JEP - Resolución SAI AOI T JCP 0364 de 2023 27 marzo de 2023
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- JEP - Resolución SAI AOI T JCP 0364 de 2023 27 marzo de 2023
- Autor
- JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Transicional
- Año
- 2023
SALA DE AMNISTÍA O INDULTO
REPÚBLICA DE COLOMBIA
JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ
SALAS DE JUSTICIA
SALA DE AMNISTÍA O INDULTO
Resolución SAI-AOI-T-JCP-0364-2023 Bogotá D.C., 27 de marzo de 2023 Radicación 1500792-97.2022.0.00.0001 Compareciente 1 GIVER DE JESÚS ROJAS JARAMILLO Identificación 1.045.079.049 Rad. Jurisdicción ordinaria 05887-60-00-355-2010-80031-00 Delitos Tráfico, fabricación o porte de estupefacientes Asunto Avoca amnistía y reitera comisión UIA
I. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO
1. En virtud de los parágrafos primero y segundo del artículo 45, el inciso primero del artículo 46 de la Ley 1922 de 2018 y el artículo 27 de la Ley 1820 de 2016, mediante Resolución SAI-AOI-AS-JCP-0557-2022 del 17 de mayo de 2022, este Despacho decidió ampliar información, previo a avocar conocimiento sobre los beneficios de la Ley 1820 de 2016 a que pueda tener derecho el señor Giver de Jesús Rojas Jaramillo, identificado con cédula de
ciudadanía No. 1.045.079.049. Para ello, requirió a diferentes autoridades judiciales y administrativas con el fin de que allegaran la información necesaria para pronunciarse de fondo en el presente asunto. Estas órdenes fueron ampliadas y reiteradas con resolución SAI-AOI-AS-JCP-1220-2022
del 4 de octubre de 2022.
2. Posteriormente, mediante Resolución SAI-AOI-T-JCP-1553-2022 del 22 de diciembre de 20221, este Despacho concedió un nuevo plazo a la Unidad de Investigación y Acusación – UIA para que allegara el informe final con el cumplimiento de la totalidad de las actividades que le fueron encomendadas 1 Expediente Legali 1500792-97.2022.0.00.0001, pág. 926 1 ,/jase/oc.vog.pej.ilagel//:sptth bew anigáp al a adecca ,lasecorp etneidepxe la redecca araP
.ANIAHSUP
OLLITNAC
ESOJ NAUJ rop etnemlatigid odamrif lanigiro led aipoc se otnemucod etsE .FF4BE2 ogidóc le y 1000.00.0.2202.79-2970051 osecorp le emrofni SALA DE AMNISTÍA O INDULTO en el presente asunto. Así mismo, en la precitada decisión se prorrogó el término para adoptar la decisión de amnistía en el presente asunto por tres (3) meses.
3. Ahora bien, con informe del 27 de febrero de 20232, la Secretaría Judicial ingresó al despacho las presentes diligencias “[…] en cumplimiento de la Resolución SAI-AOI-T-JCP-1553-2022, de fecha 22 de diciembre de 2022”, informando que la Unidad de Investigación y Acusación – UIA no ha dado respuesta a la comisión encomendada. Por lo anterior, resulta imperativo
REITERAR el requerimiento efectuado a la UIA, para que remita el informe final de la comisión en los términos de la Resolución SAI-AOI-AS-JCP-12202022 del 4 de octubre de 2022. En mérito de lo expuesto, este Despacho de la Sala de Amnistía o Indulto,
II. RESUELVE PRIMERO. – AVOCAR CONOCIMIENTO del trámite de amnistía de sala en relación con el delito de Tráfico, fabricación o porte de estupefacientes por el que que fue condenado el señor Giver de Jesús Rojas Jaramillo, identificado con cédula
de ciudadanía No. 1.045.079.049 en el marco del proceso penal con radicado No. 05887-60-00-355-2010-80031-00. SEGUNDO. – Por Secretaría Judicial, REITERAR el requerimiento efectuado a la Unidad de Investigación y Acusación – UIA para que remita el informe final de la comisión en los términos de la Resolución SAI-AOI-AS-JCP-1220-2022 del 4 de octubre de 2022, en el asunto del señor Giver de Jesús Rojas Jaramillo, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.045.079.049.
CÚMPLASE.
JUAN JOSÉ CANTILLO PUSHAINA
Magistrado HBS 2 Expediente Legali 1500792-97.2022.0.00.0001, pág. 940 2 ,/jase/oc.vog.pej.ilagel//:sptth bew anigáp al a adecca ,lasecorp etneidepxe la redecca araP
.ANIAHSUP
OLLITNAC
ESOJ NAUJ rop etnemlatigid odamrif lanigiro led aipoc se otnemucod etsE .FF4BE2 ogidóc le y 1000.00.0.2202.79-2970051 osecorp le emrofni