JEP - Resolucion 1457 de 2026

JEP - Jurisdiccion Especial para la Paz

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Detalles

Título
JEP - Resolucion 1457 de 2026
Autor
JEP - Jurisdiccion Especial para la Paz
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transicional
Año
2026

Página 1 de 29

S A L A D E D E F I N I C I Ó N D E S I T U A C I O N E S J U R Í D I C A S

REPÚBLICA DE COLOMBIA

JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

SALAS DE JUSTICIA

SALA DE DEFINICIÓN DE SITUACIONES JURÍDICAS

Resolución No.1457 Bogotá D.C., 30 de abril de 2026

Expediente matriz 0000563-12.2025.0.00.0001 Comparecientes Expediente SAJ Dovier Galíndez Quiceno 9003492-69.2019.0.00.0001 Cristian Andrés Guerrero Suarez 9003911-89.2019.0.00.0001 Geimy Alexander Jaimes Carreño 9001450-81.2018.0.00.0001 John Armando Rodríguez Alexander Galvis López Manuel Ospino Aconcha Alexander Quiroga Gaona 1501609-93.2024.0.00.0001 Héctor James Botero Cano Johany Alexander Rojas Blandón 1501063-72.2023.0.00.0001 Elkin Arenas Mora Luis Fernando Cardona Francisco Javier Cortés Guapacha Hernán Alonso Ángel Hernández 0000025-36.2022.0.00.0001 Jorge Mario Betancur Bañol 1500274-78.2020.0.00.0001 Sergio Andrés Cardona Marín Janderson Holguín Medina Didier Ney Arenas Quintero Edward Darío Benítez Sánchez Paulo César Barco Gómez 1501663-93.2023.0.00.0001

Sergio Andrés Cardona Marín Janderson Holguín Medina Didier Ney Arenas Quintero Edward Darío Benítez Sánchez Paulo César Barco Gómez 1501663-93.2023.0.00.0001 Avelino Torres Rodríguez 1501025-89.2025.0.00.0001 Yovani de Jesús García Cano 1500267-86.2020.0.00.0001 Héctor Enrique Herrera Agudelo 1500829-22.2025.0.00.0001 Pluber Alberto Agudelo Agudelo Jairo Alonso Yasno Triana José Arley Ospina 0001832-57.2023.0.00.0001 Este documento es copia del original firmado digitalmente por MAURICIO GARCIA CADENA. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 0000563-12.2025.0.00.0001 y el código 836374.Página 2 de 29

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José Alexander Triviño Lugo Omar Alonso Celis Betancur Héctor Fabio Gallón Micolta Wilmer Ortiz Jhon Jairo Ospina Restrepo Diego Alejandro Fernández Ruiz 0000025-36.2022.0.00.0001 Wilson Andrés Estrada Deossa Mario Felipe García García 1500731-37.2025.0.00.0001

Wilmer Ortiz Jhon Jairo Ospina Restrepo Diego Alejandro Fernández Ruiz 0000025-36.2022.0.00.0001 Wilson Andrés Estrada Deossa Mario Felipe García García 1500731-37.2025.0.00.0001 Jhon Jaime Fandiño Parra 1501125-44.2025.0.00.0001 Fermín Antonio Herrera Baena 1501055-27.2025.0.00.0001 Duverney Cubillos Medina 1501228-51.2025.0.00.0001 Hugo Gómez 1501193-91.2025.0.00.0001 Omar Fabián Gómez Muñoz Alejandro Bedoya Arias Bernardo Ruiz García Raúl de Jesús Vélez 1501241-50.2025.0.00.0001 Luis Fernando Guapacha Bañol 1501237-13.2025.0.00.0001 Edgar Anacona Jiménez 1501304-75.2025.0.00.0001 Carlos Alberto Franco 1501442-42.2025.0.00.0001 Luis Alfredo López Soler Nelson Enrique Quimbayo 1500030-42.2026.0.00.0001 José Hermes Gómez 1500035-64.2026.0.00.0001 Wilmar Rodríguez Torres 1500059-92.2026.0.00.0001 Kiliam Rolando Umaña Camacho 1500156-92.2026.0.00.0001 Robinson Arneth Collazos Serrato 9001270-31.2019.0.00.0001 Juan Carlos Ostos Cepeda 9002069-74.2019.0.00.0001 Ricardo Armando Ojeda García 0000209-50.2026.0.00.0001

Juan Carlos Ostos Cepeda 9002069-74.2019.0.00.0001 Ricardo Armando Ojeda García 0000209-50.2026.0.00.0001 John Edinson Daza López 0000210-35.2026.0.00.0001 Heriberto Clavijo Cruz 0000211-20.2026.0.00.0001 Eleuterio Jiménez Torres 0000212-05.2026.0.00.0001 Jorge Mina Rodríguez 0000213-87.2026.0.00.0001 Hernando Antonio Ospina Zuluaga 0000214-72.2026.0.00.0001 Héctor Gallego Villa 0000215-57.2026.0.00.0001 Joanny Torres Sánchez 1500241-78.2026.0.00.0001 Albeiro Upegui Suárez Andrés Adolfo Gallego Montes Ramiro Martínez Correa Milton César Prada Soto 1501131-51.2025.0.00.0001 Juan Pablo Barrera 1500266-91.2026.0.00.0001 Hansel Antonio Rodríguez Herrera Sin expediente SAJ asignado Abel Galeano García Sin expediente SAJ asignado Este documento es copia del original firmado digitalmente por MAURICIO GARCIA CADENA. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 0000563-12.2025.0.00.0001 y el código 836374.Página 3 de 29

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José Eliecer Lozano Galindo Sin expediente SAJ asignado Jorge Alberto Ortiz Botina Sin expediente SAJ asignado

ASUNTO

Procede el suscrito magistrado de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas (SDSJ) de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) a asumir el conocimiento y convocar a dos (02) miembros de la fuerza pública antiguos integrantes del Batallón de Ingenieros No. 8 “Francisco Javier Cisneros” (BICIS8) a una audiencia de aportes y contrastación de la verdad”, así como a adoptar otras determinaciones.

ANTECEDENTES

1. Mediante la Resolución PSDSJ No. 021 del 13 de diciembre de 2023 1, la Presidencia de la SDSJ conformó, entre otras, la SUB3NS, integrada por la magistrada Sandra Jeannette Castro Ospina y el magistrado Mauricio García

Cadena.

2. A dicha Subsala le fue asignado el conocimiento de los asuntos correspondientes a los departamentos de Amazonas, Arauca, Boyacá, Caldas, Caquetá, Cundinamarca, Guainía, Guaviare, Meta, Nariño, Putumayo, Quindío, Risaralda, Santander, Vaupés y Vichada. Adem ás, se le atribuyó plena autonomía para determinar su metodología de trabajo, planificar y ejecutar

Risaralda, Santander, Vaupés y Vichada. Adem ás, se le atribuyó plena autonomía para determinar su metodología de trabajo, planificar y ejecutar audiencias, recaudar y contrastar la información que en ellas se obtenga, además de tomar las decisiones de impulso y de fondo a que haya lugar.

3. Adicionalmente, mediante Resolución 263 del 24 de enero de 2024 2, la SUB3NS acordó, respecto de los departamentos que la conforman, la siguiente

división interna:

1 Adicionada por la Resolución No. 003 del 11 de abril de 2024 y modificada por la Resolución PSDSJ No. 020 del 09 de octubre de 2024. 2 Modificada por la Resolución No. 3052 del 19 de septiembre de 2024. Este documento es copia del original firmado digitalmente por MAURICIO GARCIA CADENA. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 0000563-12.2025.0.00.0001 y el código 836374.Página 4 de 29

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a) El despacho de la magistrada Sandra Jeannette Castro Ospina conoce de los casos relacionados con los departamentos de Arauca, Caquetá, Meta, Putumayo y Vichada.

b) El despacho del magistrado Mauricio García Cadena conoce de los casos

los casos relacionados con los departamentos de Arauca, Caquetá, Meta, Putumayo y Vichada.

b) El despacho del magistrado Mauricio García Cadena conoce de los casos relacionados con los departamentos de Amazonas, Boyacá, Caldas, Cundinamarca, Guainía, Guaviare, Nariño, Quindío, Risaralda, Santander y Vaupés.

4. En relación con el Batallón de Ingenieros No. 8 “Francisco Javier Cisneros”, el despacho ha recibido veinte (20) hechos de competencia de la JEP, en los que se encuentran vinculados, a la fecha, sesenta y tres (63) comparecientes:

No. Hecho victimizante Radicado en JPO/JPMDisciplinario Comparecientes3 1. Homicidio de Camilo Alberto Becerra Gutiérrez y Rafael Ángel Molina Arias (8 de abril de 2006 en Filandia, Quindío)

Penal:

2019-0276 2007-02668 Heriberto Clavijo Cruz

Jorge Mario Betancur Bañol

Yovani de Jesús García Cano

Avelino Torres Rodríguez 2. Homicidio de Daniel Vásquez Ocampo, Héctor Andrés Londoño Ramírez y Juan Carlos Toro Rodríguez (26 de junio de 2006 en Calarcá, Quindío)

Penal: 2006-00185

Penal Militar: 1291 JPM

Heriberto Clavijo Cruz

Jorge Mario Betancur Bañol

Héctor Enrique Herrera Agudelo

Pluber Alberto Agudelo Agudelo

Yovani de Jesús García Cano

Penal Militar: 1291 JPM

Heriberto Clavijo Cruz

Jorge Mario Betancur Bañol

Héctor Enrique Herrera Agudelo

Pluber Alberto Agudelo Agudelo

Yovani de Jesús García Cano

Avelino Torres Rodríguez

Raúl de Jesús Vélez

Wilson Estrada Deossa 3. Homicidio de Jair Augusto Rivera Villegas y Hernán Darío Giraldo (31 de agosto de 2006 en Salento - Quindío)

Penal: 2006-01830

Heriberto Clavijo Cruz

Jairo Alonso Yasno Triana

3 Se aclara que, en la tabla se mencionan a los comparecientes que, según la información con la que cuenta el despacho a la fecha, participaron en los hechos. Este documento es copia del original firmado digitalmente por MAURICIO GARCIA CADENA. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 0000563-12.2025.0.00.0001 y el código 836374.Página 5 de 29

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Geimy Alexander Jaimes Carreño

Jorge Mario Betancourt Bañol

Wilson Estrada de Ossa

Héctor Enrique Herrera Agudelo

Fermín Herrera Baena

Pluber Agudelo Agudelo

4.

Geimy Alexander Jaimes Carreño

Jorge Mario Betancourt Bañol

Wilson Estrada de Ossa

Héctor Enrique Herrera Agudelo

Fermín Herrera Baena

Pluber Agudelo Agudelo

4. Homicidio de Jorge Julio Ramírez Alzate (1 de noviembre de 2006, Filandia, Quindío

Penal Militar: JPM 2390

Joanny Torres Sánchez

Albeiro Upegui Suárez

Duverney Cubillos Medina 5. Homicidio de Luis Alfonso Durango Sánchez y Jhon Alexander Tacuma Vélez (12 de noviembre de 2006 en Quimbaya - Quindío)

Penal: JPM 36-2023

Heriberto Clavijo Cruz

Jairo Alonso Yasno Triana

Joanny Torres Sánchez

Ramiro Martínez Correa

Johany Alexander Rojas Blandón

Omar Fabián Gómez Muñoz

Luis Fernando Guapacha Bañol

6. Homicidio de Freddy Barrios Pinilla y Edgar Camilo Moreno Lasso (14 de diciembre de 2006 en Calarcá - Quindío)

Penal: 2006-02593

Robinson Arneth Collazos Serrato

Johany Alexander Rojas Blandón

Jhon Jairo Ospina Restrepo

Omar Fabián Gómez Muñoz

7. Homicidio de José Mesías Matambachoy Bedoya (4 de enero de 2007, en Calarcá, Quindío)

Penal Militar: JPM 1350

Jairo Alonso Yasno Triana

7. Homicidio de José Mesías Matambachoy Bedoya (4 de enero de 2007, en Calarcá, Quindío)

Penal Militar: JPM 1350

Jairo Alonso Yasno Triana

Jorge Mario Betancur Bañol

Yovani de Jesús García Cano

Francisco Javier Cortés Guapacha

José Arley Ospina Este documento es copia del original firmado digitalmente por MAURICIO GARCIA CADENA. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 0000563-12.2025.0.00.0001 y el código 836374.Página 6 de 29

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Pluber Alberto Agudelo Agudelo

Alexander Galvis López 8. Homicidio de Santiago de Jesús Muñoz y Robert Sepúlveda Cardona (5 de febrero de 2007 en Salento, Quindío)

Penal: 2007-00260

Jhon Armando Rodríguez Rojas

John Edinson Daza López

Joanny Torres Sánchez

Albeiro Upegui Suárez

Héctor Fabio Gallón Micolta

Dovier Galíndez Quiceno

Bernardo Ruiz García

Francisco Javier Cortés Guapacha

Disciplinario: 008-1626052007

9.

Héctor Fabio Gallón Micolta

Dovier Galíndez Quiceno

Bernardo Ruiz García

Francisco Javier Cortés Guapacha

Disciplinario: 008-1626052007

9. Homicidio de Eixenover Escobar Rodríguez, Guillermo Lozada Rodríguez y Jhon Javier Nieto Flórez (17 de febrero de 2007 en Filandia – Quindío)

Penal: 2007-00350

Albeiro Upegui Suárez

Robinson Arneth Collazos Serrato

Jhon Jairo Ospina Restrepo 10. Homicidio de Yeison Ospina Rubiano, Jaime Andrés Cárdenas Londoño y Faber Alexander Ospina Lozano (22 de marzo de 2007 en Calarcá – Quindío)

Penal: 2007-00624

Joanny Torres Sánchez

Andrés Adolfo Gallego Montes

Luis Alfredo López Soler

Nelson Enrique Quimbayo

Wilmer Ortiz

José Arley Ospina

Diego Fernández Ruiz

Hugo Gómez 11. Homicidio de Duver César Gil Colmenares y otro (30 de abril de 2007 en Montenegro, Quindío)

Penal: 2007-01046

Eleuterio Jiménez Torres

Johany Alexander Rojas Blandón

Héctor James Botero Cano

Francisco Javier Cortés Guapacha

12. Homicidio de Luis Alexander

Ramírez Orjuela, Imer Arcenio

Penal: 2007-01499

John Edinson Daza López

Héctor James Botero Cano

Francisco Javier Cortés Guapacha

12. Homicidio de Luis Alexander

Ramírez Orjuela, Imer Arcenio

Penal: 2007-01499

John Edinson Daza López

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Rondón Peña, Luis Franquil Camacho Téllez y Juan Carlos Calderón Sánchez (18 de junio de 2007 en La Victoria, Valle del Cauca)

Penal Militar: 2569

JPM/1408 Joanny Torres Sánchez

Albeiro Upegui Suárez

Andrés Adolfo Gallego Montes

Ramiro Martínez Correa

Eleuterio Jiménez Torres

Francisco Javier Cortés Guapacha

Johany Alexander Rojas Blandón

Jhon Jairo Ospina Restrepo

Jorge Mario Betancur Bañol

Héctor Fabio Gallón Micolta

Héctor James Botero Cano

Alejandro Bedoya Arias 13. Homicidio de Carlos Alberto Castañeda, Alexander Gamboa Cardona y Jorge Iván Sánchez

Héctor Fabio Gallón Micolta

Héctor James Botero Cano

Alejandro Bedoya Arias 13. Homicidio de Carlos Alberto Castañeda, Alexander Gamboa Cardona y Jorge Iván Sánchez Moreno (01 de octubre de 2007, Calarcá – Quindío)

Penal Militar: 2887

José Alexander Triviño Lugo

John Edinson Daza López

Elkin Arenas Mora

Jorge Mario Betancur Bañol

Jhon Jairo Ospina Restrepo

Omar Alonso Celis Betancur

Héctor Fabio Gallón Micolta

Wilmer Ortiz

Diego Alejandro Fernández Ruiz

Avelino Torres

14. Homicidio de Juan Pablo Osorio Castro y James Andrés Salazar Gómez (28 de julio de 2007 en Quimbaya, Quindío)

Penal: 2007-01499

Penal militar: JPM 043

Ricardo Armando Ojeda García

Jhon Armando Rodríguez Rojas

Andrés Adolfo Gallego Montes

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Jorge Mario Betancur Bañol

Alexander Galvis López

Manuel Ospino Aconcha

Alexander Quiroga Gaona

Luis Fernando Cardona 15. Homicidio Rubén Darío Cardona Castro y Fausto Enrique Álzate Ordóñez (05 de diciembre de 2007 en Filandia, Quindío)

Penal: 2007-02709

Penal Militar: JPM 1819

Jhon Armando Rodríguez Rojas

Milton César Prada Soto

Omar Alonso Celis Betancur

Diego Alejandro Fernández Ruiz

Hernán Alonso Ángel Hernández

Héctor Fabio Gallón Micolta

Alejandro Bedoya Arias 16. Homicidio de Hugo Alexander Arias Calderón (04 de febrero de 2008 en Quimbaya, Quindío)

Penal: 2008-00302

Kilian Rolando Umaña Camacho

Jorge Mina Rodríguez

Jhon Armando Rodríguez Rojas

Francisco Javier Cortés Guapacha

Luis Fernando Cardona

Hernán Alonso Ángel Hernández

Omar Alonso Celis Betancur

Diego Alejandro Fernández Ruiz

Bernardo Ruiz García

Hugo Gómez

Hernando Antonio Ospina Zuluaga 17. Homicidio de Carlos Andrés

Omar Alonso Celis Betancur

Diego Alejandro Fernández Ruiz

Bernardo Ruiz García

Hugo Gómez

Hernando Antonio Ospina Zuluaga 17. Homicidio de Carlos Andrés Campo Henao (09 de febrero de 2008 en Calarcá - Quindío)

Penal: 2008-00346

Jhon Armando Rodríguez Rojas

Joanny Torres Sánchez

Andrés Adolfo Gallego Montes

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Elkin Arenas Mora

Francisco Javier Cortes Guapacha

Luis Fernando Cardona

Hernán Alonso Ángel Hernández 18. Homicidio de Diego Alonso Castiblanco Aguirre (09 de abril de 2008 en Calarcá, Quindío)

Penal: 2008-00887

Rodrigo Caicedo Domínguez

Cristian Andrés Guerrero Suárez

Diego Fernando Gutiérrez Jiménez

Víctor Alfonso Guerrero Padilla

Jhon Heiver González Prada 19. Homicidio de Manuel

Cristian Andrés Guerrero Suárez

Diego Fernando Gutiérrez Jiménez

Víctor Alfonso Guerrero Padilla

Jhon Heiver González Prada 19. Homicidio de Manuel Augusto Torres Sánchez (29 de junio de 2008 en Calarcá, Quindío)

Penal: 2008-01698

Disciplinario: IUS 2008240293

2011-65362793 Juan Carlos Ostos Cepeda

Sergio Andrés Cardona Marín

Janderson Holguín Medina

Didier Ney Arenas Quintero

Edward Darío Benítez Sánchez

Paulo César Barco Gómez 20. Homicidio de Jhon Kennedy Díaz Tabares y Gildardo Antonio Parra y tentativa de homicidio de Danilo Díaz Flórez (04 de septiembre de 2008 en Salento, Quindío)

Penal: 2008-02355

Yovani De Jesús García Cano

Manuel Ospino Aconcha

Héctor Fabio Gallón Micolta

Jhon Jaime Fandiño Parra

Edgar Anacona

Alejandro Bedoya Arias

Héctor Gallego Villa

5. Mediante las decisiones que a continuación se relacionan, se convocó a estas audiencias de aporte y contrastación de la verdad, en la ciudad de Armenia, Quindío, en la sede principal de la JEP y en modalidad virtual:

Este documento es copia del original firmado digitalmente por MAURICIO GARCIA CADENA. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web

Quindío, en la sede principal de la JEP y en modalidad virtual:

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Resolución de convocatoria Fecha de la audiencia Resolución 2686 del 14 de agosto de 20254 Resolución 3034 del 11 de septiembre de 2025

Tres rondas: (i) Entre el 15 y el 18 de septiembre de 2025 ; (ii) entre el 29 de septiembre y el 1 de octubre de 2025; y

(iii) y entre el 2 y el 5 de diciembre de 2025. Resolución 4177 del 26 de diciembre de 2025 Resolución 0007 del 6 de enero de 2026 19 y 20 de enero de 2026

6. Con las Resoluci ón 2920 del 3 de septiembre de 2025, este despach o adoptó medidas de impulso para garantizar la participación de víctimas en las mencionadas diligencias.

7. En las fechas programadas se llevaron a cabo las audiencias previas, en las que, en el marco de un proceso dialógico y restaurativo , conforme con lo

medidas de impulso para garantizar la participación de víctimas en las mencionadas diligencias.

7. En las fechas programadas se llevaron a cabo las audiencias previas, en las que, en el marco de un proceso dialógico y restaurativo , conforme con lo establecido en el parágrafo segundo del artículo 48 de la Ley 1922 de 2018, los comparecientes realizaron sus aportes detallados y exhaustivos de verdad, que fueron contrastados por este despacho. Así mismo, se generaron diferentes espacios para las intervenciones de las víctimas, sus representantes y el Ministerio Público, en garantía del principio de centralidad de las víctimas y participación efectiva.

8. Luego, mediante la Resolución 3313 del 6 de octubre de 2025, el suscrito magistrado resolvió, entre otras determinaciones , comisionar a la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP (UIA) para que adelantara labores de policía judicial pertinentes para lograr la plena identificación de las personas cuya posible participación fue mencionada en las audiencias de aporte y contrastación de la verdad, y que, a la fecha, no habían comparecido ante esta Jurisdicción.

Así mismo, este despacho comisionó a la UIA para que en el mismo término remitiera un informe detallado de los procesos de naturaleza penal, penal militar, administrativos o disciplinarios que se siguen en contra de los antiguos integrantes del Batallón de Ingenieros No. 8 “Francisco Javier Cisneros”. Finalmente, se solicitó a la Dirección de Personal del Ejército Nacional (DIPER)

4 Modificada por la Resolución 3411 del 17 de octubre de 2025 y adicionada por la Resolución 3155 del

Finalmente, se solicitó a la Dirección de Personal del Ejército Nacional (DIPER)

4 Modificada por la Resolución 3411 del 17 de octubre de 2025 y adicionada por la Resolución 3155 del 23 de septiembre de 2025. Este documento es copia del original firmado digitalmente por MAURICIO GARCIA CADENA. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 0000563-12.2025.0.00.0001 y el código 836374.Página 11 de 29

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que certifique cuándo ingresaron a la institución los mencionados militares, su tiempo de permanencia y su actual situación administrativa.

9. En cumplimiento de lo ordenado, el 13 de noviembre de 2025 la UIA remitió un informe parcial, el cual fue complementado con informes del 10 de diciembre de 2025, 16 de enero y 5 de febrero de 2026. A su vez, el 21 de noviembre de 2025, la DIPER remitió la información correspondiente.

10. A través de las Resoluciones 3847 del 28 de noviembre de 2025 y 021 del 9 de enero de 2026 , este despacho adoptó nuevas medidas de impulso para garantizar la participación de las víctimas de los hechos por los que son

miembros de la fuerza pública pertenecientes al Batallón de Ingenieros No. 8

de enero de 2026 , este despacho adoptó nuevas medidas de impulso para garantizar la participación de las víctimas de los hechos por los que son miembros de la fuerza pública pertenecientes al Batallón de Ingenieros No. 8 Francisco Javier Cisneros , para el efecto (i) se acreditó la calidad de víctimas indirectas de los mencionados hechos victimizantes y (ii) se comisionó a la UIA para que adelantara labores de ubicación y contacto con aquellas víctimas indirectas que no habían sido identificadas o ubicadas a la fecha.

11. Con Resolución 4143 del 24 de diciembre de 2025, el suscrito solicitó a las autoridades judiciales ordinarias a cargo de los procesos adelantados en contra de son miembros de la fuerza pública pertenecientes al Batallón de Ingenieros

No. 8 Francisco Javier Cisneros para que (i) informen en qué etapa y estado se encuentran; (ii) indiquen los nombres de todas las personas que se encuentran investigadas en ellos y si han sido vinculados formalmente; (iii) informen si se han presentado rupturas de la unidad procesal y ( iv) remitan copia de la última decisión de fondo proferida en los procesos, o, en su defecto, de las piezas procesales más relevantes en las que se establezca la relación de los hechos con el conflicto armado.

12. Mediante Resolución 18 del 9 de enero de 2026, el despacho comisionó a la UIA para lograr la identificación y ubicación de quince (15) antiguos miembros

del Batallón de Ingenieros No. 8 “Francisco Javier Cisneros” y adoptó nuevas medidas de impulso para garantizar la participación de las víctimas ante la JEP

la UIA para lograr la identificación y ubicación de quince (15) antiguos miembros del Batallón de Ingenieros No. 8 “Francisco Javier Cisneros” y adoptó nuevas medidas de impulso para garantizar la participación de las víctimas ante la JEP en relación con tres (03) hechos victimizantes relacionados con este batallón.

13. Una vez recibida la información de ubicación y contacto de trece (13)

antiguos miembros del Batallón de Ingenieros No. 8 “Francisco Javier Cisneros” que aún no habían solicitado su sometimiento a la JEP, con la Resolución 381 del Este documento es copia del original firmado digitalmente por MAURICIO GARCIA CADENA. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 0000563-12.2025.0.00.0001 y el código 836374.Página 12 de 29

S U B S A L A T E R C E R A D E C O N O C I M I E N T O Y D E C I S I Ó N D E L A R U T A N O S A N C I O N A T O R I A C A S O E J E C A F E T E R O

5 de febrero de 2026, este despacho los convocó a una audiencia de aporte y contrastación de la verdad, la cual se llevó a cabo entre el 25 y el 27 de febrero y el 4 y 5 de marzo de 2026.

14. En tales audiencias los señores Ricardo Armando Ojeda García, John

Edinson Daza López, Heriberto Clavijo Cruz, Eleuterio Jiménez Torres, Kilian Rolando Umaña Camacho, Jorge Mina Rodríguez, Hernando Antonio Ospina

14. En tales audiencias los señores Ricardo Armando Ojeda García, John

Edinson Daza López, Heriberto Clavijo Cruz, Eleuterio Jiménez Torres, Kilian Rolando Umaña Camacho, Jorge Mina Rodríguez, Hernando Antonio Ospina Zuluaga y Héctor Gallego Villa realizaron a portes de verdad frente a hechos relacionados con la unidad militar objeto de esta decisión.

15. Posteriormente, el 6 de marzo de 2026, los señores Joanny Torres Sánchez, Albeiro Upegui Suárez, Andrés Adolfo Gallego Montes y Ramiro Martínez Correa solicitaron su sometimiento ante esta Jurisdicción, indicando que participaron en algunos de los hechos precitados. (Ver supra párr. 4)

16. Por medio de la Resolución 866 del 11 de marzo de 2026, este despacho asumió el conocimiento del asunto relacionado con los señores Ricardo

Armando Ojeda García, John Edinson Daza López, Heriberto Clavijo Cruz, Eleuterio Jiménez Torres, Kilian Rolando Umaña Camacho, Jorge Mina Rodríguez, Hernando Antonio Ospina Zuluaga, Héctor Gallego Villa, Joanny Torres Sánchez, Albeiro Upegui Suárez , Andrés Adolfo Gallego Montes y Ramiro Martínez Correa.

17. Asimismo, el suscrito magistrado convocó, por medio de la referida decisión y las Resoluciones 1081 del 27 de marzo y 1106 del 06 de abril de 2026, a sesenta y ocho (68) miembros de la fuerza pública antiguos integrantes del

Batallón de Ingenieros No. 8 “Francisco Javier Cisneros”, a las víctimas

a sesenta y ocho (68) miembros de la fuerza pública antiguos integrantes del Batallón de Ingenieros No. 8 “Francisco Javier Cisneros”, a las víctimas acreditadas y al Ministerio Público a la audiencia de presentación de informe de aportes a la verdad y consolidación del régimen de condicionalidad y de otras actuaciones procesales. Tal diligencia se llevó a cab o entre el 07 y 10 de abril de 2026, en la ciudad de Armenía (Quindío), en modalidad mixta.

18. A través de la Resolución 1081 del 27 de marzo de 2026, entre otras cosas, este despacho asumió el conocimiento de los casos de los señores José Hermes Gómez, Luis Alfredo López Soler, Nelson Enrique Quimbayo, Wilmar Rodríguez Torres, Carlos Alberto Franco, Juan Pablo Barrera y Hansel Antonio

Rodríguez Herrera. Este documento es copia del original firmado digitalmente por MAURICIO GARCIA CADENA. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 0000563-12.2025.0.00.0001 y el código 836374.Página 13 de 29

S U B S A L A T E R C E R A D E C O N O C I M I E N T O Y D E C I S I Ó N D E L A R U T A N O S A N C I O N A T O R I A C A S O E J E C A F E T E R O

19. El 20 y 21 de abril de 2025, la abogada Luisa Fernanda Botero Tabares remitió a est e despacho las solicitudes de sometimiento de los señores José Eliecer Lozano Galindo y Jorge Alberto Ortiz Botina en relación con algunos

19. El 20 y 21 de abril de 2025, la abogada Luisa Fernanda Botero Tabares remitió a est e despacho las solicitudes de sometimiento de los señores José Eliecer Lozano Galindo y Jorge Alberto Ortiz Botina en relación con algunos hechos victimizante en los que participaron cuando fueron orgánicos del BICIS8.

Aunado a esto, la profesional del derecho también allego sendos poderes para representar ante la JEP a los interesados en comparecer.

20. Finalmente, el 27 de abril de 20265, la abogada Karen Milena Díaz Barriga, en representación de un grupo de víctimas 6, allegó un escrito en el cual expuso las propuestas en materia de reparación de sus apoderados dentro del proceso de definición de situación jurídica de los miembros de la fuerza pública adscritos al BICIS8.

CONSIDERACIONES

21. Una vez corroborada la calidad de los solicitantes como miembros de la fuerza pública7, y de conformidad con el artículo 48 inciso 1º de la Ley 1922 de 2018, se ASUME el conocimiento de los casos de los señores José Eliecer Lozano

Galindo y Jorge Alberto Ortiz Botina.

22. De otro lado, el despacho procederá a pronunciarse sobre: (i) la necesidad de convocar una diligencia judicial, (ii) el reconocimiento de personería jurídica y (iii) la adopción de otras determinaciones.

I. Sobre la necesidad de convocar una diligencia judicial.

23. La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP deriva su competencia para resolver el presente asunto de los artículos 5, 6 y 21 transitorios

5 Radicado Conti 202601033449

23. La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP deriva su competencia para resolver el presente asunto de los artículos 5, 6 y 21 transitorios

5 Radicado Conti 202601033449 6 A saber: Ladier May Montes Rojas, David Esteban Rivera Montes, Kevin Augusto Rivera Montes, Jenny Alexandra Rivera Villegas, Gloria Cecilia Suárez Castañeda, Albeiro de Jesús Giraldo Londoño, José Alejandro Giraldo Suárez, Lina María Giraldo, Geraldine Giraldo Solarte, María Nelly Durango Sánchez, Marcela Durango Sánchez, Fra

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