JEP - Auto SRT SB CH 253 19 junio 2025
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
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Detalles
- Título
- JEP - Auto SRT SB CH 253 19 junio 2025
- Autor
- JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Transicional
- Año
- 2025
1
S E C C I Ó N D E R E V I S I Ó N D E S E N T E N C I A S E X P E D I E N T E: 9 0 0 6 3 3 50 7 . 2 0 1 9 . 0 . 0 0 . 0 0 0 1
JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ
TRIBUNAL PARA LA PAZ
SECCIÓN DE REVISIÓN
AUTO SRT-SB-CH-253
Bogotá D.C., Diecinueve (19) de junio de 2025
Expediente 9006335-07.2019.0.00.0001 Compareciente Donaldo Guillermo Villanueva Acosta Asunto Auto por el cual se reconoce personería jurídica y se adopta otra determinación
1. En desarrollo del trámite de revisión y supervisión de beneficios transicionales provisionales adelantado en el caso del señor Donaldo Guillermo Villanueva Acosta , identificado con cédula de ciudadanía n.º 92.070.220, la Secretaría Judicial de la Sección de Revisión (SEJUD SR), mediante informe del 23 de abril de 2025 1, puso en conocimiento de este despacho el escrito presentado por la abogada Lorenley Pérez Pérez, identificada con cédula de ciudadanía n. º 1.103.220.395 y tarjeta profesional n. º 351.798.
2. En ese documento solicitó que su reconocimiento como apoderada del compareciente, para lo cual adjuntó el correspondiente poder2. Como quiera que el mandato se encuentra debidamente conferido, se le reconocerá personería jurídica para actuar en
2. En ese documento solicitó que su reconocimiento como apoderada del compareciente, para lo cual adjuntó el correspondiente poder2. Como quiera que el mandato se encuentra debidamente conferido, se le reconocerá personería jurídica para actuar en representación del señor Villanueva Acosta en el trámite de la referencia 3. Dado que la SEJUD SR le concedió el acceso al expediente de la referencia, no se hará necesario emitir una orden adicional en ese sentido4.
3. Finalmente, se solicitará a la Secretaría Ejecutiva de la Jurisdicción Especial para la Paz que, en el término de tres (3) días contados a partir de la comunicación de esta decisión, actualice el Inventario de Beneficios con los datos de la apoderada del compareciente.
1 Expediente Legali 9006335-07.2019.0.00.0001. Folio 2901. 2 Expediente Legali 9006335-07.2019.0.00.0001. Folio 2813 – 2816. 3 https://antecedentesdisciplinarios.cndj.gov.co. Consultado: junio 17 de 2025. Mediante c ertificado 202506171429856 se constató que la profesional del derecho no registra sanciones disciplinarias que le impidan ejercer el mandato otorgado por el compareciente. 4Expediente Legali 9006335-07.2019.0.00.0001. Folio 2895 y ss.2
S E C C I Ó N D E R E V I S I Ó N D E S E N T E N C I A S E X P E D I E N T E: 9 0 0 6 3 3 50 7 . 2 0 1 9 . 0 . 0 0 . 0 0 0 1
E X P E D I E N T E: 9 0 0 6 3 3 50 7 . 2 0 1 9 . 0 . 0 0 . 0 0 0 1
Con fundamento en lo anterior, este despacho de la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz,
RESUELVE:
PRIMERO: RECONOCER PERSONERÍA JURÍDICA a la doctora Lorenley Pérez Pérez, identificada con cédula de ciudadanía n. º 1.103.220.395 y tarjeta profesional n. º 351.798, en calidad de apoderada del señor Donaldo Guillermo Villanueva Acosta, identificado con cédula de ciudadanía n. º 92.070.220, en el trámite de la referencia.
SEGUNDO: SOLICITAR a la Secretaría Ejecutiva de la Jurisdicción Especial para la Paz que, en el término de tres (3) días contados a partir de la comunicación de esta decisión, actualice el Inventario de Beneficios con los datos de la apoderada del compareciente.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
[Providencia firmada electrónicamente]
CATERINA HEYCK PUYANA
Magistrada