JEP - Auto SRT SB CH 275 21 julio 2025
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
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Detalles
- Título
- JEP - Auto SRT SB CH 275 21 julio 2025
- Autor
- JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Transicional
- Año
- 2025
1
SECCIÓN DE REVISIÓN DE SENTENCIAS EXPEDIENTE: 0001085-44.2022.0.00.0001
JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ TRIBUNAL PARA LA PAZ SECCIÓN DE REVISIÓN AUTO SRT-SB-CH-275 Bogotá D.C., 21 de julio de 2025 Expediente 0001085-44.2022.0.00.0001 Compareciente Álvaro Guaza Carabalí Asunto Auto por el cual se requiere una información 1. En desarrollo del trámite de revisión y supervisión de beneficios provisionales transicionales adelantado en el caso del señor Álvaro Guaza Carabalí, identificado con cédula de ciudadanía n.º 4.639.976, este despacho de la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz (SR) profirió el Auto SRT-SB-CH-255 del 19 de junio de 20251, por el cual, entre otras cosas, ordenó lo siguiente: PRIMERO: REITERAR, lo ordenado en Autos SRT-SB-CH-078 del 21 de febrero y SRT-SB-CH-159 del 23 de abril de 2025, esto es, SOLICITAR al abogado Francisco Javier Gómez que, en el término de tres (3) días contados a partir de la comunicación de esta providencia, informe a este despacho las razones por las que el señor Álvaro Guaza Carabali no ha diligenciado y aportado el Formato F-1, conforme a lo dispuesto en la Resolución SAI-AOI-T-MGM-748-2024 del 7 de octubre de 2024. De igual forma, deberá suministrar la información que permita actualizar los datos de ubicación y contacto del compareciente. 2. En respuesta a ese requerimiento, el 8 de julio de
20252, el apoderado informó que su representado ha suscrito el formato F1 en dos oportunidades, el cual se encuentra en poder de la Secretaría Ejecutiva de la Jurisdicción Especial para la Paz (SEJEP) y la Secretaría Judicial. Adicionalmente, manifestó “ahora bien, en aras de informar sobre la comparecencia de mi representado, debo informar que el señor Álvaro Guaza Carabali, presento versión voluntaria en el caso 010 en el pasado mes de mayo de la anualidad, también asiste al caso 001,007 y esta (sic) en el caso 010.”. 1 Expediente Legali 0001085-44.2022.0.00.0001. Folios 683-685. 2 Expediente Legali 0001085-44.2022.0.00.0001. Folio 694.2
SECCIÓN DE REVISIÓN DE SENTENCIAS EXPEDIENTE: 0001085-44.2022.0.00.0001
3. Así las cosas, se requerirá a la SEJEP y a la Secretaría General Judicial que, en el término de tres (3) días contados a partir de la comunicación de esta decisión, informen a este despacho si el señor Álvaro Guaza Carabalí, identificado con cédula de ciudadanía n.º 4.639.976, efectivamente suscribió el formato F1. Deberán aportar copia del documento respectivo. 4. De otra parte, si bien el apoderado manifestó que su representado ha comparecido en el desarrollo de varios macrocasos, en Auto SRT-SB-CH-255 del 19 de junio de 2025, se le requirió la información que permitiera actualizar los datos de ubicación y contacto del señor Guaza Carabalí, lo cual no ha ocurrido, siendo esa una de las condiciones para el acceso y mantenimiento de los beneficios transicionales a los que su patrocinado se ha hecho acreedor. Por esa razón, nuevamente, se lo requerirá para que en el término de tres (3) días, contados a partir de la comunicación de esta providencia, suministre esa información. Con fundamento en lo anterior, este despacho de la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz, RESUELVE: PRIMERO: REQUERIR a la Secretaría Ejecutiva de la Jurisdicción Especial para la Paz y a la Secretaría General Judicial que, en el término de tres (3) días contados a partir de la comunicación de esta decisión, informen a este despacho si el señor Álvaro Guaza Carabalí, identificado con cédula de ciudadanía n.º 4.639.976, efectivamente suscribió el formato F1. Deberán aportar copia del documento respectivo. SEGUNDO: REQUERIR al abogado Francisco Javier Gómez que, en el término de tres (3) días contados a partir de la comunicación de esta providencia, actualice los datos de ubicación y contacto correspondientes al señor Álvaro Guaza Carabalí,
copia del documento respectivo. SEGUNDO: REQUERIR al abogado Francisco Javier Gómez que, en el término de tres (3) días contados a partir de la comunicación de esta providencia, actualice los datos de ubicación y contacto correspondientes al señor Álvaro Guaza Carabalí, identificado con cédula de ciudadanía n.º 4.639.976. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE [Providencia firmada electrónicamente] CATERINA HEYCK PUYANA Magistrada