JEP - Auto SRT SB CH 254 19 junio 2025
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
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Detalles
- Título
- JEP - Auto SRT SB CH 254 19 junio 2025
- Autor
- JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Transicional
- Año
- 2025
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S E C C I Ó N D E R E V I S I Ó N D E S E N T E N C I A S E X P E D I E N T E: 0 0 0 0 6 3 62 3 . 2 0 2 1 . 0 . 0 0 . 0 0 0 1
JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ
TRIBUNAL PARA LA PAZ
SECCIÓN DE REVISIÓN
AUTO SRT-SB-CH-254
Bogotá D.C., Diecinueve (19) de junio de 2025
Expediente 0000636-23.2021.0.00.0001 Compareciente Doris Suarez Guzmán Asunto Auto por el cual se impulsa la actuación
1. En desarrollo del trámite de revisión y supervisión de beneficios transicionales provisionales, adelantado en el caso de la señora Doris Suarez Guzmán, identificada con cédula de ciudadanía n. º 51.658.638, la Secretaría Judicial de la Sección de Revisión (SEJUD SR), mediante informe del 19 de mayo de 20251, puso en conocimiento de este despacho el documento2 presentado por la abogada Yulieth Mesa Albarracín.
2. En el mencionado escrito, la profesional del derecho solicitó el reconocimiento de personería jurídica para representar a la señora Suárez Guzmán. Para tal efecto, aportó el oficio n.º 202503017822 del 26 de marzo de 2025 3, suscrito por el Jefe de la Oficina Asesora del Sistema Autónomo de Asesoría y Defensa (SAAD), en el que se ordenó la sustitución
del abogado Darwin Esneyder Arias García.
del Sistema Autónomo de Asesoría y Defensa (SAAD), en el que se ordenó la sustitución del abogado Darwin Esneyder Arias García.
3. Al respecto, la Sección de Apelaci ón del Tribunal para la Paz (SA), en sentencia interpretativa del 21 de diciembre de 2022 – Senit 3 – dispuso que “[l]a representación judicial en los tr ámites ante la JEP por abogados designados por el SAAD o por los sistemas de defensor ía pública no requerirán el otorgamiento de poder especial. Ellos podrán asumir la gestión encomendada una vez su designaci ón sea comunicada por el SAAD o por ellos mismos a la respectiva sala o sección”.
4. Así las cosas, en el presente caso, no será necesario un pronunciamiento judicial para que la apoderada pueda asumir la representación del compareciente. No obstante, se
1 Expediente Legali 0000636-23.2021.0.00.0001. Folios 551 – 552. 2 Expediente Legali 0000636-23.2021.0.00.0001. Folio 542. 3 Expediente Legali 0000636-23.2021.0.00.0001. Folios 543 – 544.2 S E C C I Ó N D E R E V I S I Ó N D E S E N T E N C I A S E X P E D I E N T E: 0 0 0 0 6 3 62 3 . 2 0 2 1 . 0 . 0 0 . 0 0 0 1 solicitará a la Secretaría Ejecutiva de la Jurisdicción Especial para la Paz que, en el término de tres (3) días contados a partir de la comunicación de esta decisión, actualice el Inventario
solicitará a la Secretaría Ejecutiva de la Jurisdicción Especial para la Paz que, en el término de tres (3) días contados a partir de la comunicación de esta decisión, actualice el Inventario de Beneficios con los datos de la apoderada de la compareciente.
5. Del mismo modo, se ordenará a la Secretaría Judicial de la Sección de Revisión que, de manera inmediata , deje sin efectos las claves de acceso otorgadas al abogado Darwin Esneyder Arias García para consultar el expediente de la referencia.
6. Finalmente, dada la importancia de actualizar los datos de ubicación y contacto de la compareciente y, con ello, verificar los compromisos asumidos esta Jurisdicción, se considera necesario requerir a la abogada para que, en el término de cinco (5) días contados a partir de la comunicación de esta decisión, actualice esta información, resp ecto de la señora Doris Suarez Guzmán, identificada con cédula de ciudadanía n. º 51.658.638.
Con fundamento en lo anterior, este despacho de la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz,
RESUELVE:
PRIMERO: SOLICITAR a la Secretaría Ejecutiva de la Jurisdicción Especial para la Paz que, en el término de tres (3) días contados a partir de la comunicación de esta decisión, actualice el Inventario de Beneficios con los datos de la apoderada que representa a la señora Doris Suarez Guzmán, identificada con cédula de ciudadanía n. º 51.658.638, en el presente trámite.
SEGUNDO: ORDENAR a la Secretaría Judicial de la Sección de Revisión que, de manera inmediata, deje sin efectos las claves de acceso otorgadas al abogado Darwin Esneyder Arias
trámite.
SEGUNDO: ORDENAR a la Secretaría Judicial de la Sección de Revisión que, de manera inmediata, deje sin efectos las claves de acceso otorgadas al abogado Darwin Esneyder Arias García para consultar el expediente de la referencia.
TERCERO: REQUERIR abogada Yulieth Mesa Albarracín que, en el término de (5) días contados a partir de la comunicación de esta decisión, suministre los datos de ubicación y contacto de la señora Doris Suarez Guzmán, identificada con cédula de ciudadanía n. º
51.658.638.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
[Providencia firmada electrónicamente]
CATERINA HEYCK PUYANA
Magistrada