JEP - Auto SRVR-IG-0091 14-septiembre de 2020
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
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Detalles
- Título
- JEP - Auto SRVR-IG-0091 14-septiembre de 2020
- Autor
- JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Transicional
- Año
- 2020
SALA DE RECONOCIMIENTO DE VERDAD, DE
RESPONSABILIDAD Y DE DETERMINACIÓN
DE LOS HECHOS Y CONDUCTAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ
SALAS DE JUSTICIA
SALA DE RECONOCIMIENTO DE VERDAD Y RESPONSABILIDAD
Y DE DETERMINACIÓN DE LOS HECHOS Y CONDUCTAS
AUTO No. IG0091
Bogotá D.C., 14 de septiembre de 2020
Expediente Orfeo No: 2018340160501180E
Expediente Legali No.: 9006310-91.2019.0.00.0001
Caso 07 Reclutamiento y utilización de niñas y niños en el conflicto armado.
Compareciente: Jaime Aguilar Ramírez.
Asunto: Fija nueva fecha de versión voluntaria.
1. A través del auto IG-0080 del 31 de agosto de 2020, este despacho fijó fecha para realizar versión voluntaria del compareciente JAIME AGUILAR RAMÍREZ, identificado con cédula de ciudadanía 16.451.713, quien se encuentra privado de la libertad en el establecimiento penitenciario y carcelario La Picota de la ciudad de Bogotá. La audiencia se realizaría el día 14 de septiembre de 2020 a través de la plataforma Microsoft Teams y la decisión fue comunicada a la dirección del establecimiento penitenciario, al área jurídica y al encargado de la logística para realización de audiencias virtuales en ese establecimiento.
2. En comunicaciones telefónicas que sostuvo el despacho con el encargado de las diligencias virtuales del establecimiento penitenciario y carcelario La 1 ,/jase/oc.vog.pej.ilagel//:sptth
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3. En comunicaciones por correo electrónico del 11 de septiembre de 2020, el dragoneante Andrés Solano Rodríguez, del área jurídica del establecimiento penitenciario y carcelario La Picota, y el dragoneante John Cárdenas Grajales informaron que la situación de confinamiento estricto persiste al interior del establecimiento penitenciario y carcelario La Picota debido a los contagios de COVID-19 de personas privadas de la libertad y personal de guardia, sin que aún se cuente con una fecha específica para el cese de estas restricciones.
4. Como consecuencia de lo anterior, este despacho suspenderá la diligencia
de versión voluntaria del señor JAIME AGUILAR RAMÍREZ, inicialmente programada para realizarse el día 14 de septiembre de 2020, hasta tanto se cuente con las condiciones de bioseguridad para que la audiencia se pueda realizar de manera virtual con participación del compareciente.
5. En virtud de las anteriores consideraciones, en ejercicio de sus funciones constitucionales, legales y reglamentarias, este despacho Resuelve Primero. SUSPENDER la diligencia del compareciente JAIME AGUILAR RAMÍREZ, Identificado con C.C. No. 16.451.713, la cual será programada una vez se cuente con las medidas de bioseguridad requeridas para que se realice.
Segundo. NOTIFICAR, por intermedio de la Secretaría Judicial de la Sala de Reconocimiento de esta decisión al compareciente, a sus apoderados, y a las víctimas las víctimas acreditadas dentro del Caso No. 07. Tercero. COMUNICAR esta decisión, por intermedio de la Secretaría Judicial de la Sala de Reconocimiento, a la Procuraduría General de la Nación, la 2 ,/jase/oc.vog.pej.ilagel//:sptth bew anigáp al a adecca ,lasecorp etneidepxe la redecca araP
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ZELAZNOG NAVI rop etnemlatigid odamrif lanigiro led aipoc se otnemucod etsE .CCE7D ogidóc le y 1000.00.0.9102.19-0136009 osecorp le emrofni Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad y la Unidad de Búsqueda de
Personas dadas por Desaparecidas.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
IVÁN GONZÁLEZ AMADO
Magistrado AJPL 3 ,/jase/oc.vog.pej.ilagel//:sptth bew anigáp al a adecca ,lasecorp etneidepxe la redecca araP
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