JEP - Auto SRT SB CH 451 20 diciembre de 2023
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
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Detalles
- Título
- JEP - Auto SRT SB CH 451 20 diciembre de 2023
- Autor
- JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Transicional
- Año
- 2023
SECCIÓN DE REVISIÓN DE SENTENCIAS EXPEDIENTE: 0001351-65.2021.0.00.0001
JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ
TRIBUNAL PARA LA PAZ
SECCIÓN DE REVISIÓN
AUTO SRT-SB-CH-451
Bogotá D.C., Veinte (20) de diciembre de 2023 Expediente 0001351-65.2021.0.00.0001 Compareciente Jainiver Restrepo Osorio Asunto Auto por el cual se solicita información, previo a autorizar el acceso al expediente.
1. La Secretaría Judicial de la Sección de Revisión puso en conocimiento de este despacho el escrito presentado por el abogado Miguel Darío Herrera Villada1, identificado con la cédula de ciudadanía n.º 10.193.385 y tarjeta profesional n.º 248.668, por medio del cual solicitó acceso al expediente Legali n.º 0001351-65.2021.0.00.0001, relacionado con el trámite de revisión y supervisión de beneficios provisionales del compareciente Jainiver Restrepo Osorio, identificado con cédula de ciudadanía n.º 1.058.844.600.
2. No obstante, de acuerdo con la información registrada en el Sistema de Gestión Judicial Legali, se tiene conocimiento que mediante comunicación del 10 de octubre de 20232, la Secretaría Judicial de la Sala de Amnistía o Indulto notificó electrónicamente la resolución SAI-DF-ASM-037-2023 del 29 de septiembre de 2023, a la abogada Diana Consuelo Tovar Romero, en calidad de apoderada del señor Restrepo Osorio. Aunque, posteriormente, el 17 de noviembre de 20233, la SEJUD SAI comunicó al abogado Herrera
Villada esa misma resolución, no se observa en el expediente el poder conferido, o su reconocimiento para actuar ante la Jurisdicción.
3. Por esa razón, se solicitará al abogado Miguel Darío Herrera Villada que, en el término de cinco (5) días contados a partir de la comunicación de esta decisión, presente ante este despacho el poder otorgado por el compareciente, en orden a resolver su solicitud de acceso al expediente en el trámite de revisión y supervisión de beneficios del señor
Jainiver Restrepo Osorio.
4. Finalmente, dado que en el Inventario de Beneficios no se registran los datos de identificación de su defensor, se ordenará a la Secretaría Ejecutiva de la Jurisdicción Especial para la Paz que, en el término de cinco (5) días contados a partir de la comunicación de esta decisión, actualice esa herramienta con los datos del profesional del derecho que representa los intereses del señor Jainiver Restrepo Osorio, identificado con cédula de ciudadanía n.º 1.058.844.600. 1 Expediente Legali 0001351-65.2021.0.00.0001. Folio 368, 369 y 403. 2 Expediente Legali 9004332-79.2019.0.00.0001. Folio 3712 3 Expediente Legali 9004332-79.2019.0.00.0001. Folio 3751.
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SECCIÓN DE REVISIÓN DE SENTENCIAS EXPEDIENTE: 0001351-65.2021.0.00.0001
Con fundamento en lo anterior, este despacho de la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz,
I. RESUELVE: PRIMERO: SOLICITAR al abogado Miguel Darío Herrera Villada, identificado con la
cédula de ciudadanía n.º 10.193.385 y tarjeta profesional n.º 248.668 que, en el término de cinco (5) días contados a partir de la comunicación de esta decisión, presente el poder otorgado por el señor Jainiver Restrepo Osorio, identificado con cédula de ciudadanía n.º 1.058.844.600, con el fin de en de resolver su solicitud de acceso al expediente en el trámite de revisión y supervisión de beneficios que adelanta este despacho.
SEGUNDO: SOLICITAR a la Secretaría Ejecutiva de la Jurisdicción Especial de la Paz que, en el término de cinco (5) días contados a partir de la comunicación de esta decisión, actualice el Inventario de Beneficios con los datos del profesional del derecho que representa los intereses del señor Jainiver Restrepo Osorio, identificado con cédula de ciudadanía n.º
1.058.844.600.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
[Providencia firmada electrónicamente]
CATERINA HEYCK PUYANA
Magistrada 2 Powered by TCPDF (www.tcpdf.org)