JEP - Resolución SAI-AOI-RC-MGM-336 de 2020 24-agosto de 2020
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
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Detalles
- Título
- JEP - Resolución SAI-AOI-RC-MGM-336 de 2020 24-agosto de 2020
- Autor
- JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Transicional
- Año
- 2020
SALA DE AMNISTÍA O INDULTO
BOGOTÁ, 24 DE AGOSTO DE 2020
REPÚBLICA DE COLOMBIA
JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ
SALAS DE JUSTICIA
SALA DE AMNISTÍA O INDULTO
SAI-AOI-RC-MGM-336-2020
Expediente LEGALI: 9001056-06.2020.0.00.0001
Solicitante: LUIS MARIO GIRALDO MONTES Cédula de ciudadanía 15.453.268 de Alejandría, Antioquia Asunto: Remitir por competencia a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y Determinación de los
Hechos y Conductas
I. ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES
1. Este despacho de la Sala de Amnistía o Indulto (SAI) de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) procede a remitir por competencia el escrito presentado por LUIS MARIO GIRALDO MONTES como respuesta al requerimiento proveniente de la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y Determinación de los Hechos y
Conductas (SRVR).
2. El 11 de junio de 2019, por medio de Auto SRVNH-04/02-01/19, proferido dentro de la Situación No. 004 de 2018, la SRVR ordenó a la Secretaría Judicial notificar de forma individual a los exintegrantes de las FARC-EP comprometidos en la situación territorial de la región de Urabá, entre ellos el señor GIRALDO MONTES. Lo anterior, con el propósito de ponerles a su disposición el expediente que los mencionaba para que, en el marco del procedimiento dialógico que rige las actuaciones de la Sala de
Justicia y sin perjuicio del debido proceso y los derechos de defensa, de modo libre y voluntario transmitieran la información relacionada con su actuación dentro de la antigua estructura guerrillera1.
3. Mediante escrito presentado el 13 de diciembre de 2019, el señor GIRALDO MONTES, por intermedio de apoderado judicial, dio respuesta al requerimiento contenido en el Auto SRVNH-04/02-01/19 del 11 de junio de 2019. En ese sentido, aportó sus datos de contacto, manifestó expresamente su voluntad de comparecer, informó la
1 Sistema de Gestión Documental ORFEO. Radicado No. 20193400212953. P ágin a 1 | 2 bew anigáp al a adecca ,lasecorp etneidepxe la redecca araP .ZAP AL ARAP LAICEPSE NOICCIDSIRUJ rop etnemlatigid odamrif lanigiro led aipoc se otnemucod etsE .5A4FC ogidóc le y 1000.00.0.0202.60-6501009 osecorp le emrofni ,/jase/oc.vog.pej.ilagel//:sptth SALA DE AMNISTÍA O INDULTO calidad que ostentaba dentro de la organización subversiva y, finalmente, reiteró su disposición para responder a cualquier llamado de la Jurisdicción Especial2.
4. El 13 de marzo de 2020, la Secretaría Judicial de la SAI, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 del Reglamento General de la JEP (Acuerdo 01 de 2018), repartió a esta instancia judicial el asunto de la referencia3.
5. No obstante lo anterior, del contenido del escrito se advierte que no corresponde a la SAI emitir algún pronunciamiento al respecto. Por el contrario, es dable afirmar que se trata de un asunto propio de la SRVR en tanto concierne al Caso No. 04 que priorizó el estudio de los hechos del conflicto ocurridos en la región de Urabá entre 1986 Y 2016.
6. En virtud de lo expuesto, este despacho de la SAI ordenará la remisión del documento en cuestión a la SRVR por ser un asunto propio de su competencia.
En mérito de lo expuesto, este despacho de la Sala de Amnistía o Indulto,
II. RESUELVE: PRIMERO: Por Secretaría Judicial, REMÍTASE por competencia el escrito presentado por LUIS MARIO GIRALDO MONTES como respuesta al requerimiento proveniente de la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y Determinación de los
Hechos y Conductas.
SEGUNDO: Por Secretaría Judicial, COMUNICAR esta decisión al señor LUIS MARIO GIRALDO MONTES y a su apoderado judicial Sergio Guzmán Muñoz.
TERCERO: Por Secretaría Judicial, COMUNICAR esta decisión a la Procuraduría Delegada con funciones de intervención ante la Jurisdicción Especial para la Paz.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,
MARCELA GIRALDO MUÑOZ
Magistrada Sala de Amnistía o Indulto 2 Sistema de Gestión Judicial LEGALI. Radicado No. 9001056-06.2020.0.00.0001. Folios 1-2. 3 Sistema de Gestión Judicial LEGALI. Radicado No. 9001056-06.2020.0.00.0001. Folio 5.
P ágin a 2 | 2 bew anigáp al a adecca ,lasecorp etneidepxe la redecca araP .ZAP AL ARAP LAICEPSE NOICCIDSIRUJ rop etnemlatigid odamrif lanigiro led aipoc se otnemucod etsE .5A4FC ogidóc le y 1000.00.0.0202.60-6501009 osecorp le emrofni ,/jase/oc.vog.pej.ilagel//:sptth