esta decisión.
SEGUNDO: SOLICITAR a la Secretaría Ejecutiva de esta Jurisdicción que, en el término de tres (3) días contados a partir de la comunicación de esta providencia, precise a nte este despacho quién es el profesional del derecho que, en la actualidad, representa al señor Nolberto Morales Morales, identificado con cédula de ciudadanía n.º 70.632.242 , en virtud
despacho quién es el profesional del derecho que, en la actualidad, representa al señor Nolberto Morales Morales, identificado con cédula de ciudadanía n.º 70.632.242 , en virtud de la renuncia manifestada por el abogado José Fideligno Higuera Torrijos . Deberá actualizar el Inventario de Beneficios con la información correspondiente.
TERCERO: REQUERIR a la Secretaría Judicial de la Sección de Revisión que, de forma inmediata, incorpore al expediente de la referencia el escrito por el cual el abogado José Fideligno Higuera Torrijos renunció a su designación como representante judicial del señor Nolberto Morales Morales, visible entre los folios 1234 – 1239 del expediente Legali 000113973.2023.0.00.0001.
CUARTO: PONER EN CONOCIMIEN TO del abogado Duván Jaramillo Lopera , la presente decisión.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
[Providencia firmada electrónicamente]
CATERINA HEYCK PUYANA
Magistrada Powered by TCPDF (www.tcpdf.org)