JEP - Auto SRVR-Caso-002 25-febrero-2019
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
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Detalles
- Título
- JEP - Auto SRVR-Caso-002 25-febrero-2019
- Autor
- JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Transicional
- Año
- 2019
20193220080521
REPÚBLICA DE COLOMBIA
JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ
SALAS DE JUSTICIA
SALA DE RECONOCIMIENTO DE VERDAD, DE RESPONSABILIDAD Y DE DETERMINACIÓN DE LOS HECHOS Y CONDUCTAS Auto de sustanciación Caso No. 002 de 2018
Bogotá, 25 de febrero de 2019
Radicado Orfeo No: 20191510076402
Solicitante: ANA MARÍA TONCEL JARAMILLO Compareciente: LUIS CARLOS CABEZAS RODRÍGUEZ Asunto: Solicitud de aplazamiento de versión voluntaria I.- ASUNTO A TRATAR Se procede a dar respuesta a la comunicación con radicado No 20191510076402, por medio de la cual la abogada ANA MARÍA TONCEL JARAMILLO, defensora del compareciente LUIS CARLOS CABEZAS RODRÍGUEZ, identificado con cédula de ciudadanía No.1087.204.617, designada por el Sistema Autónomo de Asesoría y Defensa de la Secretaría Ejecutiva de la Jurisdicción Especial para la Paz, solicita aplazamiento de la versión voluntaria a la que fue citado su defendido en el marco del Caso No. 002 de
2018.
II.- ANTECEDENTES PROCESALES Página 1 de 4
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1. Mediante Auto No. 01 del 14 de enero de 2019, la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas
(Sala de Reconocimiento) ordenó al compareciente LUIS CARLOS
CABEZAS RODRÍGUEZ presentarse a rendir versión voluntaria el día 27 de febrero de 2019, en la Jurisdicción Especial para la Paz. En el mencionado Auto se indicó también al compareciente que debía asistir a la diligencia acompañado de su abogado defensor, o solicitar a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) la asignación de un abogado adscrito al Sistema Autónomo de Asesoría y Defensa (SAAD).
2. Dado que el señor LUIS CARLOS CABEZAS RODRÍGUEZ no indicó cuál era su apoderado de confianza, se procedió a solicitar la designación de uno por parte del SAAD de la Jurisdicción Especial para la Paz. Es así que, el 8 de febrero de 2019 la Secretaría Ejecutiva de la JEP comunicó a la Sala de Reconocimiento y a la abogada ANA MARÍA TONCEL JARAMILLO, con Tarjeta Profesional No. 153.148 adscrita al SAAD, su designación como defensora del señor LUIS CARLOS CABEZAS RODRÍGUEZ.
3. El 20 de febrero de 2019, la abogada ANA MARÍA TONCEL JARAMILLO, defensora del señor LUIS CARLOS CABEZAS RODRÍGUEZ, remitió comunicación a la Jurisdicción Especial para la Paz en la cual solicitó aplazamiento de la diligencia de versión voluntaria a la cual fue citada su defendido, dado que i) no le ha sido notificado aún el Auto N° 01 del 14 de enero de 2019, mediante el cual se citó a versión voluntaria a su defendido; ii)
no le han sido trasladados los informes necesarios para la práctica de la versión voluntaria y que iii) pese a que se acercó a la Secretaría Judicial de la Sala de Reconocimiento para obtener los informes correspondientes, se le indicó que el traslado no se surte de manera inmediata, sino que presentada la solicitud, se le informará sobre la disposición de traslado para ser recogido en días y horas hábiles en las instalaciones de la JEP, sin que hasta la fecha le hayan sido trasladados. Lo anterior, según la abogada, supone que el tiempo para estudiar los documentos es demasiado corto, lo que imposibilita la preparación adecuada de la versión voluntaria, teniendo en cuenta que el Caso No. 002 corresponde una situación territorial en la que confluyen diversos actores. Página 2 de 4 20193220080521
4. Mediante Auto No. 022 del 20 de febrero de 2019, la Sala de Reconocimiento de Verdad le reconoció personería jurídica para actuar a la abogada ANA MARÍA TONCEL JARAMILLO, como defensora del señor LUIS CARLOS CABEZAS RODRÍGUEZ y ordenó a la Secretaría de la Sala de Reconocimiento efectuar el envío de los informes que fueron trasladados a su defendido mediante Auto del 11 de enero de 2019, para efectos de practicar la versión voluntaria1.
5. Dado que a la abogada ANA MARÍA TONCEL JARAMILLO no le han sido trasladados los informes para la práctica de la versión voluntaria de su defendido y que dicha versión estaría prevista para el miércoles 27 de febrero
de 2019, se procederá a efectuar el aplazamiento de la misma y se le solicitará a la Secretaría Judicial de la Sala de Reconocimiento que proceda a: i) notificar el Auto del 11 de enero de 2019, en virtud del cual se dispuso el traslado de los informes a algunos comparecientes del Caso No. 002 de 2018 y ii) trasladar el CD contentivo de los informes a trasladar, conforme se ordenó en el Auto N° 022 del 29 de febrero de 2019. Todo lo anterior, justifica el aplazamiento de la citada versión, por lo cual la diligencia de versión voluntaria del señor LUIS CARLOS CABEZAS RODRÍGUEZ será reprogramada para el viernes 11 de abril de 2019, a partir de las 8:00 a.m. en la ciudad de Cali, en las instalaciones del Palacio Nacional-Plaza Caicedo-, carrera 4 N° 12-04.
6. Como magistrada designada por la Sala de Reconocimiento, administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la ley, en virtud de las anteriores consideraciones y en ejercicio de las funciones constitucionales y reglamentarias otorgadas,
IV. RESUELVE Primero.- ORDENAR a la Secretaría de la Sala de Reconocimiento notificar personalmente el Auto de traslado de informes (Auto del 11 de enero de 2019), así como trasladar los informes correspondientes (CD adjunto) a la abogada ANA MARÍA TONCEL JARAMILLO, defensora del señor LUIS CARLOS
CABEZAS RODRÍGUEZ. 1 Párrafo 44.
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Segundo.- FIJAR nueva fecha y hora de la versión voluntaria del señor LUIS CARLOS CABEZAS RODRÍGUEZ, para el viernes 11 de abril de 2019, a partir de las 8:00 a.m, en la ciudad de Cali, en las instalaciones del Palacio NacionalPlaza Caicedo-, en la Carrera 4 N° 12-04. Tercero. - COMUNICAR, por intermedio de la Secretaría Judicial, la presente decisión al compareciente LUIS CARLOS CABEZAS RODRÍGUEZ y a su apoderada ANA MARÍA TONCEL JARAMILLO, así como a la Procuradora Primera Delegada para la Investigación y Juzgamiento Penal con funciones ante la JEP, a las direcciones y teléfonos obrantes en el expediente.
NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,
[Firmado en el documento original] BELKIS FLORENTINA IZQUIERDO TORRES Magistrada Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas Página 4 de 4