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JEP - Auto SRVR-IG-094 18-septiembre de 2020

JEP - Jurisdicción Especial para la Paz

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Detalles

Título
JEP - Auto SRVR-IG-094 18-septiembre de 2020
Autor
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Transicional
Año
2020

SALA DE RECONOCIMIENTO DE VERDAD, DE

RESPONSABILIDAD Y DE DETERMINACIÓN

DE LOS HECHOS Y CONDUCTAS

REPÚBLICA DE COLOMBIA

JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

SALAS DE JUSTICIA

SALA DE RECONOCIMIENTO DE VERDAD Y RESPONSABILIDAD

Y DE DETERMINACIÓN DE LOS HECHOS Y CONDUCTAS

AUTO No. IG094

Bogotá D.C., 18 de septiembre de 2020

Expediente Orfeo No: 2018340160501180E

Expediente Legali: 9006310-91.2019.0.00.0001

Caso No. 07 Reclutamiento y utilización de niñas y niños en el conflicto armado.

Compareciente: JULIÁN GALLO CUBILLOS.

Asunto: Fija fecha y hora para continuación de la versión voluntaria.

1. Mediante auto No. 226 del 24 de octubre de 2019 la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas

(SRVR) de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), vinculó, en calidad de compareciente dentro del Caso No. 07, entre otros, al señor JULIÁN GALLO CUBILLOS conocido en la antigua guerrilla de las FARC-EP como CARLOS ANTONIO LOZADA, identificado con cédula ciudadanía No. 16.266.146.

2. Posteriormente, a través del auto IG-0066 del 4 de agosto del año en curso, se fijó nueva fecha y hora para que el compareciente rindiera versión voluntaria el día 3 de septiembre del 2020 a partir de las 9:00 am, diligencia que se llevó a cabo en las instalaciones de la JEP. Sin embargo, por dificultades técnicas no fue

posible iniciar la diligencia sino hasta las 9:50 a.m. y siendo las 5:28 p.m. tuvo que suspenderse sin haberse concluido.

3. La continuación de la diligencia fue citada mediante auto IG-088 de 2020 para el 18 de septiembre a partir de las 9.00 am. Este día, efectivamente se continuó la audiencia, pero siendo las 12 del día fue necesario suspenderla nuevamente sin que se hubiera terminado. 1 emrofni ,/jase/oc.vog.pej.ilagel//:sptth bew anigáp al a adecca ,lasecorp etneidepxe la redecca araP

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4. Para continuar con la diligencia de versión voluntaria citada, este despacho fija el jueves 24 de septiembre a partir de las 9.00 am. La continuación de la diligencia se llevará a cabo en las instalaciones de la JEP, cumpliendo con los protocolos de bioseguridad establecidos.

5. Con el fin de promover la participación de las víctimas en esta diligencia, se ordena a la secretaría judicial de la SRVR que comunique esta decisión a las víctimas acreditadas en el Caso No. 07 y a sus apoderados, advirtiéndoles que debido al carácter público de la diligencia, decretado en el auto IG-093, ésta se

transmitirá en vivo en la página de la JEP (www.jep.gov.co). Adviértase también, que las víctimas pueden remitir por escrito al despacho preguntas que podrán ser formuladas por la magistratura al compareciente. Adicionalmente, siguiendo las reglas de participación de víctimas adoptadas por la SRVR en el auto 080 de 2019, las víctimas podrán participar en la diligencia formulando preguntas por intermedio de un vocero representante de víctimas.

6. Por último, adviértase a las víctimas que, en caso de necesitar acompañamiento psicosocial o apoyo logístico para poder acceder a la diligencia, deberán comunicar su necesidad antes del 22 de septiembre de 2020a a las 5:00 p.m.

7. Por secretaría líbrense las citaciones que correspondan y comuníquese al Procurador Delegado que interviene en este asunto, a la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad y a la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por

Desaparecidas.

8. Así mismo, comuníquese a la Secretaría Ejecutiva de la Jurisdicción Especial para la Paz para que coordine con sus distintas dependencias lo necesario en términos logísticos, tecnológicos y de acompañamiento psicosocial para el correcto desarrollo de las diligencias citadas.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

IVÁN GONZÁLEZ AMADO

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