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JEP - Auto SRVR-02-ADHC-Caso-02 del 28 de enero de 2026

JEP - Jurisdicción Especial para la Paz

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Detalles

Título
JEP - Auto SRVR-02-ADHC-Caso-02 del 28 de enero de 2026
Autor
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Transicional
Año
2026

S A L A D E R E C O N O C I M I E N T O D E V E R D A D , D E R E S P O N S A B I L I D A D Y D E D E T E R M I N A C I Ó N D E L O S H E C H O S Y C O N D U C T A S R A D I C A D O C O N T I NO . 2 0 2 6 0 3 0 0 4 4 6 5

R A D I C A D O L E G A L I NO . 9 0 0 2 7 6 29 2 . 2 0 1 8 . 0 . 0 0 . 0 0 0 1 / 0 0 0 3

C A S O 02

REPÚBLICA DE COLOMBIA

JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

SALA DE RECONOCIMIENTO DE VERDAD, DE RESPONSABILIDAD

Y DE DETERMINACIÓN DE LOS HECHOS Y CONDUCTAS

Caso 02 Auto SRVR - 02 Bogotá D.C., veintiocho (28) de enero de dos mil veintiséis (2026)

Expediente: 9002762-92.2018.0.00.0001/0003

Caso:

02, Situación territorial de los municipios de Tumaco, Ricaurte y Barbacoas, en el departamento de Nariño Asunto: Determinar los hechos y conductas ocurridos en los municipios de Tumaco , Ricaurte y Barbacoas , atribuibles a antiguos integrantes de la Fuerza Pública que operaron en esta zona del

Asunto: Determinar los hechos y conductas ocurridos en los municipios de Tumaco , Ricaurte y Barbacoas , atribuibles a antiguos integrantes de la Fuerza Pública que operaron en esta zona del país entre 2001 y 2012.

ASUNTO

La Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de Hechos y Conductas (en adelante Sala de Reconocimiento o SRVR) de la Jurisdicción Especial para la Paz (en adelante, JEP), procede a determinar los hechos y conductas investigados en el Caso 02 sobre la situación territorial de los municipios de Tumaco, Ricaurte y Barbacoas, del departamento de Nariño, que resultan atribuibles a comparecientes que hicieron parte de la Fu erza Pública y operaron en ese territorio entre los años 2001 a 201 2. Sobre los hechos determinados, la Sala establece su calificación jurídica e individualiza la responsabilidad que en ellos tuvieron los comparecientes objeto de esta decisión. Los hechos y conductas determinados se pondrán a su disposición para que decidan si reconocen o no su responsabilidad.

SÍNTESIS DE LA DECISIÓN

Mediante esta decisión, la Sala de Reconocimiento determina los hechos y conductas ocurridos en los municipios de Tumaco, Ricau rte y Barbacoas, en Nariño, entre 2001 y 2012, en el marco del Caso 02, y en lo relativo a crímenes asociados a integrantes de la Fuerza Pública, que afectaron al Pueblo Negro Afrocolombiano y a los Pueblos Indígenas Awá y Eperara Siapida ara, así como a sus Territorios y a comunidades campesinas. La

Fuerza Pública, que afectaron al Pueblo Negro Afrocolombiano y a los Pueblos Indígenas Awá y Eperara Siapida ara, así como a sus Territorios y a comunidades campesinas. La decisión se divide en 10 capítulos (A-J), como se presenta a continuación.

Este documento es copia del original firmado digitalmente por JURISDICCION ESPECIAL PARA LA PAZ. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 9002762-92.2018.0.00.0001/0003 y el código 730DE7.2

S A L A D E R E C O N O C I M I E N T O D E V E R D A D, D E R E S P O N S A B I L I D A D Y D E D E T E R M I N A C I Ó N D E L O S H E C H O S Y C O N D U C T A S

El capítulo A expone los antecedentes procesales que fundamentan esta decisión dentro del Caso 02, describiendo los criterios empleados por la Sala para priorizar este caso y delimitar sus líneas de investigación, en particular la relativa a la Fuerza Pública, a la cual corresponde esta decisión. El capítulo desarrolla el proceso de acreditación y participación de víctimas y autoridades étnicas, dando cuenta de la diversidad étnica, territorial y social de los sujetos reconocidos, así como de su contribució n al esclarecimiento de patrones macrocriminales, daños y responsabilidades. Asimismo, se describen las medidas cautelares adoptadas en este caso, orientadas a proteger a las

territorial y social de los sujetos reconocidos, así como de su contribució n al esclarecimiento de patrones macrocriminales, daños y responsabilidades. Asimismo, se describen las medidas cautelares adoptadas en este caso, orientadas a proteger a las víctimas, autoridades étnicas, comunidades y Territorios frente a riesgos persistentes, brindando garantías de protección de derechos y la efectividad de su participación en clave de justicia transicional.

El capítulo B ofrece las consideraciones sobre la competencia de la Sala para investigar políticas y patrones de macrocriminalidad y para determinar sus máximos responsables, aplicando el estándar probatorio de bases suficientes para entender, conforme a la naturaleza del mandato transicional de la JEP. El texto explica el marco normativo del enfoque étnico-racial, que guía el trabajo de esta jurisdicción y permite avanzar hacia la comprensión estructural de los daños producidos a Pueblos Étnicos y comunida des campesinas. Posteriormente, se expone la estrategia investigativa del Caso 02 en la línea de Fuerza Pública. El capítulo cierra con una descripción de la labor de contrastación realizada por la Sala para llegar a esta decisión , que articuló fuentes aportadas por instituciones del Estado, organizaciones sociales, víctimas y autoridades étnicas —en sus informes, solicitudes de acreditación, diligencias de diálogo intercultural y observaciones a las versiones voluntarias —, los com parecientes —con sus versiones voluntarias — y fuentes abiertas, dando los fundamentos fácticos que sustentan esta decisión.

El capítulo C presenta el contexto territorial, social e histórico de Tumaco, Ricaurte y Barbacoas, mostrando cómo los legados del colonialismo, la esclavización y el racismo

El capítulo C presenta el contexto territorial, social e histórico de Tumaco, Ricaurte y Barbacoas, mostrando cómo los legados del colonialismo, la esclavización y el racismo estructural han configurado un escenario de discriminación persistente que afecta al Pueblo Negro Afrocolombiano, al Pueblo Awá, al Pueblo Eperara Siapidaara y a diversas comunidades campesinas. El capítulo incorpora un análisis de las dinámicas demográficas y económicas, describiendo el impacto de las economías legales de gran escala en el ordenamiento socio-territorial y la manera en que las economías ilícitas asociadas al narcotráfico intensificaron la disputa territorial. Sobre esta base contextual, se reconstruyen las dinámicas del conflicto armado en el periodo priorizado, detallando la presencia simultánea de actores armados legales e ilegales, sus lógicas de intervención y su influencia en la vida comunitaria y la seguridad en el territorio. Este contexto define el escenario estructural en el que se inscriben los hechos investigados por la Sala.

El capítulo D identifica las estructuras de la Fuerza Pública que operaron en el territorio priorizado, distinguiendo la presencia institucional de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, y sus respectivas funciones constitucionales. El capítulo focaliza su análisis en el Ejército Nacional, institución en la cual se centró la investigación de la línea de Fuerza Pública, y dentro de la cual se hace un énfasis específico en el Grupo Mecanizado de Caballería No. 3 “General José María Cabal”, unidad militar que desempeñó un papel central en las dinámicas territoriales documentadas.

El capítulo E examina la política de consolidación territorial impulsada por el Estado y su

Caballería No. 3 “General José María Cabal”, unidad militar que desempeñó un papel central en las dinámicas territoriales documentadas.

El capítulo E examina la política de consolidación territorial impulsada por el Estado y su efecto en la militarización del Pacífico nariñense, mostrando cómo una política diseñada legalmente para promover la presencia integral del Estado —incluyendo dimensiones Este documento es copia del original firmado digitalmente por JURISDICCION ESPECIAL PARA LA PAZ. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 9002762-92.2018.0.00.0001/0003 y el código 730DE7.3

S A L A D E R E C O N O C I M I E N T O D E V E R D A D, D E R E S P O N S A B I L I D A D Y D E D E T E R M I N A C I Ó N D E L O S H E C H O S Y C O N D U C T A S

civiles e institucionales— derivó, en la práctica, en una intervención preponderantemente militar. Este marco produjo una militarización intensiva del territorio y de la vida cotidiana, sin consideración de las particularidades propias de ser un territorio mayoritariamente étnico y sin una coordinación con sus sistemas organizativos y de gobierno propio, lo que generó condiciones que facilitaron la comisión de crímenes por parte de los integrantes de la Fuerza Pública . El capítulo identifica cinco factores estructurales que contribuyeron a esta situación: la estigmatización sistemática de Pueblos Étnicos y comunidades campesinas; la ausencia de enfoque étnico -racial en la

parte de los integrantes de la Fuerza Pública . El capítulo identifica cinco factores estructurales que contribuyeron a esta situación: la estigmatización sistemática de Pueblos Étnicos y comunidades campesinas; la ausencia de enfoque étnico -racial en la implementación de la política; la presión por resultados operacionales que llevó a prácticas ilegales para presentar falsos resultados operacionales; las dinámicas de alianza o connivencia con integrantes de las Autodefensas Unidas de Colombia; y la convergencia entre los cultivos de uso ilícito y la lucha antinarcóticos con un abordaje fundamentalmente militar. Este análisis revela la dimensión institucional del contexto que antecedió y posibilitó los crímenes determinados por la Sala.

El capítulo F expone los tres patrones macrocriminales establecidos por la Sala para explicar la actuación de integrantes de la Fuerza Pública en el territorio priorizado, precedidos de una referencia a los criterios jurisprudenciales sobre la existencia de un patrón. El primer patrón se refiere a la estigmatización y a la violencia selectiva orientada a debilitar procesos organizativos étnicos y no étnicos, así como sus expresiones políticas, sociales y culturales y la reivindicación de derechos colectivos e individuales, señaladas como parte del “ enemigo interno”. Este patrón agrupa homicidios, masacres, detenciones arbitrarias y otros actos de hostigamiento e intimidación, cometidos directamente por integrantes de la Fuerza Pública o por grupos de autodefensas en connivencia con esta. El segundo patrón comprende asesinatos de miembros de Pueblos Étnicos y comunidades campesinas que fueron presentados ilegítimamente como bajas en combate para simular

segundo patrón comprende asesinatos de miembros de Pueblos Étnicos y comunidades campesinas que fueron presentados ilegítimamente como bajas en combate para simular resultados operacionales. Además de las lógicas ya identificadas por la Sala en el Caso 03 alrededor de la simulación de bajas en combate , en el Caso 02 también se evidencia un componente transversal de discriminación, que asoció a los Pueblos Étnicos y a las comunidades campesinas con la subversión. El tercer patrón consiste en prácticas de control militar y privación de derechos sobre los Territorios Étnicos, la naturaleza y las tierras campesinas, mediante operativos o presencia militar que privilegiaron su concepción como zonas de influencia insurg ente o plataformas para la acción contrainsurgente y antinarcóticos, sin considerar su espe cial protección constitucional e internacional. Estas actuaciones —aunque enmarcadas en objetivos legítimos de seguridad— se realizaron sin medidas suficientes para prevenir el desplazamiento y proteger a los Pueblos y comunidades, afectando su integridad, sus prácticas ancestrales, su seguridad alimentaria y su libre movilidad , condiciones esenciales para preservar su existencia física, cultural, territorial y espiritual.

El capítulo G aborda la erradicación de cultivos de uso ilícito mediante aspersiones aéreas con el herbicida glifosato y sus graves impactos sobre Pueblos Étnicos y comunidades campesinas del Pacífico sur de Nariño. La Sala reconstruye la relación entre la expansión de estos cultivos y las dinámicas del conflicto armado, mostrando cómo la respuesta estatal se centró en un enfoque de criminalización, desatendiendo las causas estructurales

campesinas del Pacífico sur de Nariño. La Sala reconstruye la relación entre la expansión de estos cultivos y las dinámicas del conflicto armado, mostrando cómo la respuesta estatal se centró en un enfoque de criminalización, desatendiendo las causas estructurales del fenómeno y omitiendo los enfoques territorial y étnico-racial. El capítulo presenta la línea de tiempo y el marco regulatorio de las aspersiones, documentando su aplicación en condiciones marcadas por la ausencia de consulta previa, la aplicación indiscriminada del herbicida, las deficiencias técnicas y operativas en los protocolos de aspersión , y la desatención de advertencias y quejas de instituciones, organizaciones , Pueblos y Este documento es copia del original firmado digitalmente por JURISDICCION ESPECIAL PARA LA PAZ. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 9002762-92.2018.0.00.0001/0003 y el código 730DE7.4

S A L A D E R E C O N O C I M I E N T O D E V E R D A D, D E R E S P O N S A B I L I D A D Y D E D E T E R M I N A C I Ó N D E L O S H E C H O S Y C O N D U C T A S

comunidades afectadas. Finalmente, se detallan los daños causados por las aspersiones: destrucción de cultivos de pancoger, animales y plantas medicinales; afectaciones a la salud; desplazamiento forzado y confinamiento; desarraigo territorial y cultural; y daños a ecosistemas, lugares sagrados y prácticas espirituales.

asesinato, desaparición forzada, exterminio, traslado forzoso de población, tortura y persecución. Asimismo, se determina la existencia de los crímenes de guerra de homicidio y tortura. Finalmente, el capítulo ofrece unas consideraciones generales sobre el posible carácter criminal de conductas asociadas a las aspersiones aéreas con el herbicida glifosato, poniendo de presente que, si bien, —por razones que allí se explican — no fue posible establecer responsabilidad penal por estos hechos, la Sala considera importante esta reflexión en lógica de hacer visibles los relatos y demandas de las víctimas, ofrecer verdad a ellas y a la sociedad colombiana y contribuir a la no repetición.

Finalmente, e l capítulo J presenta la individualización de responsabilidad penal, explicando los criterios empleados para identificar a los máximos responsables y los modos de atribución de responsabilidad aplicados por la Sala. En esta decisión , la Sala parte de la autoría derivada de la posición de garante institucional que tienen los integrantes de la Fuerza Pública, de la cual se desprende responsabilidad penal por la infracción de los deberes positivos y negativos propios de esa posición. Asimismo, en relación con conductas respecto de las cuales se pudo establecer la existencia de un plan criminal común para su realización, la Sala aplica la figura de la coautoría impropia. Con esto, siete antiguos oficiales y suboficiales adscritos al Grupo Mecanizado de Caballería No. 3 y uno adscrito al Batallón de Contraguerrilla No. 93 “CT. Ramiro Rueda Mendoza”

son llamados a reconocer responsabilidad por los hechos y conductas aquí determinados.

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TABLA DE CONTENIDOS

A. ANTECEDENTES PROCESALES ......................................................................................... 10

A.1. Priorización y líneas de investigación por actor asociado a las conductas .......................... 10 A.2. Acreditación y participación de víctimas ................................................................................. 11 A.3. Medidas cautelares ...................................................................................................................... 13

B. COMPETENCIA, ESTRATEGIA INVESTIGATIVA Y LABOR DE CONTRASTACIÓN REALIZADA POR LA SALA ............................................................................................................. 15

B.1. Competencia de la Sala para investigar políticas y patrones de macrocriminalidad y determinar sus máximos responsables a partir del estándar probatorio de bases suficientes para entender ........................................................................................................................................ 15 B.2. Marco normativo del enfoque étnico racial en la investigación judicial que desarrolla la JEP .......................................................................................................................................................... 17 B.3. Estrategia investigativa del Caso 02 ........................................................................................... 19

destrucción de cultivos de pancoger, animales y plantas medicinales; afectaciones a la salud; desplazamiento forzado y confinamiento; desarraigo territorial y cultural; y daños a ecosistemas, lugares sagrados y prácticas espirituales.

El capítulo H presenta un análisis de los daños graves, diferenciados y desproporcionados ocasionados por los patrones macrocriminales antes determinados. Estos daños se dieron a tres niveles: daños individuales , que incluyen afectaciones físicas, psicológicas y económicas; daños colectivos a los Pueblos Étnicos y a las comunidades campesinas de Tumaco, Ricaurte y Barbacoas, que impactaron sus procesos organizativos y de gobierno propio, su identidad étnica e integridad cultural y su capacidad de incidencia; y daños territoriales, ambientales y espirituales , que afectaron ecosistemas, lugares sagrados y la relación espiritual y cultural entre l os Pueblos, las comunidades y sus Territorios. Además, el capítulo subraya las afectaciones especialmente graves contra mujeres, niños y niñas, quienes enfrentaron riesgos y vulneraciones diferenciadas.

El capítulo I desarrolla la calificación jurídica de los hechos, comenzando con una exposición del marco normativo constitucional, legal y jurisprudencial que define la calificación jurídica propia de conductas en la JEP. Con base en estos referentes, la Sala concluye que los hechos determinados configuran seis crímenes de lesa humanidad: asesinato, desaparición forzada, exterminio, traslado forzoso de población, tortura y persecución. Asimismo, se determina la existencia de los crímenes de guerra de homicidio

para entender ........................................................................................................................................ 15 B.2. Marco normativo del enfoque étnico racial en la investigación judicial que desarrolla la JEP .......................................................................................................................................................... 17 B.3. Estrategia investigativa del Caso 02 ........................................................................................... 19 B.4. Labor de contrastación realizada por la Sala ............................................................................ 20 B.4.1. Informes presentados por entidades del Estado, organizaciones de víctimas, indígenas, negras, afrocolombianas y de derechos humanos ............................................................................................. 20 B.4.2. Versiones voluntarias de los comparecientes ............................................................................ 26 B.4.3. Observaciones a las versiones voluntarias presentadas por las víctimas, autoridades étnicas y el Ministerio Público .......................................................................................................................... 30 B.4.4. Diligencias de construcción dialógica de la verdad .................................................................. 31 B.4.5. Inspecciones judiciales y otras solicitudes de información ....................................................... 32 B.4.6. Fuentes abiertas ........................................................................................................................ 33

C. CONTEXTO TERRITORIAL, SOCIAL E HISTÓRICO DE LOS MUNICIPIOS

PRIORIZADOS Y CARACTERIZACIÓN DE LAS DINÁMICAS DEL CONFLICTO ARMADO33

C.1. El territorio priorizado: Tumaco, Ricaurte y Barbacoas ......................................................... 34 C.2. Colonialismo, esclavización y racismo estructural .................................................................. 35 C.3. Pueblos Indígenas, Negro Afrocolombiano y comunidades campesinas en el territorio y sus procesos organizativos ................................................................................................................. 37 C.3.1. Pueblo Negro Afrocolombiano y su Territorio ancestral y colectivo ............................ 37 C.3.2. Pueblo Inkal Awá y el Katsa Su ........................................................................................... 39 C.3.3. Pueblo Eperara Siapidaara y el Eperara Euja.................................................................... 41

C.3.2. Pueblo Inkal Awá y el Katsa Su ........................................................................................... 39 C.3.3. Pueblo Eperara Siapidaara y el Eperara Euja.................................................................... 41 C.3.4. Comunidades y poblaciones campesinas .......................................................................... 43 C.4. Economías legales de gran escala y sus efectos de reordenamiento socio-territorial ......... 44 C.5. Economías ilegales y narcotráfico .............................................................................................. 46 C.6. Actores armados y dinámicas del conflicto .............................................................................. 47 C.6.1. FARC-EP y ELN: control territorial, confrontación y afectaciones a la población ...... 47 C.6.2. Fuerza Pública en el Pacífico nariñense ............................................................................. 50 C.6.3. Bloque Libertadores del Sur de las AUC ........................................................................... 52 C.6.4. Grupos armados surgidos luego de la desmovilización de las AUC ............................ 55

D. ESTRUCTURAS DE LA FUERZA PÚBLICA QUE OPERARON EN EL TERRITORIO PRIORIZADO Y CONCENTRACIÓN EN EL EJÉRCITO NACIONAL ...................................... 55

D.1. Fuerzas Militares: marco constitucional, organizacional y operativo .................................. 56 D.1.1. Ejército Nacional de Colombia ........................................................................................... 57 D.1.2. Otras unidades de las Fuerzas Militares en el territorio priorizado.............................. 61 D.2. Policía Nacional ............................................................................................................................ 62

E. LA POLÍTICA ESTATAL DE CONSOLIDACIÓN TERRITORIAL Y SU IMPACTO EN LA MILITARIZACIÓN DEL TERRITORIO Y DE LA VIDA SOCIAL DEL PACÍFICO NARIÑENSE ......................................................................................................................................... 65

E. LA POLÍTICA ESTATAL DE CONSOLIDACIÓN TERRITORIAL Y SU IMPACTO EN LA MILITARIZACIÓN DEL TERRITORIO Y DE LA VIDA SOCIAL DEL PACÍFICO NARIÑENSE ......................................................................................................................................... 65

Este documento es copia del original firmado digitalmente por JURISDICCION ESPECIAL PARA LA PAZ. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 9002762-92.2018.0.00.0001/0003 y el código 730DE7.6

S A L A D E R E C O N O C I M I E N T O D E V E R D A D, D E R E S P O N S A B I L I D A D Y D E D E T E R M I N A C I Ó N D E L O S H E C H O S Y C O N D U C T A S

E.1. Factores que llevaron a que, en la implementación de esta política en el territorio priorizado, se cometieran crímenes por integrantes de la Fuerza Pública .................................. 71 E.1.1. Estigmatización sistemática de los Pueblos Indígenas y Negro Afrocolombiano y de las comunidades campesinas ......................................................................................................... 72 E.1.2. Ausencia de enfoques étnico racial y diferenciales en la implementación de la política ............................................................................................................................................................ 78 E.1.3. Presión por resultados operacionales ................................................................................. 81 E.1.4. Dinámicas de alianza y connivencia entre la Fuerza Pública y las AUC ...................... 82 E.1.5. Presencia de cultivos de uso ilícito y lucha antinarcóticos .............................................. 87

F. PATRONES MACROCRIMINALES DETERMINADOS POR LA SALA EN RELACIÓN

E.1.5. Presencia de cultivos de uso ilícito y lucha antinarcóticos .............................................. 87

F. PATRONES MACROCRIMINALES DETERMINADOS POR LA SALA EN RELACIÓN CON INTEGRANTES DE LA FUERZA PÚBLICA EN EL TERRITORIO PRIORIZADO ......... 89

F.1. Patrón 1: Estigmatización y violencia selectiva orientadas a restringir y debilitar los procesos organizativos étnicos y no étnicos ..................................................................................... 90 F.1.1. Población objetivo ................................................................................................................. 92 F.1.2. Repertorio de violencias expresado en hechos ilustrativos ............................................. 96 F.1.3. Técnica del patrón ............................................................................................................... 103 F.1.4. Frecuencia del patrón .......................................................................................................... 107 F.1.5. Finalidad del patrón ............................................................................................................ 108 F.2. Patrón 2: Asesinatos de integrantes de Pueblos Étnicos y campesinos, presentados ilegítimamente como bajas en combate .......................................................................................... 110 F.2.1. Población objetivo ............................................................................................................... 110 F.2.2. Repertorio de violencias expresado en hechos ilustrativos ........................................... 110 F.2.3. Técnica del patrón ............................................................................................................... 123 F.2.4. Frecuencia del patrón .......................................................................................................... 123 F.2.5. Finalidad del patrón ............................................................................................................ 124 F.3. Patrón 3: Control militar y privación de derechos sobre los Territorios Étnicos, la naturaleza y las tierras campesinas ................................................................................................. 125 F.3.1. Población objetivo ............................................................................................................... 125 F.3.2. Repertorio de violencias expresado en hechos ilustrativos ........................................... 128

naturaleza y las tierras campesinas ................................................................................................. 125 F.3.1. Población objetivo ............................................................................................................... 125 F.3.2. Repertorio de violencias expresado en hechos ilustrativos ........................................... 128 F.3.3. Técnica del patrón ............................................................................................................... 147 F.3.4. Frecuencia del patrón .......................................................................................................... 150 F.3.5. Finalidad del patrón ............................................................................................................ 150

G. ERRADICACIÓN DE CULTIVOS DE USO ILÍCITO MEDIANTE ASPERSIONES AÉREAS CON HERBICIDA GLIFOSATO Y SUS IMPACTOS EN PUEBLOS Y TERRITORIOS ÉTNICOS Y COMUNIDADES CAMPESINAS DEL PACÍFICO SUR DE NARIÑO ............... 151

G.1. Los cultivos de uso ilícito y su relación con el conflicto armado ........................................ 152 G.2. La respuesta estatal frente a los cultivos de uso ilícito: desatención a sus causas estructurales, criminalización y falta de enfoque territorial y étnico racial ............................... 154 G.3. Línea de tiempo y marco regulatorio de la aspersión aérea con glifosato ......................... 156 G.4. Condiciones en las que se desarrolló la aspersión aérea con glifosato en los municipios priorizados .......................................................................................................................................... 158 G.4.1. Ausencia de consulta previa con Pueblos Étnicos ......................................................... 159 G.4.2. Aplicación indiscriminada de la aspersión aérea con glifosato ................................... 161 G.4.3. Deficiencias técnicas y operativas en el cumplimiento de protocolos de aspersión . 162 G.4.4. Desatención sistemá

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