JEP - Resolución SDSJ 0169 22 enero de 2026
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
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Detalles
- Título
- JEP - Resolución SDSJ 0169 22 enero de 2026
- Autor
- JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transicional
- Año
- 2026
1
S AL A D E D E FIN ICIÓ N D E S IT UACIO N E S JUR ÍD I C AS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ
SALAS DE JUSTICIA
SALA DE DEFINICIÓN DE SITUACIONES JURÍDICAS
SUBSALA ESPECIAL DE CONOCIMIENTO Y DECISIÓN CATATUMBO
Resolución No. 169 Bogotá D.C., 22 de enero de 2026
Compareciente Expediente Legali Juan Carlos Silva Rodríguez 0400255-81.2020.0.00.0001 Nelson Andrés Gómez Rodríguez 1500694-78.2023.0.00.0001 Carlos Andrés Batista López 9001075-80.2018.0.00.0001/0011 Manuel Antonio Manrique Díaz Fornary Ardila Villafañe Jhon Deiver Castañeda Rozo 9002767-80.2019.0.00.0001 Floresmiro Reyes Ricardo 9002763-43.2019.0.00.0001 Elberth Mauricio Avendaño Velandia Evidelio Arias Argüello 9003710-97.2019.0.00.0001 Adel Ramiro Ariza Carracedo 9001452-17.2019.0.00.0001 Isidro José Amaya Pabón 9000797-79.2018.0.00.0001 Domingo Rafael de León González 0001364-98.2020.0.00.0001 Ángel de Jesús Vásquez Ardila 9001423-64.2019.0.00.0001 Martín Rodríguez González 9004028-80.2019.0.00.0001/0006
Ángel de Jesús Vásquez Ardila 9001423-64.2019.0.00.0001 Martín Rodríguez González 9004028-80.2019.0.00.0001/0006 Jaime Luis Miranda Moreno 0001973-81.2020.0.00.0001 José Tiodor Suárez Vergara 0001357-09.2020.0.00.0001 Julio Enrique Sierra Rivero 9000189-81.2018.0.00.0001 Alexander Suárez Rozo 9001318-24.2018.0.00.0001 Evert Jaime Garzón 9002293-12.2019.0.00.0001 Norberto Alfonso Conrado Eslava 9001445-25.2019.0.00.0001 Lorenzo Aguas Robles 9000007-95.2018.0.00.00012
SUBSALA CATATUMBO
ASUNTO
Procede el despacho a dar respuesta al Auto de Ponente TP-SA-PLP 403 de 2026, proferido en el marco del trámite de apelación de la Resolución 3322 de 7 de octubre de 2025.
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 3322 de 7 de octubre de 2025 , la Subsala Especial de Conocimiento y Decisión Catatumbo (“Subsala Catatumbo”) concedió el beneficio definitivo de la renuncia a la persecución penal a 93 comparecientes forzosos miembros de la fuerza pública, adscritos al Batallón de Infantería N° 15, “General Francisco de Paula Santander” del Ejército Nacional , en relación con 20 hechos victimizantes.
2. Con Informe Secretarial ISJ.SDSJ.0000619.2025 de 19 de noviembre de 2025, la
15, “General Francisco de Paula Santander” del Ejército Nacional , en relación con 20 hechos victimizantes.
2. Con Informe Secretarial ISJ.SDSJ.0000619.2025 de 19 de noviembre de 2025, la Secretaría Judicial de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas (“ SDSJ”) reportó lo siguiente en relación con el trámite de su notificación:
2. Para efectos de cumplir con la notificación de los sujetos procesales, se les remitió oficios de notificación a sus correos electrónicos los días 10, 14 y 15 de octubre del 2025, con acuse de recibido de las mismas fechas.
3. El día 17 de octubre del 2025, el representante de víctimas Tito Augusto Gaitán interpuso recurso de apelación, en contra de la citada resolución, lo anterior previo al término de ejecutoria.
4. Del mismo modo, el día 22 de octubre del 2025 el representante de víctimas Leonardo Jaimes Marín, interpuso recurso de apelación en contra la resolución de referencia.
5. En consecuencia de lo anterior, se fijó la Constancia de Traslado a los recurrentes por el término de diez (10) días para que sustenten el recurso interpuesto.
6. A través de radicado Conti No. 202501086765 del 24 de octubre del 2025, el representante Gaitán Crespo sustentó el recurso elevado.
7. A su turno, por medio del radicado Conti No. 202501086833 del 25 de octubre del 2025, el representante Jaimes Marín sustentó el recurso formulado.
8. Cumplido el término anterior, se procedió a fijar el Traslado No.
octubre del 2025, el representante Jaimes Marín sustentó el recurso formulado.
8. Cumplido el término anterior, se procedió a fijar el Traslado No.
SDSJ.0000105.2025 para los no recurrentes, el día 11 de noviembre del 2025 por el término de cinco (5) días, para su intervención.
9. Una vez descorrido el traslado al recurrente y no recurrentes, no se presentaron adiciones al recurso de apelación o argumentos por parte de3
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los demás sujetos procesales, por lo que procede a dar cuenta al despacho para lo de su competencia1.
3. En vista de lo anterior, mediante Resolución 3841 de 26 de noviembre de 2025 la Subsala Catatumbo concedió, en el efecto suspensivo, los recursos de apelación presentados por los abogados Tito Augusto Gaitán Crespo y Leonardo Jaimes Marín contra la Resolución 3322 de 7 de octubre de 2025. Adicionalmente, le ordenó a la Secretaría Judicial de la SDSJ otorgar a la Sección de Apelación (“SA”) un usuario y una clave que le permitiera consultar los expedientes Legali relacionados con los comparecientes cuya situ ación jurídica se definió a través de la resolución apelada.
4. Remitido el trámite a la SA, la magistrada ponente profirió el Auto TP-SAPLP 403 de 14 de enero de 2026, en el cual señaló lo siguiente:
2. Los recurrentes presentaron los recursos mencionados en relación con la decisión de la SDSJ de conceder la RPP a los comparecientes involucrados en los homicidios de las víctimas José Néstor Rodríguez Santana, Alexander
2. Los recurrentes presentaron los recursos mencionados en relación con la decisión de la SDSJ de conceder la RPP a los comparecientes involucrados en los homicidios de las víctimas José Néstor Rodríguez Santana, Alexander Sánchez Quintero y Javier Barrientos Bautista. Según la decisión apelada, los comparecientes relacionados con esos hechos son los señores Lorenzo Aguas Robles, Alexander Suárez Rozo, Evert Jaime Garzón, Norberto Alfonso Conrado Eslava, Domingo Rafael de León González, Ángel de Jesús Vásquez
Ardila, Evidelio Arias Argüello, Jhon Deiver Castañeda Rozo, Juan Carlos Silva Rodríguez, Floresmiro Reyes Ricardo, Carlos Andrés Batista López, Fornary Ardila Villafañe, Manuel Antonio Manrique Díaz , Nelson Andrés Gómez Rodríguez.
3. Ahora bien, para la resolución de la alzada, es necesario contar con la información completa de ciertas diligencias y datos vinculados con el régimen de condicionalidad, el aporte a la verdad y el reconocimiento de responsabilidad de los comparecientes en mención.
5. En este sentido, la SA resolvió:
Primero. ORDENAR a Sala de Definición de Situaciones Jurídicas otorgar acceso a los expedientes (i) de los comparecientes Lorenzo Aguas Robles, Alexander Suárez Rozo, Evert Jaime Garzón, Norberto Alfonso Conrado Eslava, Domingo Rafael de León González, Ángel de Jesús Vásquez Ardila, Evidelio Arias Argüello, Jhon Deiver Castañeda Rozo, Juan Carlos Silva Rodríguez, Floresmiro Reyes Ricardo, Carlos Andrés Batista López,
Eslava, Domingo Rafael de León González, Ángel de Jesús Vásquez Ardila, Evidelio Arias Argüello, Jhon Deiver Castañeda Rozo, Juan Carlos Silva Rodríguez, Floresmiro Reyes Ricardo, Carlos Andrés Batista López,
1 Expediente Legali 1500836-82.2023.0.00.0001, fl. 6522.4
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Fornary Ardila Villafañe, Manuel Antonio Manrique Díaz, Nelson Andrés Gómez Rodríguez y (ii) de los hechos victimizantes ocurridos contra los señores Javier Barrientos Bautista, Alexander Sánchez Quintero y José Néstor Rodríguez.
Segundo. ORDENAR a Sala de Definición de Situaciones Jurídicas informar si tiene las transcripciones completas de las diligencias orales realizadas respecto de los comparecientes Lorenzo Aguas Robles, Alexander Suárez Rozo, Evert Jaime Garzón, Norberto Alfonso Conrado Eslava, Domingo Rafael de León González, Ángel de Jesús Vásquez Ardila, Evidelio Arias Argüello, Jhon Deiver Castañeda Rozo, Juan Carlos Silva Rodríguez, Floresmiro Reyes Ricardo, Carlos Andrés Batista López, Fornary Ardila Villafañe, Manuel A ntonio Manrique Díaz, Nelson Andrés Gómez Rodríguez, incluyendo, entre otras, las siguientes: (i) la(s) audiencia(s) de seguimiento al régimen de condicionalidad, aporte a la verdad, reconocimiento de responsabilidad y espacio restaurativo, y su diligencia de continuación; y (ii) la audiencia final celebrada los días 2, 3 y 4 de abril de 2025. En caso positivo remitir las respectivas copias, así como
verdad, reconocimiento de responsabilidad y espacio restaurativo, y su diligencia de continuación; y (ii) la audiencia final celebrada los días 2, 3 y 4 de abril de 2025. En caso positivo remitir las respectivas copias, así como las grabaciones a los correos electrónicos erika.melo@jep.gov.co y liliana.sierra@jep.gov.co.
CONSIDERACIONES
6. Previo a dar cumplimiento a las órdenes proferidas por la SA es importante aclarar que, tal como consta en la Resolución 3322 de 2025, además de los comparecientes mencionados en el Auto de Ponente TP-SA-PLP 403 de 2026, los
señores Elberth Mauricio Avendaño Velandia, Adel Ramiro Ariza Carracedo, Isidro José Amaya Pabón, Martín Rodríguez González, Jaime Luis Miranda Moreno, José Tiodor Suárez Vergara y Julio Enrique Sierra Rivero también estuvieron involucrados en el asesinato del señor Alexander Sánchez Quintero. En ese sentido, estos comparecientes realizaron también aportes a la verdad respecto de dicho crimen y se les concedió el beneficio de la renuncia a la persecución penal en relación con el mismo.
7. Dicho lo anterior, según se expuso en los antecedentes, en la Resolución 3841 de 26 de noviembre de 2025 la Subsala Catatumbo ya había ordenado a la Secretaría Judicial de la SDSJ otorgar a la SA un usuario y una clave que le permitieran consultar los expedientes Legali relacionados con los comparecientes cuya situación jurídica se definió a través de la Resolución 3322 de 2025, incluyendo los comparecientes involucrados en los asesinatos de las5
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permitieran consultar los expedientes Legali relacionados con los comparecientes cuya situación jurídica se definió a través de la Resolución 3322 de 2025, incluyendo los comparecientes involucrados en los asesinatos de las5
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víctimas José Néstor Rodríguez Santana, Alexander Sánchez Quintero y Javier Barrientos Bautista. Siendo así, con miras a cumplir con lo dispuesto por el órgano de cierre, se le reiterará a la Secretaría Judicial de esta Sala que, en caso de no haberlo hecho, dé cumplimiento a la orden en cuestión.
8. Por otra parte, en lo referente a las transcripciones y grabaciones de las diligencias orales realizadas respecto de los comparecientes involucrados en los crímenes anteriormente referidos, es importante aclarar lo siguiente:
(i) En relación con los asesinatos de José Néstor Rodríguez Santana, Alexander Sánchez Quintero y Javier Barrientos Bautista se llevaron a cabo las siguientes audiencias de aporte y contrastación de la verdad, en las cuales participaron los comparecientes enlistados a continuación:
Hecho victimizante Fecha de la audiencia Comparecientes participantes Homicidio de Javier Barrientos Bautista 20 de septiembre de 2024 John Deiver Castañeda Rozo, Juan Carlos Silva Rodríguez, Floresmiro Reyes Ricardo, Carlos Andrés Batista López, Fornary Ardila Villafañe, Manuel Antonio Manrique Díaz, Nelson Andrés Gómez Rodríguez Homicidio de Alexander Sánchez Quintero 9 de octubre de 2024 Domingo Rafael de León González, Ángel de Jesús
Antonio Manrique Díaz, Nelson Andrés Gómez Rodríguez Homicidio de Alexander Sánchez Quintero 9 de octubre de 2024 Domingo Rafael de León González, Ángel de Jesús Vásquez Ardila, Evidelio Arias Argüello, Elberth Mauricio Avendaño Velandia, Adel Ramiro Ariza Carracedo, Isidro José Amaya Pabón, Martín Rodríguez González, Jaime Luis Miranda Moreno, José Tiodor Suárez Vergara, Julio Enrique Sierra Rivero 12 de noviembre de 2024 Martín Rodríguez González, Jaime Luis Miranda Moreno, José Tiodor Suárez Vergara, Elberth Mauricio Avendaño Velandia, Domingo Rafael de León González Homicidio de José Néstor Rodríguez 23 de octubre de 2024 Lorenzo Aguas Robles, Alexander Suárez Rozo, Evert Jaime Garzón, Norberto Alfonso Conrado Eslava
(ii) Adicionalmente, todos los comparecientes mencionados participaron también en la audiencia de presentación de informe de aportes a la verdad y consolidación del régimen de condicionalidad y de otras actuaciones procesales celebrada los días 2, 3 y 4 de abril de 2025.6
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(iii) La SDSJ solo cuenta con transcr ipciones completas de ( a) la audiencia de aporte y contrastación de la verdad llevada a cabo el 9 de octubre de 2024, y (b) la audiencia de presentación de informe de aportes a la verdad y consolidación del régimen de condicionalidad y de otras actuaciones
aporte y contrastación de la verdad llevada a cabo el 9 de octubre de 2024, y (b) la audiencia de presentación de informe de aportes a la verdad y consolidación del régimen de condicionalidad y de otras actuaciones procesales celebrada los días 2, 3 y 4 de abril de 2025. Siendo así, el despacho ordenará la remisión de estas transcripciones a los correos electrónicos erika.melo@jep.gov.co y liliana.sierra@jep.gov.co, de conformidad con lo ordenado en el Auto TP-SA-PLP 403 de 2026.
(iv) Sin perjuicio de lo anterior, las grabaciones completas de todas las audiencias de aporte y contrastación de la verdad anteriormente mencionadas se encuentran cargadas en los expedientes correspondientes, donde podrán ser consultadas por la SA, de la siguiente manera:
Fecha de audiencia Expediente Legali Folio 20 de septiembre de 2024 9002767-80.2019.0.00.0001 3688 23 de octubre de 2024 9000007-95.2018.0.00.0001 2491 12 de noviembre de 2024 0001364-98.2020.0.00.0001 9732
(v) A su vez, las grabaciones completas de la audiencia de presentación de informe de aportes a la verdad y consolidación del régimen de condicionalidad y de otras actuaciones procesales celebrada los días 2, 3 y 4 de abril de 2025 se encuentra n disponibles para consulta pública en el canal de la JEP en la plataforma YouTube, en los siguientes enlaces:
Fecha Enlace 2 de abril de 2025 https://www.youtube.com/watch?v=3_xq2CThl7k&t=348s
canal de la JEP en la plataforma YouTube, en los siguientes enlaces:
Fecha Enlace 2 de abril de 2025 https://www.youtube.com/watch?v=3_xq2CThl7k&t=348s 3 de abril de 2025 https://www.youtube.com/watch?v=Ip8eFbswBe8&t=38775s 4 de abril de 2025 https://www.youtube.com/watch?v=rBWUkdG4K-M&t=20755s
9. Finalmente, es necesario aclarar que , de conformidad con la estrategia de gestión documental establecida por el despacho , no existen expedientes que correspondan, específicamente, a “los hechos victimizantes ocurridos contra los señores Javier Barrientos Bautista, Alexander Sánchez Quintero y José Néstor Rodríguez”. Por el contrario, los expedientes relacionados con dichos hechos victimizantes son aquellos correspondientes a cada uno de los comparecientes7
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involucrados en los mismos, a los cuales se le ordenó a la Secretaría Judicial de la SDSJ conceder acceso a la SA.
En mérito de lo expuesto, el suscrito magistrado de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz,
RESUELVE
PRIMERO: REITERAR a la Secretaría Judicial de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas que, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que se profiere esta decisión, y en caso de no haberlo hecho ya, dé cumplimiento a lo ordenado en el numeral resolutivo TERCERO de la Resolución 3841 de 26 de noviembre de 2025, en el sentido de otorgar a la Sección
en que se profiere esta decisión, y en caso de no haberlo hecho ya, dé cumplimiento a lo ordenado en el numeral resolutivo TERCERO de la Resolución 3841 de 26 de noviembre de 2025, en el sentido de otorgar a la Sección de Apelación un usuario y una clave que le permitan consultar los expedientes Legali relacionados con los comparecientes cuya situación jurídica se defini ó a través de la Resolución 3322 de 7 de octubre de 2025, a saber:
Compareciente Expediente Legali Milton Reynaldo Fuertes Rubio 1500836-82.2023.0.00.0001 Elquin Escalante Espinosa 9002081-88.2019.0.00.0001 Óscar Fernando Campos Rangel 0001013-57.2022.0.00.0001 Alfonso Cubides Riobo 1500601-18.2023.0.00.0001 Antonio José Morales Peña 1500907-84.2023.0.00.0001 Jesús Hernando Serrano Fandiño 9002723-61.2019.0.00.0001 9000999-56.2018.0.00.0001 Nelson Gerardo Cabrejo Grismaldo 9003568-93.2019.0.00.0001 Ilde Alfaro Papamija Cerón 9001768-30.2019.0.00.0001 Óscar Emilio Santana Niño Daniel Armando Muñoz Botina 9001075-80.2018.0.00.0001/0010 Esneider Cañas Páez 1501666-48.2023.0.00.0001 Juan Carlos Silva Rodríguez 0400255-81.2020.0.00.0001 Nelson Andrés Gómez Rodríguez 1500694-78.2023.0.00.0001 Carlos Andrés Batista López
Juan Carlos Silva Rodríguez 0400255-81.2020.0.00.0001 Nelson Andrés Gómez Rodríguez 1500694-78.2023.0.00.0001 Carlos Andrés Batista López 9001075-80.2018.0.00.0001/0011 Manuel Antonio Manrique Díaz Fornary Ardila Villafañe Cristian David Arroyave Ramírez 1501808-52.2023.0.00.0001 Jhon Deiver Castañeda Rozo 9002767-80.2019.0.00.0001 Floresmiro Reyes Ricardo 9002763-43.2019.0.00.0001 Elierth Realpe Calvache 9000781-28.2018.0.00.00018
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Compareciente Expediente Legali José Antonio Aguilar Cortés Elberth Mauricio Avendaño Velandia Evidelio Arias Argüello 9003710-97.2019.0.00.0001 José Antonio Osorio García 1500791-78.2023.0.00.0001 Adel Ramiro Ariza Carracedo 9001452-17.2019.0.00.0001 Isidro José Amaya Pabón 9000797-79.2018.0.00.0001 Juan de Dios Díaz Mejía 9002975-64.2019.0.00.0001 Domingo Rafael de León González 0001364-98.2020.0.00.0001 Ángel de Jesús Vásquez Ardila 9001423-64.2019.0.00.0001 Martín Rodríguez González 9004028-80.2019.0.00.0001/0006 Jaime Luis Miranda Moreno 0001973-81.2020.0.00.0001
Martín Rodríguez González 9004028-80.2019.0.00.0001/0006 Jaime Luis Miranda Moreno 0001973-81.2020.0.00.0001 José Tiodor Suárez Vergara 0001357-09.2020.0.00.0001 Julio Enrique Sierra Rivero 9000189-81.2018.0.00.0001 José Erwin Rodríguez Rodríguez 9001075-80.2018.0.00.0001/0001 William Toro Coronel 0001424-71.2020.0.00.0001 Luis Alberto Peralta Cifuentes 9000116-75.2019.0.00.0001 Wilmer Rodríguez Henao Ricardo Durán Peña 0001360-61.2020.0.00.0001 Hugo Andrés Ordóñez González 9001414-05.2019.0.00.0001 Manuel Ríos Moreno Jaider Sanguino Sarabia Willington Ortiz Pineda 0002408-55.2020.0.00.0001 Alfonso Cubides Daniel Fernando Estepa Becerra 9003218-08.2019.0.00.0001 Yefry Danilo Coronel Arnulfo Cristancho Acosta 1500879-53.2022.0.00.0001 Jhon César Sánchez Gómez 1500988-33.2023.0.00.0001 Carlos Eduardo Aguilar Gelvis 1501829-28.2023.0.00.0001 Luis Francisco Ríos García 9003610-45.2019.0.00.0001 Alexander Arroyo Rodríguez Alexander Suárez Rozo 9001318-24.2018.0.00.0001 Evert Jaime Garzón 9002293-12.2019.0.00.0001
9003610-45.2019.0.00.0001 Alexander Arroyo Rodríguez Alexander Suárez Rozo 9001318-24.2018.0.00.0001 Evert Jaime Garzón 9002293-12.2019.0.00.0001 Norberto Alfonso Conrado Eslava 9001445-25.2019.0.00.0001 Lorenzo Aguas Robles 9000007-95.2018.0.00.0001 Luis Enrique Galeano Mendoza 9000575-77.2019.0.00.0001 1500803-92.2023.0.00.0001 William Sierra Ortega 0001363-16.2020.0.00.0001 Leonardo Montañez Navarro 9001075-80.2018.0.00.0001 Javier Saúl Delgado Buitrago 9001075-80.2018.0.00.0001/0002 Jaider Picón Carranza 9002298-34.2019.0.00.0001 Robinson Álvarez Paba 0001440-25.2020.0.00.00019
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Compareciente Expediente Legali Olinto Ochoa Gélvez Daniel Cotamo Lizarazo Óscar Franco Valderrama Ulfran Olivo Villa Inocencio Abelino Gil González 9003609-60.2019.0.00.0001 Tomás Contreras Duarte 0001438-55.2020.0.00.0001 Rolando Rafael Consuegra Estupiñán 9001075-80.2018.0.00.0001/0009 Yilber Alfonso Ovalle Pineda 0001437-70.2020.0.00.0001 Obdulio Alberto Medina Joiro 9004028-80.2019.0.00.0001/0007
Yilber Alfonso Ovalle Pineda 0001437-70.2020.0.00.0001 Obdulio Alberto Medina Joiro 9004028-80.2019.0.00.0001/0007 Edward Uriel Zapata Vera 0001444-62.2020.0.00.0001 Wilmer Bayona García 9001075-80.2018.0.00.0001/0012 Juan Bautista Cubides Rodríguez 9004028-80.2019.0.00.0001/0003 Jesús Alveiro Arévalo Téllez 9002081-88.2019.0.00.0001 Orlando Burgos Vargas 0000071-25.2022.0.00.0001 Henry Torres Téllez 9003046-66.2019.0.00.0001 Medardo Ríos Díaz 9002816-24.2019.0.00.0001 Gustavo Adolfo Díaz Ibáñez 9004028-80.2019.0.00.0001/0002 Nilson Sanjuan Cubides 9001075-80.2018.0.00.0001/0005 Carlos Alberto Obando Sandoval 1500688-71.2023.0.00.0001 José Ángel Rodríguez Piracún Miguel Ayala Fuentes Geovanni Pérez Tarazona Jhon Jairo Castillo Cruz 9004028-80.2019.0.00.0001 Uvaldo Ronderos Poveda 9001688-66.2019.0.00.0001 Juan de Dios Suárez 9004028-80.2019.0.00.0001/0004 Libaner Rodríguez Duarte Orlando Antonio Pallares Uribe 0001441-10.2020.0.00.0001 Rubén Darío Roa Díaz 9003896-23.2019.0.00.0001
Orlando Antonio Pallares Uribe 0001441-10.2020.0.00.0001 Rubén Darío Roa Díaz 9003896-23.2019.0.00.0001 Néstor Jaime Mosquera Blanco 0001437-70.2020.0.00.0001 Fernando Sanjuan Sanjuan Mauricio Delgado Zayas José Gregorio Mendoza Pinzón 9004031-35.2019.0.00.0001 Salvador Renoga Osorio 0001444-62.2020.0.00.0001
SEGUNDO: REMITIR las transcripciones de (i) la audiencia de aporte y contrastación de la verdad llevada a cabo el 9 de octubre de 2024, y (ii) la audiencia de presentación de informe de aportes a la verdad y consolidación del régimen de condicionalidad y de otras actuaciones procesales celebrada los días 2, 3 y 4 de abril de 2025 a los correos electrónicos erika.melo@jep.gov.co y
liliana.sierra@jep.gov.co, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva.10
SUBSALA CATATUMBO
TERCERO: INFORMAR a la Sección de Apelación que las grabaciones completas de todas las audiencias de aporte y contrastación de la verdad relacionadas con las víctimas directas Javier Barrientos Bautista, Alexander Sánchez Quintero y José Néstor Rodríguez se encuentran cargadas en los expedientes correspondientes, donde podrán ser consultadas por la SA, de la
siguiente manera:
Fecha de audiencia Expediente Legali Folio 20 de septiembre de 2024 9002767-80.2019.0.00.0001 3688 23 de octubre de 2024 9000007-95.2018.0.00.0001 2491
Fecha de audiencia Expediente Legali Folio 20 de septiembre de 2024 9002767-80.2019.0.00.0001 3688 23 de octubre de 2024 9000007-95.2018.0.00.0001 2491 12 de noviembre de 2024 0001364-98.2020.0.00.0001 9732
Asimismo, INFORMAR que las grabaciones completas de la audiencia de presentación de informe de aportes a la verdad y consolidación del régimen de condicionalidad y de otras actuaciones procesales celebrada los días 2, 3 y 4 de abril de 2025 se encuentran disponibles para consulta pública en el canal de la JEP en la plataforma YouTube, en los siguientes enlaces:
Fecha Enlace 2 de abril de 2025 https://www.youtube.com/watch?v=3_xq2CThl7k&t=348s 3 de abril de 2025 https://www.youtube.com/watch?v=Ip8eFbswBe8&t=38775s 4 de abril de 2025 https://www.youtube.com/watch?v=rBWUkdG4K-M&t=20755s
CUARTO: REMITIR esta decisión a la Relatoría de la Jurisdicción Especial para la Paz para su correspondiente publicación y difusión en el canal dispuesto para este fin, según lo dispuesto en el Acuerdo del Órgano de Gobierno AOG 009 del 29 de marzo de 2022, adicionado po r el Acuerdo AOG 015 del 16 de junio de
2022.
Comuníquese y cúmplase,
Mauricio García Cadena Magistrado