JEP - Concepto Concepto_comisión-género_14-enero-2026 comisión-género del 14 de enero de 2026
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
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Detalles
- Título
- JEP - Concepto Concepto_comisión-género_14-enero-2026 comisión-género del 14 de enero de 2026
- Autor
- JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transicional
- Año
- 2026
Página 1 de 33
Bogotá, 14 de enero de 2026
Magistrado
PEDRO ELÍAS DÍAZ ROMERO
Sala de Definición de Situaciones Jurídicas Jurisdicción Especial para la Paz
Asunto: Concepto para dar cumplimiento a la resolución No. 3108 de 18 de septiembre de 2025
De manera atenta, con fundamento en las previsiones del artículo 104 del Acuerdo 001 de 9 de marzo de 2018, bajo el mandato asignado a la Comisión de Género, como una instancia permanente para la promoción del enfoque de género en el componente de justicia del Sistema Integral de Paz (SIP), nos permitimos dar respuesta a la solicitud elevada por su despacho en la que se consultó a esta Comisión sobre la relación de conductas de violencia sexual con el conflicto armado, con el fin de implementar el enfoque de género en un asunto de conocimiento de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, en el cual se está estudiando la solicitud de sometimiento de una persona que presuntamente cometió, entre otros, el delito de acceso carnal violento. Al respecto, en la resolución No. 3108 de 18 de septiembre de 2025 se requirió a esta Comisión para que: “[…] aporte parámetros que permitan establecer si el actuar delictivo ejecutado el día 3 de febrero de 2005, en la vereda Pueblitos del municipio de Zulia Norte de Santander, por algunos miembros de la Fuerza Pública adscritos al Pelotón Conquistador Tres del grupo de Caballería Mecanizado No. 5 “Maza” tienen relación directa de los d elitos de violencia sexual y de género con el conflicto armado”.
Conquistador Tres del grupo de Caballería Mecanizado No. 5 “Maza” tienen relación directa de los d elitos de violencia sexual y de género con el conflicto armado”. En primer lugar, es preciso indicar que, respecto de los temas planteados, esta Comisión ya se ha pronunciado en otros conceptos1. Por ello, el presente documento retomará esos lineamientos e incorporará otros elementos relevantes en caso de que el despacho decida aceptar el sometimiento del solicitante. En particular, se sintetizarán las directrices para transversalizar el enfoque de género en el régimen de condicionalidad , así como los criterios necesarios para evitar la revictimización de las sobrevivientes de violencia basada en género. Asimismo, dado que el Grupo de Análisis de la Información (GRAI) , que también hace parte de la Comisión de Género , contaba con insumos pertinentes, aportó información que será incorporada en este concepto mediante un contexto general sobre el conflicto armado en el Catatumbo, considerado útil para el análisis solicitado.
1 Entre ellos, ver: conceptos de 25 de junio de 2018, 2 de diciembre de 2019, 14 de julio de 2021 y 26 de abril de 2023.Página 2 de 33
En segundo lugar, cabe mencionar que esta Comisión recibió algunas piezas procesales provenientes de la jurisdicción disciplinaria relacionadas con el asunto objeto de estudio. No obstante, se prescindirá de su examen, dado que no corresponde a las funcion es de este órgano consultivo pronunciarse sobre asuntos sometidos a conocimiento de las Salas y Secciones de la Jurisdicción. Su mandato se limita a emitir lineamientos generales que orienten la incorporación del enfoque de género en el Sistema de Justicia Transicional,
este órgano consultivo pronunciarse sobre asuntos sometidos a conocimiento de las Salas y Secciones de la Jurisdicción. Su mandato se limita a emitir lineamientos generales que orienten la incorporación del enfoque de género en el Sistema de Justicia Transicional, así como, proponer algunas orientaciones y parámetros con los que la Sala pueda realizar análisis y tomar decisiones que se ajusten a los estándares en el abordaje de las violencias basadas en género. Así las cosas, para atender los cuestionamientos planteados, este concepto se desarrollará en el siguiente orden metodológico: (i) elementos de contexto sobre las dinámicas del conflicto armado en el Catatumbo, con especial énfasis en el rol de la Fuerza P ública, por considerarse de interés para el despacho; (ii) lineamientos y fundamentos para establecer la relación entre hechos de violencia basada en género, incluida la violencia sexual, y el conflicto armado; (iii) parámetros con enfoque de género aplicables al régimen de condicionalidad; y (iv) mecanismos de protección y medidas para prevenir la revictimización de personas afectadas por violencia sexual y de género en el Sistema Integral para la Paz.
1. Contexto del conflicto armado en la región del Catatumbo
El departamento de Norte de Santander fue uno de los departamentos más afectados por el conflicto armado, con una fuerte presencia histórica de guerrillas como el ELN y las FARC, grupos paramilitares y grupos armados pos -desmovilización2. La subregión del Catatumbo fue la más afectada debido a sus características geográficas, por tratarse de una zona limítrofe que comunica al Urabá, el Magdalena, el Magdalena Medio y
Catatumbo fue la más afectada debido a sus características geográficas, por tratarse de una zona limítrofe que comunica al Urabá, el Magdalena, el Magdalena Medio y Venezuela, es un área geopolíticamente estratégica, lo que la convierte en un territorio clave en el conflicto armado colombiano3.
El dominio territorial de la región representó una ventaja estratégica importante para los actores armados del conflicto, debido a su condición fronteriza y a su aislamiento del centro del país. Estas características, junto con las economías de subsistenci a ejecutadas por numerosas familias desplazadas de otras regiones, configuraron un escenario propicio para la permanencia de los grupos armados ilegales durante años4.
2 Defensoría del Pueblo, Los riesgos de reclamar la tierra: vulneración y amenaza a los derechos humanos de personas y comunidades. Estudio de caso de los municipios de Tumaco (Nariño), Montería, Valencia, San Pedro de Urabá y Arboletes (Urabá Cordobés); Ti bú (Norte de Santander), y Vistahermosa (Meta). Bogotá, Colombia. Junio 2014. 3 JEP. SRVR, Caso No. 03. Asesinatos y desapariciones forzadas presentados como bajas en combate por agentes del Estado – Subcaso Norte de Santander, Auto 125 del 2 de julio de 2021, Determinar los hechos y conductas ocurridos en el Catatumbo durante el 2007 y el 2008, atribuibles a miembros de la BRIM15, el BISAN y a terceros civiles, y ponerlos a su disposición a efectos del reconocimiento de su responsabilidad. Pág. 17.
y conductas ocurridos en el Catatumbo durante el 2007 y el 2008, atribuibles a miembros de la BRIM15, el BISAN y a terceros civiles, y ponerlos a su disposición a efectos del reconocimiento de su responsabilidad. Pág. 17. 4 JEP. SRVR, Caso No. 03. Asesinatos y desapariciones forzadas presentados como bajas en combate por agentes del Estado – Subcaso Norte de Santander, Auto 125 del 2 de julio de 2021, Determinar los hechos y conductas ocurridos en el Catatumbo durante el 2007 y el 2008, atribuibles a miembros de la BRIM15, elPágina 3 de 33
Desde la década de los 80 se dio en la región la llegada de las guerrillas del ELN, las FARC-EP y el EPL. Con su llegada se introdujo una nueva dinámica económica ilegal vinculada a la economía cocalera y cocainera, que exacerbó los efectos del conflicto armado, generó fuertes repercusiones en el tejido social y, además, potenció la llegada de nuevos actores armados 5. A mediados de los 90, en medio de su fortalecimiento nacional, las FARC-EP expandieron en el Catatumbo los cultivos de coca y la instalación de laboratorios, situación que coincidió con la incursión de grupos paramilitares a la zona6.
El control sobre el Catatumbo era esencial para los grupos paramilitares, pues esta es una zona de corredor estratégico entre el oriente y el occidente colombiano (que comprende las zonas del Magdalena, Bajo Cauca, Urabá, etc.) 7. El Bloque Catatumbo (BC) de las Autodefensas Unidas de Colombia ingres ó a la región en 1999, primero por
comprende las zonas del Magdalena, Bajo Cauca, Urabá, etc.) 7. El Bloque Catatumbo (BC) de las Autodefensas Unidas de Colombia ingres ó a la región en 1999, primero por Cúcuta y las zonas metropolitanas. El objetivo era tomar control sobre el municipio de Tibú y el corregimiento de La Gabarra, ubicado al nororiente del departamento8.
El ingreso del Bloque Catatumbo de las AUC al territorio implicó una oleada de violencias y sometimiento de la población civil mediante masacres, asesinatos selectivos, torturas, amenazas, señalamientos, desaparición forzada, retenciones, imposiciones de toques de queda y violencia sexual 9. La violencia contra las mujeres, especialmente la violencia sexual, fue utilizada por los paramilitares bajo la política de uso excesivo de la fuerza, como un mecanismo de dominación y cooptación de la población civil, con miras a generar terror, pero también para generar alianzas y redes con la población10.
Durante las incursiones paramilitares, masacres o ataques masivos, se recurría a la violencia contra las mujeres como un mecanismo de terror: asesinatos a mujeres embarazadas, prácticas de mutilación, violación sexual e incluso infanticidio para castigar a las mujeres porque los padres de sus hijos eran señalados como guerrilleros11.
BISAN y a terceros civiles, y ponerlos a su disposición a efectos del reconocimiento de su responsabilidad. Pág. 17. 5 JEP. SRVR, Caso No. 03. Asesinatos y desapariciones forzadas presentados como bajas en combate por agentes del Estado – Subcaso Norte de Santander, Auto 125 del 2 de julio de 2021, Determinar los hechos
5 JEP. SRVR, Caso No. 03. Asesinatos y desapariciones forzadas presentados como bajas en combate por agentes del Estado – Subcaso Norte de Santander, Auto 125 del 2 de julio de 2021, Determinar los hechos y conductas ocurridos en el Catatumbo durante el 2007 y el 2008, atribuibles a miembros de la BRIM15, el BISAN y a terceros civiles, y ponerlos a su disposición a efectos del reconocimiento de su responsabilidad. 6 Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, Caso «Éxodo transfronterizo, exilio y retorno de la población campesina del Catatumbo hacia Venezuela». Capítulo de Exilio, 2022. 7 Centro Nacional de Memoria Histórica (2018), Catatumbo: memorias de vida y dignidad, CNMH, Bogotá. 8 Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, Caso «Éxodo transfronterizo, exilio y retorno de la población campesina del Catatumbo hacia Venezuela». Capítulo de Exilio, 2022. 9 Ibidem. 10 Red de Mujeres Comunitarias del Catatumbo. Las voces de las mujeres del Catatumbo, 2021. 11 Corporación Humanas. La Violencia Sexual una Estrategia Paramilitar en Colombia: Argumentos para imputarle responsabilidad penal a Salvatore Mancuso, Hernán Giraldo y Rodrigo Tovar, 2013. Disponible en: https://repositorio.unal.edu.co/handle/unal/52932.Página 4 de 33
Después de la desmovilización de las estructuras de las AUC, entre esas la desmovilización del grupo paramilitar Bloque Catatumbo (BC) realizada mediante la resolución 233 de 2004, en el departamento de Norte de Santander persistió la presencia
Después de la desmovilización de las estructuras de las AUC, entre esas la desmovilización del grupo paramilitar Bloque Catatumbo (BC) realizada mediante la resolución 233 de 2004, en el departamento de Norte de Santander persistió la presencia de grupos paramilitares pos -desmovilización ubicadas en corredores relacionados con el narcotráfico, en proceso de expansión y control territorial12. En los principales centros urbanos de todo el departamento incrementaron los asesinatos selectivos, que se justificaron con la aparición de los GAPD13 (Grupos Armados Pos-Desmovilización). Los GAPD son estructuras que incidieron en Cúcuta y en sus áreas metropolitanas como El Zulia, Los Patios, Villa del Rosario, San Cayetano y Puerto Santander14.
1.1.El rol de la Fuerza Pública en Norte de Santander
La región del Catatumbo fue receptora de diversas políticas orientadas a incrementar el despliegue de la fuerza pública para contrarrestar el fortalecimiento de la presencia de grupos guerrilleros en la década de los 90s 15. De acuerdo con el Informe Final de la Comisión de la Verdad, el Estado incrementó la militarización en la región, y los municipios que la componen 16. En Norte de Santander se implementaron estrategias como aumentar el pie de fuerza y el “ env[ío] tropas expedicionarias a la región del Catatumbo, las cuales hacían presencia durante un tiempo y luego abandonaban la zona”17. De acuerdo con los hallazgos de la Comisión de la Verdad, “ la presencia del Ejercito en su ofensiva contra las guerrillas afectó significativamente a la población civil, que una vez más fue estigmatizada y quedó en medio de las confrontaciones”18.
Ejercito en su ofensiva contra las guerrillas afectó significativamente a la población civil, que una vez más fue estigmatizada y quedó en medio de las confrontaciones”18.
A pesar de la fuerte presencia paramilitar en la región, la consolidación y el dominio de las guerrillas, especialmente del ELN, impidieron que los grupos paramilitares lograran avanzar y ejercer control sobre la totalidad del territorio, pues las estructuras del ELN y de las FARC -EP repelieron sus incursiones mediante intensas campañas militares y enfrentamientos armados19.
12 JEP. SRVR, Caso No. 03. Asesinatos y desapariciones forzadas presentados como bajas en combate por agentes del Estado – Subcaso Norte de Santander, Auto 125 del 2 de julio de 2021, Determinar los hechos y conductas ocurridos en el Catatumbo durante el 2007 y el 2008, atribuibles a miembros de la BRIM15, el BISAN y a terceros civiles, y ponerlos a su disposición a efectos del reconocimiento de su responsabilidad. Párr. 51. 13Centro Nacional de Memoria Histórica [CNMI]. Guerra sin fronteras, resistencias sin límites. Memorias de sobrevivientes al Bloque Catatumbo. Tomo II. CNMH, 2023 pág.550. 14 Centro Nacional de Memoria Histórica [CNMI]. Guerra sin fronteras, resistencias sin límites. Memorias de sobrevivientes al Bloque Catatumbo. Tomo II. CNMH, 2023 pág.550. 15 Ver: Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición, Colombia adentro. Relatos territoriales sobre el conflicto armado, Frontera Nororiental, Capitulo 4: Época de
15 Ver: Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición, Colombia adentro. Relatos territoriales sobre el conflicto armado, Frontera Nororiental, Capitulo 4: Época de bonanza económica y disputa territorial (1989-1998). 16Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición, Colombia adentro. Relatos territoriales sobre el conflicto armado, Frontera Nororiental, Pág. 121. 17Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición, Colombia adentro. Relatos territoriales sobre el conflicto armado, Frontera Nororiental, Pág. 122. Citando Ceballos et al., Fuerzas Militares de Colombia. Ejército Nacional VI División. El Conflicto Armado en las Regiones, 27. 18Ibidem, pág. 122. 19Ibidem, pág. 143.Página 5 de 33
El aumento de la militarización en la región se insertó en un contexto de disputa por el control del territorio; por los cultivos de coca 20, rutas y corredores de narcotráfico; así como intereses de terceros sobre la propiedad de las tierras21.
Tras la desmovilización del Bloque Catatumbo en el 2004, el Estado aumentó, nuevamente, la presencia militar de la fuerza armada con la Brigada XXX (o Trigésima bridada o BR30) y Brigada XV en el Catatumbo 22. Bajo la jurisdicción de la Segunda División del Ejército Nacional, en 2005 se activó la Brigada XXX, “ la cual tenía bajo su mando el Batallón de Infantería No. 15 General Francisco de Paula Santander, el Batallón de
División del Ejército Nacional, en 2005 se activó la Brigada XXX, “ la cual tenía bajo su mando el Batallón de Infantería No. 15 General Francisco de Paula Santander, el Batallón de Infantería No. 13 Custodio Garcia Rovira, el Batallón Especial Energético y Vial No.10 y el Grupo de caballería Mecanizado No. 5 General Hermógenes Maza. Asimismo, hacia presencia la Brigada Móvil Numero 15, integrada por los Batallones Contraguerrilla No. 95, 96, 97 y 98, con jurisdicción en los municipios del Catatumbo”23.
En el año 2005, el Ejército tuvo una significativa reorganización, a partir de la cual se creó la Séptima División, desagregada de la Segunda División. Bajo la jurisdicción de la Segunda División quedó la recientemente creada y activada Brigada XXX, integrada por las unidades tácticas que, siendo orgánicas de la Quinta Brigada, operaban sobre el Norte de Santander. En consecuencia, el Grupo Mecanizado No. 05 quedó agregado a la Trigésima Brigada, mantuvo su base de operaciones en la ciudad de Cúcuta24.
Es importante tener en cuenta que desde la disposición del Comando de la Quinta Brigada No. 002 del 15 de diciembre de 1999, el Grupo Mecanizado No. 05 t uvo jurisdicción sobre 15 municipios del departamento de Norte de Santander: Arboledas, Bucarisica, Cúcuta, Durania, El Zulia, Gramalote, Los Patios, Lourdes, Puerto Santander, Salazar de las Palmas, San Cayetano, Santiago, Sardinata, Villa Caro y Villa del Rosario25.
Bucarisica, Cúcuta, Durania, El Zulia, Gramalote, Los Patios, Lourdes, Puerto Santander, Salazar de las Palmas, San Cayetano, Santiago, Sardinata, Villa Caro y Villa del Rosario25. Esta unidad operaba como adscrita a la Quinta Brigada desde 1963 y cumplió un rol importante en el proceso de desmovilización: fue la encargada de recibir el material bélico entregado por el Bloque Catatumbo en 200426.
Posteriormente, a finales de 2005, se creó la Brigada Móvil No. 15 para operar en el Catatumbo. La Brigada Móvil No. 15 quedó conformada con cuatro unidades o
20Ibidem, pág. 153-160. 21Ibidem, pág. 163-164. 22 Jurisdicción Especial para la Paz, Grupo de Análisis de la Información. Informe sobre la estructura orgánica del Grupo de Caballería Mecanizado No. 05 “General Hermógenes Maza”. Bogotá, noviembre de 2024. Pág. 3-5. 23Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición, Colombia adentro. Relatos territoriales sobre el conflicto armado, Frontera Nororiental, Pág. 179. 24 Jurisdicción Especial para la Paz, Grupo de Análisis de la Información. Informe sobre la estructura orgánica del Grupo de Caballería Mecanizado No. 05 “General Hermógenes Maza”. Bogotá, noviembre de 2024. Pág. 3-5. 25 Ibidem. 26 Centro Nacional de Memoria Histórica (2023). El estallido de un trueno ajeno. Memorias de sobrevivientes al Bloque Catatumbo. Tomo I. CNMH. P.521Página 6 de 33
25 Ibidem. 26 Centro Nacional de Memoria Histórica (2023). El estallido de un trueno ajeno. Memorias de sobrevivientes al Bloque Catatumbo. Tomo I. CNMH. P.521Página 6 de 33
batallones contraterroristas que operaban en el Catatumbo; a todo esto, se le sumó la presencia de la Policía Nacional en todas las cabeceras municipales y algunos corregimientos27.
El Auto 125 de 2021 de la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad describe dicho proceso:
“En este contexto de presencia violenta de, por lo menos, cinco grupos armados ilegales, en el año 2005 el Ejército Nacional, […]decidió aumentar el pie de fuerza en la región con la organización de la BR30, a la que pertenecen el BISAN y la BRIM15. Estas u nidades iniciaron una decidida operación hacia el Catatumbo, como describieron los comparecientes ante la Sala […]”28.
El contexto de militarización y fortalecimiento de presencia de las fuerzas militares en la región derivó, por ejemplo, en la ampliación de efectivos a los batallones y en la remisión de pelotones que fueron agregados29 bajo estas políticas, incluido el Grupo Mecanizado No. 05 “Hermógenes Maza” . Este proceso incluyó la ejecución de operaciones de gran envergadura como Escudo, Fortaleza I y Fortaleza II, desarrolladas principalmente entre marzo y mayo de 200530. Estas acciones implicaron la intervención conjunta de la Fiscalía General de la Nación, las Fuerzas Militares y la Policía Nacional 31. Igualmente, estas operaciones transformaron sustancialmente la dinámica militar en la región, pues consolidaron una presencia permanente en zonas rurales previamente intervenidas de
General de la Nación, las Fuerzas Militares y la Policía Nacional 31. Igualmente, estas operaciones transformaron sustancialmente la dinámica militar en la región, pues consolidaron una presencia permanente en zonas rurales previamente intervenidas de manera temporal. “De acuerdo con testimonios recogidos por la Comisión, dichas operaciones incluyeron bombardeos, quema de viviendas y otros hechos que ocasionaron desplazamientos forzados y contribuyeron al surgimiento de procesos organizativos campesinos en el Catatumbo, como la Asociación de Campesinos del Catatumbo”32.
27 Defensoría del Pueblo, 2006, p. 437. 28JEP, SRVR, Caso No. 03. Asesinatos y desapariciones forzadas presentados como bajas en combate por agentes del Estado – Subcaso Norte de Santander, Auto 125 del 2 de julio de 2021, Determinar los hechos y conductas ocurridos en el Catatumbo durante el 2007 y el 2008, atribuibles a miembros de la BRIM15, el BISAN y a terceros civiles, y ponerlos a su disposición a efectos del reconocimiento de su responsabilidad, Párr..52. Citando: Ramírez García, John Enrique et al. “Fuerzas Militares de Colombia Ejército Nacional. El conflicto armado en las regiones. Capítulo Especial: Catatumbo”, pág. 51. Bogotá, 2017. Disponible en:
https://repository.urosario.edu.co/bitstream/handle/10336/14131/ DI%20CSH%20Catatumbo%20web.pdf;j sessionid=23FD7283FEBF06B4540F35094CA85099?sequence=5. (Consultado el 15 -08-2018). 29 Las unidades agregadas son aquellas que se asigna temporalmente a una organización, sujeta a las limitaciones señaladas en la orden de agregación . Manual de Operaciones del Estado Mayor del Ejército, Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y las Conductas. Caso No. 003 – Auto No. 005 del 25 de julio de 2019 y Auto No. 34 de 2018 30 Centro Nacional de Memoria Histórica, Catatumbo: Memorias de vida y dignidad, Pág. 515. 31 Presidencia de la República, 2019 en Red de Mujeres Comunitarias de Catatumbo, 2021, p. 35. 32 Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición, Colombia adentro. Relatos territoriales sobre el conflicto armado, Frontera Nororiental, Pág. 179.Página 7 de 33
1.2.Violencia contra la población civil perpetrada por la Fuerza Pública
Como se mencionó previamente, tras la desmovilización del Bloque Catatumbo, en el departamento de Norte de Santander persistió la presencia de grupos paramilitares posdesmovilización, asentados en corredores asociados al narcotráfico y en procesos de expansión y control territorial. Su modus operandi coincidía con el de las antiguas estructuras de autodefensas, y algunas fuentes señalaron la participación de mandos medios y exintegrantes del propio Bloque Catatumbo en estas nuevas manifestaciones
expansión y control territorial. Su modus operandi coincidía con el de las antiguas estructuras de autodefensas, y algunas fuentes señalaron la participación de mandos medios y exintegrantes del propio Bloque Catatumbo en estas nuevas manifestaciones armadas. En este contexto de presencia violenta de al menos cinco grupos armados ilegales, en 2005 el Ejército Nacional decidió aumentar su pie de fuerza en la región mediante la organización de la BR3033.
El incremento militar en la región coincidió con el incremento de las denuncias de homicidios relacionados con ejecuciones extrajudiciales34. Estos hechos se intensificaron en las zonas rurales de Catatumbo, como El Tarra, donde las comunidades denunciaron a la Brigada 30 y agentes del DAS por detener y ejecutar a 12 campesinos. De acuerdo con el informe de la organización Red de Mujeres del Catatumbo, citando las Revistas Noche y Niebla publicadas por el CINEP sobre hechos del conflicto armado, estas ejecuciones se legitimaron como operaciones en zonas que ni siquiera tenían presencia guerrillera: “estos hechos han sido generalmente hombres jóvenes y campesinos a quienes presentaban como muertes en combate”35.
El Grupo Mecanizado Hermógenes Maza es señalado de estar involucrado en casos de ejecuciones extrajudiciales del Ejército en Norte de Santander entre 2005 y 2008. Las víctimas fueron hombres de entre 14 y 55 años que en su mayoría fueron presentados como guerrilleros, pero también hubo casos que vincula ron al grupo mecanizado con víctimas presentadas como paramilitares o integrantes de bandas criminales36.
víctimas fueron hombres de entre 14 y 55 años que en su mayoría fueron presentados como guerrilleros, pero también hubo casos que vincula ron al grupo mecanizado con víctimas presentadas como paramilitares o integrantes de bandas criminales36.
En el caso de la BRIM15 y del BISAN adscritas a la BR30, la Sala de Reconocimiento determinó diferentes formas de colaboración con grupos paramilitares posdesmovilización para la ejecución de personas en estado de indefensión. En este sentido, la Sala encontró que para los años 2006, 2007 y 2008 existió la connivencia para, por un lado, facilitar operaciones de los grupos paramilitares pos-desmovilización y, por el otro, frustrar operaciones militares en su contra37.
33 JEP. SRVR, Caso No. 03. Asesinatos y desapariciones forzadas presentados como bajas en combate por agentes del Estado – Subcaso Norte de Santander, Auto 125 del 2 de julio de 2021, Determinar los hechos y conductas ocurridos en el Catatumbo durante el 2007 y el 2008, atribuibles a miembros de la BRIM15, el BISAN y a terceros civiles, y ponerlos a su disposición a efectos del reconocimiento de su responsabilidad. Párr. 51y 52. 34 CNMH. Guerra sin fronteras, resistencias sin límites. Memorias de sobrevivientes al Bloque Catatumbo. Tomo II, 2023, p.438-439. 35 Red de Mujeres Comunitarias del Catatumbo, Las voces de las mujeres del Catatumbo. 2021, Pág. 35. . 36 CNMH. Guerra sin fronteras, resistencias sin límites. Memorias de sobrevivientes al Bloque Catatumbo. Tomo II, 2023, p. 443.
36 CNMH. Guerra sin fronteras, resistencias sin límites. Memorias de sobrevivientes al Bloque Catatumbo. Tomo II, 2023, p. 443. 37 JEP. SRVR, Caso No. 03. Asesinatos y desapariciones forzadas presentados como bajas en combate por agentes del Estado – Subcaso Norte de Santander, Auto 125 del 2 de julio de 2021, Determinar los hechosPágina 8 de 33
Por otro lado, la violencia sexual y la violencia contra las mujeres, niñas y población LGBTI se inscribió como capítulos del repertorio de violencia generalizada y sistemática contra la población civil en lugares como el Catatumbo 38. La militarización de regiones sobre las cuales se buscaba recuperar el control ante la presencia de la guerrilla implicó la estigmatización de la población39 y un completo desdén por los derechos humanos por parte de la fuerza pública, quienes además actuaban a veces en colaboración con grupos paramilitares40.
Bajo estas lógicas de ataque generalizado se reproducían todo tipo de prejuicios, incluyendo aquellos que estaban marcados por los valores del sistema sexo/género. Para señalar la movilización de estos prejuicios podría analizarse la situación de las mujer es que ejercían la prostitución en zonas de conflicto como el Catatumbo. Era una práctica común entre los actores armados, incluyendo a la fuerza pública, la explotación, violación, desaparición, asesinato y la utilización de estas mujeres como informantes en los territorios de conflicto 41, todo movilizado por las nociones sobre lo que debería ser una mujer. Uno de los testimonios de un hombre desmovilizado del Bloque Catatumbo muestra cómo para los paramilitares las mujeres que ejercían la prostitución no tenían
los territorios de conflicto 41, todo movilizado por las nociones sobre lo que debería ser una mujer. Uno de los testimonios de un hombre desmovilizado del Bloque Catatumbo muestra cómo para los paramilitares las mujeres que ejercían la prostitución no tenían ningún valor, contando sobr e el caso de una mujer que ejercía la prostitución en La Gabarra, a la que después de violarla entre 20 hombres la asesinaron y la desaparecieron42.
La militarización de los territorios también estuvo ligada a una cultura de impunidad ante las violaciones a los derechos humanos, pues la fuerte presencia de las fuerzas militares permitió el control sobre la población que temía sufrir represalias por denunciar, así como, un mayor manejo sobre las entidades del Estado que debían supervisar las actuaciones de dichos agentes 43. Esto, además, bajo el contexto en donde el aumento de efectivos derivó en una relación directa con la población civil, que oscilaba
y conductas ocurridos en el Catatumbo durante el 2007 y el 2008, atribuibles a miembros de la BRIM15, el BISAN y a terceros civiles, y ponerlos a su disposición a efectos del reconocimiento de su responsabilidad. Párr. 57y 58. 38 Corporación Humanas, Aportes de las Sentencias de Justicia y Paz a los derechos de las mujeres – Estudio de Caso, 2015, Pág. 38. Human Rights Watch (HMW), La guerra en el Catatumbo : Abusos de grupos armados contra civiles colombianos y venezolanos en el noreste de Colombia, Pág. 5. 39 JEP. SRVR, Caso No. 03. Asesinatos y desapariciones forzadas presentados como bajas en combate por
grupos armados contra civiles colombianos y venezolanos en el noreste de Colombia, Pág. 5. 39 JEP. SRVR, Caso No. 03. Asesinatos y desapariciones forzadas presentados como bajas en combate por agentes del Estado – Subcaso Norte de Santander, Auto 125 del 2 de julio de 2021, Determinar los hechos y conductas ocurridos en el Catatumbo durante el 2007 y el 2008, atribuibles a miembros de la BRIM15, el BISAN y a terceros civiles, y ponerlos a su disposición a efectos del reconocimiento de su responsabilidad. Párr. 6466. 40 Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, Mi cuerpo es la verdad. Experiencias de mujeres y personas LGBTIQ+ en el conflicto armado. Hay futuro si hay verdad. Informe Final de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición.