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JEP - Auto SRVR-04-00-50-19 19-junio-2019

JEP - Jurisdicción Especial para la Paz

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Detalles

Título
JEP - Auto SRVR-04-00-50-19 19-junio-2019
Autor
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Transicional
Año
2019

SALA DE RECONOCIMIENTO DE VERDAD, DE

RESPONSABILIDAD Y DE DETERMINACIÓN

DE LOS HECHOS Y CONDUCTAS EXPEDIENTE: 2018340160300011E

RADICADO: 20193240161293 20193240161293 SITUACIÓN No. 004 de 2018

AUTO SRVNH-04/00-50/19

Bogotá D.C., miércoles, 19 de junio de 2019 Radicación 20193240161293 Asunto Incorporación al expediente Urabá de informes de la Fiscalía General de la Nación (FGN) entregados a la JEP entre mayo de 2018 y marzo de 2019, en el marco de los lineamientos del Auto SRVNH-04/00-19/19. Fecha de reparto No aplica

I. ASUNTO POR RESOLVER La Magistrada relatora de la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas (en adelante: la Sala de Reconocimiento o SRVR) de la Jurisdicción Especial para la Paz (en adelante: la JEP), en ejercicio de sus facultades constitucionales y reglamentarias, define los condiciones de incorporación al expediente de la Situación territorial de la región de Urabá de informes de la Fiscalía General de la Nación entregados entre mayo de 2018 y marzo de 2019 a la Sala de Reconocimiento, en aplicación del test de restricción en el acceso a la información adoptado mediante Auto de despacho SRVNH-04/00-19/19 26 de febrero de 2019.

II. ACTUACIÓN PROCESAL

1. El 11 de septiembre de 2018, la Sala de Reconocimiento profirió el Auto SRVR No. 040 avocando conocimiento de la Situación territorial de la región de

Urabá (en adelante: la Situación territorial de Urabá o la Situación), nombrando 1

EXPEDIENTE: 2018340160300011E RADICADO: 20193240161293 como relatora de la Situación a la magistrada Nadiezhda Henriquez Chacín1 para investigar: …los hechos constitutivos de graves violaciones del derecho internacional de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario en la región de Urabá entre el 1 de enero de 1986 y con anterioridad al 1 de diciembre de 2016, en los municipios Turbo, Apartadó, Carepa, Chigorodó, Mutatá y Dabeiba en el Departamento de Antioquia y El Carmen del Darién, Riosucio, Ungía y Acandí, en el Departamento de Chocó, cometidos presuntamente por miembros de las FARC-EP y de la Fuerza Pública, sin perjuicio de la aplicación del principio de conexidad por hechos, víctimas y presuntos responsables2.

2. La Sala de Reconocimiento ha recibido informes3 y, en el marco de la investigación judicial4, el despacho relator y los despachos en movilidad han venido solicitando de autoridades públicas y privadas, así como de los órganos internos de la JEP, el recaudo de información con fines judiciales. Los comparecientes también han suministrado información y pueden seguirlo haciendo para contribuir a la verificación fáctica del contenido de los informes y a la construcción dialógica de la verdad.

3. Adicionalmente, el despacho definió el procedimiento para tramitar las excepciones al principio de publicidad de la información obrante en el expediente de la Situación territorial de la región de Urabá en el momento del

ingreso de la información, en el momento de la incorporación de la información al expediente o, a petición de parte, en cualquier momento de la actuación procesal5. En aplicación de la regla general de “máxima divulgación” se mantendrá la información como información pública y excepcionalmente podrá 1 Esta relatoría viene siendo apoyada por las magistradas María del Pilar Valencia y Reinere Jaramillo en temas relacionados con “participación de las víctimas” y “violencia sexual” respectivamente, conforme a los Acuerdos AOG No. 028 de 26 de julio de 2018 y No. 006 de 29 de enero de 2019 del Órgano de Gobierno de la JEP. 2 El texto completo del Auto SRVR No.040/2018 está disponible en el sitio oficial www.jep.gov.co. Consultado el 9/4/2019. 3 A saber: i) instituciones públicas y jurisdicciones que operan en Colombia; y ii) organizaciones de víctimas y de derechos humanos colombianas. Acuerdo Final. Punto 5. Núm. 48-b y 48-c; Acto Legislativo 01 de 2017, Art. 15. 4 Ley 1922 de 2018. Art. 11. 5 JEP. Salas de Justicia. Despacho NNHCH. Auto SRVNH-04/00-19/19 de 2019. En la Situación territorial de Urabá. Núm. 30-32. 2

EXPEDIENTE: 2018340160300011E RADICADO: 201932401612930 pronunciarse de oficio y por escrito para decidir sobre restricciones en el acceso de información que entre en su posesión, bajo su control o custodia6.

4. En este marco, la Sala de Reconocimiento recibió entre mayo de 2018 y marzo de 2019 diecisiete (17) informes provenientes de la Fiscalía General de la Nación (en adelante: FGN). Estos informes han sido repartidos en diferentes despachos sin perjuicio de que puedan ser incorporados a diferentes expedientes de modo simultáneo.

III. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO

5. Se procede a la valoración de la información allegada con fines de incorporación al expediente de la Situación territorial de Urabá para dar tratamiento adecuado a los documentos que son objeto de esta providencia y que contienen información con restricciones en el acceso. El tema se abordará en tres tiempos: (i) identificación de la fuente y contenido de la información; (ii) delimitación de la información útil, pertinente y conducente con fines de incorporación al expediente y (iii) diagnóstico de la restricción en el acceso de la información delimitada con fines de incorporación al expediente de la Situación territorial de Urabá.

IV. ANÁLISIS JURÍDICO

(i) Identificación de la fuente y contenido de la información

6. La FGN es uno de los órganos obligados a presentar informes a la Sala de Reconocimiento respecto de conductas cometidas con ocasión del conflicto armado7. Los 17 informes provenientes de la FGN contienen en todo o en parte información relevante para la Situación territorial de Urabá relacionada con agentes del Estado y con exmiembros de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia – Ejército del Pueblo (FARC-EP): 6 JEP. Salas de Justicia. Despacho NNHCH. Auto SRVNH-04/00-19/19 de 2019. En la Situación territorial

de Urabá. Núm. 22, 30. 7 Acuerdo Final. Punto 5. Numeral 48-b. 3

EXPEDIENTE: 2018340160300011E

RADICADO: 20193240161293

FECHA DE NIVEL DE

RADICADO ORFEO CONTENIDO DE LA ENTREGA

ENTREGA RESTRICCION

Informe No. 1. Inventario del Conflicto armado. Reservado 1 20181510125142 30/5/2019 Diccionario de datos. Explicación Contenido. 87 páginas Con Anexos SIJUF y SPOA. Informe No. 2. Retención ilegal por parte de las FARCReservado 2 20181510125142 30/5/2019 EP. 193 páginas Informe No. 3. Victimización a miembros de la Unión Reservado 3 20181510125142 30/5/2019 Patriótica (UP) por parte de agentes del Estado. 239 páginas. Informe No. 4. Vinculación y utilización de niños, niñas y Reservado 4 Sin radicado 16/7/2019 adolescentes (NNA) por parte de las FARC-EP. 168 páginas. Informe No. 5. Muertes ilegítimamente presentadas Reservado 5 Sin radicado 16/7/2019 como bajas en combate por agentes del Estado. 299 páginas. Reservado Informe No. 6 Violencia basada en género cometida por 6 Sin radicado 24/8/2018 miembros de las FARC-EP. 225 páginas. Reservado Informe No. 7 Violencia basada en género cometida por 7 Sin radicado 24/8/2018

agentes del Estado. 153 páginas. Reservado Informe No. 8. Retención y ocultamiento permanente 8 20181510338602 30/10/2018 de personas por parte de las FARC-EP. 113 páginas. Informe No. 9. Retención y ocultamiento permanente Reservado 9 20181510338612 30/10/2018 de personas por parte de agentes del Estado. 202 páginas. Reservado Informe No. 10. Fuentes y mecanismos de financiación 10 20191510010642 14/1/2019 de las FARC-EP. 248 páginas Informe No. 11. Victimización a líderes sociales y Reservado 11 20191510010652 14/1/2019 defensores de derechos humanos por parte de agentes del Estado. 260 páginas Sin radicado Reservado 12 28/3/2019 Informe No. 12. Movilización forzada por parte de las FARC-EP. 127 páginas Sin radicado Reservado 13 28/3/2019 Informe No. 13. Movilización forzada por parte de agentes del Estado. 239 páginas Reservado 14 20191510124992 28/3/2019 Informe No. 14. Medios y métodos ilícitos de guerra utilizados por las FARC-EP: 277 páginas. Reservado 15 20191510125002 28/3/2019 Informe No. 15. Muertes grupales cometidas por agentes del Estado. 203 páginas. Sin radicado Informe No. 16. Muertes grupales y selectivas Reservado 16 28/3/2019 cometidas por las FARC-EP. 286 páginas

Sin radicado Informe No. 17. Vínculos entre las FARC-EP e Reservado 17 28/3/2019 integrantes de la fuerza pública. 35 páginas. Tabla No. 1. Informes presentados por la FGN ante la Sala de Reconocimiento de la JEP Fuente: Informes presentados por la FGN ante la Secretaría Judicial de la Sala de Reconocimiento de la JEP entre mayo de 2018 y marzo de 2019

Elaboración: Despacho NNHCH – junio de 2019

4

EXPEDIENTE: 2018340160300011E RADICADO: 201932401612930

7. Todos los informes provenientes de la FGN tienen la siguiente nota inscrita: “Reserva de los informes. Los informes descriptivos elaborados por la Fiscalía General de la Nación contienen información sujeta a reserva, pues precisan datos sobre víctimas, victimarios y procesos judiciales en etapa de investigación previa e indagación (Ley 600, artículo 14 y Ley 906, artículo 18). Por esta razón, los informes no pueden ser de pública circulación y deben estar sujetos a las reglas de manejo de información reservada dispuestas en la Ley 600 de 2000, Ley 906 de 2004, Ley 1266 de 2008 y Ley 1908 de 2018”

8. Todos los informes presentados por la FGN son de carácter nacional y su contenido tiene una estructura similar que puede describirse como sigue:  Portada, contraportada, nota personal, nota de reserva de los informes, nota de alcance de los informes de la FGN a la JEP  Tabla de contenido  Índice de gráficas o de ilustraciones (si aplica)  Índice de mapas (si aplica)

 Índice de tablas (si aplica)  Resumen ejecutivo  Consideraciones metodológicas (independiente o dentro de la introducción)  Introducción (en algunos casos incluye la metodología)  -Entre uno (1) y ocho (8) capítulos de desarrollo temático  Conclusiones (sin numeración)  Anexos (si aplica) (ii) Delimitación de la información útil, pertinente y conducente con fines de incorporación al expediente de Urabá

9. La ley y la jurisprudencia hacen eco sobre la pertinencia, la conducencia y la utilidad como “reglas probatorias relevantes” al momento de incorporar información en el expediente. En este sentido, la pertinencia, se refiere a la relación de los medios de prueba con el tema de prueba, esto es, con los hechos

5

EXPEDIENTE: 2018340160300011E RADICADO: 20193240161293 jurídicamente relevantes que deben probarse8. La conducencia, por su parte, se refiere a la idoneidad del elemento material para probar lo que se pretende9 y la utilidad “se refiere a su aporte concreto en punto del objeto de la investigación, en oposición a lo superfluo e intrascendente”10

10. En el caso bajo estudio, el despacho puede constatar que cada uno de los diecisiete informes contiene información pertinente para la Situación territorial de Urabá, pero no toda la información que cada informe contiene es útil, pertinente y conducente en relación con la Situación. En efecto, buena parte de cada informe hace alusión a hechos victimizantes, comparecientes y/o

territorios diferentes y sin ninguna conexión con los territorios priorizados por la Situación territorial de Urabá.

11. Por lo tanto, el despacho concluye que es improcedente la incorporación completa de los informes de FGN y, en cambio, se debe ejecutar un desglose de cada uno de ellos para identificar la información susceptible de ser incorporada en el expediente de la Situación. De cada uno de los diecisiete informes allegados por FGN se extraerá solo la información relacionada con la delimitación temporal, temática y territorial de la Situación territorial de Urabá, bien porque contiene hechos jurídicamente relevantes para la Situación, bien porque su contenido es idóneo y útil al objeto de la investigación del despacho y al análisis del fenómeno de victimización.

12. Para tal efecto, se nombra el informe, se indican las páginas que se incorporan en el expediente de la Situación territorial de Urabá, el cuaderno al que se incorporan y las restricciones en el acceso aplicables, si es el caso.

Algunos extractos no contienen información sujeta a restricción en el acceso, con lo cual, se incorpora el “extracto completo” en el cuaderno correspondiente: (i) cuaderno principal, cuando la información concierne a varios grupos de comparecientes; y (ii) cuaderno anexo por grupo de comparecientes, cuando la información concierne exclusivamente a un grupo de comparecientes. Otros extractos contienen información sujeta a restricción en el acceso, cuya naturaleza y clasificación será evaluada en el acápite siguiente. En este caso, se 8 Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal. Radicado 46.153. AP5785 de 30 de septiembre de

2015. 9 Devis Echandía, Hernando. Teoría General de la Prueba Judicial. Bogotá: Ed. Temis, 2002. 10 Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal. Radicado 22.053. Auto de 17 marzo de 2004.

6

EXPEDIENTE: 2018340160300011E RADICADO: 201932401612930 incorpora un “extracto completo” en el cuaderno de reserva y un extracto expurgado del mismo informe en el cuaderno del grupo de comparecientes concernido por la información o en el cuaderno principal, si procede.

VERSION EXTRACTO QUE SE INCORPORA COMPLETA NOMBRE DEL EN EL EXPEDIENTE DE LA CUADERNO AL QUE SE ESTADO DEL ESTRACTO EN EL

INFORME FGN SITUACIÓN TERRITORIAL DE INCORPORA (COMPLETO/EXPURGADO) CUADERNO

URABÁ DE

RESERVA

Documento principal (87 páginas): Diccionario de datos. Explicación PRINCIPAL COMPLETO NO Informe No. 1. de contenido. Inventario del Conflicto 1 armado. Diccionario de datos. Explicación

ANEXO COMPARECIENTES:

Contenido. 87 páginas Anexos SIJUF y SPOA. EXTRACTO ANEXO DE FUERZA PUBLICA, personalizado por compareciente COMPLETO NO ANEXO DE FARC-EP, según o solicitante. corresponda. Tabla de contenido, índice de Informe No. 2. gráficas, índice de mapas, índice Retención ilegal por 2 de tablas, índice de ilustraciones ANEXO DE FARC-EP EXPURGADO SI parte de las FARC-EP.

páginas 11-18,31193 páginas 32,77,102,108,147,156,157 Informe No. 3. Victimización a Tabla de contenido, índice de miembros de la Unión gráficas, índice de mapas, índice 3 CUADERNO PRINCIPAL COMPLETO NO Patriótica (UP) por de tablas, páginas 41-65 y parte de agentes del extracto de la página 66. Estado. 239 páginas. Informe No. 4. Tabla de contenido, índice de Victimización y ilustraciones, índice de mapas, utilización de niños, índice de tablas, índice de 4 ANEXO DE FARC-EP EXPURGADO SI niñas y adolescentes gráficas, páginas 10-18, 23-28, 64- (NNA) por parte de las 66, 69-70, 76, 77, 88, 97, 116-117, FARC-EP. 168 páginas. 130-132 Informe No. 5. Muertes ilegítimamente Tabla de contenido, índice de presentadas como gráficas, índice de mapas, índice 5 ANEXO DE FUERZA PÚBLICA COMPLETO NO bajas en combate por de tablas, páginas 80, 81, 90, 91, agentes del Estado. 249 299 páginas. Tabla de contenido, índice de Informe No. 6 Violencia ilustraciones, índice de gráficas, basada en género índice de tablas, índice de mapas, 6 cometida por abreviaturas, páginas 11-22, 25ANEXO DE FARC-EP EXPURGADO SI

miembros de las FARC29, 59,84-89, 94, 105, 108, 112, EP. 225 páginas. 114, 121, 124-126, 129, 131-143, 159, 168, 182, 185 Informe No. 7 Violencia Tabla de contenido, índice de basada en género gráficas, índice de tablas, páginas 7 cometida por agentes ANEXO DE FUERZA PÚBLICA EXPURGADO SI 60, 94 y extractos de las páginas del Estado. 153 106, 107, 151 y 152 páginas. Informe No. 8. Retención y Tabla de contenido, índice de ocultamiento gráficas, índice de mapas, índice 8 permanente de de tablas, índice de ilustraciones, ANEXO DE FARC-EP EXPURGADO SI personas por parte de páginas 10-15, 20, 31, 35, 58, 64, las FARC-EP. 113 89, 99, 100, 101-103 páginas. 7

EXPEDIENTE: 2018340160300011E

RADICADO: 20193240161293

VERSION EXTRACTO QUE SE INCORPORA COMPLETA NOMBRE DEL EN EL EXPEDIENTE DE LA CUADERNO AL QUE SE ESTADO DEL ESTRACTO EN EL

INFORME FGN SITUACIÓN TERRITORIAL DE INCORPORA (COMPLETO/EXPURGADO) CUADERNO

URABÁ DE

RESERVA

Informe No. 9. Retención y ocultamiento Tabla de contenido, índice de 9 permanente de gráficas, índice de mapas, páginas ANEXO DE FUERZA PÚBLICA EXPURGADO SI

personas por parte de 1116, 113-126 y 128. agentes del Estado. 202 páginas. Tabla de contenido, índice de Informe No. 10. gráficas, índice de tablas, índice Fuentes y mecanismos de ilustraciones, índice de mapas, 10 ANEXO DE FARC-EP EXPURGADO SI de financiación de las páginas 11-24, 27-34, 42, 68-71, FARC-EP. 248 páginas 89-96, 113-115, 121-122, 130132, 136, 144, 198, 199, 228-237. Informe No. 11. Victimización a líderes Tabla de contenido, índice de sociales y defensores gráficas, índice de mapas, índice 11 ANEXO DE FUERZA PÚBLICA COMPLETO NO de derechos humanos de ilustraciones, páginas 126-138, por parte de agentes 160-172 del Estado. 260 páginas Tabla de contenido, índice de Informe No. 12. gráficas, índice de ilustraciones, Movilización forzada 12 índice de tablas, páginas 11-17, ANEXO DE FARC-EP EXPURGADO SI por parte de las FARC20, 25-30, 4858, 64-68, 80-81, EP. 127 páginas 104-105 Tabla de contenido, índice de Informe No. 13. gráficas, índice de mapas, índice Movilización forzada 13 de tablas, páginas 12-14, 25-26, ANEXO DE FUERZA PÚBLICA EXPURGADO SI

por parte de agentes 55, 60-61, 79-83, 90-92, 99-108, del Estado. 239 páginas 117-123, 132, 137, 140, 208, 211 Tabla de contenido, índice de Informe No. 14. tablas, índice de gráficas, índice Medios y métodos de ilustraciones, índice de mapas, 14 ilícitos de guerra ANEXO DE FARC-EP EXPURGADO SI siglas y abreviaturas, páginas 19utilizados por las FARC26, 42-55, 135-137, 145-155, 194, EP: 277 páginas. 275-277 Informe No. 15. Tabla de contenido, índice de Muertes grupales gráficas, índice de mapas, índice 15 cometidas por agentes ANEXO DE FUERZA PÚBLICA EXPURGADO SI de tablas, páginas 15-19, 56-62, del Estado. 203 67-68, 70, 77, 107, 166, 177-186. páginas. Informe No. 16. Tabla de contenido, índice de Muertes grupales y ilustraciones, índice de tablas, 16 selectivas cometidas índice de mapas, siglas y ANEXO DE FARC-EP EXPURGADO SI por las FARC-EP. 286 abreviaturas, páginas 14-46, 61, páginas 229-264 Informe No. 17. Vínculos entre las Tabla de contenido, índice de 17 FARC-EP e integrantes tablas, índice de ilustraciones, ANEXO DE FARC-EP EXPURGADO SI

de la fuerza pública. 35 páginas 8-10, 18-20 páginas. Tabla 2. Extractos de los informes de la FGN ante la JEP que se incorporan al expediente de la Situación territorial de Urabá Fuente: Informes presentados por la FGN ante la JEP entre mayo de 2018 y marzo de 2019

Elaboración: Despacho NNHCH – junio de 2019

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EXPEDIENTE: 2018340160300011E RADICADO: 201932401612930

(iii) Clasificación de la información allegada con fines de incorporación al expediente de la Situación territorial de la región de Urabá

13. En el momento del ingreso, la FGN anuncia que sus informes “contienen información sujeta a reserva [legal]”. En este sentido, la Constitución de 199111 afirma que “todas las personas tienen derecho a acceder a los documentos públicos salvo los casos que establezca la ley” y la normativa en vigor12 establece que “toda información en posesión, bajo control o custodia de un sujeto obligado es pública y no podrá ser reservada o limitada sino por disposición constitucional o legal”, con lo cual corresponde a la magistratura determinar cuál información de aquella contenida en los extractos de los informes de FGN incorporados al expediente de Urabá, tiene una restricción en el acceso ajustada a la constitución y la ley.

14. La primera protección legal es la reserva procesal. Esta reserva cobija todos los diecisiete extractos de los informes de FGN y a la vez permite a los sujetos procesales de la Situación territorial de Urabá acceso a ellos, pero prohíbe toda divulgación de las piezas procesales que conozcan, en aras de

garantizar el buen desarrollo del proceso13, incluyendo las garantías del debido proceso, la igualdad entre las partes, la prevención, investigación y persecución de delitos y faltas disciplinarias y la administración efectiva de la justicia14.

15. Además, revisado el contenido de los extractos delimitados en la tabla

No. 2 de esta providencia, aparecen dos tipos de información sujeta a restricciones especiales en el acceso: (i) información relativa a procesos penales provenientes de la justicia ordinaria que se encuentran activos o en curso y que se encuentran cobijados con una reserva procesal trasladada15; y (ii) información personal de víctimas, testigos y sujetos de especial protección como los menores16, cuya divulgación pone en riesgo potencial la vida e integridad de las 11 Art. 74. 12 Ley 1712 de 2014. Art. 2 13 Ley 1712 de 2014. Art. 19 Parágrafo. Ley 1922 de 2018. Arts. 9, 27, 27A, 27B, 27C, 27D y 72. Ley 600 de

2000. Art. 330; Ley 906 de 2004. Arts. 18 y 345; Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Penal.

Sentencia de 17 de junio de 1998 y Sentencia de 10 de noviembre de 1999. 14 Ley 1712 de 2014. Art. 19-d, 19-e y 19-f. 15 Ley 1712 de 2014. Art. 19-d, 19-e y 19-f. 16 Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Penal. Sentencia de 17 de junio de 1998 y Sentencia de 10 de noviembre de 1999

9

EXPEDIENTE: 2018340160300011E RADICADO: 20193240161293 personas mencionadas, por lo que será considerada como “información pública clasificada”17.

16. Estas restricciones son de origen legal, se hallan anunciadas en la nota de “reserva de información” que precede cada informe de FGN y el despacho constata que el contenido de los documentos sujetos a restricción no se refiere a potenciales violaciones de derechos humanos y delitos de lesa humanidad18, entre otros. En consecuencia, este despacho encuentra ajustada a la constitución y la ley la reserva impuesta sobre los documentos referidos y extracto por extracto ha creado, cuando proceda, una versión expurgada que estará a disposición de los sujetos procesales y una versión completa del extracto concernido que será incorporada al cuaderno de reserva del expediente,

conforme a lo descrito el numeral 12, incluida la tabla No. 2, de la presente providencia. Esta restricción en el acceso no es inamovible y su vigencia puede ser evaluada, en contexto y caso por caso a petición de parte, para el efectivo cumplimiento de los fines de protección con los que fue creada la restricción en el acceso19. En mérito de lo antes expuesto este despacho,

I. RESUELVE: PRIMERO. – INCORPORAR al “Cuaderno principal” del expediente de

la Situación territorial de Urabá extractos completos de los Informes No. 1, No. 3 y No. 17 de la Fiscalía General de la Nación, en los términos descritos en el numeral 12, incluida la tabla No. 2, de la presente providencia. SEGUNDO. – INCORPORAR al “Cuaderno anexo de fuerza pública” del

expediente de la Situación territorial de Urabá extractos completos de los Informes No. 5 y No. 11 de la Fiscalía General de la Nación y extractos expurgados de los Informes No. 7, No. 9, No. 13 y No. 15 de la Fiscalía General 17 Ley 1712 de 2014. Arts. 6 y 18. 18 Ley 1922. Art. 21; Ley 1581 de 2012. Art. 5; Ley 1712. Arts. 18 y 21. 19 Corte Constitucional. Sentencia C-274 de 2013, pár. 3.2.18. 10

EXPEDIENTE: 2018340160300011E RADICADO: 201932401612930

de la Nación, en los términos descritos en el numeral 12, incluida la tabla No. 2, de la presente providencia. TERCERO. – INCORPORAR al “Cuaderno anexo de FARC-EP” del expediente de la Situación territorial de Urabá extractos expurgados de los Informes No. 2, No. 4, No. 6, No. 8, No. 10, No. 12, No. 14 y No. 16 de la Fiscalía General de la Nación, en los términos descritos en el numeral 12, incluida la tabla No. 2, de la presente providencia. CUARTO. – INCORPORAR al “Cuaderno de reserva” del expediente de la Situación territorial de Urabá, dentro de una carpeta de Informes de FGN, los extractos completos de los Informes No. 2, No. 4, No. 6, No. 7, No. 8, No. 9, No.

10, No. 12, No. 13, No. 14, No. 15, No. 16 y No. 17 de la Fiscalía General de la Nación, en los términos descritos en el numeral 12, incluida la tabla No. 2, de la presente providencia. QUINTO. – INCORPORAR al índice del cuaderno de reserva la información descrita en el decidendo Cuarto de esta providencia. SEXTO. - INFORMAR a la Secretaría Judicial de la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas de la decisión adoptada por el despacho para lo pertinente. SÉPTIMO. - Contra esta decisión no procede recurso.

CÚMPLASE.

(Original Firmado) NADIEZHDA NATAZHA HENRIQUEZ CHACIN Magistrada relatora

Proyectó: RES

Anexos: N/A.

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