JEP - Auto SRVR-IG-0083 01-septiembre de 2020
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- JEP - Auto SRVR-IG-0083 01-septiembre de 2020
- Autor
- JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Transicional
- Año
- 2020
SALA DE RECONOCIMIENTO DE VERDAD, DE
RESPONSABILIDAD Y DE DETERMINACIÓN
DE LOS HECHOS Y CONDUCTAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ
SALAS DE JUSTICIA
SALA DE RECONOCIMIENTO DE VERDAD Y RESPONSABILIDAD
Y DE DETERMINACIÓN DE LOS HECHOS Y CONDUCTAS
AUTO No. IG0083
Bogotá D.C., 1 de septiembre de 2020
Expediente Orfeo No: 2018340160501180E
Expediente Legali: 9006310-91.2019.0.00.0001
Caso 07 Reclutamiento y utilización de niñas y niños en el conflicto armado.
Comparecientes: JUAN HERMILO CABRERA DÍAZ y ABELARDO CAICEDO COLORADO Asunto: Fija nueva fecha para versión voluntaria.
1. Mediante auto No. 226 del 24 de octubre de 2019 la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas (en adelante la Sala o SRVR) de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) vinculó, en calidad de comparecientes dentro del Caso No. 07, entre otros, a los señores JUAN HERMILO CABRERA DÍAZ conocido en la antigua guerrilla de las FARC-EP
como BERTULFO ÁLVAREZ, identificado con cédula ciudadanía No. 5.977.013 y a ABELARDO CAICEDO COLORADO conocido en la antigua guerrilla de las FARC-EP como SOLÍS ALMEIDA, identificado con cédula ciudadanía No. 1 emrofni ,/jase/oc.vog.pej.ilagel//:sptth
bew anigáp al a adecca ,lasecorp etneidepxe la redecca araP
.ODAMA
ZELAZNOG NAVI rop etnemlatigid odamrif lanigiro led aipoc se otnemucod etsE .B8F1D ogidóc le y 1000.00.0.9102.19-0136009 osecorp le 1.148.956.791. A CABRERA DÍAZ y a CAICEDO COLORADO se los llamó a rendir versión voluntaria los días 18 y 12 de diciembre de 2020.
2. Dichas diligencias no se pudieron llevar a cabo en las fechas señaladas por el trámite de la recusación que los abogados de los comparecientes interpusieron contra el magistrado relator y los recursos de reposición y apelación interpuestos contra el auto en mención.
3. A través de oficio remitido por correo electrónico el 28 de agosto de 2020, el Departamento Saad Defensa a Comparecientes de la JEP informó al despacho la situación y ubicación de los comparecientes JUAN HERMILO CABRERA DÍAZ, quien se encuentra domiciliado en el ETCR de Pondores (Guajira) y ABELARDO CAICEDO COLORADO quien se encuentra en el ETCR de Tierra Grata en
Manaure (Cesar).
4. En reunión que el despacho tuviera con los defensores de los comparecientes en el Caso No. 07, los abogados manifestaron las dificultades de realizar las diligencias de versión voluntaria mediante la plataforma electrónica debido a los problemas de conectividad y de suministro continuo de energía eléctrica que se
presentan en los lugares en los que se encuentran domiciliados los señores CABRERA DÍAZ y CAICEDO COLORADO, por lo que es necesario su desplazamiento a otra ciudad para atender la diligencia. El Servicio Autónomo de Asesoría y Defensa, por su parte, informó al despacho sobre estas dificultades de conectividad y aconsejó que la versión voluntaria de JUAN HERMILO CABRERA DÍAZ se realice en el municipio de Fonseca en La Guajira, y la de ABELARDO CAICEDO COLORADO en la ciudad de Valledupar. Atendiendo, además, a la solicitud de los defensores respecto de sus dificultades de desplazamiento para atender las versiones sucesivas en días inmediatos, se acordó que la realización de las diligencias tendrá lugar en la ciudad de Valledupar.
5. Los abogados Nadia Gabriela Triviño López y Gustavo Gallardo, defensores de JUAN HERMILO CABRERA DÍAZ y ABELARDO CAICEDO COLORADO para estas diligencias, residen en la ciudad de Bogotá y manifestaron su voluntad de desplazarse al lugar en donde vaya a rendirse la versión voluntaria. 2 emrofni ,/jase/oc.vog.pej.ilagel//:sptth bew anigáp al a adecca ,lasecorp etneidepxe la redecca araP
.ODAMA
ZELAZNOG NAVI rop etnemlatigid odamrif lanigiro led aipoc se otnemucod etsE .B8F1D ogidóc le y 1000.00.0.9102.19-0136009
osecorp le
6. En razón de lo anterior, este despacho fija nuevas fechas, lugar y horas para que los comparecientes rindan versión voluntaria, así: - JUAN HERMILO CABRERA DÍAZ rendirá versión voluntaria el 10 de septiembre de 2020 a partir de las 9:00 a.m. en la ciudad de Valledupar
(Cesar). - ABELARDO CAICEDO COLORADO rendirá versión voluntaria el 11 de septiembre del 2020 a partir de las 9:00 a.m. en la ciudad de Valledupar (Cesar).
7. Estas diligencias se llevarán a cabo de forma virtual en la ciudad de Valledupar, utilizando la tecnología de la información adoptada por la JEP, en un espacio que deberá gestionar la Secretaría Ejecutiva de la Jurisdicción Especial para la Paz.
8. Con el fin de promover la participación de las víctimas en estas diligencias se ordena a la secretaría judicial de la SRVR que comunique esta decisión a las víctimas acreditadas en el Caso No. 07 y a sus apoderados, advirtiéndoles que, si desean participar en las versiones acá convocadas, deberán manifestar su interés en un término no menor de cinco (5) días hábiles en relación con la fecha en la que se realizarán las versiones, participación que podrán cumplir, también, con la remisión, por escrito, de preguntas que podrán ser formuladas a los comparecientes.
9. Por secretaría líbrense las citaciones que correspondan y comuníquese al Procurador Delegado que interviene en este asunto, a la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad y a la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por
Desaparecidas.
10. Comuníquese a la Secretaría Ejecutiva de la Jurisdicción Especial para la Paz para que coordine con sus distintas dependencias lo necesario en términos logísticos, tecnológicos y de acompañamiento psicosocial para el correcto desarrollo de las diligencias citadas, de tal forma que se garantice el traslado de los comparecientes y sus apoderados en la fecha y hora indicadas, se gestionen 3 emrofni ,/jase/oc.vog.pej.ilagel//:sptth bew anigáp al a adecca ,lasecorp etneidepxe la redecca araP
.ODAMA
ZELAZNOG NAVI rop etnemlatigid odamrif lanigiro led aipoc se otnemucod etsE .B8F1D ogidóc le y 1000.00.0.9102.19-0136009 osecorp le las instalaciones que garanticen la solemnidad que requiere la diligencia judicial y las condiciones de privacidad, seguridad y garantía de conexión estable a internet para asegurar la participación de las partes e intervinientes, y el apoyo técnico y logístico que se requiera.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
IVÁN GONZÁLEZ AMADO
Magistrado COC. 4 emrofni ,/jase/oc.vog.pej.ilagel//:sptth bew anigáp al a adecca ,lasecorp etneidepxe la redecca araP
.ODAMA
ZELAZNOG NAVI rop etnemlatigid odamrif lanigiro led aipoc se otnemucod etsE .B8F1D ogidóc le y 1000.00.0.9102.19-0136009 osecorp le