JEP - Resolucion 854 de 2026

JEP - Jurisdiccion Especial para la Paz

Icono de documento PDFDescargar PDFDisponible

Detalles

Título
JEP - Resolucion 854 de 2026
Autor
JEP - Jurisdiccion Especial para la Paz
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transicional
Año
2026

1

SALA DE DEFINICIÓN DE SITUACIONES JURÍDICAS

NÚMERO DE PROCESO: 9000821-10.2018 Y OTROS

HERNANDO PÉREZ MOLINA Y OTROS

.0.00.0001

.

REPÚBLICA DE COLOMBIA

JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

SALAS DE JUSTICIA

SALA DE DEFINICIÓN DE SITUACIONES JURÍDICAS

SUBSALA SEGUNDA ESPECIAL DE CONOCIMIENTO Y DECISIÓN DE LA

RUTA NO SANCIONATORIA PARA COMPARECIENTES DE LA FUERZA

PÚBLICA

Resolución No. 854

Bogotá D.C., 10 de marzo de 2026

I. ASUNTO POR RESOLVER

El suscrito magistrado, como integrante de la Subsala Segunda Especial de Conocimiento y Decisión de la Ruta No Sancionatoria para Comparecientes de la Fuerza Pública —en adelante, para efectos de esta resolución, la Subsala Segunda— de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas (SDSJ) de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), procede a dar impulso procesal a los Compareciente Cédula de ciudadanía Expediente digital Legali Hernando Pérez Molina 19.209.239 9000821-10.2018.0.00.0001 Bayron Gabriel Carvajal Osorio 79.366.540 9001482-86.2018.0.00.0001 Mauricio Ordóñez Galindo 17.347.292 9002209-11.2019.0.00.0001

Bayron Gabriel Carvajal Osorio 79.366.540 9001482-86.2018.0.00.0001 Mauricio Ordóñez Galindo 17.347.292 9002209-11.2019.0.00.0001 Carlos Alberto Galeano Galeano 79.952.513 0001396-06.2020.0.00.0001 Juan Antonio Quintero López 9.816.688 0001402-13.2020.0.00.0001 Julio Alejandro Valencia Salazar 9.872.864 0000075-62.2022.0.00.0001 Leonardo Arias Duque 14.701.563 1501367-42.2021.0.00.0001 Aris Arboleda Ordóñez 16.892.230 0001888-95.2020.0.00.0001

Tipo de sujeto: Fuerza Pública (Ejército Nacional) Situación jurídica: Sometimiento ante la JEP Delitos: Homicidio en persona protegida y otros Este documento es copia del original firmado digitalmente por CARLOS ALBERTO SUAREZ LOPEZ. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web

https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 9000821-10.2018.0.00.0001 y el código 77861F.2

SALA DE DEFINICIÓN DE SITUACIONES JURÍDICAS

NÚMERO DE PROCESO: 9000821-10.2018 Y OTROS

HERNANDO PÉREZ MOLINA Y OTROS

.

.0.00.0001

.

expedientes digitales Legali indicados, relacionados con comparecientes asignados por reparto a la Subsala Segunda.

II. ANTECEDENTES

.

.0.00.0001

.

expedientes digitales Legali indicados, relacionados con comparecientes asignados por reparto a la Subsala Segunda.

II. ANTECEDENTES

1. La solicitud de sometimiento del señor Hernando Pérez Molina , identificado con la cédula de ciudadanía No. 19.209.239, fue asumida mediante la Resolución No. 1302 del 13 de septiembre de 2018 1. Posteriormente, a través de la Resolución No. 946 del 22 de marzo de 2022 2, fue aceptado su sometimiento ante la JEP en relación con las investigaciones adelantadas bajo los radicados No. 110016000-102-2019-0000003; 11001 -6000-102-2014-00420 y 11001 -60-99-252-2017-0014102, de los que conocieron las Fiscalías Cuarta y Séptima Delegadas ante la Corte Suprema de Justicia 3. Particularmente, los hechos investigados bajo el radicado No. 11001 -6000-102-2014-00420, de conocimiento de la Fiscalía Cuarta Delegada ante la Corte Suprema de Justicia, corresponden a eventos acaecidos en los municipios de Pradera y Cerrito (Valle del Cauca), así como en los municipios de Suárez y Padilla (Cauca)4.

2. En lo relativo al proceso transicional del señor Bayron Gabriel Carvajal Osorio, mediante la Resolución No. 5026 de l 24 de septiembre de 2019 5 le fue concedido el beneficio de la libertad transitoria, condicionada y anticipada (LTCA)

Osorio, mediante la Resolución No. 5026 de l 24 de septiembre de 2019 5 le fue concedido el beneficio de la libertad transitoria, condicionada y anticipada (LTCA) por los hechos ocurridos en Ciénaga (Magdalena), entre el 18 de enero y el 11 de febrero de 1999 , de los cuales conoció el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Santa Marta (Magdalena) , bajo el radicado No. 47001-3107-0012014-000296.

3. Mediante informe del 15 de octubre de 2020, la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) de la JEP señaló que, en virtud de la declaratoria de conexidad procesal realizada el 28 de febrero de 2011 por la hoy Fiscalía 94 de la DECVDH de Cali (Valle del Cauca), el radicado No. 11001-60-066064-2006-0009859 fue incorporado al radicado No. 11001-60-66064-2006-00099217, en el cual son investigados, por el delito de homicidio en persona protegida, los señores

1 Cfr. JEP. Expediente digital Legali No. 9000821-10.2018, folios 186-191. 2 Cfr. JEP. Expediente digital Legali No. 9000821-10.2018, folios 1.302-1.389. 3 Cfr. JEP. Expediente digital Legali No. 9000821-10.2018, folios 1.302-1.389. 4 Cfr. JEP. Expediente digital Legali No. 9000821-10.2018, folios 1.307-1.311.

3 Cfr. JEP. Expediente digital Legali No. 9000821-10.2018, folios 1.302-1.389. 4 Cfr. JEP. Expediente digital Legali No. 9000821-10.2018, folios 1.307-1.311. 5 Cfr. JEP. Expediente digital Legali No. 9000821-10.2018, folios 1.392-1.447. 6 Cfr. JEP. Expediente digital Legali No. 9001482-86.2018, folio 1.862. 7 Cfr. JEP. Expediente digital Legali No. 9002209-11.2019, folios 728-734. Este documento es copia del original firmado digitalmente por CARLOS ALBERTO SUAREZ LOPEZ. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 9000821-10.2018.0.00.0001 y el código 77861F.3

SALA DE DEFINICIÓN DE SITUACIONES JURÍDICAS

NÚMERO DE PROCESO: 9000821-10.2018 Y OTROS

HERNANDO PÉREZ MOLINA Y OTROS

.

.0.00.0001

.

Mauricio Ord óñez Galindo , Carlos Alberto Galeano Galeano y Juan Antonio Quintero López , respecto de los hechos acaecidos el 24 de junio de 2006 , en la vereda La Balsa del municipio de Buenos Aires (Cauca), en los que fueron asesinados quienes en vida respondían a los nombres de Manuel Salvador Henao, Cristian Higuita, Pedro Pablo Muñoz y Gabriel Ángel Montaño8.

4. Es preciso advertir que el radicado No. 11001-60-66064-2006-0009921 agrupa

Cristian Higuita, Pedro Pablo Muñoz y Gabriel Ángel Montaño8.

4. Es preciso advertir que el radicado No. 11001-60-66064-2006-0009921 agrupa un total de seis ( 6) radicados, motivo por el cual, bajo el mismo radicado , son investigados los señores Julio Alejandro Valencia Salazar y Aris Arboleda Ordóñez —junto con otras seis (6) personas— respecto de los hechos ocurridos el 5 de abril de 2006 en la hacienda El Corcovado del municipio de Buenos Aires

(Cauca), en los cuales perdieran la vida los señores Carlos Andrés Tuquerres Balanta, Mauricio Alejandro Mindineros González, Fabio Nelson Carabalí Abonía, Jhon James Rozo Montoya, Marco Antonio Nieto Molina y Harold Alberto Ramos Moreno9.

5. Finalmente, bajo el radicado No. 19110-60-00611-2007-80024, la Fiscalía 109 de la DECVDH de Medellín (Antioquia) adelanta la indagación contra e l señor Leonardo Arias Duque por el homicidio del señor Carlos Andrés Churi Llanos, en hechos ocurridos el 8 de marzo de 2007 en la vereda Silvia, del corregimiento de San Francisco del municipio de Buenos Aires (Cauca)10.

III. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO

A. Sobre la ruptura de la unidad procesal y la remisión de asuntos a la Subsala Primera Especial de Conocimiento y Decisión de la Ruta No Sancionatoria para Comparecientes de la Fuerza Pública

La presidencia de la SDSJ, con la finalidad de garantizar el acceso efectivo a la administración de justicia transicional, dispuso la creación de Subsalas Especiales

Sancionatoria para Comparecientes de la Fuerza Pública

La presidencia de la SDSJ, con la finalidad de garantizar el acceso efectivo a la administración de justicia transicional, dispuso la creación de Subsalas Especiales de Conocimiento y Decisión de la Ruta No Sancionatoria para Comparecientes de la Fuerza Pú blica; esto, con el objetivo de sustanciar, en mejor forma, los asuntos de su competencia. Es por ello que, a través de la Resolución PSDSJ 021 del 13 de diciembre de 2023, se crearon tres (3) subsalas especiales de conocimiento y decisión.

8 Cfr. JEP. Expediente digital Legali No. 9002209-11.2019, folio 1.208. 9 Cfr. JEP. Expediente digital Legali No. 9002209-11.2019, folios 1.207-13.461. 10 Cfr. JEP. Expediente digital Legali No. 1501637-42.2021, folio 3.398-3.399. Este documento es copia del original firmado digitalmente por CARLOS ALBERTO SUAREZ LOPEZ. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 9000821-10.2018.0.00.0001 y el código 77861F.4

SALA DE DEFINICIÓN DE SITUACIONES JURÍDICAS

NÚMERO DE PROCESO: 9000821-10.2018 Y OTROS

HERNANDO PÉREZ MOLINA Y OTROS

.

.0.00.0001

.

Dentro de la distribución de competencias territoriales le correspondió a la Subsala Segunda —de la cual hago parte junto con el magistrado Pedro Elías Díaz

.

.0.00.0001

.

Dentro de la distribución de competencias territoriales le correspondió a la Subsala Segunda —de la cual hago parte junto con el magistrado Pedro Elías Díaz Romero— el conocimiento de los hechos acaecidos en los departamentos de Antioquia, Córdoba, Chocó y Valle del Cauca ; mientras que fue atribuida a la Subsala Primera la competencia respecto de los asuntos que fueron perpetrados en los departamentos de Atlántico, Bolívar, Cauca, Cesar, La Guajira, Magdalena, Sucre y Tolima11.

Ahora bien, verificado el estado del trámite transicional, el despacho constata que los comparecientes enlistados a continuación , además de haber participado en hechos ocurridos en el departamento del Valle del Cauca, participaron en eventos acaecidos en otros departamentos, concretamente, en los departamentos de Cauca y Magdalena, los cuales, en virtud de la Resolución PSDSJ 021 del 13 de diciembre de 2023, corresponden a la competencia de la Subsala Primera:

Tabla No. 1: Comparecientes con hechos registrados en otros departamentos diferentes a aquellos de competencia de la Subsala Segunda Especial de Conocimiento y Decisión de la Ruta No Sancionatoria para Comparecientes de la Fuerza Pública No. Compareciente Radicado en la JPO Fecha de los hechos Lugar de los hechos Departamento 1 Hernando Pérez Molina 11001-6000-1022014-00420 26/02/2007 08/03/2007 22/04/2007 La RomeliaSuárez Padilla Cauca

Departamento 1 Hernando Pérez Molina 11001-6000-1022014-00420 26/02/2007 08/03/2007 22/04/2007 La RomeliaSuárez Padilla Cauca 2 Bayron Gabriel Carvajal Osorio 47001-3107-0012014-00029 18/01/1999 11/02/1999 Ciénaga

Magdalena 3 Mauricio Ordóñez Galindo 11001-6066-0642006-0009859 24/06/2006 La Balsa – Buenos Aires Cauca 4 Carlos Alberto Galeano Galeano 11001-60-660642006-0009921 24/06/2006 La Balsa – Buenos Aires Cauca 5 Juan Antonio Quintero López 11001-60-660642006-0009921 24/06/2006 La Balsa – Buenos Aires Cauca 6 Julio Alejandro Valencia Salazar 11001-60-660642006-0009921 05/04/2006 Hacienda El Corcovado – Buenos Aires Cauca 7 Aris Arboleda Ordóñez 11001-60-660642006-0009921 24/06/2006 La Balsa – Buenos Aires Cauca 8 Leonardo Arias Duque 19110-6000-6112007-80024 08/03/2007 Vereda Silvia – Buenos Aires Cauca

11 Cfr. JEP. Salas de Justicia. Sala de Definición de Situaciones Jurídicas. Resolución PSDSJ No. 021 del 13 de diciembre de 2023.

– Buenos Aires Cauca

11 Cfr. JEP. Salas de Justicia. Sala de Definición de Situaciones Jurídicas. Resolución PSDSJ No. 021 del 13 de diciembre de 2023. Este documento es copia del original firmado digitalmente por CARLOS ALBERTO SUAREZ LOPEZ. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 9000821-10.2018.0.00.0001 y el código 77861F.5

SALA DE DEFINICIÓN DE SITUACIONES JURÍDICAS

NÚMERO DE PROCESO: 9000821-10.2018 Y OTROS

HERNANDO PÉREZ MOLINA Y OTROS

.

.0.00.0001

.

Por ende, concluye el despacho que la competencia sobre est os hechos, de conformidad con el reparto territorial de la Sala, le corresponde a la Sub sala Primera y no a la Subsala Segunda, de la cual hace parte el suscrito.

Por esta razón, el despacho dispondrá decretar la ruptura de la unidad procesal en los asuntos de los comparecientes enlis tados a continuación , para que los respectivos procesos transicionales se tramiten ante los despachos correspondientes dentro de la Subsala Primera Especial de Conocimiento y Decisión de la Ruta No Sancionatoria para Comparecientes de la Fuerza Pública , de acuerdo con el reparto que se efectúe.

Tabla No. 2: Comparecientes con hechos de competencia de la Subsala Primera Especial de Conocimiento y Decisión de la Ruta No Sancionatoria para Comparecientes de la Fuerza Pública Compareciente Radicado en la JPO Expediente digital Legali Departamento

Tabla No. 2: Comparecientes con hechos de competencia de la Subsala Primera Especial de Conocimiento y Decisión de la Ruta No Sancionatoria para Comparecientes de la Fuerza Pública Compareciente Radicado en la JPO Expediente digital Legali Departamento Hernando Pérez Molina C.C. No. 19.209.239 11001-60-00102-201400420 9000821-10.2018.0.00.0001 Cauca Bayron Gabriel Carvajal Osorio C.C. No. 79.366.540 47001-31-07001-201400029 9001482-86.2018.0.00.0001 Magdalena Mauricio Ordóñez Galindo

C.C. No. 17.347.292

11001-60-66064-2006 0009859 9002209-11.2019.0.00.0001 Cauca Carlos Alberto Galeano Galeano

C.C. No. 79.952.513

11001-60-66064-2006 0009921 0001396-06.2020.0.00.0001 Cauca Juan Antonio Quintero López C.C. No. 9.816.688 11001-60-66064-20060009921 0001402-13.2020.0.00.0001 Cauca Julio Alejandro Valencia Salazar C.C. No. 9.872.864 11001-60-66064-20060009921 0000075-62.2022.0.00.0001 Cauca Aris Arboleda Ordóñez C.C. No.16.892.230 11001-60-66064-20060009921 0001888-95.2020.0.00.0001 Cauca Leonardo Arias Duque

Aris Arboleda Ordóñez C.C. No.16.892.230 11001-60-66064-20060009921 0001888-95.2020.0.00.0001 Cauca Leonardo Arias Duque C.C. No. 14.701.563 19110-60-00611-200780024 1501367-42.2021.0.00.0001 Cauca

Para tal efecto, la Secretaría Judicial de esta Sala de Justicia creará un expediente digital Legali individual para cada uno de los comparecientes , en el que deberá incorporar las piezas procesales y demás documentos pertinentes en orden cronológico, los cuales corresponderán a la integralidad del expediente digital Legali existente, hasta la fecha, en esta Subsala.

No obstante, es menester resaltar que, por razones del reparto territorial de competencias de la Sala, la competencia de los respectivos despachos de la Subsala Primera se circunscrib irá a los hechos indicados en el presente proveído o de nuevos hechos que se enmarquen en los territorios asignados a la Subsala Primera por la Resolución PSDSJ 021 del 13 de diciembre de 2023. Por ende, los hechos que Este documento es copia del original firmado digitalmente por CARLOS ALBERTO SUAREZ LOPEZ. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 9000821-10.2018.0.00.0001 y el código 77861F.6

SALA DE DEFINICIÓN DE SITUACIONES JURÍDICAS

NÚMERO DE PROCESO: 9000821-10.2018 Y OTROS

HERNANDO PÉREZ MOLINA Y OTROS

.

.0.00.0001

SALA DE DEFINICIÓN DE SITUACIONES JURÍDICAS

NÚMERO DE PROCESO: 9000821-10.2018 Y OTROS

HERNANDO PÉREZ MOLINA Y OTROS

.

.0.00.0001

.

correspondan a la competencia territorial de este despacho , como es el caso de los acaecidos en el departamento del Valle del Cauca, continuarán siendo conocidos por el mismo.

B. Otras determinaciones

1. En lo relativo al señor Bayron Gabriel Carvajal Osorio , cabe anotar que el mismo ya cuenta, por otros hechos distintos , con el expediente digital Legali No. 0000122 -94.2026.0.00.0001, asignado por competencia territorial al despacho de la magistrada Claudia Roc ío Saldaña Montoya , en virtud de la Resolución No. 548 de l 17 de febrero hogaño12. Por ende, la Secretaría Judicial de esta Sala de Justicia comunicará esta decisión al despacho de la mencionada magistrada, para su conocimiento.

2. Finalmente, se dispondrá comunicar el presente proveído a la Fiscalía Cuarta Delegada ante la Corte Suprema de Justicia ; a la Fiscalía 94 de la DECVDH de Cali (Valle del Cauca); a la Fiscalía 109 de la DECVDH de Medellín (Antioquia);

al Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Santa Marta (Magdalena); y al Ministerio Público con funciones de intervención ante la JEP, para lo de su competencia.

En mérito de lo expuesto, EL SUSCRITO MAGISTRADO DE LA SUBSALA

SEGUNDA ESPECIAL DE CONOCIMIENTO Y DECISIÓN DE LA RUTA NO

para lo de su competencia.

En mérito de lo expuesto, EL SUSCRITO MAGISTRADO DE LA SUBSALA

SEGUNDA ESPECIAL DE CONOCIMIENTO Y DECISIÓN DE LA RUTA NO

SANCIONATORIA PARA COMPARECIENTES DE LA FUERZA PÚBLICA DE

LA SALA DE DEFINICIÓN DE SITUACIONES JURÍDICAS DE LA

JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

RESUELVE

PRIMERO. – DECRETAR la ruptura de la unidad procesal de las actuaciones transicionales que se siguen en los expedientes digitales Legali de los comparecientes enlistados a continuación, correspondientes a los procesos penales que se indican , por ser de competencia de la Subsala Primera Especial de Conocimiento y Decisión de la Ruta No Sancionatoria para Comparecientes de la

Fuerza Pública:

12 Cfr. JEP. Expediente digital Legali No. 9001482-86.2018, folios 6.196-6.202. Este documento es copia del original firmado digitalmente por CARLOS ALBERTO SUAREZ LOPEZ. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 9000821-10.2018.0.00.0001 y el código 77861F.7

SALA DE DEFINICIÓN DE SITUACIONES JURÍDICAS

NÚMERO DE PROCESO: 9000821-10.2018 Y OTROS

HERNANDO PÉREZ MOLINA Y OTROS

.

.0.00.0001

.

Tabla No. 3: Comparecientes con hechos de competencia de la Subsala Primera Especial de

HERNANDO PÉREZ MOLINA Y OTROS

.

.0.00.0001

.

Tabla No. 3: Comparecientes con hechos de competencia de la Subsala Primera Especial de Conocimiento y Decisión de la Ruta No Sancionatoria para Comparecientes de la Fuerza Pública Compareciente Radicado en la JPO Expediente digital Legali Lugar de los hechos Hernando Pérez Molina C.C. No. 19.209.239 11001-60-00102-201400420 9000821-10.2018.0.00.0001 Padilla y Suárez (Cauca) Bayron Gabriel Carvajal Osorio C.C. No. 79.366.540 47001-31-07001-201400029 9001482-86.2018.0.00.0001 Ciénaga (Magdalena) Mauricio Ordóñez Galindo

C.C. No. 17.347.292

11001-60-66064-2006 0009859 9002209-11.2019.0.00.0001 Buenos Aires (Cauca) Carlos Alberto Galeano Galeano

C.C. No. 79.952.513

11001-60-66064-2006 0009921 0001396-06.2020.0.00.0001 Buenos Aires (Cauca) Juan Antonio Quintero López

C.C. No. 9.816.688 11001-60-66064-20060009921

0001402-13.2020.0.00.0001 Buenos Aires (Cauca) Julio Alejandro Valencia Salazar

C.C. No. 9.872.864 11001-60-66064-20060009921

0009921 0001402-13.2020.0.00.0001 Buenos Aires (Cauca) Julio Alejandro Valencia Salazar

C.C. No. 9.872.864 11001-60-66064-20060009921

0000075-62.2022.0.00.0001 Buenos Aires (Cauca) Aris Arboleda Ordóñez

C.C. No.16.892.230 11001-60-66064-20060009921

0001888-95.2020.0.00.0001 Buenos Aires (Cauca) Leonardo Arias Duque

C.C. No. 14.701.563

19110-60-00611-200780024 1501367-42.2021.0.00.0001 Buenos Aires (Cauca)

SEGUNDO. – ORDENAR a la Secretaría Judicial de esta Sala de Justicia que, con el apoyo en la Dirección de TI de la JEP , cree un expediente digital Legali individual para los señores Hernando Pérez Molina, identificado con la cédula de ciudadanía No. 19.209.239; Bayron Gabriel Carvajal Osorio , identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.366.540; Mauricio Ordóñez Galindo, identificado con la cédula de ciudadanía No. 17.347.292; Carlos Alberto Galeano Galeano , identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.952.513; Juan Antonio Quintero López, identificado con la cédula de ciudadanía No. 9.816.688; Julio Alejandro Valencia Salazar , identificado con la cédula de ciudadanía No. 9.872..864; Leonardo Arias Duque , identificado con la cédula de ciudadanía No. 14.701.563;

Valencia Salazar , identificado con la cédula de ciudadanía No. 9.872..864; Leonardo Arias Duque , identificado con la cédula de ciudadanía No. 14.701.563; y Aris Arboleda Ordóñez, identificado con la cédula de ciudadanía No. 16.892.230, a efectos de incorporar allí las piezas procesales y documentos pertinentes en orden cronológico y que correspondan a la reproducción integral de los expedientes digitales Legali relacionados en el ordinal primero de este proveído.

TERCERO. – REMITIR los nuevos expedientes digitales Legali al reparto de la Subsala Primera Especial de Conocimiento y Decisión de la Ruta No Sancionatoria para Comparecientes de la Fuerza Pública de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, por las razones expuestas en la parte motiva de esta decisión. Para tal efecto, se concede un término de cinco (5) días hábiles, contados a partir del Este documento es copia del original firmado digitalmente por CARLOS ALBERTO SUAREZ LOPEZ. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 9000821-10.2018.0.00.0001 y el código 77861F.8

SALA DE DEFINICIÓN DE SITUACIONES JURÍDICAS

NÚMERO DE PROCESO: 9000821-10.2018 Y OTROS

HERNANDO PÉREZ MOLINA Y OTROS

.

.0.00.0001

.

momento en que sea proferida la presente decisión, de lo cual se dejará constancia en los respectivos expedientes.

CUARTO. – ORDENAR a la Secretaría Judicial de esta Sala de Justicia que, a partir

.

momento en que sea proferida la presente decisión, de lo cual se dejará constancia en los respectivos expedientes.

CUARTO. – ORDENAR a la Secretaría Judicial de esta Sala de Justicia que, a partir de la fecha , todas las comunicaciones que lleguen a nombre de los señores Hernando Pérez Molina , Bayron Gabriel Carvajal Osorio, Mauricio Ord óñez Galindo, Carlos Alberto Galeano Galeano , Juan Antonio Quintero López, Julio Alejandro Valencia Salazar , Leonardo Arias Duque y Aris Arboleda Ord óñez, en relación con los procesos penales con radicados No. 11001-60-00102-2014-00420; 47001-31-07001-2014-00029; 11001-60-66064-2006-0009859; 11001 -60-66064-20060009921; y 19110-60-00611-2007-80024, que corresponden a los hechos acaecidos en los departamentos de Cauca y Magdalena, sean remitidas a la Subsala Primera Especial de Conocimiento y Decisión de la Ruta No Sancionatoria para Comparecientes de la Fuerza Pública, de acuerdo con el reparto interno que se dispuso entre los despachos que la conforman.

QUINTO. – COMUNICAR la presente decisión a la magistrada Claudia Roc ío Saldaña Montoya de la Subsala Primera Especial de Conocimiento y Decisión de la Ruta No Sancionatoria para Comparecientes de la Fuerza Pública ; a la Fiscalía Cuarta Delegada ante la Corte Suprema de Justicia; a la Fiscalía 94 de la DECVDH de Cali (Valle del Cauca); a la Fiscalía 109 de la DECVDH de Medellín (Antioquia);

Cuarta Delegada ante la Corte Suprema de Justicia; a la Fiscalía 94 de la DECVDH de Cali (Valle del Cauca); a la Fiscalía 109 de la DECVDH de Medellín (Antioquia); al Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Santa Marta (Magdalena) ; y al delegado del Ministerio Público ante la JEP, conforme a lo expuesto en la parte motiva de este proveído.

SEXTO. – REMITIR, por motivos de economía procesal, a través de la Secretaría Judicial, copia de esta resolución a los comparecientes, a su s apoderados y a las dependencias e instituciones antes indicadas , a través de los correos electrónicos que obran en los expedientes, por medio del correo info@jep.gov.co, conforme lo dispuesto en el Acuerdo del Órgano de Gobierno AOG 014 del 13 de abril de 2020.

SÉPTIMO. – ORDENAR a la Secretaría Judicial de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas que remita copia de la presente resolución a la Relatoría y a la Secretaría Ejecutiva de la JEP, en un término máximo de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la fecha en que sea proferida, de lo cual dejará constancia en los respectivos expedientes Legali.

Este documento es copia del original firmado digitalmente por CARLOS ALBERTO SUAREZ LOPEZ. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 9000821-10.2018.0.00.0001 y el código 77861F.9

SALA DE DEFINICIÓN DE SITUACIONES JURÍDICAS

NÚMERO DE PROCESO: 9000821-10.2018 Y OTROS

SALA DE DEFINICIÓN DE SITUACIONES JURÍDICAS

NÚMERO DE PROCESO: 9000821-10.2018 Y OTROS

HERNANDO PÉREZ MOLINA Y OTROS

.

.0.00.0001

.

OCTAVO. – ADVERTIR que, de conformidad con el artículo 48 de la Ley 1922 de 2018, contra la presente decisión no procede recurso alguno.

Comuníquese y cúmplase

El Magistrado,

[Resolución firmada electrónicamente] CARLOS ALBERTO SUÁREZ LÓPEZ Este documento es copia del original firmado digitalmente por CARLOS ALBERTO SUAREZ LOPEZ. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 9000821-10.2018.0.00.0001 y el código 77861F.

Consultar sobre este documento ...