JEP - Resolución SDSJ 0251 30 enero 2025
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
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Detalles
- Título
- JEP - Resolución SDSJ 0251 30 enero 2025
- Autor
- JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transicional
- Año
- 2025
Página 1 de 25
S A L A D E D E F I N I C I Ó N D E S I T U A C I O N E S J U R Í D I C A S
REPÚBLICA DE COLOMBIA
JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ
SALAS DE JUSTICIA
SALA DE DEFINICIÓN DE SITUACIONES JURÍDICAS
SUBSALA ESPECIAL DE CONOCIMIENTO Y DECISIÓN CATATUMBO
Resolución No. 251 Bogotá D.C., 30 de enero de 2025
Compareciente Expediente Legali Jesús Hernando Serrano Fandiño 9002723-61.2019.0.00.0001 9000999-56.2018.0.00.0001 Alfonso Cubides Riobo 1500601-18.2023.0.00.0001 Wilder José Navas Pérez 9001768-30.2019.0.00.0001 Óscar Emilio Santana Niño Jesús Hernando Serrano Fandiño Henry Alberto Garisado Amaya Cristian Fernando Ramos Rodríguez Ilde Alfaro Papamija Cerón Wilson Virgilio Suarez Gaitán Antonio José Morales Peña 1500907-84.2023.0.00.0001 Elquin Escalante Espinosa 9002081-88.2019.0.00.0001 Milton Reynaldo Fuertes Rubio 1500836-82.2023.0.00.0001 Luís Fernando Merchán Garcés Marlon Llano Cárdenas 0001013-57.2022.0.00.0001 Marco Wilson Quijano Mariño 9000829-84.2018.0.00.0001 Diego Aldair Vargas Cortés Carlos Manuel González Ricardo García Corzo
Marlon Llano Cárdenas 0001013-57.2022.0.00.0001 Marco Wilson Quijano Mariño 9000829-84.2018.0.00.0001 Diego Aldair Vargas Cortés Carlos Manuel González Ricardo García Corzo 9002194-42.2019.0.00.0001 Richard Ramiro Contreras Aguilar Carlos Antonio Zapata Roldán Tomás Contreras Duarte 0001438-55.2020.0.00.0001 Luis Francisco Ríos García 9003610-45.2019.0.00.0001 Óscar Franco Valderrama Robinson Álvarez Paba Alexander Arroyo Rodríguez Olinto Ochoa Gélvez Daniel Cotamo LizarazoPágina 2 de 25
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Compareciente Expediente Legali Ulfran Olivo Villa Inocencio Abelino Gil González 9003609-60.2019.0.00.0001 Lorenzo Aguas Robles 9000007-95.2018.0.00.0001 Yilber Alfonso Ovalle Pineda 0001437-70.2020.0.00.0001 Elibardo Portillo Zambrano 9001731-03.2019.0.00.0001 Norberto Alfonso Conrado Eslava 9001445-25.2019.0.00.0001 Evert Jaime Garzón 9002293-12.2019.0.00.0001 Rolando Rafael Consuegra 9001075-80.2018.0.00.0001/0009 Obdulio Medina Joiro 9004028-80.2019.0.00.0001/0007 Alexander Suárez Rozo 9001318-24.2018.0.00.0001
ASUNTO
Obdulio Medina Joiro 9004028-80.2019.0.00.0001/0007 Alexander Suárez Rozo 9001318-24.2018.0.00.0001
ASUNTO
Procede la Subsala Especial de Conocimiento y Decisión Catatumbo de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas (SDSJ) de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) a convocar a 37 comparecientes a audiencias de presentación de informe de aportes a la verdad y consolidación del régimen de condicionalidad y de otras actuaciones procesales, así como a adoptar otras determinaciones.
ANTECEDENTES
1. Mediante el Auto No. 125 de 2021, la SRVR determinó y calificó jurídicamente los hechos y las conductas respecto de las muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate en el marco del subcaso Norte de Santander del Caso No. 03, “Asesinatos y desap ariciones forzadas presentados como bajas en combate por agentes del Estado”, atribuibles a miembros de la Brigada Móvil 15 (en adelante BRIM15) y del Batallón de Infantería No. 15 “General Francisco de Paula Santander” (en adelante BISAN), así como a algunos terceros civiles.
2. En sesión extraordinaria virtual del 1° de septiembre de 2022, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas acordó la creación de unas Subsalas Especiales de Conocimiento y Decisión para la definición de la situación jurídica en forma definitiva de los comparecientes que integraban las unidades militares priorizadas en los territorios de la Costa Caribe, Catatumbo y Casanare. Ello en
Especiales de Conocimiento y Decisión para la definición de la situación jurídica en forma definitiva de los comparecientes que integraban las unidades militares priorizadas en los territorios de la Costa Caribe, Catatumbo y Casanare. Ello en respuesta, entre otros, al Auto 040 del 23 de marzo de 2022, mediante el cual la SRVR remitió a la SDSJ los comparecientes que habrían participado en hechos agrupados en el subcaso Norte de Santander del Caso 03, pero que no son máximos responsables de los crímenes atribuibles a miembros de la BrigadaPágina 3 de 25
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Móvil 15 (BRIM15) y del Batallón de Infantería No. 15 “General Francisco de Paula Santander” (BISAN) del Ejército Nacional.
3. La creación de estas Subsalas Especiales fue formalizada mediante Resolución No. PSDSJ No. 003 -2023 de 18 de abril de 2023, modificada a su vez por la Resolución PSDSJ N°003 del 11 de abril de 2024 1, que estableció que la Subsala Especial de Conocimiento y Decisión Catatumbo (Subsala Catatumbo) est á conformada por los magistrados Mauricio García Cadena y Pedro Elías Díaz
Romero.
4. Pues bien, los hechos determinados por la SRVR a través del mencionado Auto 125 de 2021 han sido investigados en sede penal ordinaria y/o disciplinaria a través de procesos a los cuales se encuentran vinculados comparecientes o aspirantes a comparecer cuyos procesos de sometimiento a la JEP están siendo actualmente tramitados por la Subsala C atatumbo. E ntre estos hechos se
encuentran los siguientes:
aspirantes a comparecer cuyos procesos de sometimiento a la JEP están siendo actualmente tramitados por la Subsala C atatumbo. E ntre estos hechos se encuentran los siguientes:
No. Hecho victimizante (lugar y fecha de los hechos) Proceso penal Comparecientes vinculados Proceso disciplinario Comparecientes vinculados
1. Homicidio de
Yonny Duvián Soto Muñoz y Jaime Castillo Peña (Bucarasica, 12 2017-00012 Wilson Virgilio Suárez Gaitán, Wilder José Navas Pérez, Ilde Alfaro Papamija Cerón, Henry Alberto Garisado Amaya,
IUS-200934002 / IUC
D-2010-4982123
Wilson Virgilio Suárez Gaitán, Wilder José Navas Pérez, Ilde Alfaro Papamija Cerón, Henry Alberto Garisado
1 Por medio de la cual se modifican las Resoluciones PSDSJ N°8017 de 24 de diciembre de 2019, en relación con la supresión de la “Subsala C: Patrón de macrocriminalidad de ejecuciones extrajudiciales con intervención de civiles”, así como la PSDSJ N°3140 de 21 de agosto de 2020. Adicionalmente se modifica y amplía la competencia a que se refieren las Resoluciones PSDSJ números 003 de 18 de abril de 20231 y 021 de 13 de diciembre de 2023 respecto de las Subsalas Especiales de Conocimiento y Decisión Costa Caribe, Casanare y Catatumbo, además de las Subsalas Primera, Segunda y Tercera Especiales de
021 de 13 de diciembre de 2023 respecto de las Subsalas Especiales de Conocimiento y Decisión Costa Caribe, Casanare y Catatumbo, además de las Subsalas Primera, Segunda y Tercera Especiales de Conocimiento y Decisión para la definición de la situación jurídica en forma definitiva no sancionatoria a los comparecientes que fueron miembros de la fuerza públic a no seleccionados como máximos responsables y sobre los evidentemente no seleccionables. 2 En etapa de juzgamiento con base en la Ley 906 de 2004, ante el Juzgado Sexto Penal del Circuito Especializado de Bogotá, quien ordenó la suspensión de dicho proceso mediante auto del 3 de septiembre de 2018. 3 Proceso adelantado ante la Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos y cuya suspensión se ordenó mediante la Resolución 4059 del 5 de diciembre de 2023.Página 4 de 25
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No. Hecho victimizante (lugar y fecha de los hechos) Proceso penal Comparecientes vinculados Proceso disciplinario Comparecientes vinculados de agosto de 2008). Cristian Fernando Ramos Rodríguez, Oscar Emilio Santana Niño y Jesús Hernando Serrano Fandiño Amaya, Cristian Fernando Ramos Rodríguez, Oscar Emilio Santana Niño, Jesús Hernando Serrano Fandiño, Elquin Escalante Espinosa, Milton Reynaldo Fuertes Rubio, Luis Fernando Merchán Garcés, Alfonso Cubides
Emilio Santana Niño, Jesús Hernando Serrano Fandiño, Elquin Escalante Espinosa, Milton Reynaldo Fuertes Rubio, Luis Fernando Merchán Garcés, Alfonso Cubides Riobo, Marlon Andrés Llano Cárdenas, Antonio José Morales Peña.
2. Homicidio de
Fair Leonardo Porras Bernal (Ocaña, 11 de enero de 2008)
2008800064
Marco Wilson Quijano Mari ño, Diego Aldair Vargas Cortés, Carlos Manuel González Alfonso, Ricardo García Corzo, Richard Ramiro Contreras Aguilar y Carlos Antonio Zapata
IUS 200952980/IUC
D-2010-4104140
(2009-52980)5 Marco Wilson Quijano Mari ño, Diego Aldair Vargas Cortés, Carlos Manuel González Alfonso, Carlos Antonio Zapata Roldán, Ricardo García Corzo, Richard Ramiro Contreras Aguilar
4 El proceso penal con radicado 5449860001135-200880006 fue adelantado bajo la Ley 906 de 2004 ante el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Cundinamarca, quien profirió sentencia condenatoria en contra de Marco Wilson Quijano Mari ño, Diego Aldair Vargas Cortés, Carlos Manuel González Alfonso, Ricardo García Corzo , Richard Ramiro Contreras Aguilar y Carlos Antonio Zapata , confirmado en segunda instancia por Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca.
González Alfonso, Ricardo García Corzo , Richard Ramiro Contreras Aguilar y Carlos Antonio Zapata , confirmado en segunda instancia por Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca. 5 Investigación disciplinaria adelantada por la la Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos, el cual fue suspendido mediante la Resolución 1304 del 19 de abril de 2023.Página 5 de 25
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No. Hecho victimizante (lugar y fecha de los hechos) Proceso penal Comparecientes vinculados Proceso disciplinario Comparecientes vinculados
3. Homicidio de
Camilo Andrés Valencia (Ocaña, 7 de diciembre de 2007) 2010-00253 / 71946 Luis Francisco Ríos García, Óscar Franco Valderrama, Robinson Álvarez Paba, Alexander Arroyo Rodríguez, Olinto Ochoa Gélvez, Daniel Cotamo Lizarazo, Inocencio Abelino Gil González, Ulfran Olivo Villa, Tomás Contreras Duarte, Lorenzo Aguas Robles, Alexander Suárez Rozo, Evert Jaime Garzón, Medardo Ríos Diaz, Víctor Manuel López Manosalva IUS 2009102997 / IUC D 2010-4118182 Luis Francisco Ríos García , Alexander Suárez Rozo, Evert Jaime Garzón, Lorenzo Aguas Robles, Óscar Franco Valderrama,
102997 / IUC D 2010-4118182 Luis Francisco Ríos García , Alexander Suárez Rozo, Evert Jaime Garzón, Lorenzo Aguas Robles, Óscar Franco Valderrama, Robinson Álvarez Paba, Alexander Arroyo Rodríguez, Olinto Ochoa Gélvez, Daniel Cotamo Lizarazo, Inocencio Abelino Gil González, Ulfran Olivo Villa y Tomás Contreras Duarte.
4. Homicidio de
Elkin Gustavo Verano Hernández y Joaquín Castro Vásquez (Ábrego, 15 de enero de 2008) 2008-000327 Rolando Rafael Consuegra Estupiñán, Yilber Alfonso Ovalle Pineda, Alexander Suárez Rozo, Elibardo Portillo Zambrano, Tomás Contreras Duarte, Inocencio Abelino Gil González, Evert Jaime Garzón, Lorenzo Aguas Robles, Medardo Ríos IUS 200953018 // D 2010-4104146 Alexander Suárez Rozo, Elibardo Portillo Zambrano, Abelino Gil González, Rolando Rafael Consuegra Estupiñán, Tomás Contreras Duarte
6 El proceso se encuentra en etapa de juzgamiento respecto de todos los comparecientes mencionados ante el Juzgado Tercero Penal del Circuito de Cúcuta.
Rolando Rafael Consuegra Estupiñán, Tomás Contreras Duarte
6 El proceso se encuentra en etapa de juzgamiento respecto de todos los comparecientes mencionados ante el Juzgado Tercero Penal del Circuito de Cúcuta. 7 Proceso con radicado11-001-60-00-099-2008-00032-0, adelantado bajo la Ley 906 de 2004 por el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Conocimiento de Cundinamarca, se encuentra en etapa de juzgamiento respecto de todos los comparecientes.Página 6 de 25
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No. Hecho victimizante (lugar y fecha de los hechos) Proceso penal Comparecientes vinculados Proceso disciplinario Comparecientes vinculados Diaz, Obdulio Medina Joiro
5. Esta Sala ha aceptado ya el sometimiento a la JEP de las personas anteriormente mencionadas en relación con los procesos referidos, de la
siguiente manera:
No. Hecho victimizante Comparecientes aceptados
1. Homicidio de Yonny
Duvián Soto Muñoz y Jaime Castillo Peña (Bucarasica, 12 de agosto de 2008). Wilson Virgilio Suárez Gaitán, Wilder José Navas Pérez, Ilde Alfaro Papamija Cerón, Henry Alberto Garisado Amaya, Cristian Fernando Ramos Rodríguez y Oscar Emilio Santana Niño (R. 2503 del 14 de julio de 2020 y R. 4059 del 5 de diciembre de 2023); Jesús Hernando Serrano Fandiño (R.
Amaya, Cristian Fernando Ramos Rodríguez y Oscar Emilio Santana Niño (R. 2503 del 14 de julio de 2020 y R. 4059 del 5 de diciembre de 2023); Jesús Hernando Serrano Fandiño (R. 4370 del 26 de agosto de 2019 y R. 2087 del 6 de junio de 2024); Elquin Escalante Espinosa, Milton Reynaldo Fuertes Rubio, Luis Fernando Merchán Garcés, Alfonso Cubides Riobo, Marlon Andrés Llano Cárdenas, Antonio José Morales Peña (R. 2087 del 6 de junio de 2024)
2. Homicidio de Fair
Leonardo Porras Bernal (Ocaña, 11 de enero de
- Marco Wilson Quijano Mariño, Diego Aldair Vargas Cortés, Carlos Manuel González Alfonso (R 004 de 2 de enero de 2020 y R 1304 de 19 de abril de 2023); Carlos Antonio Zapata
Roldán, Ricardo García Corzo, Richard Contreras Aguilar (R 2204 de 18 de julio de 2023)
3. Homicidio de Camilo Andrés Valencia (Ocaña, 7 de diciembre de 2007) Luis Francisco Ríos García, Alexander Arroyo Rodríguez (R 1856 27 de mayo de 2022), Óscar Franco Valderrama, Robinson Álvarez Paba, Olinto Ochoa Gélvez, Daniel Cotamo Lizarazo, Ulfran Olivo Villa (R 3781 del 23 de julio de 2019), Tomás Contreras Duarte, In ocencio Abelino Gil González (R 3783 del 23 de julio de 2019); Lorenzo Aguas Robles (R 1701 de 18 de octubre de 2018); Evert Jaime
de 2019), Tomás Contreras Duarte, In ocencio Abelino Gil González (R 3783 del 23 de julio de 2019); Lorenzo Aguas Robles (R 1701 de 18 de octubre de 2018); Evert Jaime Garzón (R 0068 de 9 de enero de 2019) Alexander Suárez Rozo, Inocencio Abelino Gil González, Luis Francisco Ríos García, Alex ander Arroyo Rodríguez, Óscar Franco Valderrama, Ulfran Olivo Villa, Robinson Álvarez Paba (R 2103 del 7 de junio de 2024)
4. Homicidio de Elkin Gustavo Verano Obdulio Alberto Medina Joiro (R 2282 de 24 de julio de 2023); Rolando Rafael Consuegra Estupiñán (R 495 de 11 dePágina 7 de 25
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No. Hecho victimizante Comparecientes aceptados Hernández y Joaquín Castro Vásquez (Ábrego, 15 de enero de 2008) febrero de 2022); Yilber Alfonso Ovalle Pineda (R 3782 de 23 de junio de 2019); Elibardo Portillo Zambrano (R 403 de 24 de enero de 2020 y R 2103 del 7 de junio de 2024 ); Tomás Contreras Duarte, Inocencio Abelino Gil González (R 3783 de 23 de julio de 2019); Lorenzo Aguas Robles (R 1701 de 18 de octubre de 2018) Alexander Suárez Rozo, Rolando Rafael Consuegra Estupiñán, Yilber Alfonso Ovalle Pineda, Tomás
de 23 de julio de 2019); Lorenzo Aguas Robles (R 1701 de 18 de octubre de 2018) Alexander Suárez Rozo, Rolando Rafael Consuegra Estupiñán, Yilber Alfonso Ovalle Pineda, Tomás Contreras Duarte, Inocencio Abelino Gil González (R 2103 del 7 de junio de 2024)
6. Por su parte, las siguientes víctimas indirectas fueron acreditadas por estos
hechos victimizantes:
Hecho victimizante Víctima directa Víctimas indirectas acreditadas Representante
1. Homicidio de
Yonny Duvián Soto Muñoz y Jaime Castillo Peña (Bucarasica, 12 de agosto de 2008)
Jaime Castillo Peña8
Jacqueline Castillo Peña9 Daniela Alejandra Rodríguez Novoa10 (Asociación Minga) Germán Castillo Peña11 Luz Benedicta Castillo Peña12 Mauricio Castillo Peña13 William Castillo Peña14 Gloria Stella Castillo Peña15 Diana Acosta Castillo16 Liliana del Pilar Castillo Hernández17 (Asociación Minga)
8 Mediante el Auto de la SERVR del 17 de julio de 2019 se acreditó la calidad de víctimas indirectas por el homicidio de Jaime Castillo Peña y se reconoció dicha acreditación mediante la Resolución 2087 del 6 de junio de 2024 9 Cédula de ciudadanía 57.778.566 10 Cédula de ciudadanía 1.020.839.468 de Bogotá y tarjeta profesional 390.115 del C.S de la J. 11 Cédula de ciudadanía 19.317.048
9 Cédula de ciudadanía 57.778.566 10 Cédula de ciudadanía 1.020.839.468 de Bogotá y tarjeta profesional 390.115 del C.S de la J. 11 Cédula de ciudadanía 19.317.048 12 Cédula de ciudadanía 41.775.246 13 Cédula de ciudadanía 19.482.218 14 Cédula de ciudadanía 79.444.681 15 Cédula de ciudadanía No. 51.620.818 16 Cédula de ciudadanía No. 52.888.288 17 Cédula de ciudadanía 52.810.172 y tarjeta profesional 145.377 del C.S. de la J. Se Reconoció personería jurídica mediante el auto SRVR de 17 de julio de 2019 y la Resolución 4059 de 5 de diciembre de 2023.Página 8 de 25
S U B S A L A C A T A T U M B O Hecho victimizante Víctima directa Víctimas indirectas acreditadas Representante Yonny Duvián Soto Muñoz Soraida Isabel Muñoz Badillo18
Narlly Viviana España19 (Apoderada principal -CCJ)
Sebastián David Bojacá Peña20 (Apoderado suplente – CCJ)
César Hernando Soto Muñoz21 Sebastián David Bojacá Peña22 (Apoderado suplente – CCJ) Ingrid Johanna Soto Muñoz23 José Arnulfo Soto24 Karen Julianne Soto Muñoz25 Sergio Andrés Soto Muñoz26 Yenny Marcela Soto Muñoz27
suplente – CCJ) Ingrid Johanna Soto Muñoz23 José Arnulfo Soto24 Karen Julianne Soto Muñoz25 Sergio Andrés Soto Muñoz26 Yenny Marcela Soto Muñoz27 Martha Cecilia Soto Moreno28
2. Homicidio de Fair Leonardo Porras Bernal (Ocaña, 12 de enero de 2008)
Fair Leonardo Porras Bernal Luz Marina Bernal Parra29
Daniela Stefania Rodríguez Sanabria30 (Apoderada principal-CSPP)
18 Cédula de ciudadanía 51.730.600 19 cédula de ciudadanía No. 1.085.299.515 y portadora de la tarjeta profesional 279.536. Se reconoció su personería jurídica en la audiencia del 28 de agosto de 2024. 20 cédula de ciudadanía No. 1.016.063.373 y tarjeta profesional 282.576 del Consejo Superior de la Judicatura. Se reconoció su personería jurídica en la audiencia del 28 de agosto de 2024. 21 Cédula de ciudadanía No. 79.769.872 22 Se le reconoció su personería jurídica en la Resolución 2087 de 6 de junio de 2024. 23 Cédula de ciudanía No. 52.437.439 24 Cédula de ciudadanía No. 14.202.358 25 Cédula de ciudadanía No. 1.033.761.861 26 Cédula de ciudadanía No. 80.250.656 27 Cédula de ciudadanía No. 52.725.668 28 Cédula de ciudadanía No. 65.738.195
25 Cédula de ciudadanía No. 1.033.761.861 26 Cédula de ciudadanía No. 80.250.656 27 Cédula de ciudadanía No. 52.725.668 28 Cédula de ciudadanía No. 65.738.195 29 Cédula de ciudadanía 24.196.736. Se acreditó como víctima indirecta mediante las Resoluciones 1282 de 13 de septiembre de 2018 y Resolución 2087 del 6 de junio de 2024. 30 Cédula de ciudadanía 1.052.400.378 y Tarjeta Profesional 310.611 del C.S.J . Se reconoció su personería jurídica mediante la Resolución 3020 del 18 de septiembre de 2024Página 9 de 25
S U B S A L A C A T A T U M B O
Hecho victimizante Víctima directa Víctimas indirectas acreditadas Representante
Juan Pablo Ramos Zambrano31 (Apoderado suplenteCSPP)
3. Homicidio de
Camilo Andrés Valencia (Ocaña, 7 de diciembre de 2007) Camilo Andrés Valencia
NO N/A
4.
Homicidio de Elkin Gustavo Verano Hernández y Joaquín Castro Vásquez (Ábrego, 15 de enero de 2008) Elkin Gustavo Verano Hernández Flor Hilda Hernández32 Daniela Alejandra Rodríguez Novoa33
(MINGA)
Genver Yobany Verano Hernández34 Yenifer Daniela Fontecha Hernández35 Joaquín Castro Vásquez
Flor Hilda Hernández32 Daniela Alejandra Rodríguez Novoa33
(MINGA)
Genver Yobany Verano Hernández34 Yenifer Daniela Fontecha Hernández35 Joaquín Castro Vásquez Elvira Vásquez Álvarez36 Sandra Consuelo Villegas Arévalo37 Milcíades Castro Rojas38 Nidia Milena Montañez Lizarazo39 Yensy Vanessa Castro Montañez40 Julieth Carolina Castro Montañez41 Juan Pablo Castro Montañez42 Sara Milena Castro Montañez43
31 Cédula de ciudadanía No. 1.004.134.519 y tarjeta profesional 328.597. Se reconoció su personería jurídica mediante la Resolución 3020 del 18 de septiembre de 2024 32 Cédula de ciudadanía No. 91.264.781. 33 Cédula de ciudadanía N° 1.020.839.468 y tarjeta profesional N° 390.115 del C. S de la J. Se le reconoció personería jurídica mediante la Resolución 3273 del 29 de septiembre de 2023 34 Cédula de ciudadanía 1.073.234.145. Se acreditó su calidad de víctima indirecta en la audiencia previa de contrastación de aportes a la verdad del 25 de octubre de 2024. 35 Cédula de ciudadanía 1.073.709.219. Se acreditó su calidad de víctima indirecta en la audiencia previa de contrastación de aportes a la verdad del 25 de octubre de 2024. 36 Cédula de ciudadanía No. 30.342.665 37 Cédula de ciudadanía No. 52.474.806 y tarjeta profesional 233.935 del C.S. de la J. Se le reconoció
36 Cédula de ciudadanía No. 30.342.665 37 Cédula de ciudadanía No. 52.474.806 y tarjeta profesional 233.935 del C.S. de la J. Se le reconoció Personería Jurídica en el Auto CDG-031 de 5 de octubre de 2020 38 Cédula de ciudadanía No. 10.165.540 39 Cédula de ciudadanía No. 52.732.768 40 Cédula de ciudadanía No. 1.003.712.598 41 Cédula de ciudadanía No. 1.024.594.848 42 Cédula de ciudadanía No. 1.024.588.830 43 Cédula de ciudadanía No. 1.007.437.288.Página 10 de 25
S U B S A L A C A T A T U M B O Hecho victimizante Víctima directa Víctimas indirectas acreditadas Representante Cristian Camilo Castro Vásquez44 Carlos Alberto Castro Vásquez45
7. En relación con los señores Julián David Valencia, Mercedes Valencia Medina y María del Carmen Valencia Medina, familiares de la víctima directa Camilo Andrés Valencia, mediante escrito radicado el 18 de septiembre de 2024 46 la Corporación Colectivo de Abogados Luis Carlos Pérez -CCALCP informó que el 4 de septiembre de 2024 se comunicaron con el señor Julián Da vid Valencia , quien manifestó que ni él ni su núcleo familiar están interesados en participar como intervinientes especiales ante la JEP.
8. Ahora bien, la Subsala Catatumbo convocó a estos comparecientes y víctimas acreditadas a las siguientes audiencias previas de contrastación de aportes a la
verdad:
No. Hecho
8. Ahora bien, la Subsala Catatumbo convocó a estos comparecientes y víctimas acreditadas a las siguientes audiencias previas de contrastación de aportes a la
verdad:
No. Hecho victimizante Comparecientes convocados Víctimas acreditadas convocadas Fecha de la audiencia previa de contrastación de aportes a la verdad
1. Homicidio de Yonny
Duvián Soto Muñoz y Jaime Castillo Peña (Bucarasica, 12 de agosto de 2008) Wilder José Navas Pérez, Óscar Emilio Santana Niño; Alfonso Cubides Riobo; Jesús Hernando Serrano Fandiño , Wilson Virgilio Suárez Gaitán, Ilde Alfaro Papamija Cerón, Henry Alberto Garisado Amaya, Cristian Fernando Ramos Rodríguez, Elquin Escalante Espinosa, Milton Reynaldo Fuertes Rubio, Marlon Llano Cárdenas, Jacqueline Castillo Peña, Germán Castillo Peña, Luz Benedicta Castillo Peña, Mauricio Castillo Peña, William Castillo Peña, Diana Acosta Castillo, Gloria Stella Castillo Peña, César Hernando Soto Muñoz; Ingrid Johanna Soto Muñoz; José Arnulfo Soto; Karen J ulianne Soto Muñoz; Sergio Andrés Soto Muñoz; Soraida 28 de agosto de 202447
44 Cédula de ciudadanía No. 1.024.579.925 45 Cédula de ciudadanía No. 1.073.673.528.
Muñoz; Sergio Andrés Soto Muñoz; Soraida 28 de agosto de 202447
44 Cédula de ciudadanía No. 1.024.579.925 45 Cédula de ciudadanía No. 1.073.673.528. 46 Radicado Conti 202401076606 de 18 de septiembre de 2024. 47 Convocada mediante la Resolución 2458 de 18 de julio de 2024. Expediente SAJ 150060118.2023.0.00.0001, folios 5247 a 5289Página 11 de 25
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No. Hecho victimizante Comparecientes convocados Víctimas acreditadas convocadas Fecha de la audiencia previa de contrastación de aportes a la verdad Antonio Morales Peña, Luis Fernando Merchán Garcés Isabel Muñoz Badillo; Yenny Marcela Soto Muñoz, familiares de las víctimas directas Yonny Duvián Soto Muñoz y Jaime Castillo Peña
2. Homicidio de Fair
Leonardo Porras Bernal (Ocaña, 11 de enero de 2008) Marco Wilson Quijano Mariño, Diego Aldair Vargas Cortés, Carlos Manuel González Alfonso, Carlos Antonio Zapata Roldán, Ricardo García Corzo, Richard Contreras Aguilar Luz Marina Bernal Parra.
19 de septiembre de 202448
3. Homicidio de Camilo
Andrés Valencia (Ocaña, 7 de diciembre de
Aguilar Luz Marina Bernal Parra.
19 de septiembre de 202448
3. Homicidio de Camilo
Andrés Valencia (Ocaña, 7 de diciembre de 2007) Luis Francisco Ríos García, Óscar Franco Valderrama, Robinson Álvarez Paba, Alexander Arroyo Rodríguez, Olinto Ochoa Gélvez, Daniel Cotamo Lizarazo, Inocencio Abelino Gil González, Ulfran Olivo Villa, Tomás Contreras Duarte, Lorenzo Aguas Robles, Alexander Suárez Rozo, Evert Jaime Garzón, Norberto Alfonso Conrado Eslava N/A 24 de octubre de 202449
4. Homicidio de Elkin
Gustavo Verano Hernández y Joaquín Castro Vásquez (Ábrego, 15 de enero de 2008) Rolando Rafael Consuegra Estupiñán, Yilber Alfonso Ovalle Pineda, Alexander Suárez Rozo, Elibardo Portillo Zambrano, Tomás Contreras Duarte, Inocencio Abelino Gil, Evert Jaime Garzón, Lorenzo Aguas Robles, Obdulio Medina Joiro Flor Hilda Hernández, Genver Yobany Verano Hernández, Yenifer Daniela Fontecha Hernández, Elvira Vásquez Álvarez, Milcíades Castro Rojas, Nidia Milena Montañez Lizarazo, Yensy Vanessa Castro Montañez, Julieth Carolina Castro 25 de octubre de 202450
Vásquez Álvarez, Milcíades Castro Rojas, Nidia Milena Montañez Lizarazo, Yensy Vanessa Castro Montañez, Julieth Carolina Castro 25 de octubre de 202450
48 Convocada mediante la Resolución 2668 del 12 de agosto de 2024 49 Convocada mediante la Resolución 3017 del 17 de septiembre de 2024 50 Convocada mediante la Resolución 3017 del 17 de septiembre de 2024Página 12 de 25
S U B S A L A C A T A T U M B O
No. Hecho victimizante Comparecientes convocados Víctimas acreditadas convocadas Fecha de la audiencia previa de contrastación de aportes a la verdad Montañez, Juan Pablo Castro Montañez, Sara Milena Castro Montañez, Cristian Camilo Castro Vásquez, Carlos Alberto Castro Vásquez
9. Se destaca que los comparecientes anteriormente mencionados presentaron sus respectivos escritos de compromiso claro, concreto y programado (CCCP) en relación con su voluntad de contribuir a la realización de los derechos de las víctimas a la verdad, la re paración y la no repetición, salvo los señores Marco Wilson Quijano Mari ño y Diego Aldair Vargas Cort és, que rindieron versión libre ante la SRVR. Estos escritos fueron remitidos a los representantes de víctimas y al Ministerio Público, previo a la celebración de las audiencias previas de contrastación de aportes a la verdad referidas en el numeral anterior.
10. En las fechas programadas se llevaron a cabo las audiencias previas, en las
víctimas y al Ministerio Público, previo a la celebración de las audiencias previas de contrastación de aportes a la verdad referidas en el numeral anterior.
10. En las fechas programadas se llevaron a cabo las audiencias previas, en las que, en el marco de un proceso dialógico y restaurativo , conforme a lo establecido en el parágrafo segundo del artículo 48 de la Ley 1922 de 2018, los comparecientes realizaron sus aportes detallados y exhaustivos de verdad, que fueron contrastados por este despacho. Así mismo, la magistratura les otorgó a las víctimas, a sus representantes y al Ministerio Público diferentes espacios para realizar sus intervenciones, en garantía del principio de centralidad de las víctimas y participación efectiva . Finalmente, los comparecientes reconocieron su responsabilidad frente a la comisión de los cuatro hechos victimizantes anteriormente mencionados.
CONSIDERACIONES
11. Teniendo en cuenta lo expuesto, el despacho procederá a pronunciarse sobre: i) las audiencias de presentación de informe de aportes a la verdad y consolidación del régimen de condicionalidad y de otras actuaciones procesales; y ii) la adopción de otras determinaciones.Página 13 de 25
S U B S A L A C A T A T U M B O
I. Citación a las audiencias de presentación de informe de aportes a la verdad y consolidación del régimen de condicionalidad
12. La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP deriva su competencia para resolver el presente asunto de los artículos 5, 6 y 21 transitorios del Acto Legislativo 01 de 2017, del Acuerdo Final para la Terminación del
12. La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP deriva su competencia para resolver el presente asunto de los artículos 5, 6 y 21 transitorios del Acto Legislativo 01 de 2017, del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción d e una Paz Estable y Duradera, punto 5.1.2. numerales 32 y 50, de los artículos 2, 9, 28, 44, 51 y siguientes de la Ley 1820 de 2016 y del artículo 84 de la Ley 1957 de 201951.
13. Por otra parte, en la Ley 1820 de 2016, se establecieron entre otros, tratamientos penales especiales diferenciados, simétricos, simultáneos, equilibrados y equitativos, para agentes del Estado que hayan sido condenados, procesados o señalados de cometer conductas punibles por causa, con ocasión o en relación directa o indirecta con el conflicto armado cometidas con anterioridad a la entrada en vigor del Acuerdo Final52.
14. Así las cosas, con fundamento en la autonomía que esta Subsala tiene para el ejercicio de sus funciones 53 y con el fin de continuar el proceso de definición de la situación jurídica de los comparecientes del Batallón de Infantería No. 15 “General Francisco de Paula Santander” (en adelante BISAN) , el despacho convocará a los comparecientes, a las víctimas acreditadas, a sus representantes y al Ministerio Público, a las audiencias de presentación de informe de aportes a la verdad y consolidación del régimen de condicionalidad y de otras actuaciones procesales sobre los cuatro hechos victimizantes mencionados, que se llevarán a
y al Ministerio Público, a las audiencias de presentación de informe de aportes a la verdad y consolidación del régimen de condicionalidad y de otras actuaciones procesales sobre los cuatro hechos victimizantes mencionados, que se llevarán a cabo los días 3 y 4 de marzo de 2025 en el municipio de Soacha, Cundinamarca, en la locación que será informada posteriormente, de la siguient
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