JEP - Auto SRVBIT 223 02 diciembre de 2022
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
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Detalles
- Título
- JEP - Auto SRVBIT 223 02 diciembre de 2022
- Autor
- JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Transicional
- Año
- 2022
SALA DE RECONOCIMIENTO DE VERDAD, DE
RESPONSABILIDAD Y DE DETERMINACIÓN
DE LOS HECHOS Y CONDUCTAS
RADICADO NO. 202203021361
RADICADO LEGALI: 9002762-92.2018.0.00.0001/0008
REPÚBLICA DE COLOMBIA
JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ
SALAS DE JUSTICIA
SALA DE RECONOCIMIENTO DE VERDAD, DE RESPONSABILIDAD
Y DE DETERMINACIÓN DE LOS HECHOS Y CONDUCTAS
Caso No. 02
AUTO No. SRVBIT - 223
Bogotá D.C., 2 de diciembre de 2022
Compareciente: Juan Carlos Dueñas Mejía
C.C: 79.629.167
Asunto: Fijación fecha diligencia de versión voluntaria I.- ASUNTO A TRATAR Se procede a fijar fecha de diligencia de ampliación de versión voluntaria del compareciente Juan Carlos Dueñas Mejía, convocada por la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas (en adelante Sala de Reconocimiento).
II.- ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES
1. Con fundamento en los informes que hasta el momento ha recibido la Sala de Reconocimiento, y a partir de los criterios y metodologías de priorización de situaciones y casos1, se avocó el conocimiento del Caso No. 02 correspondiente a las conductas de competencia de esta jurisdicción que presuntamente fueron cometidas por integrantes de las FARC-EP y la Fuerza Pública, en el periodo comprendido entre 1990 y 2016 en los municipios de Ricaurte, Tumaco y 1 Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y
Conductas, Criterios y Metodologías de Priorización de Situaciones y Casos, 28 de junio de 2018. 1
SALA DE RECONOCIMIENTO DE VERDAD, DE
RESPONSABILIDAD Y DE DETERMINACIÓN
DE LOS HECHOS Y CONDUCTAS
RADICADO NO. 202203021361
RADICADO LEGALI: 9002762-92.2018.0.00.0001/0008
Barbacoas, en el Departamento de Nariño. Lo anterior, sin perjuicio de aquellos terceros civiles que voluntariamente decidan someterse ante la jurisdicción.
2. Mediante Auto No. 069 del 18 de marzo de 2020, la Sala de Reconocimiento ordenó llamar a diligencia de versión voluntaria a Juan Carlos Dueñas Mejía. En la misma decisión se estableció que junto a la notificación del mencionado auto se trasladarían los informes presentados en el marco del Caso No. 02 de 2018, de conformidad con el artículo 27 A de la Ley 1922 de 2018. De conformidad con lo anterior, dichas diligencias se practicaron el 8 de junio y 2 de julio de 2020.
3. Posteriormente, con el propósito de avanzar en la investigación, fue recolectada nueva información que ha contribuido al proceso de contrastación. Esta información surgió con posterioridad a las diligencias de versión voluntaria practicadas con Dueñas Mejía. Por esta razón, este despacho considera necesario escuchar nuevamente en diligencia de versión voluntaria a este compareciente.
Para esto, se ordenará a la Secretaría Judicial de la Sala de Reconocimiento que traslade al compareciente y a su abogado la siguiente información:
- Compilación actualizada de hechos de los informes presentados ante el Macrocaso No. 02. • Expediente judicial de la Fiscalía 70 Especializada de la Unidad Nacional de
Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario de Cali, Valle. Número de radicado 5032-70. • Expediente judicial de la Dirección de Fiscalía Especializada contra violaciones a los Derechos Humanos. Fiscalía 118 Especializada. San Juan de Pasto (Nariño) 17 de septiembre de 2017. Número de expediente 9980. • Expediente judicial de la Fiscalía 8 Especializada. Número de radicado
158270. En FGN. Solicitud estado de compulsas al Fiscal 8 especializado.
Número de radicado 11001600025320068045. 19 de enero de 2021. • Expediente judicial de la Procuraduría General de la Nación. Dirección Nacional de Investigaciones Especiales. Expediente 009/116126/05. • Expediente judicial de la Dirección de Derechos Humanos Fiscalía General de la Nación. Radicado 1845.
- Versión voluntaria de José David Vásquez Acevedo.
- Versión voluntaria de Luis Alberto Cuellar Rojas.
4. En consecuencia, el despacho resolverá fijar para el 13 de enero de 2023, bajo modalidad presencial, la diligencia de versión voluntaria del compareciente Juan
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SALA DE RECONOCIMIENTO DE VERDAD, DE
RESPONSABILIDAD Y DE DETERMINACIÓN
DE LOS HECHOS Y CONDUCTAS
RADICADO NO. 202203021361
RADICADO LEGALI: 9002762-92.2018.0.00.0001/0008
Carlos Dueñas Mejía. Esta diligencia se practicará en las instalaciones de la JEP
en la ciudad de Bogotá. Teniendo en cuenta las medidas de bioseguridad que debe tomar la jurisdicción, las y los representantes de víctimas podrán participar de la diligencia de manera virtual a través de los medios técnicos que disponga la Subdirección de Comunicaciones de la JEP. Como magistrada de la Sala de Reconocimiento, relatora del Macrocaso No. 02, en virtud de las anteriores consideraciones y en ejercicio de las funciones constitucionales y reglamentarias otorgadas,
III. RESUELVE Primero. – CONVOCAR a diligencia de ampliación de versión voluntaria al compareciente Juan Carlos Dueñas Mejía para el 13 de enero de 2023, a las 8:00 a.m., bajo modalidad presencial en las instalaciones de la JEP en la ciudad de
Bogotá. Segundo. – TRASLADAR por intermedio de la Secretaria Judicial de la Sala de Reconocimiento al compareciente y a su abogado la información enlistada en el considerando tercero de esta decisión. Tercero. - NOTIFICAR por intermedio de Secretaría Judicial la presente decisión al compareciente Juan Carlos Dueñas Mejía y a su abogado defensor. Cuarto. - NOTIFICAR a través de la Secretaría Judicial la presente decisión a la Procuraduría Delegada para la Investigación y Juzgamiento Penal con funciones de intervención ante la Jurisdicción Especial para la Paz y a los y las representantes judiciales de las víctimas acreditadas.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE,
BELKIS FLORENTINA IZQUIERDO TORRES
Magistrada 3