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JEP - Auto SRVR-04-00-80-19 14-noviembre-2019

JEP - Jurisdicción Especial para la Paz

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Detalles

Título
JEP - Auto SRVR-04-00-80-19 14-noviembre-2019
Autor
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Transicional
Año
2019

SALA DE RECONOCIMIENTO DE VERDAD, DE

RESPONSABILIDAD Y DE DETERMINACIÓN

DE LOS HECHOS Y CONDUCTAS EXPEDIENTE: 2018340160300011E

RADICADO: 20193240367133

20193240367133 20193240367133

REPÚBLICA DE COLOMBIA

JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

SALAS DE JUSTICIA

SALA DE RECONOCIMIENTO DE VERDAD, DE RESPONSABILIDAD Y DE DETERMINACIÓN DE LOS HECHOS Y CONDUCTAS AUTO SRVNH – 04 / 00 – 80/ 2019

Bogotá D.C., Jueves, 14 de Noviembre de 2019 Radicación 20193240367133 Asunto Auto por medio del cual se modifican algunas fechas para la realización de las Versiones Voluntarias convocadas mediante AUTO N° 228 de 29 de octubre de 2019, en el marco del Caso 004: “Situación Territorial de la Región Urabá”

I. ASUNTO POR RESOLVER El despacho relator del Caso 004: “Situación Territorial de la región Urabá” de la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas (en adelante: la Sala de Reconocimiento) de la Jurisdicción Especial para la Paz (en adelante: la JEP), en ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias, modifica el cronograma contenido en el ANEXO I y II para la realización de las versiones voluntarias convocadas mediante Auto N° 228 de 29 de octubre de 2019.

II. ACTUACIÓN PROCESAL

1. Mediante Auto 040 del pasado 11 de septiembre de 2018, la Sala de Reconocimiento resolvió: “Avocar conocimiento de los hechos vinculados a la situación territorial de la región Urabá en los municipios de: Turbo, Apartadó, Carepa, Chigorodó, Mutatá, y Dabeiba en el departamento de Antioquia y El Carmen de Darién, Riosucio, Unguía y Acandí, en el departamento de Chocó, presuntamente

1

EXPEDIENTE: 2018340160300011E 20193240367133 cometidos de forma directa o indirecta en relación con el conflicto armado por miembros de las FARC – EP y de la Fuerza Pública, desde el 1 de enero de 1986 y con anterioridad al 1 de diciembre de 2016.”

2. Seguidamente mediante Auto SRVNH 04/01–01/19 del 10 de junio de 2019, el despacho relator del Caso 004: “Situación Territorial de la región Urabá” dispuso la notificación y puesta a disposición del expediente a: “los miembros de la Fuerza Pública” referidos en la situación territorial referida.

3. Igualmente, mediante Auto SRVNH 04/02 – 01/19 del 11 de junio de 2019, el despacho relator del Caso 004: “Situación Territorial de la región Urabá” dispuso la notificación y puesta a disposición del expediente a: “exintegrantes de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia, Ejercito del Pueblo FARC-EP” mencionados en la situación territorial aludida.

4. La Sala de Reconocimiento, en el Auto 228 de 29 de octubre de 2019, ordenó el primer llamamiento a diligencia de versiones voluntarias en el marco de la Situación territorial de la región de Urabá, para lo cual en los Anexos I y II ordenó y programó la realización de las mismas refiriéndose el primero para los exintegrantes de la Fuerza Pública y el segundo para los excombatientes de las FARC – EP, llamados a comparecer en la “Situación Territorial de la Región

Urabá”.

5. De otra parte, mediante Auto SRVNH – 04 / 00 – 77/ 2019, del pasado 9 de octubre de 2019, este despacho decretó la práctica de diligencias colectivas de construcción dialógica de la verdad con los comparecientes notificados de la siguiente forma: Para los comparecientes referidos en el auto SRVNH 04/02 – 01/19 del 11 de junio de 2019, referente a los excombatientes de las FARC – EP, en los Espacios Territoriales de Capacitación y Reincorporación ubicados en los municipios de la “Situación Territorial de la Región Urabá”, las cuales a la fecha

efectivamente se han desarrollado: Espacio Territorial de Capacitación y Lugar de Realización Fecha Reincorporación -ETCR Brisas y Silver Vidal Mora Riosucio y Carmen de 30 de octubre de 2019 Darién - Choco 2

EXPEDIENTE: 2018340160300011E

RADICADO: 20193240546171

San José de León Mutatá – Antioquia 31 de octubre de 2019

Llano Grande ETCR Jacobo Arango Dabeiba - Antioquia 6 de noviembre de 2019 Por su parte la diligencia colectiva de construcción dialógica de la verdad para los comparecientes referidos en el auto SRVNH 04/01 – 01/19 del 10 de junio de 2019, se desarrolló en la ciudad de Bogotá con los comparecientes que previa convocatoria contribuirán al establecimiento de elementos de contexto en los 3 primeros periodos:1 1986 – 1994, 1994-1997 y, 1998-2002 definidos en el Auto 040 de 11 de septiembre de 2018. Comparecientes Lugar de Realización Fecha Referidos en los 3 primeros periodos Bogotá D.C. 25 de octubre de 2019 referidos en el Auto 040 de 2018.

6. Finalmente, en el Auto 228 de 29 de octubre de 2019, la Sala de Reconocimiento ordenó el primer llamamiento a diligencia de versiones voluntarias en el marco de la Situación Territorial de la región de Urabá, para lo cual en los Anexos I y II ordenó y programó la realización de estas refiriéndose el primero para los exintegrantes de la Fuerza Pública y el segundo para los excombatientes de las FARC – EP, llamados a comparecer en la “Situación Territorial de la Región Urabá”. 1 JEP, Sala de Reconocimiento, Auto 040 de 2018, numeral 18: “Que, el análisis de la información en la etapa de concentración permitió igualmente identificar hitos espacio-temporales que entrelazan la región de Urabá en diversas dinámicas económicas y políticas en tensión: a) el primer periodo (1986-1994), de

fortalecimiento de las organizaciones sociales, con fuerte impacto de los procesos de negociación entre el gobierno nacional y los grupos armados presentes en la región, entre ellos la consolidación de la Unión Patriótica (UP), como partido político producto de los acuerdos entre el gobierno nacional y las FARC -EP, así como la negociación de paz entre el gobierno nacional y el Ejército Popular de Liberación (EPL) y el partico político Esperanza, Paz y Libertad (EPL), resultado de dicha negociación. Al final de este periodo se destaca como hito social el proceso denominado Consenso Político Unidad por la Paz, entre sectores políticos, económicos, organizaciones sociales y sectores de la iglesia en el municipio de Apartadó como epicentro del pacto; b) el segundo periodo (19941997), se caracteriza por la consolidación del poder de las FARC-EP, las masacres dirigidas contra desmovilizados del EPL y el repliegue militar de las FARC-EP hacia el sur y el occidente del Urabá. Al final de este periodo se destaca como hito de transición, el incremento de las violencias contra la población civil, la consolidación de las estructuras nacionales de los grupos paramilitares bajo el nombre de Autodefensas Unidad de Colombia (AUC) y el reconocimiento de las personerías jurídicas a Cooperativas de Vigilancia y Seguridad Privada para la Autodefensa Agraria (Convivir); c) el tercer periodo (1997-2002), como una etapa de continuidad de la guerra en la disputa por la dominación y el control territorial por los actores armados, que también produjo graves violencias a la población civil en el Darién Chocoano. Como hechos notorios se destacan la Operación Génesis, el avance de la ofensiva paramilitar y la

respuesta contraofensiva de las FARC-EP. Al final de ese periodo se identifica como hito social el proyecto Úrabá Grande Unida y en Paz.” 3

EXPEDIENTE: 2018340160300011E

20193240367133

CONSIDERACIONES DEL DESPACHO

7. Agotadas las Diligencias Colectivas de Construcción Dialógica de la Verdad y de conformidad con lo establecido en el Anexo I del auto 228 de 29 de octubre de 2019, en establecer: “Sujeto a cambios en la dirección en función de la disponibilidad logística y de gestión de la Secretaría Ejecutiva de la Jurisdicción”, se hace necesario ajustar el cronograma de versiones voluntarias convocadas de

acuerdo a lo siguiente: El anexo I en su versión original señala:

ANEXO I: FUERZA PÚBLICA

PRIMER LLAMAMIENTO A VERSIONES VOLUNTARIAS SRVR. SITUACIÓN TERRITORIAL DE URABÁ (CASO No. 04) 2do 2do Primera fecha No. 1er Apellido 1er Nombre Grado actual# Cédula # Lugar Apellido Nombre de llamamiento 1 Carvajal Osorio Bayron Gabriel Coronel (r) 79.366.540 4/12/2019 CRM Bello 2 Brigadier Del Río Rojas Rito Alejo 17.098.829 4/12/2019 Bogotá General (r) 3 Garcia Nieto Rolando Aldemar Mayor (r) 7.228.495 28/11/2019 Bogotá 4 Grajales Garcia Juan Manuel Teniente (r) 71.741.672 25/11/2019 Bogotá 5 Sargento Gutierrez Vélez Héctor 79.380.207 21/11/2019 Bogotá

Primero (r) 6 Sargento Jerez Flórez Víctor Julio 13.922.892 26/11/2019 Bogotá Mayor (r) 7 Soldado Mena Dixon Arturo 11.636.004 28/11/2019 Bogotá Profesional (r) 8 Sargento Mueses Valbuena Edgar Gilberto 16.742.966 22/11/2019 Bogotá Primero (r) 9 Sargento Ochoa Blanco Fidel Iván 73.549.327 25/11/2019 Bogotá Primero (r) 10 Pérez Garcia Sergio Enrique Mayor (r) 80.415.328 27/11/2019 Bogotá 11 Pinto Colmenares Jaime Alonso Capitán (r) 88.000.349 28/11/2019 Bogotá 12 Plazas Acevedo Jorge Eliecer Coronel (r) 19.378.292 3/12/2019 Bogotá 13 Sánchez Mejía Lessie Bornarg Capitán (r) 71.753.651 21/11/2019 Bogotá 14 Sargento Suaza Berrio Carlos Henry 71.755.145 26/11/2019 Bogotá Primero (r) 15 Cabo Tovio Medrano German Custodio 92.510.374 3/12/2019 CRM Bello Primero (r) 16 Vargas Morales Néstor Raúl Capitán (r) 79.121.192 22/1172019 Bogotá 17 Sargento Zapata Hincapié José Aristóbulo 71.706.076 27/11/2019 Bogotá Primero (r) CRM: Centro de Reclusión Militar Bogotá: Sede de la JEP: Cra 7 # 63-44. Sujeto a cambios en la dirección en función de

la disponibilidad logística y de gestión de la Secretaría Ejecutiva de la Jurisdicción. 4

EXPEDIENTE: 2018340160300011E

RADICADO: 20193240546171

Sin embargo, resulta necesario ajustar, por las condiciones logísticas adelantadas a la fecha quedando de la siguiente forma:

ANEXO I: FUERZA PÚBLICA

PRIMER LLAMAMIENTO A VERSIONES VOLUNTARIAS SRVR. SITUACIÓN TERRITORIAL DE URABÁ (CASO No. 04) 2do 2do Primera fecha No. 1er Apellido 1er Nombre Grado actual# Cédula # Lugar Apellido Nombre de llamamiento 1 Tribunal Superior de Carvajal Osorio Bayron Gabriel Coronel (r) 79.366.540 06/12/2019 Medellín. Sala 8 2 Brigadier Del Río Rojas Rito Alejo 17.098.829 4/12/2019 Bogotá General (r) 3 Garcia Nieto Rolando Aldemar Mayor (r) 7.228.495 28/11/2019 Bogotá 4 Grajales Garcia Juan Manuel Teniente (r) 71.741.672 25/11/2019 Bogotá 5 Sargento Gutierrez Vélez Héctor 79.380.207 21/11/2019 Bogotá Primero (r) 6 Sargento Jerez Flórez Víctor Julio 13.922.892 26/11/2019 Bogotá Mayor (r) 7 Soldado Mena Dixon Arturo 11.636.004 28/11/2019 Bogotá Profesional (r) 8 Sargento Mueses Valbuena Edgar Gilberto 16.742.966 22/11/2019 Bogotá

Primero (r) 9 Sargento Ochoa Blanco Fidel Iván 73.549.327 25/11/2019 Bogotá Primero (r) 10 Pérez Garcia Sergio Enrique Mayor (r) 80.415.328 27/11/2019 Bogotá 11 Pinto Colmenares Jaime Alonso Capitán (r) 88.000.349 28/11/2019 Bogotá 12 Plazas Acevedo Jorge Eliecer Coronel (r) 19.378.292 3/12/2019 Bogotá 13 Sánchez Mejía Lessie Bornarg Capitán (r) 71.753.651 21/11/2019 Bogotá 14 Sargento Suaza Berrio Carlos Henry 71.755.145 26/11/2019 Bogotá Primero (r) 15 Tribunal Cabo Superior de Tovio Medrano German Custodio 92.510.374 5/12/2019 Primero (r) Medellín. Sala 8 16 Vargas Morales Néstor Raúl Capitán (r) 79.121.192 22/1172019 Bogotá 17 Sargento Zapata Hincapié José Aristóbulo 71.706.076 27/11/2019 Bogotá Primero (r) Números 1 y 15 del listado los modificados.

8. Ahora bien, en atención a que se hace necesario el traslado de algunos de los comparecientes de Centros de Reclusión Militar, por conducto de la Secretaria Judicial de la Sala de Reconocimiento se deben librar las comunicaciones respectivas que aseguren la asistencia de ellos, particularmente de aquellos dispuestos en el Centro de Reclusión Militar de Bello (Antioquia), y Facatativá (Cundinamarca).

9. Para el caso del Anexo II referente a los comparecientes FARC – EP llamados a versión voluntaria en el Auto 228 de 29 de octubre de 2019, éste contemplo: “El lugar se encuentra sujeto a cambios en función de la información

5

EXPEDIENTE: 2018340160300011E 20193240367133 obtenida en las diligencias dialógicas y de la disponibilidad logística y de gestión de la Secretaría Ejecutiva de la Jurisdicción”, se hace necesario ajustar el cronograma de versiones voluntarias convocadas de la siguiente forma:

El anexo II en su versión original señala:

ANEXO II: FARC-EP

PRIMER LLAMAMIENTO A VERSIONES VOLUNTARIAS

SRVR. SITUACIÓN TERRITORIAL DE URABÁ (CASO No. 04)

Primera 2do No. 1er Apellido 1er Nombre 2do Nombre Cédula # fecha de Lugar Apellido llamamiento 1 Bautista Pérez Luz Daris 43.972.679 15-01-20 Bogotá 2 Sánchez Arroyave Jhover Man 71.941.167 17-01-20 Bogotá 3 Tavera Mendoza Lilia 40.730.040 22-01-20 Bogotá 4 Ramírez María Elda 43.530.223 24-01-20 Bogotá 5 Úsuga Restrepo Luis Oscar 8.331.030 29-01-20 Dabieba 6 Martínez Sánchez Alfonso Manuel 48.57.779 31-01-20 Dabieba 7 Motato Rentería Claudia Patricia 26.378.202 05-02-20 Dabieba 8 Torres Ortiz María Isabel 43.140.505 07-02-20 Dabieba

9 Guisao Duarte Iván Darío 8.429.364 12-02-20 Apartadó 10 Tordecilla Madera Jorge Antonio 6.706.265 14-02-20 Apartadó 11 Higuita Tuberquia Jorge Luis 8.324.848 19-02-20 Medellín 12 Londoño Giraldo Rubén Darío 71.976.881 21-02-20 Medellín 13 Restrepo Ruiz Rodolfo 4.531.657 26-02-20 Riosucio 14 Orrego Medina Fancy María 39.409.946 28-02-20 Riosucio 15 Montoya Borja Huldar De Jesús 71.938.214 04-03-20 Riosucio 16 Alcira Sotelo Reinel 82.210.017 06-03-20 Riosucio 17 Beltrán Padilla Carlos Mario 82.210.022 11-03-20 Riosucio 18 Cruz Vega Martín 83.025.508 13-03-20 Riosucio 19 Fernández Castro Paula Andrea 32.209.436 18-03-20 Mutatá 20 Urrego Medina José Milcíades 15.367.820 20-03-20 Mutatá 21 González Tuberquia José Aldemar 71.946.970 25-03-20 Bogotá 22 Londoño Echeverry Rodrigo 79.149.126 27-03-20 Bogotá 23 Zúñiga Iriarte Israel Alberto 72.152.361 30-03-20 Bogotá El lugar se encuentra sujeto a cambios en función de la información obtenida en las diligencias dialógicas y de la disponibilidad logística y de gestión de la Secretaría Ejecutiva de la Jurisdicción. En similares condiciones al cronograma anterior, resulta necesario

ajustar, por las condiciones logísticas adelantadas a la fecha, y en particular las verificaciones realizadas en el desarrollo de las Diligencias Colectivas de Construcción Dialógica de la Verdad adelantadas en los Espacios Territorial de Capacitación y Reincorporación de este grupo de comparecientes, quedando de la siguiente forma: 6

EXPEDIENTE: 2018340160300011E

RADICADO: 20193240546171

ANEXO II: FARC-EP

PRIMER LLAMAMIENTO A VERSIONES VOLUNTARIAS

SRVR. SITUACIÓN TERRITORIAL DE URABÁ (CASO No. 04)

Primera 2do No. 1er Apellido 1er Nombre 2do Nombre Cédula # fecha de Lugar Apellido llamamiento 1 Bautista Pérez Luz Daris 43.972.679 15-01-20 Bogotá 2 Sánchez Arroyave Jhover Man 71.941.167 21-02-20 Apartadó 3 Tavera Mendoza Lilia 40.730.040 06-02-20 Apartadó 4 Ramírez María Elda 43.530.223 20-02-20 Apartadó 5 Úsuga Restrepo Luis Oscar 8.331.030 28-02-20 Apartadó 6 Martínez Sánchez Alfonso Manuel 48.57.779 30-01-20 Apartadó 7 Motato Rentería Claudia Patricia 26.378.202 22-01-20 Apartadó 8 Torres Ortiz Isabel María 43.140.505 23-01-20 Apartadó 9 Guisao Duarte Iván Darío 8.429.364 24-01-20 Apartadó 10 Tordecilla Madera Jorge Antonio 6.706.265 29-01-20 Apartadó

11 Higuita Tuberquia Jorge Luis 8.324.848 30-01-20 Apartadó 12 Londoño Giraldo Rubén Darío 71.976.881 13-02-20 Medellín 13 Restrepo Ruiz Rodolfo 4.531.657 05-03-20 Bogotá 14 Orrego Medina Fancy María 39.409.946 27-02-20 Apartadó 15 Montoya Borja Huldar De Jesús 71.938.214 30-01-20 Apartadó 16 Alcira Sotelo Reinel 82.210.017 07-02-20 Apartadó 17 Beltrán Padilla Carlos Mario 82.210.022 31-01-20 Apartadó 18 Cruz Vega Martín 83.025.508 11-03-20 Bogotá 19 Fernández Castro Paula Andrea 32.209.436 16-01-20 Bogotá 20 Urrego Medina José Milcíades 15.367.820 04-03-20 Bogotá 21 González Tuberquia José Aldemar 71.946.970 14-02-20 Medellín 22 Londoño Echeverry Rodrigo 79.149.126 12-03-20 Bogotá 23 Zúñiga Iriarte Israel Alberto 72.152.361 06-03-20 Bogotá

10. Para lo cual se deberá agotar las labores logísticas y operativas necesarias para que en coordinación de la Secretaria Ejecutiva de la JEP, que aseguren el cumplimiento y la materialización de las versiones voluntarias convocadas.

11. En virtud de las anteriores consideraciones, en ejercicio de sus funciones constitucionales y reglamentarias, el despacho relator del Caso 004 “Situación

Territorial de la región Urabá” de la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas, RESUELVE: PRIMERO. – MODIFICAR los Anexos I y II del Auto 228 de 29 de octubre de 2019, quedando en los términos identificados en los numerales 7 y 9 de la parte motiva de esta decisión. 7

EXPEDIENTE: 2018340160300011E

20193240367133 SEGUNDO. – ORDENAR a la Secretaría Judicial de la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas (SRVR), oficiar a la Dirección Central de Reclusión Militar (DICER) para que realice todas las acciones que estime conducentes y pertinentes con el fin de garantizar la comparecencia de los llamados a versión voluntaria que se encuentran en el Centro de Reclusión Militar de Bello, Antioquia (CPAMS EJEBE) y Facatativá, Cundinamarca. TERCERO.- ORDENAR a la Secretaría Judicial de la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas (SRVR), oficiar al Centro de Reclusión Militar de Bello, Antioquia (CPAMS EJEBE) y al Centro de Reclusión Militar de Facatativá, Cundinamarca para que trasladen a los comparecientes que se encuentran bajo su custodia en el día, lugar y hora señalados en el anexo No. I modificado por el punto resolutivo primero de esta providencia. CUARTO. – COMUNICAR la presente decisión y convocatoria para las versiones voluntarias reprogramadas a los comparecientes por conducto de sus

apoderados judiciales y adelantar con ellos las coordinaciones necesarias que permitan asegurar el cumplimiento de estas. QUINTO. - COMUNICAR la presente decisión a la Secretaria Ejecutiva de la JEP, con el propósito de adelantar las acciones logísticas y operativas que en coordinación con este despacho garanticen la adecuada realización de las versiones voluntarias decretadas. SEXTO. - COMUNICAR la presente decisión a la delegada de la Procuraduría General de la Nación asignada a esta Jurisdicción, por intermedio de la Secretaria Judicial de conformidad con lo previsto en los artículos 1 transitorio inciso 2, 5 transitorio inciso 1 y 12 transitorio inciso 2 del Acto Legislativo 01 de 2017, en concordancia con el artículo 277 Constitucional y la Sentencia C-674 de 2017.

COMUNÍQUESE Y CUMPLASE

Dado en Bogotá D. C., el 14 de noviembre de dos mil diecinueve (2019), (Original Firmado)

NADIEZHDA HENRÍQUEZ CHACÍN

Magistrada 8

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