JEP - Boletín Jurisprudencial 2025-02 ESP
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
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Detalles
- Título
- JEP - Boletín Jurisprudencial 2025-02 ESP
- Autor
- JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transicional
- Año
- 2025
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EDICIÓN
02-2025 Macrocaso 07 LABOR DE CONTRASTACIÓN Análisis del Auto de Determinación de Hechos y Conductas sobre el Secretariado de las extintas FARC-EP
CALIFICACIÓN JURÍDICA ENFOQUE ÉTNICO-RACIALRELATORA GENERAL
BOLETÍN DE
JURISPRUDENCIA
RELATORÍA GENERAL
TABLA DECONTENIDO
MAGISTRADO ALEJANDRO RAMELLI ARTEAGA
PRESIDENTE DE LA JEP
DILIA LOZANO SUÁREZ
INVESTIGACIÓN
SUBDIRECCIÓN DE COMUNICACIONES
DISEÑO
JORGE DANIEL MORELO ANDRÉS PRIETO RICO Macrocaso 07: Auto SRVR No. 05, del 9 de octubre de 2024 ............................ 3
1. Introducción .......................................... 3
Ficha Técnica ............................................ 4
2. Competencia, estrategia investigativa y antecedentes procesales ...................... 7
3. Labor de contrastación ..................... 9
4. Hechos y Conductas determinados por la Sala de Reconocimiento en relación con el reclutamiento y la utilización de niños y niñas por las antiguas FARC-EP ................................................................................. 11
5. Hechos y Conductas determinadas por la Sala de Reconocimiento en relación con la vida intrafilas de niños y niñas reclutados por las antiguas FARC-EP ................................................... 14
6. Hechos y Conductas determinadas por la Sala de Reconocimiento en relación con violencias basadas en
género sufridas por los niños y niñas dentro de las filas de las FARC-EP ..................................................................... 16
7. Hechos y conductas determinadas por la Sala de Reconocimiento en relación con el proceso de salida del grupo armado de niños y niñas reclutados .... 27
8. Enfoque étnico-racial en las distintas facetas del reclutamiento y la utilización de niños y niñas .......................................... 30
9. Niños y niñas reclutados y utilizados con paradero desconocido; acciones emprendidas por sus familiares y redes de apoyo comunitarias ............................. 34
10. Daños e impactos generados por las conductas determinadas por la Sala de Reconocimiento .......................................... 37
11. Calificación jurídica propia como crímenes de guerra de los hechos y conductas determinados por la Sala de Reconocimiento en el Macrocaso 07 .. 40
12. Individualización de responsabilidad ............................................................................ 54
KEVIN JEANFREY LUNA CONTRERAS
LAURA MARGARITA ARISTIZÁBAL M.
NATALIA JARAMILLO GRANADA
DIAGRAMACIÓN
DAVID MAYORGA PERDOMO
CORRECCIÓN DE ESTILO
DAVID MAYORGA PERDOMO
Licenciado con Creative Commons CC BY-NC-ND 4.0Colombia JEP JEP_Colombia JEP Colombia JEP_Colombia
EDICIÓN ESPECIAL
1. Introducción
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/ JEP MACROCASO 07: AUTO SRVR No. 05 del 9 de octubre de 2024
La Sala de Reconocimiento de Verdad profirió un Auto de Determinación de Hechos y Conductas dentro del Caso 07, por el reclutamiento y la utilización de niñas y niños en el conflicto armado interno y otros crímenes cometidos en su contra en la vida intrafilas atribuibles a los antiguos miembros del Secretariado de las FARC-EP. Con ese objetivo, la Sala de Reconocimiento identificó cinco patrones macrocriminales, a saber: i) reclutamiento y utilización de niños y niñas, incluso menores de 15 años; ii) malos tratos, torturas y homicidios en contra de niños y niñas reclutados en el marco de su vida intrafilas; iii) violencias reproductivas que afectaron a niñas reclutadas; iv) violencias sexuales en contra de niños y niñas reclutadas; y v) violencias basadas en el prejuicio en contra de niños y niñas reclutadas con orientación sexual o identidad o expresión de género diversas. A partir de dichos patrones, además, calificó las conductas como crímenes de guerra y las endilgó a los comparecientes del antiguo Secretariado de las FARC-EP a título de coautores mediatos y responsables por mando.Departamentos más afectados: desde 1971 ¿CUÁNDO? hasta 2016
¿DÓNDE?
FICHA TÉCNICA Reclutamiento y utilización de niñas y niños en el conflicto armado y otros crímenes en el marco de la vida intrafilas VÍCTIMAS niños, niñas y adolescentes, entre ellos: Indígenas
¿QUIÉNES?
Secretariado de las extintas FARC-EP
¿CÓMO?
Patrones macrocriminales identificados: 1 Reclutamiento y utilización de niños y niñas por parte de las antiguas FARC-EP. 2
Indígenas
¿QUIÉNES?
Secretariado de las extintas FARC-EP
¿CÓMO?
Patrones macrocriminales identificados: 1 Reclutamiento y utilización de niños y niñas por parte de las antiguas FARC-EP. 2 Malos tratos, torturas y homicidios en contra de los niños reclutados, al interior de las filas de las extintas FARC-EP. 4 Rodrigo Londoño Echeverri Jaime Alberto Parra Milton de Jesús Toncel Jorge Torres Victoria Julián Gallo Cubillos Pastor Lisandro Alape Lascarro 3 Violencias reproductivas que afectaron a las niñas reclutadas 1996 Mayor gravedad Chocó Nariño Cauca Putumayo VaupésCaquetá Valle Antioquia Meta Guaviare Afrodescendientes Raizales, palenqueros y Rrom 18 677 Violencias contra niñas y niños con orientaciones sexuales e identidades de género diversas (OSIEGD). 4 Violencias sexuales en contra de niños y niñas durante la vida intrafilas. 5Colombia JEP JEP_Colombia JEP Colombia JEP_Colombia Es una providencia que presenta los resultados del ejercicio de contrastación de informes, versiones voluntarias y observaciones de las víctimas. Con él, la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas (en adelante, Sala de Reconocimiento) verifica la existencia de bases suficientes para entender que los hechos allí relatados efectivamente existieron y que, según el Acuerdo Final de Paz, así como las leyes 1820 de 2016 y 1957 de 2019, no son conductas amnistiables.
En el Auto de Determinación de Hechos y Conductas del Macrocaso 07, la Sala
existieron y que, según el Acuerdo Final de Paz, así como las leyes 1820 de 2016 y 1957 de 2019, no son conductas amnistiables.
En el Auto de Determinación de Hechos y Conductas del Macrocaso 07, la Sala esclareció el contexto y la dinámica de los patrones de reclutamiento y utilización de niñas y niños en el contexto del conflicto armado y otros crímenes cometidos en su contra durante la vida intrafilas —incluyendo malos tratos, tortura, homicidio y violencias sexuales, reproductivas y por prejuicio—, los cuales son atribuibles a los comparecientes que pertenecieron al último Secretariado de la guerrilla de las FARC-EP.
En ese sentido, la Sala de Reconocimiento incluyó una descripción de las circunstancias de tiempo, modo y lugar en las cuales sucedieron los hechos y las conductas. Aunado a ello, determinó los hechos y las conductas atribuibles a los comparecientes que fueron miembros de la mencionada estructura, estableció su calificación jurídica, individualizó la responsabilidad que cada compareciente tuvo y los llamó a aportar verdad y reconocer responsabilidad en cuanto partícipes determinantes, con el fin de que decidieran si, en los términos de las leyes 1957 de 2019 y 1922 de 2018, la reconocían o no. 5 WWW. JEP. GOV. CO ¿Qué es un Auto de Determinación de Hechos y Conductas?Colombia JEP JEP_Colombia JEP Colombia JEP_Colombia Con el ánimo de lograr el objetivo de este boletín, este boletín especial reproducirá la metodología empleada por la Sala de Reconocimiento en el Auto de Determinación de Hechos y Conductas, es decir: 6 WWW. JEP. GOV. CO ¿Por qué tomar la metodología del caso?
reproducirá la metodología empleada por la Sala de Reconocimiento en el Auto de Determinación de Hechos y Conductas, es decir: 6 WWW. JEP. GOV. CO ¿Por qué tomar la metodología del caso? Durante la primera etapa de análisis, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), a través de la Sala de Reconocimiento, cumplió con el mandato de brindar verdad a la sociedad colombiana a partir de un modelo de investigación macrocriminal, que da relevancia al contexto del país para entender las conductas cometidas por los actores armados en el conflicto armado de carácter no internacional.
1. Fijará la competencia, la estrategia investigativa y los antecedentes procesales.
2. Hará alusión a la labor de contrastación realizada para la determinación de hechos y conductas.
El reclutamiento y la utilización de niños y niñas por las antiguas FARC-EP.
3. Precisará los hechos y conductas determinados en relación con: La vida intrafilas de los niños y niñas reclutados.
Las violencias basadas en género sufridas por los niños y las niñas dentro de las filas de las FARC-EP. El proceso de salida del grupo armado de los niños y niñas reclutados.
4. Abordará el enfoque étnico y racial en las distintas facetas del reclutamiento y la utilización de niños y niñas, así como el caso particular de los niños y niñas reclutados con paradero desconocido.
5. Se referirá al hecho ilustrativo de la gravedad de las violencias abarcadas por el reclutamiento con el caso de la Columna Móvil Arturo Ruíz de las FARC-EP y
la Operación Berlín.
6. Señalará los daños e impactos generados por los hechos y conductas determinados.
7. Fijará la calificación jurídica propia de los hechos y conductas determinados como crímenes de guerra.
8. Individualizará la responsabilidad de los miembros del último Secretariado de las FARC-EP.Colombia JEP
JEP_Colombia JEP Colombia JEP_Colombia En la segunda fase, identificó y expuso las políticas o patrones perpetrados por los y las comparecientes del Secretariado de las FARC-EP, construyendo una base sólida para determinar los delitos cometidos que, posteriormente, se estudiaron en la calificación jurídica a efectos de establecer el tratamiento penal aplicable dentro del ordenamiento jurídico nacional e internacional respecto de las conductas cometidas por los máximos responsables identificados.
Y en la última fase, incluyó la selección positiva de máximos responsables y partícipes determinantes, así como la modalidad de atribución de la responsabilidad penal de cada uno en los términos referidos, es decir, qué título de responsabilidad penal encontró que es atribuible los comparecientes del antiguo Secretariado de las FARC-EP. 7
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2. Competencia, estrategia investigativa y antecedentes procesales La Sala estableció su competencia legal para investigar los crímenes cometidos en el contexto del conflicto armado colombiano. Esta competencia se fundamentó en el Acto Legislativo 01 de 2017, que le permite administrar justicia transicionalmente respecto a conductas relacionadas con el conflicto armado, con un enfoque orientado hacia la construcción de una paz estable, los derechos de las víctimas y la no repetición.Colombia JEP
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transicionalmente respecto a conductas relacionadas con el conflicto armado, con un enfoque orientado hacia la construcción de una paz estable, los derechos de las víctimas y la no repetición.Colombia JEP JEP_Colombia JEP Colombia JEP_Colombia La estrategia investigativa se distinguió por un modelo de macrocasos, donde se analizaron conjuntos de hechos y conductas en lugar de casos individuales. El objetivo principal es comprender los patrones criminales, el contexto de su ocurrencia y las estructuras involucradas en su planeación y ejecución. Para ello, la Sala desarrolló conceptos clave como ‘patrón’ y ‘política’. Un aspecto destacable de la investigación fue la aplicación interseccional de enfoques diferenciales de niñez, género y étnico. Esto permitió comprender las experiencias de reclutamiento desde perspectivas múltiples, reconociendo las particularidades de cada grupo y las intersecciones entre dichos enfoques. La contribución de las víctimas y los comparecientes resultó ser un elemento clave en el desarrollo del proceso. La Sala recibió testimonios de 930 víctimas individuales y 8903 víctimas colectivas, y diseñó una metodología que incorporó declaraciones voluntarias —tanto individuales como grupales— así como solicitudes de verdad y espacios de observación. Se llevaron a cabo convocatorias para que comparecieran voluntariamente personas de distintos niveles y bloques de las FARC-EP para reconstruir los hechos y comprender los patrones de reclutamiento que se habían implementado. Este enfoque permitió recopilar
información detallada y diversa, esencial para esclarecer los sucesos ocurridos. 8 WWW. JEP. GOV. CO Conjunto de planes o directrices de la organización armada que se reflejan en los patrones identificados. Ibíd. p. 27 2 La repetición no accidental de una conducta delictiva similar en cuanto a sus finalidades, modo de comisión y características de las víctimas. Auto_SRVR-005_09-octubre-2024, p. 27 1 21Colombia JEP JEP_Colombia JEP Colombia JEP_Colombia Por otro lado, la Sala adoptó medidas cautelares destinadas a garantizar la seguridad de las personas involucradas y la protección de la información sensible. Entre estas medidas, se implementaron 42 acciones de protección para personas y cinco para resguardar datos confidenciales. Algunas de estas iniciativas incluyeron procesos de exhumación e identificación de restos humanos, lo que permitió avanzar en la búsqueda de justicia y reparación para las víctimas. Estas acciones reflejaron el compromiso de la Sala con la integridad del proceso y el respeto por los derechos de quienes participaron en él. La Sala destacó que el objetivo principal del caso es comprender de manera integral el reclutamiento y utilización de niños y niñas. Para ello, se establecieron seis escenarios metodológicos que guiaron el análisis de la información y la recopilación de nuevos datos. Estos escenarios buscan ofrecer una visión amplia del contexto, las circunstancias y los impactos relacionados con el antes, durante y después del reclutamiento. Los escenarios son los siguientes:
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21 Contexto previo al reclutamiento y la utilización. Proceso de reclutamiento y las modalidades utilizadas. Vida intrafilas de los niños y niñas reclutados. Acciones emprendidas por familias y comunidades para resistir el reclutamiento y recuperar a los niños y niñas reclutados. Experiencias asociadas a la salida del grupo armado. Impactos y daños del reclutamiento y la utilización.
3. Labor de contrastación La Sala, mediante un riguroso proceso de contrastación, determinó que los hechos analizados constituyen crímenes internacionales según el marco jurídico de la JEP, excluyéndolos de amnistías y renuncias a la persecución penal bajo el artículo 23 de la Ley 1820 de 2016; además, identificó a los miembros del último Secretariado de las FARC-EP como los máximos responsables. Para ello se contrastaron diversas fuentes, como informes de organizaciones sociales y entidades estatales, relatos de víctimas, versiones voluntarias de comparecientes, expedientes judiciales, pruebasColombia JEP
JEP_Colombia JEP Colombia JEP_Colombia forenses, información de inteligencia, datos de la Fiscalía General de la Nación, entre otros. Este análisis consolidó bases suficientes para sustentar las conclusiones del caso. El proceso de verificación se basó en diez tipos principales de fuentes de información. En primer lugar, se analizaron 77 informes presentados por organizaciones sociales y de víctimas, los cuales ofrecieron una visión general sobre las dinámicas de reclutamiento, la vida dentro de las filas y el uso de niños
y niñas en las FARC-EP. Estos documentos abordaron aspectos territoriales, poblacionales e incluyeron 26 informes sobre violencias de género y 20 sobre afectaciones a comunidades étnicas. En segundo lugar, la Sala revisó ocho informes provenientes de instituciones estatales, como la Fiscalía General de la Nación, la Defensoría del Pueblo, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y el Centro Nacional de Memoria Histórica. Estos informes permitieron caracterizar geográficamente los hechos de reclutamiento, identificar posibles víctimas y señalar a los responsables potenciales. La recopilación directa de testimonios de víctimas fue otro pilar fundamental. El despacho relator llevó a cabo diversas actividades, como diligencias de ampliación para solicitudes de acreditación y metodologías enfocadas en aspectos de género, además de espacios para recibir observaciones sobre versiones voluntarias. Este esfuerzo permitió recoger 4039 demandas de verdad dirigidas a los comparecientes. 10
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/ JEPColombia JEP JEP_Colombia JEP Colombia JEP_Colombia Otro aspecto destacado fue la realización de 88 versiones voluntarias, de las cuales 84 comparecientes ya habían brindado su testimonio individual. Estas declaraciones se elaboraron a partir de cuestionarios que integraron información de múltiples fuentes, facilitando un proceso constante de verificación. La Sala también empleó el Universo Provisional de Hechos (UPH), una herramienta que registró 18 677 víctimas de reclutamiento, complementada con
una estimación de subregistro que sugiere un rango de entre 19 253 y 23 811 niños y niñas afectados. En el contexto de este auto, la información del Universo Provisional de Hechos se utilizó para reconstruir el entorno y las dinámicas temporales y territoriales del reclutamiento. Sin embargo, debido a las limitaciones metodológicas señaladas —los datos del Universo no han sido contrastados directamente por la Sala, sino que provienen de otras fuentes sin validación—, la Sala no lo utilizó como base para determinar políticas o patrones que individualicen responsabilidades. Finalmente, la metodología incluyó cinco acuerdos interinstitucionales que permitieron acceder a bases de datos de diversas entidades estatales, ampliando significativamente el alcance de la investigación. Asimismo, se consultaron fuentes abiertas, como informes públicos, estudios académicos y declaraciones en medios de comunicación. 11
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4. Hechos y Conductas determinados por la Sala de Reconocimiento en relación con el reclutamiento y la utilización de niños y niñas por las antiguas FARC-EP La Sala presentó sus hallazgos sobre el reclutamiento y utilización de niños y niñas por parte de las antiguas FARC-EP. Con bases suficientes, se concluyó que estos hechos constituyen un patrón, ya que cumplen con los elementos necesarios para esta categoría de análisis. El reclutamiento (repertorio) de menores (objetivo) fue sistemático y recurrente en diversos territorios del país, ejecutado por todos los bloques de la guerrilla durante el período analizado
(frecuencia). Las modalidades empleadas (técnica) reflejan un modus operandi consistente y su finalidad fue garantizar el personal necesario para sostener la acción rebelde y hostil de las FARC-EP en el conflicto armado.Colombia JEP JEP_Colombia JEP Colombia
consistente y su finalidad fue garantizar el personal necesario para sostener la acción rebelde y hostil de las FARC-EP en el conflicto armado.Colombia JEP JEP_Colombia JEP Colombia JEP_Colombia La Sala de Reconocimiento determinó que el reclutamiento y utilización de niños y niñas por parte de las FARC-EP fue un patrón sistemático y recurrente en todo el país, desde 1971 hasta 2016, con mayor gravedad entre 1996 y 2016. Este patrón incluyó la incorporación de niños de 8 a 18 años, con un 30% de menores de 14 años según el Universo Provisional de Hechos y un 64% en los registros de víctimas acreditadas. Las modalidades más comunes fueron la amenaza, el uso de la fuerza, el engaño y la persuasión. Se documentaron aproximadamente 18 677 víctimas de reclutamiento, con estimaciones que sugieren que la cifra real podría oscilar entre 19 253 y 23 811 niños y niñas afectados. De forma más específica, los datos muestran cuatro picos principales de reclutamiento: en 1999, 2002, 2007 y 2013. La Sala identificó seis factores principales que contribuyeron al reclutamiento: (i) prevalencia en zonas rurales con altos niveles de pobreza; (ii) ausencia o presencia precaria del Estado; (iii) violencia intrafamiliar; (iv) condiciones económicas de vulnerabilidad; (v) relacionamiento cotidiano de las FARC-EP con niños y niñas; y (vi) existencia de familiares en la organización.
La política de reclutamiento en el interior de las FARC-EP se estableció formalmente en cuatro requisitos para el ingreso: 12 WWW. JEP. GOV. CO Patrones y políticas como categorías de análisis de la información y presentación de los hallazgos Edad entre 15 y 30 años. Aptitud física y madurez mental. Ser conocido en la región. Ingreso voluntario. Sin embargo, la investigación demostró que estos requisitos se incumplieron sistemáticamente, con especial énfasis en la edad mínima de ingreso. Los mecanismos de verificación eran precarios y se basaban frecuentemente en apreciaciones subjetivas.Colombia JEP JEP_Colombia JEP Colombia JEP_Colombia La Sala de Reconocimiento identificó principalmente tres formas en que se incorporaba a menores: 13 WWW. JEP. GOV. CO Medidas de reclutamiento Reclutamiento forzado, en un 57% de los casos. Reclutamiento mediante engaño, en un 28% de los casos. Reclutamiento por persuasión, en un 15% de los casos. Además, la investigación evidenció que el reclutamiento formaba parte de una estrategia organizativa diseñada para alcanzar metas de crecimiento planificadas. Los bloques de las FARC-EP establecieron cuotas de incorporación de personal en sus planes, lo que generó presión para reclutar, incluso mediante métodos coercitivos. Entre las formas de reclutamiento se incluyeron métodos particularmente crueles, como la sustracción forzada de niños y niñas de sus hogares, escuelas y
espacios públicos, la imposición de cuotas familiares, el engaño con falsas promesas de oportunidades laborales o educativas y la manipulación emocional mediante promesas de protección o mejoras en sus condiciones de vida. En este proceso, las estructuras de milicias bolivarianas y populares desempeñaron un papel clave, utilizando a los menores para tareas de inteligencia, logística, transporte de armas y drogas y, en algunos casos, para acciones militares. Estas estructuras explotaron la vulnerabilidad de los niños y niñas sometiéndolos a entrenamientos, tareas de apoyo y, en ocasiones, a combates. Al respecto, la Sala destacó que las FARC-EP no solo no implementaron mecanismos efectivos para prevenir el reclutamiento de menores, sino que promovieron mensajes y prácticas que lo incentivaron. La apariencia física y la supuesta ‘idoneidad’ para servir a la organización primaron sobre consideraciones de edad y protección.Colombia JEP JEP_Colombia JEP Colombia JEP_Colombia 14
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5. Hechos y Conductas determinadas por la Sala de Reconocimiento en relación con la vida intrafilas de niños y niñas reclutados por las antiguas FARC-EP Al abordar la vida intrafilas de las antiguas FARC-EP, la Sala de Reconocimiento señaló que en esa organización existió una política formal de regulación de la vida intrafilas, la cual se expresó en regímenes disciplinarios y sancionatorios con un sistema de disciplina militar, que se aplicó indiscriminadamente a niños y niñas y generó un entorno de coacción permanente,incidiendo en la configuración de violencias graves.
La Sala de Reconocimiento destacó que el régimen de disciplina interna de las FARC-EP, tenía como objetivo asegurar la cohesión y la unidad política que
niñas y generó un entorno de coacción permanente,incidiendo en la configuración de violencias graves. La Sala de Reconocimiento destacó que el régimen de disciplina interna de las FARC-EP, tenía como objetivo asegurar la cohesión y la unidad política que permitieran encarar —en la práctica— las tareas emanadas de los planes militares, todo ello para evitar la insubordinación y la deserción, con regulaciones que iban desde los requisitos de ingreso, las condiciones de entrenamiento, las relaciones entre compañeros e, incluso, la regulación de la vida sexual y reproductiva dentro de las filas. Este régimen generó un entorno de coacción permanente que anuló la capacidad de los niños y las niñas de consentir o rechazar las directrices guerrilleras. Esta política contenía normas de comportamiento para los miembros de las FARC-EP, establecía disposiciones para el combate y sanciones por el incumplimiento de órdenes.Colombia JEP JEP_Colombia JEP Colombia JEP_Colombia 15 WWW. JEP. GOV. CO Modalidades de sufrimientos, malos tratos y homicidios El Auto de Determinación de Hechos y Conductas, la Sala abordó las siguientes cuatro modalidades en que se configuró el patrón:
1. Malos tratos, sufrimientos y riesgo de muerte en el marco del entrenamiento militar.
2. Malos tratos, sufrimientos y riesgo de muerte en el marco de la participación de acciones militares.
3. Malos tratos, sufrimientos y suicidios en la dinámica general de la cotidianidad en las filas.
4. Malos tratos, sufrimientos y homicidios en aplicación del régimen disciplinario.
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en las filas.
4. Malos tratos, sufrimientos y homicidios en aplicación del régimen disciplinario.
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6. Hechos y Conductas determinadas por la Sala de Reconocimiento en relación con violencias basadas en género sufridas por los niños y niñas dentro de las filas de las FARC-EP Para abordar los hallazgos relacionados con hechos y conductas cometidos al interior de las filas de las FARC-EP que constituyeron violencias basadas en género, la Sala de Reconocimiento expuso algunos elementos conceptuales a tener en cuenta para dimensionar la forma en la que el género de las víctimas resultó determinante para la configuración de las violencias y el tratamiento que recibieron.
En términos generales, constató que, pese a la existencia de una premisa formal de igualdad entre hombres y mujeres en la extinta guerrilla, en la práctica predominaron las relaciones desiguales de género en las que niñas y mujeres ocuparon una posición de subordinación y desventaja. Y, en detalle, encontró que: Entre estos se incluye la violación, la esclavitud sexual, la unión forzada, la desnudez forzada y los actos sexuales violentos. 4 La Sala de Reconocimiento recurrió al concepto de violencias basadas en género como una categoría de análisis que permitió narrar y explicar el conjunto de hechos a partir de la creencia predominante sobre los roles de género y las relaciones jerárquicas establecidas, las cuales fueron un reflejo de las creencias y relaciones patriarcales de la sociedad colombiana a las filas de las FARC-EP que, como parte del entramado social, compartían ese paradigma. Op. cit., p. 268. 3 2 3
creencias y relaciones patriarcales de la sociedad colombiana a las filas de las FARC-EP que, como parte del entramado social, compartían ese paradigma. Op. cit., p. 268. 3 2 3 Al menos un 24% de las víctimas acreditadas sufrieron violencia de género, de las cuales el 91% son mujeres, el 5% afirmó tener una orientación sexual diversa y el 2% una identidad de género no normativa. Al menos el 24% de las niñas reclutadas y acreditadas sufrieron anticoncepción forzada y el 19%, abortos forzados. El 35% del total de víctimas acreditadas padecieron hechos de violencia sexual. 4Colombia JEP JEP_Colombia JEP Colombia JEP_Colombia 17 WWW. JEP. GOV. CO Patrón de violencias reproductivas que afectó a niñas reclutadas y se dio en virtud de política de anticoncepción de las FARC-EP Para el estudio del patrón de violencias reproductivas, la Sala de Reconocimiento tuvo en cuenta la política que lo motivó. Al respecto, señaló que, en la Octava Conferencia Nacional Guerrillera de 1993, las FARC-EP formalizaron una política de anticoncepción que determinó la planificación obligatoria, aplicada de dos formas: a través de la aplicación obligatoria de métodos anticonceptivos y con la interrupción de los embarazos que llegaran a darse. Y se materializó en el repertorio de violencias que se detallan a continuación. La política formal de anticoncepción o control de natalidad en las FARC-EP derivó, de facto, en una directriz de prohibición de embarazos y del ejercicio de maternidad y paternidad Como resultado del ejercicio de contrastación de fuentes realizadas, la Sala de
La política formal de anticoncepción o control de natalidad en las FARC-EP derivó, de facto, en una directriz de prohibición de embarazos y del ejercicio de maternidad y paternidad Como resultado del ejercicio de contrastación de fuentes realizadas, la Sala de Reconocimiento encontró bases suficientes para entender que al interior de las FARC-EP existió un patrón de violencias reproductivas, en el cual las niñas sufrieron anticoncepción forzada, aborto forzado y malos tratos derivados de estos procedimientos, así como el asesinato, la desaparición forzada y la entrega de sus hijos neonatos a otras familias. Todo ello, con la finalidad de mantener las filas y evitar que la maternidad y la paternidad menguaran el número de integrantes y generaran riesgos para la seguridad del grupo. Violencias ligadas a la política de anticoncepción El 24% de las víctimas registradas del Macrocaso 07 reportaron haber sido sometidas a la aplicación de métodos anticonceptivos cuando tenían entre 10 y 17 años, incluso sin haber tenido su primer periodo menstrual y sin que su consentimiento o voluntad hubiera sido tenida en cuenta; es decir, en un acto de anulación de su derecho a la autonomía reproductiva. Anticoncepción forzadaColombia JEP JEP_Colombia JEP Colombia JEP_Colombia 18 WWW. JEP. GOV. CO Esta situación fue entendida por la Sala de Reconocimiento como anticoncepción forzada, en tanto implicó la imposibilidad de dar consentimiento: (i) por la inexistencia de espacios de formación y consulta; (ii) por la escasa
comprensión que las víctimas tenían del tema por su edad y contexto; (iii) por la existencia de sanciones ante la negativa a planificar y (iv) por el empleo de mecanismos de fuerza o violencia. Violencias en casos de embarazos En el marco de la Octava Conferencia Nacional Guerrillera, se edificó por parte de las FARC-EP una política que tenía com