JEP - Resolución S1CHT-SDSJ-1475-2026 del 04 de mayo de 2026
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
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Detalles
- Título
- JEP - Resolución S1CHT-SDSJ-1475-2026 del 04 de mayo de 2026
- Autor
- JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transicional
- Año
- 2026
1
S A L A D E D E F I N I C I Ó N D E S I T U A C I O N E S J U R Í D I C A S
REPÚBLICA DE COLOMBIA
JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ
SALAS DE JUSTICIA
SALA DE DEFINICIÓN DE SITUACIONES JURÍDICAS
SUBSALA PRIMERA ESPECIAL DE CONOCIMIENTO Y DECISIÓN
SUBCASO COSTA CARIBE
Resolución n.° S1CHT.SDSJ.1475.2026 Bogotá D.C., cuatro (4) de mayo de dos mil veintiséis (2026)
Expediente Legali: 1501139-62.2024.0.00.0001
Compareciente: Identificación:
Situación jurídica: Asunto:
SLP(R) Jorge Andrés Moya Rojas 6.803.805 En libertad Decreta pruebas
1. Mediante Resolución n.° S1CHT.SDSJ.4010 de 30 de diciembre de 2024 1 la suscrita magistrada resolvió aceptar el sometimiento en la JEP , entre otros, del señor SLP(R) Jorge Andrés Moya Rojas, en relación exclusiva con los hechos ocurridos el 4 de septiembre de 2008, en la vereda Agua Bendita, municipio de Fundación (Magdalena), donde se causó la muerte al señor Mario León Chona, mientras se desempeñaba como soldado profesional en el Batallón de Alta Montaña n .° 6 “MY. Robinson Daniel Ruiz Garzón”, que dieron origen a la investigación disciplinaria n.° IUS -2010-29087/IUC D 2010 -226588 de la
Montaña n .° 6 “MY. Robinson Daniel Ruiz Garzón”, que dieron origen a la investigación disciplinaria n.° IUS -2010-29087/IUC D 2010 -226588 de la Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos.
2. Con Resolución n.° S1CHT.SDSJ.1860 del 11 de junio de 2025, se convocaron dos (2) espacios restaurativos con víctimas para el 7 de julio y 14 de agosto de 2025, dos (2) espacios restaurativos con comparecientes miembros de Fuerza Pública a llevarse a cabo el 8 y 9 de julio, así como, el 15 y 16 de agosto, todos, en la ciudad de Barranquilla. Todo ello relacionado con la gestión del
1 JEP. Expediente Legali n.° 1501139-62.2024.0.00.0001. Fls. 2057-2101. Este documento es copia del original firmado digitalmente por CLAUDIA ROCIO SALDAÑA MONTOYA. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 1501139-62.2024.0.00.0001 y el código 837C05.2
régimen de condicionalidad respecto de cincuenta y ocho (58) comparecientes que integraron, entre otros, el Batallón Alta Montaña n.° 6 “MY. Robinson Daniel Ruíz Garzón”, entre los cuales se encuentra el señor SLP(R) Jorge Andrés Moya Rojas.
3. En el marco del procedimiento dialógico que se surte en esta Jurisdicción, se ha puesto en conocimiento la existencia de un hecho cometido en el año 2008
Rojas.
3. En el marco del procedimiento dialógico que se surte en esta Jurisdicción, se ha puesto en conocimiento la existencia de un hecho cometido en el año 2008 en el sector de Los Muros, ocurrido al parecer, en el marco del conflicto armado interno en Colombia , por parte de miembros del Batallón Alta Montaña n.° 6 “MY. Robinson Daniel Ruíz Garzón”. Razón por la cual, se profirió la Resolución n.° S1CHT.SDSJ.815 de 6 de marzo de 20262, disponiendo la práctica de pruebas, con el fin de obtener información que permita establecer fe cha y lugar de los acontecimientos.
4. El 14 de abril de 2026 3 la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) de la JEP, allegó copia, entre otras, de la carpeta operacional relacionada con hechos ocurridos el 26 de marzo de 2008 en la Finca La Unión, sec tor Los Muros, Rio Piedras, municipio de Aracataca (Magdalena) , en el que fue presentado como muerto en combate una persona de sexo masculino sin identificar, por parte de miembros de la Compañía Argón n.° 2 del Batallón Alta Montaña n.° 6 “MY.
Robinson Daniel Ruíz Garzón” y cuyo informe de hechos es suscrito por el entonces señor SS. José Armando Lucero Boyacá.
5. El 22 de abril de 2026 4 el Juzgado 17 de Instrucción Penal Militar informó que por cuenta de los hechos ocurridos el 26 de marzo de 2008 en la Finca La Unión, sector Los Muros, Rio Piedras, municipio de Aracataca (Magdalena) , en
que por cuenta de los hechos ocurridos el 26 de marzo de 2008 en la Finca La Unión, sector Los Muros, Rio Piedras, municipio de Aracataca (Magdalena) , en el que fue presentado como muerto en combate una persona de sexo masculino sin identificar , obra registro de auto inhibitorio de 12 de diciembre de 2011 y archivo del 19 de diciembre del mismo año. Informando que el expediente se encuentra en el Archivo Central de la Justicia Penal Militar en la ciudad de Bogotá.
6. Se comisionará a la Unidad de Investigación y Acusaci ón (UIA) de la JEP para que realice inspección en el Archivo Central de la Justicia Penal Militar en
2 Ibid. Fls. 3263-3266. 3 Ibid. Fls. 3665-3692. 4 Ibid. Fls. 3900-3901. Este documento es copia del original firmado digitalmente por CLAUDIA ROCIO SALDAÑA MONTOYA. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 1501139-62.2024.0.00.0001 y el código 837C05.3
la ciudad de Bogotá, con el fin de ubicar, obtener y allegar a este despacho, copia íntegra y di gital de la preliminar n.° 108 del Juzgado 17 de Instrucción Penal Militar, que se llevó en ese despacho por cuenta de los hechos ocurridos el 26 de marzo de 2008 en la Finca La Unión, sec tor Los Muros, Rio Piedras, municipio de Aracataca (Magdalena) , en el que fue presentado como muerto en combate una persona de sexo masculino sin identificar.
marzo de 2008 en la Finca La Unión, sec tor Los Muros, Rio Piedras, municipio de Aracataca (Magdalena) , en el que fue presentado como muerto en combate una persona de sexo masculino sin identificar.
7. Será solicitada la Dirección de la Caja de Retiros de las Fuerzas Militares
(CREMIL) para que , con carácter urgente, ponga en conocimiento de este despacho los datos de contacto que reposen en esa Entidad del señor SP(R) José Armando Lucero Boyacá, identificado con cédula de ciudadanía n.° 4.179.541.
En mérito de lo expuesto, LA SUSCRITA MAGISTRADA DE LA SALA DE
DEFINICIÓN DE SITUACIONES JURÍDICAS DE LA SUBSALA PRIMERA
ESPECIAL DE CONOCIMIENTO Y DECISIÓN SUBCASO COSTA CARIBE
RESUELVE
PRIMERO: COMISIONAR a la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) de la JEP, para que realice inspección en el Archivo Central de la Justicia Penal Militar en la ciudad de Bogotá , con el fin de ubicar , obtener y allegar a este despacho, copia íntegra y di gital de la preliminar n.° 108 del Juzgado 17 de Instrucción Penal Militar, que se llevó en ese despacho por cuenta de los hechos ocurridos el 26 de marzo de 2008 en la Finca La Unión, sec tor Los Muros, Rio Piedras, municipio de Aracataca (Magdalena) , en el que fue presentado como muerto en combate una persona de sexo masculino sin identificar . Para el cumplimiento de lo anterior, se concede el término de diez (10) días hábiles contados a partir de la comunicación de la presente resolución.
muerto en combate una persona de sexo masculino sin identificar . Para el cumplimiento de lo anterior, se concede el término de diez (10) días hábiles contados a partir de la comunicación de la presente resolución.
SEGUNDO: SOLICITAR a la Dirección de la Caja de Retiros de las Fuerzas Militares (CREMIL) para que, con carácter urgente , ponga en conocimiento de este despacho los datos de contacto que reposen en esa Entidad de l señor SP(R) José Armando Lucero Boyacá , identificado con cédula de ciudadanía n.°
4.179.541. Este documento es copia del original firmado digitalmente por CLAUDIA ROCIO SALDAÑA MONTOYA. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 1501139-62.2024.0.00.0001 y el código 837C05.4
TERCERO: COMUNÍQUESE esta resolución a l señor SLP(R) Jorge Andrés Moya Rojas, a su representante judicial, así como, a la delegada del Ministerio Público ante la JEP.
Por Secretaría Judicial de la Sala dese cumplimiento expedito a esta resolución.
COMUNIQUESE Y CÚMPLASE
Este documento es copia del original firmado digitalmente por CLAUDIA ROCIO SALDAÑA MONTOYA. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 1501139-62.2024.0.00.0001 y el código 837C05.