🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

JEP - Auto SRT SB CH 406 11 diciembre de 2023

JEP - Jurisdicción Especial para la Paz

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
JEP - Auto SRT SB CH 406 11 diciembre de 2023
Autor
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Transicional
Año
2023

SECCIÓN DE REVISIÓN DE SENTENCIAS EXPEDIENTE: 0001501-46.2021.0.00.0001

JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

TRIBUNAL PARA LA PAZ

SECCIÓN DE REVISIÓN

AUTO SRT-SB-CH-406

Bogotá D.C., Once (11) de diciembre de 2023 Expediente 0001501-46.2021.0.00.0001 Compareciente Yohn Alberto Montoya Montoya Asunto Auto por el cual se autoriza acceso al expediente.

1. La Secretaría Judicial de la Sección de Revisión (SEJUD SR) puso en conocimiento de este despacho1 el memorial presentado por el abogado Dagoberto Arango Jaramillo, identificado con la cédula de ciudadanía n.º 1.128.439.119 y tarjeta profesional n.º 231.720, por el cual requirió el “reconocimiento de personería jurídica y acceso al expediente n.º 000150146.2021.0.00.0001 (…)” (énfasis del texto). Se adjuntó a la solicitud el poder conferido por el señor Yohn Alberto Montoya Montoya, identificado con cédula de ciudadanía n.º

15.273.0692.

2. De acuerdo con la información registrada en el Sistema de Gestión Judicial Legali, el mencionado profesional del derecho fue reconocido como apoderado del señor Montoya Montoya, mediante Resolución SAI-AOI-T-ASM-062-2023 del 1º de febrero de 20233, por la

Sala de Amnistía o Indulto.

3. Por lo anterior, dado que la Sala de Justicia ante la cual se adelanta el trámite para

resolver su situación jurídica, le reconoció la facultad para actuar en representación de los intereses del mencionado compareciente, sin que al respecto sea necesario un nuevo pronunciamiento por parte de este despacho de la SR, se autorizará su acceso al expediente Legali n.º 0001501-46.2021.0.00.0001, para lo cual se ordenará a la SEJUD SR, realice las gestiones necesarias con ese fin.

4. De igual forma, se ordenará a la Secretaría Ejecutiva de la JEP que, en el término de cinco (5) días a la comunicación de esta decisión, actualice el registro del compareciente Yohn Alberto Montoya Montoya, identificado con cédula de ciudadanía n.º 15.273.069, con los datos del profesional del derecho que actualmente lo representa ante esta Jurisdicción.

Con fundamento en lo anterior, este despacho de la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz,

I. RESUELVE 1 Expediente Legali 1500283-69.2021.0.00.0001. Folio 220. 2 Expediente Legali 0001501-46.2021.0.00.0001. Folios 218-219. 3 Expediente Legali 1500283-69.2021.0.00.0001. Folios 909-918.

1

SECCIÓN DE REVISIÓN DE SENTENCIAS EXPEDIENTE: 0001501-46.2021.0.00.0001

PRIMERO: A través de la Secretaría Judicial de la Sección de Revisión, GESTIONAR el acceso al abogado Dagoberto Arango Jaramillo, identificado con la cédula de ciudadanía n.º 1.128.439.119 y tarjeta profesional n.º 231.720, al expediente Legali n.º 000150146.2021.0.00.0001, en calidad de apoderado del señor Yohn Alberto Montoya Montoya.

SEGUNDO: SOLICITAR a la Secretaría Ejecutiva de la Jurisdicción Especial de la Paz que, en el término de cinco (5) días a la comunicación de esta decisión, actualice el registro del compareciente Yohn Alberto Montoya Montoya, identificado con cédula de ciudadanía n.º 15.273.069, con los datos del profesional del derecho que actualmente lo representa ante esta

Jurisdicción.

CÚMPLASE

[Providencia firmada electrónicamente]

CATERINA HEYCK PUYANA

Magistrada 2 Powered by TCPDF (www.tcpdf.org)

Consultar sobre este documento ...