JEP - Auto SRVCHP 040 10 noviembre de 2023
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
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Detalles
- Título
- JEP - Auto SRVCHP 040 10 noviembre de 2023
- Autor
- JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Transicional
- Año
- 2023
SALA DE RECONOCIMIENTO DE VERDAD, DE
RESPONSABILIDAD Y DE DETERMINACIÓN
DE LOS HECHOS Y CONDUCTAS
RADICADO: 202203022391
RADICADO LEGALI:0001309-16.2021.0.00.0001/0001
REPÚBLICA DE COLOMBIA
JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ
SALA DE RECONOCIMIENTO DE VERDAD, DE RESPONSABILIDAD Y DE
DETERMINACIÓN DE LOS HECHOS Y CONDUCTAS
Caso No. 09
AUTO No. SRVCHP-040 de 2023
Bogotá D.C., Diez (10) de noviembre de 2023
Radicado Legali: 0001309-16.2021.0.00.0001/0001
Caso 09 “Sobre crímenes no amnistiables cometidos contra Pueblos y Clase de proceso: Territorios Étnicos por causa, con ocasión, o en relación directa o indirecta con el conflicto armado colombiano”. Auto por el cual se adoptan decisiones frente a la acreditación Asunto: de víctimas individuales y colectivas. Auto por el cual el despacho relator en movilidad1 de la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas (SRVR) de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) ordena suministrar las contraseñas de acceso al expediente digital a las víctimas reconocidas y sus apoderados, dentro del Caso 09, “Sobre crímenes no amnistiables cometidos contra Pueblos y Territorios Étnicos por causa, con ocasión, o en relación directa o indirecta con el conflicto armado colombiano”, Subcaso Sierra Nevada de Santa Marta y zonas de influencia.
1. Mediante el Auto No. SRVCHP-026 del 17 de agosto de 2023, el despacho en movilidad del Caso 09 –subcaso Sierra Nevada de Santa Marta y zonas de influencia-, dispuso, entre otras cosas, lo siguiente: PRIMERO: DAR POR ACREDITADA la calidad de víctimas de los señores Javier Torres Solís, identificado con la C.C. No. 77.187.539 y Zarwawiko Torres Torres, identificado con la C.C. No. 77.191.574, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
SEGUNDO: RECONOCER personería jurídica al doctor Germán Romero Sánchez, identificado con la C.C. No. 79.923.916 y portador de la tarjeta profesional No. 149.282 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado de la víctima Javier Torres Solís.
TERCERO: RECONOCER personería jurídica a la doctora Jeimi Johanna Aguilera Rocha,
identificada con la C.C. No. 1.018.411.098 y portadora de la tarjeta profesional No. 191.044 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderada de la víctima Zarwawiko Torres Torres. 1 A través del Acuerdo n.º 029 del 9 de noviembre de 2022, “Por el cual se prorrogan y aprueban movilidades a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de Hechos y Conductas (SRVR) de la JEP”, se aprobó la movilidad de la Magistrada Ana Caterina Heyck Puyana, de la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz y los funcionarios de su despacho, a la SRVR, con el objetivo de apoyar las labores propias del Caso 09 de 2022.
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SALA DE RECONOCIMIENTO DE VERDAD, DE
RESPONSABILIDAD Y DE DETERMINACIÓN
DE LOS HECHOS Y CONDUCTAS
RADICADO: 202203022391
RADICADO LEGALI:0001309-16.2021.0.00.0001/0001
(…)
2. Con el propósito de garantizar que estas víctimas reconocidas en el trámite tengan acceso al expediente digital, se ordenará a la Secretaría Judicial de la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas que, en el término de tres (3) días, les suministre a los señores Zarwawiko Torres Torres, Javier Torres Solís y a sus apoderados Germán Romero Sánchez y Jeimi Johanna Aguilera Rocha, las contraseñas de acceso para que puedan consultar el expediente digital.
3. En consecuencia, el despacho en movilidad y relator conjunto del Caso 09 de la SRVR, RESUELVE: CUESTIÓN ÚNICA: ORDENAR a la Secretaría Judicial de la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas que, en el término de tres (3) días, les suministre a los señores Zarwawiko Torres Torres, Javier Torres Solís, víctimas reconocidas en este trámite, y a sus apoderados Germán Romero Sánchez y Jeimi Johanna Aguilera Rocha, las contraseñas de acceso para que puedan consultar el expediente digital.
CÚMPLASE
[Providencia firmada electrónicamente] CATERINA HEYCK PUYANA Magistrada Página 2 de 2 Powered by TCPDF (www.tcpdf.org)