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JEP - AV Dr-Danilo-Rojas Auto TP-SA-047 17-octubre-2018

JEP - Jurisdicción Especial para la Paz

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Detalles

Título
JEP - AV Dr-Danilo-Rojas Auto TP-SA-047 17-octubre-2018
Autor
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Transicional
Año
2018

TRIBUNAL PARA LA PAZ

SECCIÓN DE APELACIÓN

ACLARACIÓN DE VOTO

Radicado Secretaría General: 40-000576-2018

Solicitante: Freddy Yovanny SÁNCHEZ ORTÍZ Asunto: Apelación decisión que niega libertad condicionada Aunque comparto la decisión adoptada, estimo oportuno aclarar que, a mi juicio, la Sección debió ahondar en razones para justificar el análisis del ámbito material de aplicación del beneficio de libertad condicionada solicitado por el señor SÁNCHEZ ORTÍZ pese a que, como se indicó expresamente en el cuerpo de la providencia, la conclusión a la que se arribó en torno al ámbito personal era suficiente para fundamentar la decisión denegatoria.

Lo anterior más aun si se tiene en cuenta que se trata de un tema que no fue objeto de reparo en el recurso de apelación que debía resolverse y que, en principio y por virtud de lo dispuesto en el último inciso del artículo 14 de la Ley 1922 de 20181, delimita los aspectos sobre los cuales debe pronunciarse la Sección. En esos términos, dejo planteada mi aclaración de voto, DANILO ROJAS BETANCOURTH 1 “Artículo 14. Trámite del recurso de apelación. (…) La Sección de Apelación, con fundamento en el recurso de apelación, decidirá únicamente en relación con los reparos concretos formulados por el apelante”. Página 1 de 1

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