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JEP - Boletín 05 edicion especial 2024

JEP - Jurisdicción Especial para la Paz

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Detalles

Título
JEP - Boletín 05 edicion especial 2024
Autor
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Transicional
Año
2024

EDICIÓN B O L E T Í N E S P E C I A L

04-2024 Macrocaso 01 Análisis del Auto de Determinación de Hechos y Conductas sobre el Bloque Occidental de las extintas FARC-EP PATRONES MACROCRIMINALES VÍCTIMAS CRÍMENES NO AMNISTIABLES También puedes leer online todos los boletines en

BOLETÍN DE

JURISPRUDENCIA

TABLA DE

RELATORÍA GENERAL CONTENIDO

PRESIDENTE DE LA JEP Macrocaso 01: Auto de MAGISTRADO ROBERTO CARLOS VIDAL Determinación de los Hechos y Conductas No. 08, del 19 de diciembre de 2023 ............................. 3

RELATORA GENRAL

1. Introducción ..................................... 3

DILIA LOZANO SUÁREZ Ficha Técnica ....................................... 4

2. Antecedentes procesales del caso INVESTIGACIÓN .................................................................. 5

JONHATAN REY RAMOS LÓPEZ

3. Víctimas acreditadas ..................... 8

JUAN CAMILO COY ULLOA

4. Determinación de hechos, conductas y patrones de CORRECCIÓN DE ESTILO macrocriminalidad ............................. 9

DAVID MAYORGA PERDOMO 4.1. Primer patrón de macrocriminalidad ........................... 10 4.2. Segundo patrón de DISEÑO macrocriminalidad ............................ 11 JORGE DANIEL MORELO 4.3. Tercer patrón de macrocriminalidad ............................ 12 ANDRÉS PRIETO RICO SUBDIRECCIÓN DE COMUNICACIONES 5. Crímenes no amnistiables cometidos por el Bloque Occidental

en el marco del Macrocaso 01 ....... 14

DIAGRAMACIÓN

DAVID MAYORGA PERDOMO

Licenciado con Creative Commons

CC BY-NC-ND 4.0

3

E D I C I Ó N E S P E C I A L

MACROCASO 01: AUTO DE DETERMINACIÓN

DE LOS HECHOS Y CONDUCTAS No. 08,

DEL 19 DE DICIEMBRE DE 2023

/ JEP

1. Introducción La Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas imputó a ocho antiguos integrantes del Comando Conjunto de Occidente, o Bloque Occidental, de las extintas FARC-EP por los crímenes de guerra y de lesa humanidad cometidos de manera concurrente a los secuestros perpetrados por esta estructura armada entre 1993 y 2016.

/ JEP Colombia JEP JEP_Colombia JEP Colombia JEP_Colombia WWW.JEP.GOV.CO 4

FICHA TÉCNICA

¿CUÁNDO? ¿DÓNDE?

Graves violaciones de derechos humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario ocurridas Valle del Cauca, Cauca, Nariño y desde el 1 enero de 1993 sur del Chocó hasta el 1 de diciembre de 2016

¿QUIÉNES?

Por el Comando Conjunto de Occidente de las FARC-EP (desde 2011 se denominó Bloque Occidental)

VÍCTIMAS

Frentes Columnas móviles Frente Sexto Mariscal A.J. Sucre Víctor Saavedra Frente Octavo Gabriel Galvis Daniel Aldana Frente 29 Arturo Ruiz Miller Perdomo

Frente 30 Civiles y menores de edad Alonso Cortés Alirio Torres Frente 60 Jacobo Arenas Unidad Ambrosio

F. Urbano Manuel

Libardo García González Cepeda V.

¿CÓMO?

Miembros de la Fuerza Pública Patrones macrocriminales identificados: 1 Privar de la libertad a civiles y a miembros de la Fuerza Pública para forzar un intercambio por guerrilleros presos Población afrocolombiana 2 Privar de la libertad a civiles para para financiar a la organización armada Población indígena 3 Privar de la libertad a civiles como parte de sus dinámicas de control social y territorial Comunidades campesinas 5

2. Antecedentes procesales del caso 4 de julio de 2018

La Sala de Reconocimiento 13 de julio de 2018 avocó conocimiento del Caso El Auto No. 02 fue notificado en No. 01 mediante Auto No. 02, a diligencia a los antiguos miembros del partir de los informes recibidos Estado Mayor de la extinta guerrilla hasta el 21 de junio de 2018. FARC-EP. Se decretó abierta la etapa de “reconocimiento de verdad, de responsabilidad y determinación de los hechos y conductas”. 8 de octubre de 2019 El despacho relator ordenó la ampliación de la versión 3 de diciembre de 2019 colectiva nacional bajo un Primera versión voluntaria colectiva esquema territorial, de acuerdo del Bloque Occidental en la ciudad con los antiguos bloques que de Popayán. A esta diligencia operaron en las FARC-EP, asistieron 34 comparecientes,

incluyendo el Bloque Occidental. quienes respondieron preguntas sobre el funcionamiento de la estructura y sobre hechos y conductas incluidos en los informes recibidos por la JEP. / JEP Colombia JEP JEP_Colombia JEP Colombia JEP_Colombia WWW.JEP.GOV.CO 6 28 de agosto de 2020 Se dio traslado a los 21 de septiembre de 2021 comparecientes, a su defensa y A partir de la sistematización de las a la Procuradora Delegada ante observaciones de las víctimas, la Sala la JEP, el primer escrito de ordenó una nueva fase de versiones ‘Sistematización y análisis de las voluntarias individuales y colectivas, observaciones de las víctimas incluyendo a los comparecientes del acreditadas a las versiones Bloque Occidental, para resolver las voluntarias del Caso No. 01’. demandas de verdad y de reconocimiento presentadas por las víctimas acreditadas. Autos 160 y 161 de 2021 Se realizaron las versiones voluntarias individuales del Bloque Occidental. Fueron escuchados los siguientes cuatro comparecientes, que actuaron como comandantes en el Bloque Occidental: Édgar López Gómez, alias ‘Pacho Chino’, realizada el 6 de marzo de 2020. Luis René Medina, alias ‘René Hertz’, realizada el 28 de marzo de 2019. Juan Carlos Ramírez, alias ‘Sargento Pascuas’, que se llevó a cabo el 19 de junio de 2019. Héctor Julio Villarraga Cristancho, alias ‘El Grillo’ o ‘Gilberto Arroyave’, realizada el 4 de diciembre de 2020.

/ JEP Colombia JEP JEP_Colombia JEP Colombia JEP_Colombia WWW.JEP.GOV.CO 7 15 de julio de 2021 Se profirió el Auto JLR No. 01-288, mediante el cual trasladó a los 6 de agosto de 2021 comparecientes, su defensa, a las El Auto JLR01 No. 299 dio paso a la víctimas acreditadas y a la realización de audiencias con Procuradora Delegada ante la JEP sesiones presenciales territoriales y la “segunda sistematización y otras sesiones virtuales para escuchar análisis de las observaciones las observaciones de las víctimas presentadas por las víctimas frente a las respuestas de los acreditadas en el Caso 01”. comparecientes al Auto No. 19 de 2021; en dichas sesiones participaron 18 víctimas del Comando Conjunto de Occidente o Bloque Occidental 20 a 24 de febrero de 2022 La Sala de Reconocimiento procedió a Los días 20 y 21 de febrero de determinar los hechos y conductas 2023 se realizaron dos sesiones del Caso No. 01 en lo que respecta a de la diligencia de observaciones la responsabilidad individual de los de víctimas, de manera comparecientes de las FARC-EP. presencial en Cali, Valle del Cauca. Otras dos sesiones se hicieron de manera virtual, el 23 y el 24 de febrero de 2023. / JEP Colombia JEP JEP_Colombia JEP Colombia JEP_Colombia WWW.JEP.GOV.CO 8

3. Víctimas acreditadas La Sala de Reconocimiento realizó un análisis diferencial del grupo de víctimas acreditadas por hechos atribuibles al Comando Conjunto de Occidente (también

conocido como Bloque Occidental). Se estableció que la mayoría de las víctimas directas son hombres, y la mayoría de los familiares son mujeres. Así, de las 227 víctimas acreditadas que señalaron a esta estructura armada como presunta responsable, 46 son víctimas directas del secuestro y los demás son familiares (incluyendo los de 35 personas asesinadas o dadas por desaparecidas). 227 víctimas acreditadas 147 familiares de víctimas 46 víctimas de secuestro 35 personas dadas por desaparecidas En cuanto a la pertenencia étnica, de las 227 víctimas acreditadas, 139 señalaron que no pertenecían a algún pueblo étnico, 54 no respondieron la pregunta y 27 (incluyendo familiares de las personas secuestradas) le señalaron a la Sala que se identifican como afrocolombianas o indígenas. / JEP Colombia JEP JEP_Colombia JEP Colombia JEP_Colombia WWW.JEP.GOV.CO 9

4. Determinación de hechos, conductas y patrones de macrocriminalidad ¿Qué son los patrones de macrocriminalidad?

Es el conjunto de conductas criminales, prácticas y modos de actuación criminal que se desarrollan de manera repetida en un territorio y durante un periodo de tiempo determinado, de los cuales se pueden deducir elementos esenciales de las políticas y planes. Los patrones macrocriminales permitieron constatar que las FARC-EP, en desarrollo de una política de control territorial y social, orientada desde el nivel nacional y materializada en lo territorial, ejecutaron múltiples crímenes no amnistiables contra la población civil, al igual que contra sus territorios.

Constrastación de la información La organización y funcionamiento del Bloque, el contexto, los hechos, cadenas de mando y las conductas que pueden ser consideradas no amnistiables surgieron del análisis y la contrastación de las evidencias recaudadas, entre ellas:

EVIDENCIAS

RECAUDADAS

VERSIONES INFORMES ESTATALES,

VOLUNTARIAS DE VICTÍMAS

INDIVIDUALES Y

COLECTIVAS

FUENTES ACADÉMICAS FUENTES ABIERTAS OBSERVACIONES E EXPEDIENTES Y

Y DE PRENSA INFORMACIÓN SENTENCIAS DE LA

BRINDADA POR LAS JURISDICCIÓN

VÍCTIMAS ORDINARIA

Colombia JEP JEP_Colombia JEP Colombia JEP_Colombia WWW.JEP.GOV.CO 10 Mandato constitucional y legal de develar los patrones de macrocriminalidad Constituye la materialización del deber de la Sala de Reconocimiento de investigar, juzgar y sancionar a los responsables de las graves violaciones a los derechos humanos y al Derecho Internacional Humanitario. También permite superar la investigación caso a caso, en tanto hace posible la explicación de las relaciones existentes entre las atrocidades cometidas en el conflicto armado, las estructuras responsables y su respectivo contexto. 4.1. Primer patrón de macrocriminalidad El Bloque Occidental implementó la política de las FARC-EP de privar de la libertad a civiles y a miembros de la Fuerza Pública para forzar un intercambio por guerrilleros presos. Orígenes En 1997, la dirigencia nacional de las FARC-EP ordenó mantener en cautiverio a miembros de la Fuerza Pública (decisión que incluía especialmente a oficiales y

suboficiales, tanto del Ejército como de la Policía, capturados por distintas modalidades) para forzar al Gobierno a realizar un intercambio por guerrilleros presos. En 2001 incluyeron dentro de esta estrategia el secuestro de civiles denominados como “políticos” (miembros de las tres ramas del poder público, como senadores, ministros o jueces) para apuntalar su objetivo. Casos ilustrativos 1.El secuestro de los 12 diputados de la Asamblea del Valle del Cauca. 2.El capitán Guillermo Javier Solórzano. 3.El coronel Álvaro León Acosta Argotty. 4.El teniente John Alexander Ruiz Marín. 5.El intendente Harold Gutiérrez. 6.El agente José Ney Murillo. Colombia JEP JEP_Colombia JEP Colombia JEP_Colombia WWW.JEP.GOV.CO 11 Otras graves violaciones de DD.HH. y al DIH Tortura Homicidios Afectaciones físicas y psicológicas Amenazas de muerte / JEP 4.2. Segundo patrón de macrocriminalidad El Bloque Occidental privó de la libertad a civiles para para financiar a la organización armada Orígenes En 1993 la comandancia de las FARC-EP solicitó a sus estructuras identificar a “los enemigos del pueblo y la revolución” como “objetivos financieros”, esperando que la distribución de unidades por bloques le permitiera tener mayor control de las finanzas. En el Bloque Occidental existió un vínculo entre los secuestros y el cobro de cuotas periódicas a empresarios, ganaderos y agricultores; la ausencia del pago conllevaba al secuestro como castigo.

Colombia JEP JEP_Colombia JEP Colombia JEP_Colombia WWW.JEP.GOV.CO 12 La Sala determinó que la mayor cantidad de los secuestros financieros Las FARC-EP también (25 hechos acreditados) ocurrieron en impusieron el ‘impuesto para las subregiones del corredor Calila paz’, un ‘gravamen’ que Buenaventura (en los municipios que correspondía al 10% de las conectan el puerto de Buenaventura ganancias líquidas de las con la Costa Pacífica caucana, en los mayores empresas nacionales límites del Valle del Cauca y el Cauca) y y multinacionales la Cordillera Central, áreas de influencia de los Frentes Sexto y 30. Prácticas del patrón macrocriminal Privación de la libertad de civiles en alianza con terceros (bandas de crimen organizado y otros grupos guerrilleros). Secuestro para presionar el pago de cuotas periódicas a empresarios, comerciantes y transportadores. Privación de la libertad de niños y niñas. Secuestro de personas sin capacidad alguna de pago. 4.3. Tercer patrón de macrocriminalidad El Bloque Occidental privó de la libertad a civiles como parte de sus dinámicas de control social y territorial Orígenes Las llamadas ‘zonas de retaguardia’ de las FARC-EP fueron aquellos territorios donde los guerrilleros asumieron funciones de: Regulación de la vida colectiva, incluyendo la solución de conflictos. La distribución de bienes comunes, como el agua y la cacería. La tenencia de la tierra. Las regulación de los precios de intercambio de la pasta base de coca en

algunas zonas de producción de cultivos ilícitos. Colombia JEP JEP_Colombia JEP Colombia JEP_Colombia WWW.JEP.GOV.CO 13 Ejecución del patrón En su proceso de expansión por distintas partes del territorio nacional, las FARC-EP consolidaron su presencia en lugares donde el Estado era muy débil o ausente. Por ello, la Sala determinó que la privación de la libertad de los civiles fue una herramienta para interrogar a los potenciales enemigos de la organización, así como un castigo por la colaboración o simpatía con el enemigo, siendo el asesinato y el destierro otras sanciones a aplicar. Prácticas del patrón macrocriminal Detección de ‘enemigos’ Vacío de poder Todas las unidades del Bloque Dificultar, controlar o redireccionar el Occidental recibieron órdenes de trabajo de los funcionarios públicos posicionarse como autoridad en sus privándolos de la libertad, y también zonas de influencia e identificar a llevar a cabo secuestros para impedir extraños, infiltrados, colaboradores las elecciones locales en las áreas que y simpatizantes del ‘enemigo’ ocupaban. Así han reconocido (entendido como la Fuerza Pública y secuestros realizados en los los paramilitares) ocultos entre la departamentos de Nariño, Cauca y población civil. Valle del Cauca. / JEP Colombia JEP JEP_Colombia JEP Colombia JEP_Colombia WWW.JEP.GOV.CO 14

5. Crímenes no amnistiables cometidos por el Bloque Occidental en el marco del Macrocaso 01

En su análisis, la Sala de Reconocimiento de Verdad determinó que los hechos

ejecutados en los tres patrones macrocriminales configuraron los siguientes crímenes: Crímenes de guerra Crímenes de lesa humanidad Toma de rehenes De otras privaciones graves Homicidio de la libertad Violación sexual Asesinato Tortura Desaparición forzada Atentados a la dignidad personal Violencia sexual Tratos crueles e inhumanos Tortura Otros actos inhumanos Según su rol de participación, la Sala identificó como máximos responsables de estos crímenes a los siguientes integrantes del extinto Bloque Occidental de las FARC-EP: Rol de liderazgo Según su rol de participación, la Sala identificó como máximos responsables de estos crímenes a los siguientes integrantes del extinto Bloque Occidental de las FARC-EP: Édgar López Gómez: como coautor mediato y responsable de mando. Fue coordinador del Comando Conjunto de Occidente (1993-2011), comandante del Frente 29 (19992003) y miembro del Estado Mayor del Bloque Occidental (2012-2016).

Jesucristo Jiménez Cuellar: como coautor impropio y responsable de mando. Actuó como comandante de la Columna Móvil Miller Perdomo, perteneciente al Bloque Móvil Arturo Ruiz (1998-2001, 2003-2015).

Juan Carlos Ramírez: como coautor impropio y responsable de mando.

Se desempeñó como comandante del Sexto Frente (1978-2012). Colombia JEP JEP_Colombia JEP Colombia JEP_Colombia WWW.JEP.GOV.CO 15

Gustavo Arbeláez Cardona: como coautor impropio y responsable de

mando. Integró el Estado Mayor del Frente Urbano Manuel Cepeda Vargas (1991-2008) y se desempeñó como comandante principal del frente urbano homónimo (2007-2008). Héctor Julio Villarraga Cristancho: como coautor impropio y responsable de mando. Fue comandante del Frente 60 (1994 y 2016).

Carlos Mario Cardona León: como coautor impropio y responsable de mando. Se desempeñó como segundo al mando de la Compañía Móvil Alonso Cortés (1994-2007) y como comandante principal de la columna móvil homónima (2009-2011).

Diego Ardila Merchán: como coautor impropio y responsable de mando.

Actuó como segundo al mando de la Columna Móvil Alirio Torres (1999-2001) y comandante de la Columna Móvil Gabriel Galvis (2001-2013). Rol de participación determinante Oswaldo Miguel Mendoza Pérez: como coautor impropio. Participó como segundo al mando de guerrilla y compañía en la Columna Móvil Miller Perdomo (1999-2012), y como segundo al mando en la misma estructura armada (2012-2015). / JEP

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