JEP - Auto SRVR OPV 305 14 julio de 2023
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
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Detalles
- Título
- JEP - Auto SRVR OPV 305 14 julio de 2023
- Autor
- JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Transicional
- Año
- 2023
SALA DE RECONOCIMIENTO DE VERDAD, DE
RESPONSABILIDAD Y DE DETERMINACIÓN
DE LOS HECHOS Y CONDUCTAS
EXPEDIENTE: CASO 03
RADICADO: 202303011442
Para responder cite: 202303011442
REPÚBLICA DE COLOMBIA
JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ
SALAS DE JUSTICIA
SALA DE RECONOCIMIENTO DE VERDAD, DE RESPONSABILIDAD
Y DE DETERMINACIÓN DE LOS HECHOS Y CONDUCTAS
AUTO OPV 305
Bogotá D.C., 14 de julio de 2023 Caso Caso 03. Asesinatos y desapariciones forzadas presentados como bajas en combate por agentes del Estado Asunto Hacer de público conocimiento la priorización de la fase de instrucción nacional dentro del Caso 03, denominado “asesinatos y desapariciones forzadas presentadas como bajas en combate por agentes del Estado
I. ASUNTO La Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas (en adelante Sala de Reconocimiento o SRVR), de la Jurisdicción Especial para la Paz (en adelante JEP), en ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias, hace pública la priorización de la fase de instrucción nacional del Caso 03 denominado “asesinatos y desapariciones forzadas presentadas como bajas en combate por agentes del Estado”.
II. CONSIDERACIONES
1. Mediante Auto No. 033 del 12 de febrero de 2021, la Sala de Reconocimiento hizo de público conocimiento el primer ejercicio de priorización interna del Caso 03, para lo cual
identificó un universo provisional de 6.402 víctimas de asesinatos y desapariciones forzadas presentadas como bajas en combate y agrupó seis subcasos territoriales: Norte de Santander, Antioquia, Costa Caribe, Casanare, Meta y Huila, a los que sumó el subcaso instruido en conjunto con el Caso 04 del cementerio Las Mercedes de Dabeiba, Antioquia.
2. Desde el momento de su apertura, el 17 de julio de 20181, la instrucción judicial del Caso 03 ha seguido una estrategia de investigación denominada “de abajo hacia arriba” y se ha concentrado, de una parte, en esclarecer en dichos territorios críticos los patrones de macrocriminalidad de los asesinatos y las desapariciones forzadas y, de otra parte, en determinar la participación y responsabilidad penal individual de los miembros de la 1 SRVR. Auto No. 05 de 2018. 1 fuerza pública que hicieron parte de las unidades militares que tuvieron jurisdicción en los territorios priorizados. La investigación judicial de los subcasos priorizados mediante el Auto SRVR No. 033 de 2021 no ha culminado y aún continúa desarrollándose.
3. En esa misma decisión, la Sala de Reconocimiento señaló que habrá lugar a una segunda etapa en la instrucción judicial del Caso 03 en los siguientes términos: Además de los seis (6) subcasos priorizados, en el macrocaso se encuentran en fase de análisis y sistematización los hechos ocurridos en otros departamentos del país, tales como Arauca, Boyacá, Caquetá, Guainía, Guaviare, Putumayo y Sucre. Estos hechos, así como otros de carácter
representativo ocurridos en otros departamentos del país, se abordarán en la segunda fase de investigación del Caso 03 que, de conformidad con la estrategia de investigación de “abajo hacia arriba”, se concentrará en la determinación de hechos, conductas, partícipes determinantes y máximos responsables en otros niveles de escala territorial y nacional2.
4. Con el objetivo de garantizar a las víctimas y a la sociedad colombiana la mayor transparencia posible en la instrucción judicial del Caso 03 en los años que restan de funcionamiento de esta Sala de Justicia, y haciendo uso de la facultad estatutaria de organizar internamente las tareas de la Sala de Reconocimiento que incluye fijar prioridades para asegurar el funcionamiento eficiente, eficaz y célere de la JEP3, en esta providencia se presentará la priorización interna de la fase de instrucción nacional del macrocaso. Para cumplir con lo anterior, en primer lugar, se identificará el estado actual de la investigación en el Caso 03; y, en segundo lugar, se justificará y explicará el alcance de la nueva priorización interna que se da a conocer a través de esta decisión.
1. Estado actual de la instrucción judicial del Caso 03.
5. La etapa inicial de la investigación del Caso 03 ha atendido la delimitación temporal y territorial fijada en la primera priorización interna hecha pública mediante el Auto SRVR No. 033 de 2021. La Sala de Reconocimiento ha concentrado sus esfuerzos de investigación en la instrucción de los seis subcasos territoriales de Norte de Santander, Antioquia, Costa Caribe, Casanare, Meta y Huila, y en el subcaso conjunto del cementerio de Las Mercedes
de Dabeiba. Para ello, la SRVR ha aplicado una metodología de investigación de “abajo hacia arriba” consistente en la convocatoria a diligencias judiciales y la recopilación de información sobre la participación de miembros de la fuerza pública, desde los más bajos a los más altos rangos -incluyendo soldados regulares y profesionales, suboficiales así como oficiales tales como tenientes coroneles, coroneles, brigadieres generales, mayores generales y generales-, en cada una de las unidades militares involucradas en la práctica criminal.
6. Hasta el momento, con fecha de corte al 10 de julio de 2023, la primera etapa de investigación del Caso 03 que ha adelantado esta Sala incluye la realización de 611 diligencias de versión voluntaria orales realizadas en 938 sesiones entre presenciales, virtuales y mixtas; y 113 versiones voluntarias realizadas de manera escrita; la expedición 2 SRVR. Auto No. 033 de 2021, pár. 113. 3 Literal t, artículo 79, LEAJEP.
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SALA DE RECONOCIMIENTO DE VERDAD, DE
RESPONSABILIDAD Y DE DETERMINACIÓN
DE LOS HECHOS Y CONDUCTAS
EXPEDIENTE: CASO 03
RADICADO: 202303011442 de cuatro autos de determinación de hechos y conductas4 a través de los cuales se imputó penalmente a 59 máximos responsables5 y a tres partícipes no determinantes; la realización de tres audiencias públicas de reconocimiento de responsabilidad6 y la emisión de dos resoluciones de conclusiones7. De igual manera, en el marco de la instrucción de este macrocaso y en conjunto con el Caso no. 04, se ha logrado la
recuperación de 49 cuerpos en el cementerio de Las Mercedes en Dabeiba, Antioquia, de los cuales ocho fueron entregados de manera digna a sus familiares, al igual que otros tres de forma conjunta con la Fiscalía General de la Nación. Adicionalmente, en los próximos meses se tiene previsto la realización de otra audiencia pública de reconocimiento de responsabilidad y la expedición de autos de determinación de hechos y conductas en el marco de los subcasos Antioquia, Meta, Huila y Costa Caribe II.
7. A todo esto se suma la acreditación, hasta la fecha, de 2.723 víctimas indirectas o familiares, en su inmensa mayoría mujeres, de hechos ocurridos en casi la totalidad del territorio nacional, en concreto, en los siguientes 27 departamentos del país: Antioquia, Arauca, Atlántico, Bolívar, Boyacá, Caldas, Caquetá, Casanare, Cauca, César, Cundinamarca, Chocó, Córdoba, Guajira, Guaviare, Huila, Magdalena, Meta, Nariño, Norte De Santander, Putumayo, Quindío, Santander, Sucre, Tolima, Valle del Cauca y
Vichada.
8. Lo anterior indica que la primera etapa de investigación del Caso 03 no ha culminado y continúa desarrollándose hasta tanto no haya resoluciones de conclusiones sobre las determinaciones a las que llegue la Sala de Reconocimiento en los subcasos territoriales priorizados en el Auto SRVR No. 033 de 2021 o remisiones a la Unidad de Investigación y Acusación cuando corresponda. Adicionalmente, en las dos resoluciones de
conclusiones que hasta el momento se han publicado en el marco de este macrocaso, la Sala de Reconocimiento señaló que las investigaciones territoriales pueden continuar en una segunda fase de instrucción: [E]sta Sala encuentra que el compareciente HERRERA FAJARDO entregó información detallada y valiosa para la investigación del caso 03 que resulta coherente con las circunstancias de tiempo, modo y lugar que conoció en razón de sus cargos. Sus contribuciones a la verdad no solo fueron útiles para la determinación de hechos y conductas realizada en el Auto No. 125 de 2021 sino que 4 Los cuatros autos de determinación de hechos y conductas son el Auto No. 125 de 2021 por el subcaso Norte de Santander, el Auto No. 128 de 2021 por el subcaso Costa Caribe I, el Auto No. 01 de 2022 de las Subsalas D y F de la SRVR por el subcaso conjunto del cementerio de Las Mercedes de Dabeiba, y el Auto No. 055 de 2022 de la Subsala D de la SRVR por el subcaso Casanare. 5 De los 59 comparecientes hasta el momento imputados en el Caso 03, 35 de ellos fueron oficiales del Ejército Nacional de Colombia, incluyendo 1 Mayor General, 1 Brigadier General, 10 Coroneles, 7 Tenientes Coroneles, 6 Mayores, 4 Capitanes, 5 Tenientes y 1 Subteniente. Así mismo, fueron imputados 15 suboficiales, incluyendo 5 Sargentos Primeros, 2 Sargentos Viceprimeros, 4 Sargentos Segundos, 2 Cabos Primeros, 1 Cabo Segundo y 1 Cabo
Tercero; a los cuales se suman 5 Soldados Profesionales, 1 Agente del Estado No Integrante de la Fuerza Pública y 3 terceros civiles. 6 En el marco del subcaso Norte de Santander la audiencia pública de reconocimiento de responsabilidades realizada en la ciudad de Ocaña los días 26 y 27 de abril de 2022; en el marco del subcaso Costa Caribe la audiencia pública de reconocimiento de responsabilidades realizada en la ciudad de Valledupar los días 18 y 19 de julio de 2022; y en el marco del subcaso conjunto del Cementerio de Las Mercedes en Dabeiba, Antioquia, la audiencia celebrada el 27 de junio de 2023 en Dabeiba junto con el encuentro dialógico restaurativo del 29 de junio del mismo año en la ciudad de Medellín. 7 Resoluciones de conclusiones No. 01 y 03 de 2022 en el marco de los subcasos Norte de Santander y Costa Caribe I respectivamente. 3 también tienen relevancia para la segunda fase de la investigación del caso 03 dirigida a la determinación de las responsabilidades que correspondan tanto en el nivel divisional como en el nivel nacional del Ejército Nacional8 (negrillas fuera del texto original). Respecto del subcaso Costa Caribe, en particular, la Sala, en el Auto 033, dispuso que la investigación priorizaría en un primer momento “los hechos ocurridos entre enero de 2002 y julio de 2005 en el norte del Cesar y el sur de la Guajira que correspondieron a muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate por miembros del Batallón de Artillería No. 2 ‘La Popa’”, para avanzar luego con
el análisis del período comprendido entre julio de 2005 y 2008, respecto del Batallón La Popa y otras unidades de la Primera División e incluso el “Comando Conjunto Caribe No. 1 que aglutinaba a la Primera y a la Séptima División, con miras a tener una visión más amplia de la situación en la región”(cita omitida)9.
9. La primera etapa de la investigación del Caso 03, cuya instrucción inició con la apertura del macrocaso a mediados del 2018 y cuya implementación continúa vigente, ha seguido un enfoque detallado y exhaustivo en su dimensión territorial. Este enfoque ha permitido no solo la identificación de los patrones macrocriminales que tuvieron lugar de manera simultánea, concurrente o complementaria en cada departamento, sino también el esclarecimiento del funcionamiento de organizaciones criminales al interior de las brigadas y los batallones que han sido investigados en cada subcaso y que fueron las encargadas de poner en marcha los planes criminales que dieron lugar a los asesinatos y las desapariciones forzadas. En esta providencia, la Sala de Reconocimiento explicará por qué este enfoque exhaustivo en el nivel territorial deberá ser modificado en la segunda etapa de investigación del macrocaso atendiendo a los principios de debida diligencia y de estricta temporalidad en el cumplimiento de la misionalidad de esta
Jurisdicción.
10. La Sala advierte que los informes de víctimas y entidades estatales no solo documentan los hechos y las conductas criminales ocurridas en los seis departamentos priorizados en el Auto No. 033 de 2021, sino que también ha recibido amplia información
sobre la práctica criminal que tuvo lugar en otros territorios. En el marco del Caso 03, la Sala de Reconocimiento recibió un total de 52 informes provenientes de entidades estatales, víctimas y organizaciones no gubernamentales. Los territorios documentados en los informes que no fueron priorizados por la Sala durante la primera etapa de 8 SRVR. Resolución de conclusiones No. 01 de 2022, pár. 324. 9 SRVR. Resolución de conclusiones No. 03 de 2022, pár. 4. 4
SALA DE RECONOCIMIENTO DE VERDAD, DE
RESPONSABILIDAD Y DE DETERMINACIÓN
DE LOS HECHOS Y CONDUCTAS
EXPEDIENTE: CASO 03
RADICADO: 202303011442 investigación son: Arauca10, Boyacá11, Valle del Cauca12, Cauca13, Tolima14, Santander15, 10 Informes: i) Fiscalía General de la Nación: Muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate por
agentes del Estado: Informe No. 5 de la Fiscalía General de la Nación a la Jurisdicción Especial para la Paz; ii) Centro de Investigación Popular CINEP: Deuda con la humanidad 23 años de falsos positivos (1988-2011); iii) Procuraduría General de la Nación: Primer informe a la Jurisdicción Especial para la Paz; iv) De Arauca Somos y Resistimos: Ejecuciones Extrajudiciales 2022-2008; v) Justicia Penal Militar: Información Investigaciones para la Jurisdicción Especial para la Paz; vi) Procuraduría General de la Nación: Aportes desde la investigación
disciplinaria a la justicia y la verdad en contexto de transición: Informe de la Procuraduría General de la Nación a la Jurisdicción Especial para la Paz, años 1990-2005; vii) Asociación de Familias de Desaparecidos por la Defensa de la Vida, los Derechos Humanos, la Paz, la Convivencia y la Reconciliación en el Sarare (ASOFAVIDA): Ejecuciones Extrajudiciales en el departamento de Arauca; viii) Asociación de Familias de Desaparecidos por la Defensa de la Vida, los Derechos Humanos, la Paz, la Convivencia y la Reconciliación en el Sarare (ASOFAVIDA): Informe sobre Ejecuciones Extrajudiciales, según hechos ocurridos en la Región del Sarare; ix) Equipo Colombiano Interdisciplinario de Trabajo Forense y Asistencia Psicosocial (EQUITAS): Investigación forense de 578 presuntos casos de ejecuciones extrajudiciales y desapariciones; y x) Humanidad Vigente Corporación Jurídica, Asociación Para la Promoción Social Alternativa - MINGA, Comisión Intereclesial de Justicia y Paz, Comisión Colombiana de Juristas – CCJ-, Corporación Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo” -CCAJAR-, Fundación Comité de Solidaridad con los Presos Políticos -CSPP-, Corporación Jurídica Yira Castro, Corporación Jurídica Libertad – CJL, Corporación Colectivo Socio jurídico Orlando Fals Borda – Colectivo OFB—, Coordinación Colombia Europa Estados Unidos: ELLOS SABÍAN ¿DIERON LA ORDEN? DE LA VIOLACIÓN DEL PRINCIPIO DE DISTINCIÓN
A LA BARBARIE. Informe a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los hechos y conductas, Jurisdicción Especial para la Paz, sobre responsabilidad de la Comandancia de Fuerzas Militares y Ejército Nacional en la Comisión de Ejecuciones Extrajudiciales durante el periodo 2006-2008 en Colombia. 11 Informes: i) Fiscalía General de la Nación: Muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate por agentes del Estado: Informe No. 5 de la Fiscalía General de la Nación a la Jurisdicción Especial para la Paz; ii) Centro de Investigación Popular CINEP: Deuda con la humanidad 2. 23 años de falsos positivos (1988-2011); iii) Corporación Colectivo Sociojurídico Orlando Fals Borda: La Verdad Enterrada: los Cuerpos no Identificados en los Cementerios de los Llanos Orientales; vi) Procuraduría General de la Nación: Primer informe a la Jurisdicción Especial para la Paz; v) Justicia Penal Militar: Información Investigaciones para la Jurisdicción Especial para la Paz; vii) Comité de Solidaridad con los Presos Políticos, Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo”, Comisión Colombiana de Juristas, Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado, Colectivo Vida Memoria y Dignidad: Boyacá: sembrando justicia, memoria y dignidad. Informe sobre graves violaciones de Derechos Humanos cometidas por la Fuerza Pública entre 2001-008; viii) Asociación de Familias de Desaparecidos por la
Defensa de la Vida, los Derechos Humanos, la Paz, la Convivencia y la Reconciliación en el Sarare (ASOFAVIDA): Informe sobre Ejecuciones Extrajudiciales, según hechos ocurridos en la Región del Sarare; y ix) Equipo Colombiano Interdisciplinario de Trabajo Forense y Asistencia Psicosocial (EQUITAS): Investigación forense de 578 presuntos casos de ejecuciones extrajudiciales y desapariciones. 12 Informes: i) Fiscalía General de la Nación: Muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate por agentes del Estado: Informe No. 5 de la Fiscalía General de la Nación a la Jurisdicción Especial para la Paz; ii) Centro de Investigación Popular CINEP: Deuda con la humanidad 2. 23 años de falsos positivos (1988-2011); iii) Procuraduría General de la Nación: Primer informe a la Jurisdicción Especial para la Paz; iv) Justicia Penal Militar: Información Investigaciones para la Jurisdicción Especial para la Paz; v) Procuraduría General de la Nación: Aportes desde la investigación disciplinaria a la justicia y la verdad en contexto de transición: Informe de la Procuraduría General de la Nación a la Jurisdicción Especial para la Paz, años 1990-2005; vi) Equipo Colombiano Interdisciplinario de Trabajo Forense y Asistencia Psicosocial (EQUITAS): Investigación forense de 578 presuntos casos de ejecuciones extrajudiciales y desapariciones; vii) Movimiento de Víctimas de Crímenes de Estado – MOVICE Capítulo Valle Corporación Plural: Falsa Proclama: El grito fulminante del Estado. Ejecuciones
Extrajudiciales en el Valle del Cauca (1993 – 2014); y viii) Humanidad Vigente Corporación Jurídica, Asociación Para la Promoción Social Alternativa - MINGA, Comisión Intereclesial de Justicia y Paz, Comisión Colombiana de Juristas – CCJ-, Corporación Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo” -CCAJAR-, Fundación Comité de Solidaridad con los Presos Políticos -CSPP-, Corporación Jurídica Yira Castro, Corporación Jurídica Libertad – CJL, Corporación Colectivo Socio jurídico Orlando Fals Borda – Colectivo OFB—, Coordinación Colombia Europa Estados Unidos: ELLOS SABÍAN ¿DIERON LA ORDEN? DE LA VIOLACIÓN DEL PRINCIPIO DE DISTINCIÓN A LA BARBARIE. Informe a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los hechos y conductas, Jurisdicción Especial para la Paz, sobre responsabilidad de la Comandancia de Fuerzas Militares y Ejército Nacional en la Comisión de Ejecuciones Extrajudiciales durante el periodo 2006-2008 en Colombia. 5 13 Informes: i) Fiscalía General de la Nación: Muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate por agentes del Estado: Informe No. 5 de la Fiscalía General de la Nación a la Jurisdicción Especial para la Paz; ii) Centro de Investigación Popular CINEP: Deuda con la humanidad 2. 23 años de falsos positivos (1988-2011); iii) Procuraduría General de la Nación: Primer informe a la Jurisdicción Especial para la Paz; iv) Justicia Penal Militar: Información Investigaciones para la Jurisdicción Especial para la Paz; v) Procuraduría General de la Nación:
Aportes desde la investigación disciplinaria a la justicia y la verdad en contexto de transición: Informe de la Procuraduría General de la Nación a la Jurisdicción Especial para la Paz, años 1990-2005; vi) Equipo Colombiano Interdisciplinario de Trabajo Forense y Asistencia Psicosocial (EQUITAS): Investigación forense de 578 presuntos casos de ejecuciones extrajudiciales y desapariciones; y vii) Humanidad Vigente Corporación Jurídica, Asociación Para la Promoción Social Alternativa - MINGA, Comisión Intereclesial de Justicia y Paz, Comisión Colombiana de Juristas – CCJ-, Corporación Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo” -CCAJAR-, Fundación Comité de Solidaridad con los Presos Políticos -CSPP-, Corporación Jurídica Yira Castro, Corporación Jurídica Libertad – CJL, Corporación Colectivo Socio jurídico Orlando Fals Borda – Colectivo OFB—, Coordinación Colombia Europa Estados Unidos: ELLOS SABÍAN ¿DIERON LA ORDEN? DE LA VIOLACIÓN DEL PRINCIPIO DE DISTINCIÓN A LA BARBARIE. Informe a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los hechos y conductas, Jurisdicción Especial para la Paz, sobre responsabilidad de la Comandancia de Fuerzas Militares y Ejército Nacional en la Comisión de Ejecuciones Extrajudiciales durante el periodo 2006-2008 en Colombia. 14 Informes: : i) Fiscalía General de la Nación: Muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate por agentes del Estado: Informe No. 5 de la Fiscalía General de la Nación a la Jurisdicción Especial para la Paz; ii)
Centro de Investigación Popular CINEP: Deuda con la humanidad 2. 23 años de falsos positivos (1988-2011); iii) Procuraduría General de la Nación: Primer informe a la Jurisdicción Especial para la Paz; iv) Justicia Penal Militar: Información Investigaciones para la Jurisdicción Especial para la Paz; v) Procuraduría General de la Nación: Aportes desde la investigación disciplinaria a la justicia y la verdad en contexto de transición: Informe de la Procuraduría General de la Nación a la Jurisdicción Especial para la Paz, años 1990-2005; vi) Colectivo De Abogados José Alvear Restrepo – CAJAR: Más que estadísticas. Informe sobre ejecuciones extrajudiciales en el departamento de Tolima; vii) Corporación Colectivo de Abogados Opción Jurídica: Informe sobre ejecuciones extrajudiciales en el departamento del Tolima para la comisión para el esclarecimiento de la verdad -CEV-; y viii) Equipo Colombiano Interdisciplinario de Trabajo Forense y Asistencia Psicosocial (EQUITAS): Investigación forense de 578 presuntos casos de ejecuciones extrajudiciales y desapariciones. 15 Informes: i) Fiscalía General de la Nación: Muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate por agentes del Estado: Informe No. 5 de la Fiscalía General de la Nación a la Jurisdicción Especial para la Paz; ii) Centro de Investigación Popular CINEP: Deuda con la humanidad 2. 23 años de falsos positivos (1988-2011); iii) Procuraduría General de la Nación: Primer informe a la Jurisdicción Especial para la Paz; iv) Justicia Penal Militar:
Información Investigaciones para la Jurisdicción Especial para la Paz; v) Procuraduría General de la Nación: Aportes desde la investigación disciplinaria a la justicia y la verdad en contexto de transición: Informe de la Procuraduría General de la Nación a la Jurisdicción Especial para la Paz, años 1990-2005; vi) Corporación Colectivo de Abogados Luis Carlos Pérez: Informe No. 1 Ejecuciones Extrajudiciales en Santander y Norte Santander “Su ausencia no quedará en la impunidad”; vii) José del Carmen Buitrago Parra y Dayarson Buitrago Ríos: Solicitud de apertura investigación a casos de falsos positivos sistemáticos presuntamente por parte de miembros de las fuerzas militares, de policía y fiscalía general de la nación del departamento de Santander; y viii) Equipo Colombiano Interdisciplinario de Trabajo Forense y Asistencia Psicosocial (EQUITAS): Investigación forense de 578 presuntos casos de ejecuciones extrajudiciales y desapariciones. 6
SALA DE RECONOCIMIENTO DE VERDAD, DE
RESPONSABILIDAD Y DE DETERMINACIÓN
DE LOS HECHOS Y CONDUCTAS
EXPEDIENTE: CASO 03
RADICADO: 202303011442
Caquetá16, Guainía17, Putumayo18, Chocó19, Cundinamarca20, Caldas21, Quindío22, 16 Informes: i) Fiscalía General de la Nación: Muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate por agentes del Estado: Informe No. 5 de la Fiscalía General de la Nación a la Jurisdicción Especial para la Paz; ii)
Centro de Investigación Popular CINEP: Deuda con la humanidad 2. 23 años de falsos positivos (1988-2011); iii) Procuraduría General de la Nación: Primer informe a la Jurisdicción Especial para la Paz; vi) Justicia Penal Militar: Información Investigaciones para la Jurisdicción Especial para la Paz; v) Procuraduría General de la Nación: Aportes desde la investigación disciplinaria a la justicia y la verdad en contexto de transición: Informe de la Procuraduría General de la Nación a la Jurisdicción Especial para la Paz, años 1990-2005; vi) Colectivo Sociojurídico Orlando Fals Borda, Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo y la Comisión Intereclesial de Justicia y Paz: Desenterrar la verdad en los llanos orientales. Desapariciones, Ejecuciones Extrajudiciales y otras graves violaciones a los DDHH; vii) Obsurdh, Observatorio Surcolombiano de Ddhh, Paz y Territorio: Caquetá, falsos positivos: Los crímenes que ocultó la guerra. 20022009; viii) Equipo Colombiano Interdisciplinario de Trabajo Forense y Asistencia Psicosocial (EQUITAS): Investigación forense de 578 presuntos casos de ejecuciones extrajudiciales y desapariciones; y xi) Humanidad Vigente Corporación Jurídica, Asociación Para la Promoción Social Alternativa - MINGA, Comisión Intereclesial de Justicia y Paz, Comisión Colombiana de Juristas – CCJ-, Corporación Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo” -CCAJAR-, Fundación Comité de Solidaridad con los
Presos Políticos -CSPP-, Corporación Jurídica Yira Castro, Corporación Jurídica Libertad – CJL, Corporación Colectivo Socio jurídico Orlando Fals Borda – Colectivo OFB—, Coordinación Colombia Europa Estados Unidos: ELLOS SABÍAN ¿DIERON LA ORDEN? DE LA VIOLACIÓN DEL PRINCIPIO DE DISTINCIÓN A LA BARBARIE. Informe a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los hechos y conductas, Jurisdicción Especial para la Paz, sobre responsabilidad de la Comandancia de Fuerzas Militares y Ejército Nacional en la Comisión de Ejecuciones Extrajudiciales durante el periodo 2006-2008 en Colombia. 17 Informes: i) Procuraduría General de la Nación: Primer informe a la Jurisdicción Especial para la Paz; ii) Justicia Penal Militar: Información Investigaciones para la Jurisdicción Especial para la Paz; y iii) Único caso de muerte ilegítima presentada como baja en combate en Inírida (Guainía) sobre adolescente de 17 años. 18 Informes: i) Fiscalía General de la Nación: Muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate por agentes del Estado: Informe No. 5 de la Fiscalía General de la Nación a la Jurisdicción Especial para la Paz; ii) Centro de Investigación Popular CINEP: Deuda con la humanidad 2. 23 años de falsos positivos (1988-2011); iii) Procuraduría General de la Nación: Primer informe a la Jurisdicción Especial para la Paz; iv) Justicia Penal Militar: Información Investigaciones para la Jurisdicción Especial para la Paz; v) Procuraduría General de la Nación:
Aportes desde la investigación disciplinaria a la justicia y la verdad en contexto de transición: Informe de la Procuraduría General de la Nación a la Jurisdicción Especial para la Paz, años 1990-2005; vi) Asociación para la Promoción Social Alternativa (MINGA): Huellas del Estado en el Putumayo: Ejecuciones extrajudiciales e impunidad”. Informe sobre ejecuciones extrajudiciales en Putumayo 2002-2008; vii) Mesas Municipales de Víctimas del medio y bajo Putumayo y la Mesa Regional de Organizaciones Sociales del Putumayo, Baja Bota Caucana y Cofanía Jardines de Sucumbíos (MEROS): Responsabilidad de la Fuerza Pública en el departamento del Putumayo por la ejecución extrajudicial de civiles durante el conflicto armado; viii) Equipo Colombiano Interdisciplinario de Trabajo Forense y Asistencia Psicosocial (EQUITAS): Investigación forense de 578 presuntos casos de ejecuciones extrajudiciales y desapariciones; xi) Comisión Intereclesial de Justicia y Paz: Informe sobre Ejecuciones Extrajudiciales en diferentes regiones del país: Putumayo, Meta, Magdalena y Cauca; y x) Humanidad Vigente Corporación Jurídica, Asociación Para la Promoción Social Alternativa - MINGA, Comisión Intereclesial de Justicia y Paz, Comisión Colombiana de Juristas – CCJ-, Corporación Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo” -CCAJAR-, Fundación Comité de Solidaridad con los Presos Políticos -CSPP-, Corporación Jurídica Yira Castro, Corporación Jurídica Libertad – CJL, Corporación Colectivo Socio jurídico Orlando Fals Borda – Colectivo
OFB—, Coordinación Colombia Europa Estados Unidos: ELLOS SABÍAN ¿DIERON LA ORDEN? DE LA VIOLACIÓN DEL PRINCIPIO DE DISTINCIÓN A LA BARBARIE. Informe a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los hechos y conductas, Jurisdicción Especial para la Paz, sobre responsabilidad de la Comandancia de Fuerzas Militares y Ejército Nacional en la Comisión de Ejecuciones Extrajudiciales durante el periodo 2006-2008 en Colombia. 19 Informes: i) Fiscalía General de la Nación: Muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate por agentes del Estado: Informe No. 5 de la Fiscalía General de la Nación a la Jurisdicción Especial para la Paz; ii) Centro de Investigación Popular CINEP: Deuda con la humanidad 2. 23 años de falsos positivos (1988-2011); iii) Procuraduría General de la Nación: Primer informe a la Jurisdicción Especial para la Paz; vi) Justicia Penal Militar: Información Investigaciones para la Jurisdicción Especial para la Paz; v) Procuraduría General de la Nación: Aportes desde la investigación disciplinaria a la justicia y la verdad en contexto de transición: Informe de la Procuraduría General de la Nación a la Jurisdicción Especial para la Paz, años 1990-2005; vi) Tejiendo memorias, Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo”, Corporación Jurídica Libertad, Espacio de Litigio estratégico: La Brigada más efectiva: Crímenes de la Cuarta Brigada bajo la seguridad democrática y el Plan Colombia (20027 2003); vii) Fundación Comité de Solidaridad con los Presos Políticos y Corporación Jurídica Libertad: Ejército del Norte. Informe sobre ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas cometidas por Integrantes del Comando Conjunto No. 1 Caribe en el Noreste Colombiano entre diciembre de 2004 y febrero de
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