JEP - Resolución SAI-IC-DF-ASM-006-2026 del 21 de abril de 2026
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
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Detalles
- Título
- JEP - Resolución SAI-IC-DF-ASM-006-2026 del 21 de abril de 2026
- Autor
- JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transicional
- Año
- 2026
1
REPÚBLICA DE COLOMBIA
JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ
SALAS DE JUSTICIA
SALA DE AMNISTÍA O INDULTO
Resolución SAI-IC-DF-ASM-006-2026 Bogotá D.C., 21 de abril de 2026
Expediente Legali: 1501926-62.2022.0.00.0001 1501277-92.2025.0.00.0001 cuaderno de incidente1
Solicitante: Identificación:
ISAÍN HERNÁNDEZ YONDA
C.C. 1.006.157.812
Asunto: Resolución que declara la deserción armada manifiesta, el incumplimiento del régimen de condicionalidad y excluye al compareciente de la
JEP
I. ASUNTO
Este despacho de la Sala de Amnistía o Indulto (SAI) de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) procede a proferir resolución que declara el incumplimiento del régimen de condicionalidad por parte del señor ISAÍN HERNÁNDEZ YONDA, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.006.157.812, en calidad de desertor armado manifiesto. En esta decisión se excluirá al compareciente del Sistema Integral para la Paz (SIP).
II. INDIVIDUALIZACIÓN, IDENTIFICACIÓN Y SITUACIÓN DE
LIBERTAD DEL COMPARECIENTE
1. Se trata del señor ISAÍN HERNÁNDEZ YONDA , quien nació el 22 de noviembre de 1985 en el municipio de Rioblanco ( Tolima). Al compareciente, le
LIBERTAD DEL COMPARECIENTE
1. Se trata del señor ISAÍN HERNÁNDEZ YONDA , quien nació el 22 de noviembre de 1985 en el municipio de Rioblanco ( Tolima). Al compareciente, le fue concedida la libertad condicional por terminación de las Zonas Veredales Transitorias de Normalización, otorgada por el Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Buga (Valle del Cauca), en el marco del proceso penal No. 20140300200, adelantado por los delitos de homicidio y
1 El expediente Legali se citará como “expediente digital” seguido por el folio correspondiente. Este documento es copia del original firmado digitalmente por JURISDICCION ESPECIAL PARA LA PAZ. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 1501277-92.2025.0.00.0001 y el código 7D2E3E.2
fabricación, tráfico y porte de armas de fuego o municiones. Del mismo modo , cuenta con actas de compromiso vigentes de libertad condicionada y de reincorporación política, social y económica2. En la actualidad , el señor HERNÁNDEZ YONDA cuenta con una orden de captura proferida por el Juzgado 101 Penal Municipal con Función de Garantías Ambulante de Buga (Valle del Cauca)3.
III. ANTECEDENTES
2. Para mayor claridad metodológica, este acápite se dividirá en tres partes: i) los hechos del caso; ii) las actuaciones en el proceso penal con radicado No.
III. ANTECEDENTES
2. Para mayor claridad metodológica, este acápite se dividirá en tres partes: i) los hechos del caso; ii) las actuaciones en el proceso penal con radicado No. 768346000187-2024-00128; y iii) las actuaciones adelantadas en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).
3.1. Hechos objeto de análisis
3. El 30 de enero de 2024, en la vereda Guayabita, zona monta ñosa del corregimiento de La Marina (Valle del Cauca) , fue asesinado el señor Fabián Castaño Serna. Ese día, la víctima salió de su casa para transportar a estudiantes de primaria . E n la v ía, lo bajaron unas personas armadas y le dispararon , ocasionándole la muerte en el acto 4. Por estos hechos es investigado el señor ISAÍN HERNÁNDEZ YONDA , quien presuntamente hace parte del Frente 575 de las disidencias de las FARC-EP6.
3.2. Actuaciones adelantadas en el proceso penal con radicado No. 768346000187-2024-00128
4. El 30 de enero de 2024, el CTI de la Fiscalía de Tuluá (Valle del Cauca) presentó un Informe Ejecutivo sobre los actos urgentes realizados en relación con el homicidio del señor Fabio Castaño Serna7. Ese mismo día, de oficio se adelantó la denuncia bajo la noticia criminal No. 768346000187-2024-001288, se realizó la
2 Consulta realizada en el aplicativo Vista de la JEP, el 16 de marzo de 2025.
la denuncia bajo la noticia criminal No. 768346000187-2024-001288, se realizó la
2 Consulta realizada en el aplicativo Vista de la JEP, el 16 de marzo de 2025. 3 Expediente Legali 1501926 -62.2022.0.00.0001, folio adjunto 1592, PROCESO 202400128, archivo pdf 14 Orden de captura. 4 Expediente Legali 1501926 -62.2022.0.00.0001, folio adjunto 1592, PROCESO 202400128, archivo pdf 06EmpFiscalia, págs. 3 y 4.
6 Expediente Legali 1501926-62.2022.0.00.0001, folio adjunto 1592, PROCESO 202400128, archivo pdf 06EmpFiscalia. 7 Expediente Legali 1501277-92.2025.0.00.0001, folio adjunto 1592, PROCESO 202400128, archivo pdf 06EmpFiscalia, págs. 3 a 8. 8 Expediente Legali 1501277-92.2025.0.00.0001, folio adjunto 1592, PROCESO 202400128, archivo pdf 06EmpFiscalia, págs. 11 a 15. Este documento es copia del original firmado digitalmente por JURISDICCION ESPECIAL PARA LA PAZ. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 1501277-92.2025.0.00.0001 y el código 7D2E3E.3
inspección técnica a cadáver9, se presentó un informe de investigador de campo de la fijación fotográfica de la víctima y del lugar de los hechos 10.
inspección técnica a cadáver9, se presentó un informe de investigador de campo de la fijación fotográfica de la víctima y del lugar de los hechos 10.
5. El 15 de marzo de 2024, se presentó un informe del investigador de campo dirigido a la Fiscalía 17 delegada ante Jueces del Circuito de la Unidad Especial de Investigación de Cali (Valle del Cauca), en el que se solicitó a la Seccional Control Comercio de Armas, municiones y Explosivos informar si los señores Duver Herney Quintero Galindo, ISAÍN HERNÁNDEZ YONDA, Leidy Tatiana Rojas Olaya y Luis Carlos Pinilla Cortés, tenían permiso para portar armas. La Seccional Control Comercio informó que no lo tenían11.
6. El 5 de abril de 2024, se presentó otro informe de investigador de campo en el que consta: i) el relato de los hechos; ii) los reportes de prensa sobre el homicidio del señor Fabián Castaño Serna; iii) la inspección técnica a cadáver; iv) la fijación fotográfica de la víctima y del lugar de los hechos; v) la declaración de varias personas, así como de fuentes no formales. También reposa el Informe de Inteligencia y Contrainteligencia GAOR disidente FARC -EP Frente 57 Jair Bermúdez, el reconocimiento fotográfico de la línea de mando y comandancia del GAOR disidente FARC-EP Frente 57 Jair Bermúdez y el contexto criminal del “FRENTE 57 JAIR BERMUDEZ” del Centro Local de An álisis Criminal
(CELAC)12.
7. El 29 de mayo de 2024, el Juzgado 101 Penal Municipal con Función de
“FRENTE 57 JAIR BERMUDEZ” del Centro Local de An álisis Criminal
(CELAC)12.
7. El 29 de mayo de 2024, el Juzgado 101 Penal Municipal con Función de Garantías Ambulante de Buga (Valle del Cauca) profirió orden de captura en contra del señor ISAÍN HERNÁNDEZ YONDA13.
3.3. Actuaciones adelantadas en esta Jurisdicción
8. En el marco de la ampliación de información del señor Leiner Hernández Yonda14, el 9 de noviembre de 2022, el despacho consultó el informe del Secretario Ejecutivo y advirtió que , en el proceso con radicado No. 76834600018720140300200 aparecía vinculado el señor ISAÍN HERNÁNDEZ
9 Expediente Legali 1501277-92.2025.0.00.0001, folio adjunto 1592, PROCESO 202400128, archivo pdf 06EmpFiscalia, págs. 16 a 23. 10 Expediente Legali 1501926-62.2022.0.00.0001, folio adjunto 1592, PROCESO 202400128, archivo pdf 06EmpFiscalia, págs. 24 a 27. 11 Expediente Legali 1501926-62.2022.0.00.0001, folio adjunto 1592, PROCESO 202400128, archivo pdf 06EmpFiscalia, págs. 36 a 38. 12 Expediente Legali 1501926-62.2022.0.00.0001, folio adjunto 1592, PROCESO 202400128, archivo pdf 06EmpFiscalia, págs. 43 a 82.
12 Expediente Legali 1501926-62.2022.0.00.0001, folio adjunto 1592, PROCESO 202400128, archivo pdf 06EmpFiscalia, págs. 43 a 82. 13 Expediente Legali 1501926-62.2022.0.00.0001, folio adjunto 1592, PROCESO 202400128, archivo pdf 14 Orden de captura. 14 Este trámite fue precluido por muerte mediante resolución SAI-AOI-T-ASM-193-2023 de 4 de mayo de 2023. Este documento es copia del original firmado digitalmente por JURISDICCION ESPECIAL PARA LA PAZ. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 1501277-92.2025.0.00.0001 y el código 7D2E3E.4
YONDA. Por tanto, mediante varias resoluciones15, el despacho amplió información y solicitó al señor ISAÍN HERNÁNDEZ YONDA que informara si contaba con un apoderado de confianza.
9. El 4 de mayo de 2023, mediante la resolución SAI-AOI-T-ASM-193-2023, el despacho precluyó por muerte el trámite de beneficios transicionales a favor del señor Leiner Hernández Yonda . Además, o fició a la OACP para que certificara si el señor ISAÍN HERNÁNDEZ fue incluido en los listados de las FARC-EP y si recibió amnistía de iure administrativa y ordenó a la Secretaría Ejecutiva asignarle un defensor técnico del SAAD16.
10. El 12 de mayo de 2023, ingresó al expediente respuesta de la OACP 17, en la
recibió amnistía de iure administrativa y ordenó a la Secretaría Ejecutiva asignarle un defensor técnico del SAAD16.
10. El 12 de mayo de 2023, ingresó al expediente respuesta de la OACP 17, en la que respondió que el señor ISAÍN HERNÁNDEZ YONDA fue acreditado, pero no recibió amnistía de iure.
11. El 21 de septiembre de 2023, por medio de la resolución SAI-AOI-T-ASM414-2023, el despacho comisionó a la UIA para que obtuviera copia de los expedientes que estarían relacionados con el señor ISAÍN HERNÁNDEZ
YONDA18.
12. El 6 de febrero de 2024, por medio de la resolución SAI-AOI-T-ASM-0562024, el despacho comisionó a la UIA para que adelantara todas las gestiones necesarias para hallar la ubicación y contacto actualizados de ISAÍN HERNÁNDEZ YONDA y consultara nuevamente en el SPOA si ha bía alguna investigación que pudiera dar cuenta de su situación actual. Además, ofició a la Secretaría Ejecutiva y a la Secretaría Judicial de la SAI para que informaran si los señores Heber Rivera M éndez, Heliberto Suárez Gil, Herm ídez Hern ández Yonda y Medardo Antonio Bedoya se encontraban en el Inventario de Beneficios
15 SAI-AOI-AS-ASM-110-2022 de 11 de noviembre de 2022 y SAI -AOI-T-ASM-180-202 de 12 de abril de 2023. 16 Expediente Legali 1501926-62.2022.0.00.0001, folios 146 a 151.
2023. 16 Expediente Legali 1501926-62.2022.0.00.0001, folios 146 a 151. 17 Expediente Legali 1501926-62.2022.0.00.0001, folios 218 a 325. 18 Expediente Legali 1501926 -62.2022.0.00.0001, folios 372 a 377. En concreto, se solicitó a la UIA que adelantara ante la Fiscalía 08 Especializada del Grupo de Indagación Especializada de Buga (Valle del Cauca) las actividades de policía judicial necesarias para obtener copia íntegra del expediente 768346000187201500654, verificar el estado de dicho trámit e y establecer cuál es la situación jurídica del señor ISAÍN HERNÁNDEZ YONDA dentro del proceso mencionado, así como indagar por el proceso No. 76834600018720140300201 en el Juzgado Primero Penal del Circuito de Tuluá (Valle del Cauca) y en la Sala Penal del Tribunal Superior de Buga (Valle del Cauca ). También se aclaró a la Secretaría Ejecutiva el número de identidad correcto del compareciente, se tuvo como apoderado al señor EMIRSON RODRÍGUEZ, y se requirió a este último para que informara los procesos sobre los que el señor ISAÍN HERNÁNDEZ solicita beneficios transicionales. Finalmente, se ordenó a la Secretaría Judicial verificar si se ha bía cumplido la ruta de notificación prevista en la SENIT 3 respecto del compareciente en este trámite.
Este documento es copia del original firmado digitalmente por JURISDICCION ESPECIAL PARA LA PAZ. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web
compareciente en este trámite. Este documento es copia del original firmado digitalmente por JURISDICCION ESPECIAL PARA LA PAZ. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 1501277-92.2025.0.00.0001 y el código 7D2E3E.5
y/o tuvieron algún trámite en la SAI, en vista de que también fueron investigados en el marco del proceso No. 201500654, conexo al No. 20140250819.
13. El 25 de junio de 2024, mediante la resolución SAI-AOI-T-ASM-297-202420, el despacho comisionó a la UIA para que adelantara varias actividades orientadas a ubicar y contactar al señor ISAÍN HERNÁNDEZ YONDA21 y ofició a varias entidades con el mismo objetivo 22. Igualmente, ordenó notificar a los
señores Heber Rivera, Heliberto Suárez, Hermídez Hernández y Medardo Antonio Bedoya.
14. El 2 de julio de 2024, la ARN informó sobre las últimas participaciones d el señor ISAÍN HERNÁNDEZ YONDA en el programa de reincorporación23.
15. El 26 de agosto de 2024, la Dirección de Investigación Criminal e INTERPOL de la Policía Nacional reportó las anotaciones y órdenes de captura vigentes del señor ISAÍN HERNÁNDEZ YONDA, entre ellas , una de fecha 29 de mayo de
202424.
16. El 7 de octubre de 2024, a través de la resolución SAI-IC-AS-ASM-005-2024, el despacho comisionó a la UIA para que insistiera ante las alcaldías, personerías
202424.
16. El 7 de octubre de 2024, a través de la resolución SAI-IC-AS-ASM-005-2024, el despacho comisionó a la UIA para que insistiera ante las alcaldías, personerías y juntas de acción comunal de Cartago, Tuluá y Florida (Valle del Cauca), para obtener información del paradero del señor ISAÍN HERNÁNDEZ YONDA.
También se solicitó a la UIA que indagara ante el Juzgado 101 Penal Municipal con función de Control de Garantías Ambulante de Buga (Valle del Cauca) y la Fiscalía 12 Especializada de la Dirección Seccional del Valle del Cauca por el proceso penal con radicado No. 768346000187-2024-00128, donde, al parecer, era investigado ISAÍN HERNÁNDEZ YONDA, y obtuviera copia del proceso.
19 Expediente Legali 1501926 -62.2022.0.00.0001, folios 494 a 500. El radicado 201500654/201402508 se originó en una compulsa de copias de la investigación 201403002 ordenada por la Fiscalía 30 Seccional de Tuluá (Valle del Cauca), donde también fue procesado el señor ISAÍN HERNÁNDEZ YONDA. 20 Expediente Legali 1501926-62.2022.0.00.0001, folios 553 a 562. 21 Entre ellas, visitar el vecindario de la residencia que aparece asociada a ISAIN HERNÁNDEZ y preguntar por él a los vecinos, contactar a los miembros de su núcleo familiar, verificar si en los expedientes aparecía otro dato de contacto, buscarlo en redes sociales, contactarlo a sus datos registrados
preguntar por él a los vecinos, contactar a los miembros de su núcleo familiar, verificar si en los expedientes aparecía otro dato de contacto, buscarlo en redes sociales, contactarlo a sus datos registrados en la ARN y verificar en el SPOA las investigaciones que aparecen a nombre de las personas con las que fue procesado. 22 ARN, Ministerio de Defensa, Policía Nacional, Migración Colombia y UNP. 23 Acreditado por la OACP como exintegrante de las antiguas FARC -EP, ingresó al proceso de reincorporación el 27 de febrero de 2017, pero en 2024 registraba con estado “ausente”. Sobre sus avances en el proceso, informó que validó la secundaria el 1 de diciembre de 2019, aprobó un curso de apicultura en diciembre de 2022, aparecía como afiliado activo cabeza de familia en la Nueva EPS, y su última asistencia a bienestar psicosocial integral fue el 31 de enero de 2022. Expediente digital, folios 623 a 630. 24 Proferida por el Juzgado 101 Penal Municipal con función de Control de Garantías Ambulante de Buga (Valle del Cauca), en el marco del proceso penal con radicado No. 768346000187-2024-00128, adelantado por los delitos de fabricación, tráfico y porte de armas de fuego o municiones y homicidio. Expediente Legali 1501926-62.2022.0.00.0001, folios 767 a 772. Este documento es copia del original firmado digitalmente por JURISDICCION ESPECIAL PARA LA PAZ. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web
https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 1501277-92.2025.0.00.0001 y el código 7D2E3E.6
Finalmente, se solicitó a la UIA una revisión actualizada de los procesos e investigaciones a nombre del compareciente, y los datos de contacto o ubicación de Heber Rivera Méndez y Hermídez Hernández Yonda, quienes podrían conocer información del señor ISAÍN HERNÁNDEZ YONDA25.
17. El 25 de febrero de 2025, mediante la resolución SAI-IC-AS-ASM-003-2025, el despacho continuó ampliando información previo a abrir un incidente de incumplimiento. Con este propósito, el despacho ordenó oficiar al Ministerio de Defensa y al Comando General de las Fuerzas Militares para que remitieran al despacho toda la información disponible sobre la disidencia “Frente 57 Jair Bermúdez”, así como sobre la posible pertenencia de ISAÍN HERNÁNDEZ YONDA a ese grupo armado ilegal. También se ordenó oficiar al Comité Técnico Interinstitucional del Decreto 1174 de 2016 para que indagara con la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) por información del compareciente, y se solicitó al Mecanismo Unificado de Monitoreo de Riesgos de la UIA contextualizar al despacho sobre las disidencias “Adán Izquierdo” y “Frente 57 Jair Bermúdez”, y sobre la posible relación del compareciente con esta última. Finalmente, se solicitó a la Secretaría Ejecutiva si otras dos personas posiblemente relacionadas con esa disidencia comparecen ante la JEP, y se ordenó a la Secretaría Judicial insistir en la notificación de las decisiones de este trámite al señor Hermídez
solicitó a la Secretaría Ejecutiva si otras dos personas posiblemente relacionadas con esa disidencia comparecen ante la JEP, y se ordenó a la Secretaría Judicial insistir en la notificación de las decisiones de este trámite al señor Hermídez Hernández Yonda26.
18. El 27 de febrero de 2025, la Secretaría Judicial allegó constancia de que Luis Carlos Pinilla Cortez y Leidy Tatiana Rojas Olaya no han tenido trámites ante la
SAI27.
19. El 4 de marzo de 2025, el Ministerio de Defensa informó al despacho que no tiene registros de que ISAÍN HERNÁNDEZ YONDA, haya ingresado a las rutas de desmovilización o sometimiento individual a la justicia 28.
20. El 5 de marzo de 2025, la Secretaría Ejecutiva informó que no tiene registros de que Luis Carlos Pinilla Cortez y Leidy Tatiana Rojas Olaya hayan comparecido ante la JEP. Sin embargo, la señora Leidy Tatiana Rojas Olaya, tiene registro en el programa de reincorporación de la ARN tras su desmovilización individual29.
25 Expediente Legali 1501926-62.2022.0.00.0001, folios 799 a 809. 26 Expediente Legali 1501926-62.2022.0.00.0001, folios 1092 a 1106. 27 Expediente Legali 1501926-62.2022.0.00.0001, folio 1117. 28Expediente Legali 1501926-62.2022.0.00.0001, folios 1120 a 1123. 29 Expediente Legali 1501926-62.2022.0.00.0001, folios 1124 a 1151.
28Expediente Legali 1501926-62.2022.0.00.0001, folios 1120 a 1123. 29 Expediente Legali 1501926-62.2022.0.00.0001, folios 1124 a 1151. Este documento es copia del original firmado digitalmente por JURISDICCION ESPECIAL PARA LA PAZ. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 1501277-92.2025.0.00.0001 y el código 7D2E3E.7
21. El 7 de marzo de 202 5, el Grupo de Monitoreo de la UIA presentó un informe de contexto al despacho 30, en el que explicó que el frente “Adán Izquierdo” integra las disidencias de “Iván Mordisco”, el “frente 57 Jair Bermúdez” integra la “Segunda Marquetalia” , y ambas estructuras están enfrentadas. Estas estructuras operan simultáneamente en varios municipios de Valle del Cauca, incluido Tuluá, de ahí que sostengan una lucha por el control territorial. El Grupo de Monitoreo también i nformó que el señor ISAÍN HERNÁNDEZ apareció mencionado como alias “Hersain” en una entrevista que le hicieron al general Giovanni Cristancho, comandante de la Policía en Valle del Cauca, quien identific ó al compareciente como uno de los cabecillas del autodenominado “frente 57 Jair Bermúdez”, y lo señalaron como determinador de un doble homicidio en Tuluá (Valle del Cauca), ocurrido el 24 de marzo de
202331. Aun así, el Grupo de Monitoreo informó que las fuentes extrajudiciales
de un doble homicidio en Tuluá (Valle del Cauca), ocurrido el 24 de marzo de
202331. Aun así, el Grupo de Monitoreo informó que las fuentes extrajudiciales no enuncian el nombre completo o número de identificación del compareciente.
22. El 3 de abril de 2025, el Ministerio de Defensa informó al despacho que, tras consultas en el Centro Integrado de Información de Inteligencia Militar (CI3ME), encontró que el GAO R autodenominado “frente 57 Jair Bermúdez” está conformado por 27 hombres en armas y 13 RAER ( Redes de Apoyo a Grupos Residuales), bajo el mando delictivo de varias personas, entre ellos el señor ISAÍN HERNÁNDEZ YONDA, presunto segundo cabecilla identificado como alias “Mira” o alias “Hersain”, cuyo estado en ese grupo ilegal es “activo” 32.
23. El 11 de julio de 2025, por medio de la resolución SAI-IC-A-ASM-004-2025, el despacho: i) abrió un incidente de incumplimiento del régimen de condicionalidad al señor ISAÍN HERNÁNDEZ YONDA; ii) suspendió el trámite de amnistía; iii) comisionó a la UIA para encontrar los datos de los familiares de Fabián Castaño, víctima directa de l homicidio en el proceso penal No. 768346000187-2024-00128; iv) ordenó comunicar la decisión a la ARN para que tuviera en cuenta el proceso No. 768346000187-2024-00128 abierto en contra de Leidy Tatiana Rojas, por aparecer investigada junto al compareciente como posible disidente de las antiguas FARC-EP; v) solicitó a la OCCP que informara
tuviera en cuenta el proceso No. 768346000187-2024-00128 abierto en contra de Leidy Tatiana Rojas, por aparecer investigada junto al compareciente como posible disidente de las antiguas FARC-EP; v) solicitó a la OCCP que informara si Hermídez Hernández Yonda, familiar de ISAÍN HERNÁNDEZ YONDA, fue acreditado como exintegrante de las FARC -EP; vi) solicitó a la Secretaría Ejecutiva contactar a las víctimas e indagar si desea ban participar en el trámite;
30 Expediente Legali 1501926-62.2022.0.00.0001, folios 1156 a 1170. 31 La W. (24 de diciembre de 2024). Policía identifica a disidentes responsables de homicidios en el Valle del Cauca . Disponible en: https://web.archive.org/web/20250214111607/https://www.wradio.com.co/2024/12/24/policia -identificaa-disidentes-responsables-de-homicidios-en-el-valle-del-cauca/ 32 Expediente Legali 1501926-62.2022.0.00.0001, folios 1171 a 1189. Este documento es copia del original firmado digitalmente por JURISDICCION ESPECIAL PARA LA PAZ. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 1501277-92.2025.0.00.0001 y el código 7D2E3E.8
y vii) corrió traslado por cinco (5) días a las partes para que solicitaran o allegaran pruebas33.
24. El 15 de julio de 2025, la OCCP informó que el señor Hermídez Hernández
y vii) corrió traslado por cinco (5) días a las partes para que solicitaran o allegaran pruebas33.
24. El 15 de julio de 2025, la OCCP informó que el señor Hermídez Hernández Yonda no fue acreditado como exintegrante de las FARC-EP34.
25. El 28 de julio de 2025, la ARN solicitó al despacho informar el número de identificación de Leidy Tatiana Rojas Olaya para registrar el expediente penal que tiene abierto en su contra y tomar las decisiones que correspondan sobre su participación en el programa de reincorporación35.
26. El 1 de agosto de 2025, la UIA presentó informe parcial de comisión. Indicó que no obtuvo información de las órdenes de captura de ISAÍN HERNÁNDEZ YONDA por parte de la Policía Nacional, que en el INPEC no aparece privado de libertad, que obtuvo los números de identificación de las víctimas indirectas del homicidio de Fabián Castaño Serna. Además remitió copia del proceso penal con radicado No. 768346000187-2024-0012836.
27. El 15 de agosto de 2025, la UIA presentó nuevo informe de comisión, con el que allegó la respuesta de la DIJIN sobre las órdenes de captura vigentes en
contra de ISAÍN HERNÁNDEZ YONDA37.
28. El 26 de septiembre de 2025, la Secretaría Judicial dejó constancia de que logró notificar la resolución SAI-IC-A-ASM-004-2025 de 11 de julio de 2025 a las víctimas indirectas del homicidio de Fabián Castaño Serna, las señoras Paola
logró notificar la resolución SAI-IC-A-ASM-004-2025 de 11 de julio de 2025 a las víctimas indirectas del homicidio de Fabián Castaño Serna, las señoras Paola Andrea Acevedo Castaño, Angie Valentina Castaño Cardona, y Miryan Castaño Serna. Asimismo, no logró notificar a María Aleida Serna Quintero, Faver Castaño Serna, María Esperanza Castaño Serna, Luis Hernando Castaño Serna y Javier de Jesús Castaño Serna38.
29. El 26 de septiembre de 2025, la Secretaría Judicial aclaró que, dado que no se pudo notificar a todas las víctimas, no requirió a la Secretaría Ejecutiva para que las contactara y les asesorara sobre su participación en este asunto. Como no han manifestado si desean participar, tampoco se les ha asignado un representante judicial del SAAD Comparecientes. Asimismo, tampoco se corrió
33 Expediente Legali, folios 4 a 19. 34 Expediente Legali, folios 97 y 98. 35 Expediente Legali, folios 101 y 102. 36 Expediente Legali, folios 104 a 172. 37 Expediente Legali, folios 273 a 281. 38 Expediente Legali, folios 283 a 287. Este documento es copia del original firmado digitalmente por JURISDICCION ESPECIAL PARA LA PAZ. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 1501277-92.2025.0.00.0001 y el código 7D2E3E.9
traslado a las partes para que solicitaran o allegaran pruebas,39dado que el mismo
https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 1501277-92.2025.0.00.0001 y el código 7D2E3E.9
traslado a las partes para que solicitaran o allegaran pruebas,39dado que el mismo quedó condicionado a la notificación a las víctimas40.
30. El 24 de octubre de 2025, por medio de la resolución SAI-IC-T-ASM-0302025, el despacho : i) emplaz ó a los familiares de Fabiá n Castaño Serna ; ii) requirió a la Secretaría Ejecutiva para que, a través de su Oficina Asesora de Atención a Víctimas, contact ara a Paola Andrea Acevedo Castaño, Angie Valentina Castaño Cardona, y Miryan Castaño Serna y se les informara sobre su posibilidad de participar en este trámite ; iii) requ irió a la Secretaría Ejecutiva para que corroborara si se mantenía la representación. En caso de que no lo fuera, asignarle un abogado del SAAD Comparecientes; iv) corrió traslado común a las partes procesales e intervinientes especiales; v) comision ó a la UIA para que, estableciera si ha bía relación entre los radicados penales No. 202410017 y 768346000187-2024-00128 asociados a ISAÍN HERNÁNDEZ YONDA ; vi) comunicó esta decisión a la ARN y le informó a que la señora Leidy Tatiana Rojas Olaya, era investigada como posible disidente de las FARC -EP en el proceso penal No. 20240012841.
31. El 28 de octubre de 2025, se emplazó a las víctimas María Aleida Serna
Olaya, era investigada como posible disidente de las FARC -EP en el proceso penal No. 20240012841.
31. El 28 de octubre de 2025, se emplazó a las víctimas María Aleida Serna Quintero, Faver Castaño Serna, María Esperanza Castaño Serna, Luis Hernando Castaño Serna , Javier de Jesús Castaño Serna, Jham Pooll Castaño Cardona ,
familiares de Fabián Castaño Serna42.
32. El 10 de noviembre de 2025, fue allegada la respuesta de la ARN, en la que se informó que la señora Leidy Tatiana Rojas Olaya únicamente reporta ingreso y vinculación al Proceso de Reintegración, con estado culminado43.
33. El 13 de noviembre de 2025, fue allegada la respuesta de la Secretaría Ejecutiva sobre la reasignación de una apoderada para que representara al señor
ISAÍN HERNÁNDEZ YONDA44.
34. El 18 de noviembre de 2025, la Secretaría Ejecutiva informó que contacto a la señora Paola Andrea Acevedo Castaño quien manifestó que requería tiempo para valorar su participación; manifestó preocupación por su seguridad, dado su rol como lideresa social. Por su parte, la señora Miryan Castaño Serna manifestó
40 Expediente Legali, folios 288 a 290. 41 Expediente Legali, folios 291 a 299. 42 Expediente Legali 1501926-62.2022.0.00.0001, folios 1554. 43 Expediente Legali 1501926-62.2022.0.00.0001, folios 1556 a 1562.
42 Expediente Legali 1501926-62.2022.0.00.0001, folios 1554. 43 Expediente Legali 1501926-62.2022.0.00.0001, folios 1556 a 1562. 44 Expediente Legali 1501926-62.2022.0.00.0001, folios 1563 y 1564. Este documento es copia del original firmado digitalmente por JURISDICCION ESPECIAL PARA LA PAZ. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 1501277-92.2025.0.00.0001 y el código 7D2E3E.10
que no deseaba participar en el proceso y no fue posible establecer comunicación con Angie Valentina Castaño Cardona45.
35. El 19 de noviembre de 2025, fue allegado al expediente el informe de la UIA en el que indicó que estaba a la espera obtener copia del proceso penal con radicado No. 76834600017920241001746.
36. El 22 de enero de 2026, la Secretaría Ejecutiva designó una nueva apoderada para representar al señor ISAÍN HERNÁNDEZ YONDA 47.
37. El 6 de febrero de 2026, la UIA remitió copia del proceso penal con radicado No. 768346000179202410017 e informó que este no se adelanta ba en contra del
señor ISAÍN HERNÁNDEZ YONDA48.
38. El 9 de febrero de 2026, ingresaron las diligencias al despacho mediante informe secretarial49.
39. El 25 de febrero de 2026, la apoderada del compareciente solicitó los datos de contacto y ubicación del señor ISAIN HERNÁNDEZ YONDA50.
informe secretarial49.
39. El 25 de febrero de 2026, la apoderada del compareciente solicitó los datos de contacto y ubicación del señor ISAIN HERNÁNDEZ YONDA50.
IV. CONSIDERACIONES
4.1. Problema jurídico y orden de exposición