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JEP - Auto SRT SB CH 363 17 noviembre de 2023

JEP - Jurisdicción Especial para la Paz

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Detalles

Título
JEP - Auto SRT SB CH 363 17 noviembre de 2023
Autor
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Transicional
Año
2023

SECCIÓN DE REVISIÓN DE SENTENCIAS

RADICADO NO. 0001296-46.2023.0.00.0001

REPÚBLICA DE COLOMBIA

JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

TRIBUNAL PARA LA PAZ

SECCIÓN DE REVISIÓN

Auto No. SRT-SB-CH-363 Bogotá D.C., Diecisiete (17) de noviembre de 2023

Radicado Legali: 0001296-46.2023.0.00.0001

Compareciente: Phanor Orejuela Quijano Asunto: Auto por el cual se ordena la incorporación de una información al expediente

1. En desarrollo de la función de revisión y supervisión de beneficios provisionales, este despacho procedió a verificar la información registrada en los diferentes sistemas de información de esta Jurisdicción, en orden a establecer la situación jurídica del señor Phanor Orejuela Quijano, identificado con cédula de ciudadanía n.º 85.448.937.

2. En esa labor se encontró que, dentro del expediente Legali 0001082-26.2021.0.00.0001, la Sala de Amnistía o Indulto ha recaudado información relevante para el desarrollo de su actuación.

Por esa razón, y en orden a no duplicar los esfuerzos de las distintas autoridades judiciales y administrativas que la han suministrado, se ordenará a la Secretaría Judicial de la Sección de Revisión (SEJUD SR) que, en el término de dos (2) días, incorpore a esta actuación los siguientes documentos: a. Respuesta suministrada por el Establecimiento Penitenciario y Carcelario de Santander de Quilichao (Cauca), del 31 de diciembre de 2021, obrante a folios 31 a

33 del expediente. b. Respuesta del Ministerio de Defensa del 5 de enero de 2022, por la cual se informó sobre los antecedentes y/o anotaciones penales del señor Phanor Orejuela Quijano, obrante a folios 51 y 52. c. Informe de la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP (UIA) del 7 de febrero de 2022, con sus respectivos anexos, obrante de folio 67 a 90. d. Respuesta de la Oficina del Alto Comisionado para la Paz de fecha 31 de marzo de 2022, por la cual se manifestó que el compareciente se encuentra acreditado dentro del listado de integrantes o colaboradores de las FARC-EP, obrante a folios 116 y 117. e. Informe de la UIA del 6 de junio de 2022, con sus respectivos anexos, obrante de folio 124 a 152. f. Respuesta de la Agencia para la Reincorporación y la Normalización del 27 de febrero de 2023, obrante de folio 170 a 173. g. Informe de la Secretaría Ejecutiva de la Jurisdicción Especial para la Paz, obrante de folio 215 a 216. h. Informe final de la UIA del 29 de marzo de 2023, con sus anexos, obrante de folio 217 a 243. 1

SECCIÓN DE REVISIÓN DE SENTENCIAS

RADICADO NO. 0001296-46.2023.0.00.0001

3. En el mismo término, la SEJUD SR deberá incorporar a este expediente los siguientes documentos que se encuentran cargados al Inventario de Beneficios: a) acta de compromiso,

reincorporación política social y económica n.º 507440 del 9 de julio de 2018; y b) certificado del 17 de junio de 2017, expedido por el Representante Especial del Secretario General y Jefe de la Misión de las Naciones Unidas en Colombia. Por lo expuesto, el despacho sustanciador de la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz,

I. RESUELVE: PRIMERO: ORDENAR a la Secretaría Judicial de la Sección de Revisión que, en el término de dos (2) días, INCORPORE al presente expediente, la información que se relaciona a continuación, recaudada dentro del expediente Legali n.º 0001082-26.2021.0.00.0001, correspondiente al trámite de beneficios que adelanta la Sala de Amnistía o Indulto, en el caso del señor Phanor Orejuela Quijano, identificado con cédula de ciudadanía n.º 85.448.937.

a. Respuesta suministrada por el Establecimiento Penitenciario y Carcelario de Santander de Quilichao (Cauca), del 31 de diciembre de 2021, obrante a folios 31 a 33 del expediente. b. Respuesta del Ministerio de Defensa del 5 de enero de 2022, por la cual se informó sobre los antecedentes y/o anotaciones penales del señor Phanor Orejuela Quijano, obrante a folios 51 y 52. c. Informe de la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP (UIA) del 7 de febrero de 2022, con sus respectivos anexos, obrante de folio 67 a 90.

d. Respuesta de la Oficina del Alto Comisionado para la Paz de fecha 31 de marzo de 2022, por la cual se manifestó que el compareciente se encuentra acreditado dentro del listado de integrantes o colaboradores de las FARC-EP, obrante a folios 116 y 117. e. Informe de la UIA del 6 de junio de 2022, con sus respectivos anexos, obrante de folio 124 a 152. f. Respuesta de la Agencia para la Reincorporación y la Normalización del 27 de febrero de 2023, obrante de folio 170 a 173. g. Informe de la Secretaría Ejecutiva de la Jurisdicción Especial para la Paz, obrante de folio 215 a 216. h. Informe final de la UIA del 29 de marzo de 2023, con sus anexos, obrante de folio 217 a 243.

SEGUNDO: ORDENAR a la Secretaría Judicial de la Sección de Revisión que, en el término de dos (2) días, INCORPORE al presente expediente, los siguientes documentos, los cuales se encuentran cargados al Inventario de Beneficios: a) acta de compromiso, reincorporación política social y económica n.º 507440 del 9 de julio de 2018; y b) certificado del 17 de junio de 2017, expedido por el Representante Especial del Secretario General y Jefe de la Misión de las Naciones

Unidas en Colombia.

CÚMPLASE

[Providencia firmada electrónicamente]

CATERINA HEYCK PUYANA

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