JEP - Auto SRT SB CH 379-06 agosto 2024
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
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Detalles
- Título
- JEP - Auto SRT SB CH 379-06 agosto 2024
- Autor
- JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Transicional
- Año
- 2024
SECCIÓN DE REVISIÓN DE SENTENCIAS EXPEDIENTE: 0001757-86.2021.0.00.0001
JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ
TRIBUNAL PARA LA PAZ
SECCIÓN DE REVISIÓN
AUTO SRT-SB-CH-379
Bogotá D.C., Seis (6) de agosto de 2024 Expediente 0001757-86.2021.0.00.0001 Compareciente Jhon Faber Capera Tique Asunto Auto por el cual se autoriza acceso al expediente.
1. Mediante informe del 25 de junio de 20241, la Secretaría Judicial de la Sección de Revisión (SEJUD SR) puso en conocimiento de este despacho el escrito de la abogada Sandra Mónica Herrera Gaviria2, identificada con la cédula de ciudadanía n.º 42.092.934 y tarjeta profesional n.º 287.0963, en el que, en síntesis, solicita acceso al expediente Legali n.º 000175786.2021.0.00.0001. Se trata del asunto de revisión y supervisión de beneficios provisionales, adelantado respecto del señor Jhon Faber Capera Tique, identificado con cédula de ciudadanía n.º 96.333.015.
2. De acuerdo con la información registrada en el Inventario de Beneficios y el Sistema de Gestión Judicial Legali, la mencionada profesional del derecho se encuentra adscrita al Sistema Autónomo de Asesoría y Defensa (SAAD) y fue designada para asumir la defensa técnica del señor Capera Tique en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP)4. Es así como la
Sala de Amnistía o Indulto le comunicó la Resolución SAI-AOI-AS-DVL-205-2022 del 3 de noviembre de 20225.
3. Por lo anterior, dado que actúa en la Sala de Justicia ante la cual se adelanta el trámite para resolver la situación jurídica del compareciente, se autorizará su acceso al expediente Legali n.º 0001757-86.2021.0.00.0001, para lo cual se ordenará a la SEJUD SR, realice las gestiones necesarias con ese fin.
Con fundamento en lo anterior, este despacho de la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz,
I. RESUELVE: CUESTIÓN ÚNICA: Por Secretaría Judicial de la Sección de Revisión, GESTIONAR el acceso al expediente Legali n.º 0001757-86.2021.0.00.0001, a la abogada Sandra Mónica
1 Expediente Legali. Folio 1516. 2 Expediente Legali. Folio 1514. 3 https://antecedentesdisciplinarios.cndj.gov.co. De acuerdo con el certificado n.º 4643932, la profesional del derecho no registra sanciones disciplinarias que le impidan ejercer la representación del compareciente.
Consulta: 19 de julio de 2024. 4 Expediente Legali 1501338-55.2022.0.00.0001. Folio 683-684. 5 Expediente Legali 1501338-55.2022.0.00.0001. Folio 685.
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SECCIÓN DE REVISIÓN DE SENTENCIAS EXPEDIENTE: 0001757-86.2021.0.00.0001
Herrera Gaviria, identificada con la cédula de ciudadanía n.º 42.092.934 y tarjeta profesional
n.º 287.096, en calidad de apoderada del señor Jhon Faber Capera Tique, identificado con cédula de ciudadanía n.º 96.333.015.
CÚMPLASE
[Providencia firmada electrónicamente]
CATERINA HEYCK PUYANA
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