JEP - Auto SRT SB CH 376-06 agosto 2024
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
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Detalles
- Título
- JEP - Auto SRT SB CH 376-06 agosto 2024
- Autor
- JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Transicional
- Año
- 2024
SECCIÓN DE REVISIÓN DE SENTENCIAS EXPEDIENTE: 0002484-79.2020.0.00.0001
JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ
TRIBUNAL PARA LA PAZ
SECCIÓN DE REVISIÓN
AUTO SRT-SB-CH-376
Bogotá D.C., Seis (6) de agosto de 2024 Expediente 0002484-79.2020.0.00.0001 Compareciente Harbey Torres Ayala Asunto Auto por el cual reconoce personería jurídica y se concede acceso al expediente.
1. Mediante informe secretarial del 23 de julio de 20241, la Secretaría Judicial de la Sección de Revisión (SEJUD SR) puso en conocimiento de este despacho el documento presentado por el abogado Adalberto Córdoba Berrío, identificado con la cédula de ciudadanía n.º 11.800.732 y tarjeta profesional n.º 220.3442, a través del cual el señor Harbey Torres Ayala, identificado con cédula de ciudadanía n.º 3.532.5743 le confiere poder para ejerza su representación ante esta Jurisdicción.
2. De igual forma, solicitó acceso al expediente e información en orden a determinar si su representado, está vinculado a algún trámite de beneficios en el expediente Legali
0002484-79.2020.00.0001.
3. Dado que el poder conferido al mencionado profesional del derecho, adscrito al Sistema Autónomo de Asesoría y Defensa de la JEP se encuentra debidamente otorgado, se le reconocerá personería jurídica para actuar. Así mismo, de conformidad con lo ordenado en Auto SRT-SB-CH-130 del 15 de marzo de 20244, a través de la SEJUD SR se gestionará su
acceso al expediente Legali 0002484-79.2020.00.0001. Con fundamento en lo anterior, este despacho de la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz,
I. RESUELVE PRIMERO: RECONOCER personería jurídica al abogado Adalberto Córdoba Berrío, identificado con la cédula de ciudadanía n.º 11.800.732 y tarjeta profesional n.º 220.344, en calidad de apoderado del señor Harbey Torres Ayala, identificado con cédula de ciudadanía n.º 3.532.574. 1 Expediente Legali. Folio 2940. 2 https://antecedentesdisciplinarios.ramajudicial.gov.co/. Mediante certificado n.º 4658829 se acreditó que no registra sanciones disciplinarias que le impidan ejercer el mandato otorgado. Consulta 24 de julio de 2024.
3 Expediente Legali. Folio 2934. 4 Expediente Legali. Folio 2809-2810. 1
SECCIÓN DE REVISIÓN DE SENTENCIAS EXPEDIENTE: 0002484-79.2020.0.00.0001
SEGUNDO: A través de la Secretaría Judicial de la Sección de Revisión, GESTIONAR el acceso al expediente Legali 0002484-79.2020.00.0001, por parte del abogado Adalberto
Córdoba Berrío.
CÚMPLASE
[Providencia firmada electrónicamente]
CATERINA HEYCK PUYANA
Magistrada 2 Powered by TCPDF (www.tcpdf.org)