JEP - Resolución SDSJ 0274 29 enero de 2026
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
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Detalles
- Título
- JEP - Resolución SDSJ 0274 29 enero de 2026
- Autor
- JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transicional
- Año
- 2026
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S A L A D E D E F I N I C I Ó N D E S I T U A C I O N E S J U R Í D I C A S
REPÚBLICA DE COLOMBIA
JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ
SALAS DE JUSTICIA
SALA DE DEFINICIÓN DE SITUACIONES JURÍDICAS
SUBSALA TERCERA ESPECIAL DE CONOCIMIENTO Y DECISIÓN DE LA
RUTA NO SANCIONATORIA
Resolución No. 274 Bogotá D.C., 29 de enero de 2026
Compareciente Expediente Legali Albert Esteban Achicanoy Jojoa 9002231-69.2019.0.00.0001 Armando Alirio Patichoy Erazo Carlos Alirio Chitán Carlos Arturo Colimba Chacua Eduard Ortiz Lucumí Héctor Fabio Aguilar Flórez Hipólito Petto Camacho Jesús Enrique Reina Achicanoy José Ignacio Cabrera Juan Carlos Ramírez Meneses Luis Eudoro Cuasapaz Tepud Luis Gonzaga Trejos Silvio Jaime Cuasialpud Obando Wilman Mina Mosquera Henry Caicedo 0001168-60.2022.0.00.0001 Hernando Aurelio Guerrero Igua Roberto Carlos Montenegro Mavisoy
ASUNTO
Procede la suscrita magistrada auxiliar itinerante, adscrita a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas (SDSJ) de la JEP , a decretar medidas de impulso tendientes a garantizar la efectiva realización de unas audiencias de aporte yPágina 2 de 24
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de Situaciones Jurídicas (SDSJ) de la JEP , a decretar medidas de impulso tendientes a garantizar la efectiva realización de unas audiencias de aporte yPágina 2 de 24
S U B 3 N S contrastación de la verdad convocada a través de la Resolución 4177 de 26 de diciembre de 2025.
ANTECEDENTES
1. Mediante la Resolución PSDSJ No. 021 del 13 de diciembre de 20231, la Presidencia de la SDSJ conformó, entre otras, la SUB3NS integrada por la magistrada Sandra Jeannette Castro Ospina y el magistrado Mauricio García
Cadena.
2. A dicha Subsala le fue asignado el conocimiento de los asuntos correspondientes a los departamentos de Amazonas, Arauca, Boyacá, Caldas, Caquetá, Cundinamarca, Guainía, Guaviare, Meta, Nariño, Putumayo, Quindío, Risaralda, Santander, Vaupés y Vichada. Además, se le atribuyó plena autonomía para determinar su metodología de trabajo, planificar y ejecutar audiencias, recaudar y contrastar la información que en ellas se obtenga, además de tomar las decisiones de impulso y de fondo a que haya lugar.
3. Adicionalmente, mediante la Resolución 263 del 24 de enero de 20242, la SUB3NS acordó, respecto de los departamentos que la conforman, la siguiente
división interna:
a) El despacho de la magistrada Sandra Jeannette Castro Ospina conoce de los casos relacionados con los departamentos de Arauca, Caquetá, Meta, Putumayo y Vichada.
b) El despacho del magistrado Mauricio García Cadena conoce de los casos
los casos relacionados con los departamentos de Arauca, Caquetá, Meta, Putumayo y Vichada.
b) El despacho del magistrado Mauricio García Cadena conoce de los casos relacionados con los departamentos de Amazonas, Boyacá, Caldas, Cundinamarca, Guainía, Guaviare, Nariño, Quindío, Risaralda, Santander y Vaupés3.
1 Adicionada por la Resolución No. 003 del 11 de abril de 2024 y modificada por la Resolución PSDSJ No. 020 del 09 de octubre de 2024. 2 Modificada por la Resolución No. 3052 del 19 de septiembre de 2024 que asignó el departamento de Nariño al magistrado Mauricio García Cadena. 3 A la luz de lo mencionado, debe ponerse de presente que mediante la Resolución PSDSJ No. 12 del 31 de julio de 2024, la Presidencia de la SDSJ aclaró que la competencia de las Subsalas Especiales de Conocimiento y Decisión Costa Caribe – Cementerio Católico Las Mercedes de Dabeiba, Casanare,Página 3 de 24
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4. En virtud de lo anterior, han sido asignados al despacho del magistrado Mauricio García Cadena comparecientes relacionados, entre otros, con los siguientes hechos
victimizantes:
Catatumbo, Primera, Segunda y Tercera recae sobre todos los solicitantes y comparecientes que fueron miembros de la fuerza pública de acuerdo con los criterios territoriales, con independencia de los macrocasos abiertos por la SRVR. Asimismo, en esta decis ión se precisó que la competencia de las mencionadas Subsalas incluye a los terceros y agentes del Estado no integrantes de la fuerza públicamacrocasos abiertos por la SRVR. Asimismo, en esta decis ión se precisó que la competencia de las mencionadas Subsalas incluye a los terceros y agentes del Estado no integrantes de la fuerza públicaAENIFPUque participaron en los patrones de macrocriminalidad de ejecuciones extrajudiciales perpetrados por la fuerza pública de acuerdo con las competencias territoriales de cada Subsala. No. Hecho victimizante (lugar y fecha de los hechos) Batallón Radicados ordinarios Comparecientes relacionados 1. Homicidio de José Mauricio Bastidas Arango (18 de diciembre de 2007, sector de Puerto Cumbara, El Rosario, Nariño) Batallón de Infantería No. 9 Batalla de Boyacá 2007-83356 Albert Esteban Achicanoy Jojoa, Carlos Arturo Colimba Chacua, Eduard Ortiz Lucumí, Jesús Enrique Reina Achicanoy, José Ignacio Cabrera, Luis Gonzaga Trejos y Wilman Mina Mosquera. 2. Homicidio de una persona no identificada (18 de julio de 2007, vereda Jurado, Pasto, Nariño) Batallón de Infantería No. 9 Batalla de Boyacá 2007-83356 Albert Esteban Achicanoy Jojoa, Carlos Alirio Chitán, Jesús Enrique Reina Achicanoy, Juan Carlos Ramírez Meneses, Luis Eudoro Cuasapaz Tepud y Silvio Jaime Cuasialpud Obando. 3. Homicidio de Ángel David Osorio Acosta
Jesús Enrique Reina Achicanoy, Juan Carlos Ramírez Meneses, Luis Eudoro Cuasapaz Tepud y Silvio Jaime Cuasialpud Obando. 3. Homicidio de Ángel David Osorio Acosta y dos personas no identificadas (11 de octubre de 2007, sector Cruz Amarillo, Pasto, Nariño) Batallón de Infantería No. 9 Batalla de Boyacá 2007-83356 //
IUS 200980583 IUC D2013-653575262
Albert Esteban Achicanoy Jojoa, Armando Alirio Patichoy Erazo, Carlos Arturo Colimba Chacua, Jesús Enrique Reina Achicanoy, Héctor Fabio Aguilar Flórez, Henry Caicedo, Hernando Aurelio Guerrero Igua, Hipólito Petto Camacho, José Ignacio Cabrera, Juan Carlos Ramírez Meneses,Página 4 de 24
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No. Hecho victimizante (lugar y fecha de los hechos) Batallón Radicados ordinarios Comparecientes relacionados Luis Eudoro Cuasapaz Tepud, Roberto Carlos Montenegro Mavisoy, Silvio Jaime Cuasialpud Obando. 4. Homicidio de Marcos Alexander Londoño Castrillón y Ronald Calzada Betancourt (26 de octubre de 2007, vereda El Yunga, San Lorenzo, Nariño) Batallón de Infantería No. 9 Batalla de Boyacá 2007-83356
Calzada Betancourt (26 de octubre de 2007, vereda El Yunga, San Lorenzo, Nariño) Batallón de Infantería No. 9 Batalla de Boyacá 2007-83356 Albert Esteban Achicanoy Jojoa, Carlos Arturo Colimba Chacua, Jesús Enrique Reina Achicanoy, José Ignacio Cabrera, Juan Carlos Ramírez Meneses, Luis Eudoro Cuasapaz Tepud y Silvio Jaime Cuasialpud Obando. 5. Homicidio de Hermes Geovanny Mora y Luis Suárez Barón (26 de noviembre de 2007, vereda Las Cochas, Sotomayor, Nariño) Batallón de Infantería No. 9 Batalla de Boyacá 2007-83356 Albert Esteban Achicanoy Jojoa, Carlos Arturo Colimba Chacua, Jesús Enrique Reina Achicanoy, José Ignacio Cabrera, Juan Carlos Ramírez Meneses y Silvio Jaime Cuasialpud Obando. 6. Homicidio Francisco Javier Troya (24 de enero de 2008, vereda La Sierra, El Rosario, Nariño) Batallón de Infantería No. 9 Batalla de Boyacá 2007-83356 Albert Esteban Achicanoy Jojoa, Armando Alirio Patichoy Erazo, Carlos Alirio Chitán, Carlos Arturo Colimba Chacua, Jesús Enrique Reina Achicanoy, José Ignacio Cabrera, Juan Carlos Ramírez Meneses y Luis
Patichoy Erazo, Carlos Alirio Chitán, Carlos Arturo Colimba Chacua, Jesús Enrique Reina Achicanoy, José Ignacio Cabrera, Juan Carlos Ramírez Meneses y Luis Eudoro Cuasapaz Tepud. 7. Homicidio de Víctor Modesto Chacón Suárez, Leandro Guañarita González y Roger Marino Sánchez Guerrero (8 de agosto de 2007, Batallón de Infantería No. 9 Batalla de Boyacá 2007-83356 José Ignacio CabreraPágina 5 de 24
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5. Esta Sala ha aceptado el sometimiento a la JEP de las personas anteriormente mencionadas en relación con los procesos referidos, de la siguiente manera:
No. Hecho victimizante (lugar y fecha de los hechos) Batallón Radicados ordinarios Comparecientes relacionados vereda Guaitara. El Peñol, Nariño) No. Hecho victimizante Comparecientes aceptados 1. Homicidio de José Mauricio Bastidas Arango (18 de diciembre de 2007, sector de Puerto Cumbara, El Rosario, Nariño) Albert Esteban Achicanoy Jojoa, Carlos Arturo Colimba Chacua, Eduard Ortiz Lucumí, Jesús Enrique Reina Achicanoy, José Ignacio Cabrera, Luis Gonzaga Trejos y Wilman Mina Mosquera (R 6008 de 24 de diciembre de 2021). 2. Homicidio de una persona no identificada (18 de julio de 2007, vereda Jurado, Pasto, Nariño)
Mosquera (R 6008 de 24 de diciembre de 2021). 2. Homicidio de una persona no identificada (18 de julio de 2007, vereda Jurado, Pasto, Nariño) Albert Esteban Achicanoy Jojoa, Carlos Alirio Chitán, Jesús Enrique Reina Achicanoy, Juan Carlos Ramírez Meneses, Luis Eudoro Cuasapaz Tepud (R 6008 de 24 de diciembre de 2021), Silvio Jaime Cuasialpud Obando (R 6449 de 17 de octubre de 2019). 3. Homicidio de Ángel David Osorio Acosta y dos personas no identificadas (11 de octubre de 2007, sector Cruz Amarillo, Pasto, Nariño) Albert Esteban Achicanoy Jojoa, Armando Alirio Patichoy Erazo, Carlos Arturo Colimba Chacua, Jesús Enrique Reina Achicanoy, Héctor Fabio Aguilar Flórez, Hipólito Petto Camacho, José Ignacio Cabrera, Juan Carlos Ramírez Meneses, Luis Eudoro Cuasapaz Tepud (R 6008 de 24 de diciembre de 2021), Silvio Jaime Cuasialpud Obando (R 6449 de 17 de octubre de 2019), Henry Caicedo, Hernando Aurelio Guerrero Igua, Roberto Carlos Montenegro Mavisoy (R 3885 de 19 de octubre de 2022). 4. Homicidio de Marcos Alexander Londoño Castrillón y Ronald Calzada Betancourt (26 de octubre de 2007, vereda El Yunga, San Lorenzo, Nariño) Albert Esteban Achicanoy Jojoa, Carlos Arturo Colimba Chacua, Jesús Enrique Reina
Calzada Betancourt (26 de octubre de 2007, vereda El Yunga, San Lorenzo, Nariño) Albert Esteban Achicanoy Jojoa, Carlos Arturo Colimba Chacua, Jesús Enrique Reina Achicanoy, José Ignacio Cabrera, Juan Carlos Ramírez Meneses, Luis Eudoro Cuasapaz Tepud (R 6008 de 24 de diciembre de 2021), Silvio Jaime Cuasialpud Obando (R 6449 de 17 de octubre de 2019. 5. Homicidio de Hermes Geovanny Mora y Luis Suárez Barón (26 de Albert Esteban Achicanoy Jojoa, Carlos Arturo Colimba Chacua, Jesús Enrique ReinaPágina 6 de 24
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6. Adicionalmente, a través de la Resolución 4177 de 26 de diciembre de 2025, los comparecientes mencionados fueron convocados a audiencia de aporte y contrastación de la verdad a ser celebrada los días 18, 19 y 20 de marzo de 2026,
así:
Hecho victimizante Fecha audiencia Comparecientes convocados Homicidio de una persona no identificada (18 de julio de 2007, vereda Jurado, Pasto, Nariño) 18 de marzo de 2026 Albert Esteban Achicanoy Jojoa, Carlos Alirio Chitán, Jesús Enrique Reina Achicanoy, Juan Carlos Ramírez Meneses, Luis Eudoro Cuasapaz Tepud y Silvio Jaime Cuasialpud Obando. Homicidio de Ángel David Osorio Acosta y dos personas no identificadas (11 de octubre de 2007, sector
Cuasapaz Tepud y Silvio Jaime Cuasialpud Obando. Homicidio de Ángel David Osorio Acosta y dos personas no identificadas (11 de octubre de 2007, sector Cruz Amarillo, Pasto, Nariño) 18 de marzo de 2026 Albert Esteban Achicanoy Jojoa, Armando Alirio Patichoy Erazo, Carlos Arturo Colimba Chacua, Jesús Enrique Reina Achicanoy, Héctor Fabio Aguilar Flórez, Henry Caicedo, Hernando Aurelio Guerrero Igua, Hipólito Petto Camacho, José Ignacio Cabrera, Juan Carlos Ramírez Meneses, Luis Eudoro Cuasapaz Tepud, Roberto Carlos Montenegro Mavisoy, Silvio Jaime Cuasialpud Obando. Homicidio de Marcos Alexander Londoño Castrillón y Ronald Calzada Betancourt (26 de octubre de 2007, 19 de marzo de 2026 Albert Esteban Achicanoy Jojoa, Carlos Arturo Colimba Chacua, Jesús Enrique Reina Achicanoy, José Ignacio Cabrera, Juan Carlos Ramírez Meneses, Luis Eudoro Cuasapaz Tepud y Silvio Jaime Cuasialpud Obando. No. Hecho victimizante Comparecientes aceptados noviembre de 2007, vereda Las Cochas, Sotomayor, Nariño) Achicanoy, José Ignacio Cabrera, Juan Carlos Ramírez Meneses (R 6008 de 24 de diciembre de 2021), Silvio Jaime Cuasialpud Obando (R 6449 de 17 de octubre de 2019). 6. Homicidio Francisco Javier Troya (24 de enero de 2008, vereda La
de 2021), Silvio Jaime Cuasialpud Obando (R 6449 de 17 de octubre de 2019). 6. Homicidio Francisco Javier Troya (24 de enero de 2008, vereda La Sierra, El Rosario, Nariño) Albert Esteban Achicanoy Jojoa, Armando Alirio Patichoy Erazo, Carlos Alirio Chitán, Carlos Arturo Colimba Chacua, Jesús Enrique Reina Achicanoy, José Ignacio Cabrera, Juan Carlos Ramírez Meneses y Luis Eudoro Cuasapaz Tepud (R 6008 de 24 de diciembre de 2021). 7. Homicidio de Víctor Modesto Chacón Suárez, Leandro Guañarita González y Roger Marino Sánchez Guerrero (8 de agosto de 2007, vereda Guaitara. El Peñol, Nariño) José Ignacio Cabrera (R 6008 de 24 de diciembre de 2021).Página 7 de 24
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Hecho victimizante Fecha audiencia Comparecientes convocados vereda El Yunga, San Lorenzo, Nariño) Homicidio de Hermes Geovanny Mora y Luis Suárez Barón (26 de noviembre de 2007, vereda Las Cochas, Sotomayor, Nariño) 19 de marzo de 2026 Albert Esteban Achicanoy Jojoa, Carlos Arturo Colimba Chacua, Jesús Enrique Reina Achicanoy, José Ignacio Cabrera, Juan Carlos Ramírez Meneses y Silvio Jaime Cuasialpud Obando. Homicidio Francisco Javier Troya (24 de enero
Arturo Colimba Chacua, Jesús Enrique Reina Achicanoy, José Ignacio Cabrera, Juan Carlos Ramírez Meneses y Silvio Jaime Cuasialpud Obando. Homicidio Francisco Javier Troya (24 de enero de 2008, vereda La Sierra, El Rosario, Nariño) 20 de marzo de 2026 Albert Esteban Achicanoy Jojoa, Armando Alirio Patichoy Erazo, Carlos Alirio Chitán, Carlos Arturo Colimba Chacua, Jesús Enrique Reina Achicanoy, José Ignacio Cabrera, Juan Carlos Ramírez Meneses y Luis Eudoro Cuasapaz Tepud. Homicidio de José Mauricio Bastidas Arango (18 de diciembre de 2007, sector de Puerto Cumbara, El Rosario, Nariño) 20 de marzo de 2026 Albert Esteban Achicanoy Jojoa, Carlos Arturo Colimba Chacua, Eduard Ortiz Lucumí, Jesús Enrique Reina Achicanoy, José Ignacio Cabrera, Luis Gonzaga Trejos y Wilman Mina Mosquera. Homicidio de Víctor Modesto Chacón Suárez, Leandro Guañarita González y Roger Marino Sánchez Guerrero (8 de agosto de 2007, vereda Guaitara. El Peñol, Nariño) 20 de marzo de 2026 José Ignacio Cabrera
7. En esa misma resolución, el magistrado titular delegó a la suscrita magistrada auxiliar itinerante para presidir la audiencia en cuestión, así como para adoptar todas las decisiones de trámite e impulso que resulten pertinentes para efectos
7. En esa misma resolución, el magistrado titular delegó a la suscrita magistrada auxiliar itinerante para presidir la audiencia en cuestión, así como para adoptar todas las decisiones de trámite e impulso que resulten pertinentes para efectos de garantizar su realización y la efectiva participación de los comparecientes y las víctimas en la misma.
8. Por otra parte, a través de diferentes decisiones (incluyendo las resoluciones 1791 de 3 de mayo de 2019, 3161 de 27 de junio de 2019, 4843 de 11 de septiembre de 2019, 6385 de 11 de octubre de 2019, 6449 de 17 de octubre de 2019, 2002 de 17 de junio de 2020 y 6087 de 24 de diciembre de 2021) magistrados titulares de la SDSJ ordenaron a la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) ubicar y contactar a las víctimas indirectas relacionadas con los hechos objeto de esta decisión. En respuesta, a través de diferentes informes de investigación, la UIA relacionó las siguientes víctimas indirectas:Página 8 de 24
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Hecho victimizante Víctima directa Víctimas indirectas identificadas Homicidio de una persona no identificada (18 de julio de 2007, vereda Jurado, Pasto, Nariño) NA NA Homicidio de Ángel David Osorio Acosta y dos personas no identificadas (11 de octubre de 2007, sector Cruz Amarillo, Pasto, Nariño) Ángel David Osorio Acosta María Luisa Acosta Valencia (madre), César Walter Osorio García (padre)4.
identificadas (11 de octubre de 2007, sector Cruz Amarillo, Pasto, Nariño) Ángel David Osorio Acosta María Luisa Acosta Valencia (madre), César Walter Osorio García (padre)4. Homicidio de Marcos Alexander Londoño Castrillón y Ronald Calzada Betancourt (26 de octubre de 2007, vereda El Yunga, San Lorenzo, Nariño) Marcos Alexander Londoño Castrillón Viviana Eugenia Cabezas Biojó (esposa), Dayana Alexandra Londoño Cabezas, Valery Londoño Cabezas (hijas) 5.
Ronald Calzada Betancourt Flory Delby Betancurt (madre), Nurys Ervey Calzada García (hermano) 6. Homicidio de Hermes Geovanny Mora y Luis Suárez Barón (26 de noviembre de 2007, vereda Las Cochas, Sotomayor, Nariño) Hermes Geovanny Mora Yuri Ximena Gómez Narváez (compañera permanente), Jennifer Mora Gómez (hija), Blanca Graciela Mora Pantoja (madre) 7. Luis Suárez Barón Pedro Suárez Rangel (padre), María Irene Barón Medina (madre)8. Homicidio Francisco Javier Troya (24 de enero de 2008, vereda La Sierra, El Rosario, Nariño) Francisco Javier Troya Aura Marina Troya (madre)9, Javier Andrés Troya Cortés (hijo), Brayan Sebastián Troya Mora (hijo)10.
de 2008, vereda La Sierra, El Rosario, Nariño) Francisco Javier Troya Aura Marina Troya (madre)9, Javier Andrés Troya Cortés (hijo), Brayan Sebastián Troya Mora (hijo)10. Homicidio de José Mauricio Bastidas Arango (18 de diciembre de 2007, sector de Puerto Cumbara, El Rosario, Nariño) José Mauricio Bastidas Arango Gloria Cecilia Bastidas Arango (hermana), Jairo Bastidas (padre), Carmen Emilia Arango (madre)11. Homicidio de Víctor Modesto Chacón Suárez, Víctor Modesto Chacón Suárez Rubiela Chacón Suárez (madre), Camila Torres Chacón (hermana)12.
4 Expediente Legali 9002231-69.2019.0.00.0001, fl. 1152. 5 Expediente Legali 9002231-69.2019.0.00.0001, fl. 14487. 6 Expediente Legali 9002231-69.2019.0.00.0001, fl. 14487. 7 Expediente Legali 9002231-69.2019.0.00.0001, fl. 14487. 8 Expediente Legali 9002231-69.2019.0.00.0001, fl. 1152. 9 Expediente Legali 0001166-90.2022.0.00.0001, fl. 229. 10 Expediente Legali 9002231-69.2019.0.00.0001, fl. 14487. 11 Expediente Legali 0001166-90.2022.0.00.0001, fl. 230.
10 Expediente Legali 9002231-69.2019.0.00.0001, fl. 14487. 11 Expediente Legali 0001166-90.2022.0.00.0001, fl. 230. 12 Expediente Legali 0001166-90.2022.0.00.0001, fl. 232.Página 9 de 24
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Hecho victimizante Víctima directa Víctimas indirectas identificadas Leandro Guañarita González y Roger Marino Sánchez Guerrero (8 de agosto de 2007, vereda Guaitara. El Peñol, Nariño) Leandro Guañarita González Fabiola González Ledesma (madre), Romero Guañarita González (hermano), Juan Pablo Guañarita González (hermano)13. Roger Marino Sánchez Roque Marino Sánchez Díaz (padre), Carmenza Guerrero Alvear (madre), Lizbeth Vanessa Ossa Sánchez (nieta)14.
CONSIDERACIONES
9. La SDSJ deriva su competencia para adelantar actuaciones relacionados el presente asunto de los artículos 5, 6 y 21 transitorios del Acto Legislativo 01 de 2017, del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, punto 5.1.2. numerales 32 y 50, de los artículos 2, 9, 28, 44, 51 y siguientes de la Ley 1820 de 2016 y del artículo 84 de la Ley 1957 de
201915.
10. Por otra parte, en cumplimiento del Acuerdo Final , el Congreso de la
28, 44, 51 y siguientes de la Ley 1820 de 2016 y del artículo 84 de la Ley 1957 de 201915.
10. Por otra parte, en cumplimiento del Acuerdo Final , el Congreso de la República expidió la Ley 1820 de 2016 que regula las amnistías e indultos por delitos políticos y delitos conexos con estos. Además, establec ió tratamientos penales especiales diferenciados, simétricos, simultáneos, equilibrados y equitativos, para agentes del Estado que hayan sido condenados, procesados o señalados de cometer conductas punibles por causa, con ocasión o en relación directa o indi recta con el conflicto armado cometidas con anterioridad a la entrada en vigor del Acuerdo Final16.
11. Así las cosas, la suscrita magistrada auxiliar itinerante, en primer lugar, se referirá a la convocatoria de los comparecientes a audiencia de aporte y contrastación de la verdad . Posteriormente, hará alusión a otras determinaciones.
13 Expediente Legali 0001166-90.2022.0.00.0001, fl. 231; expediente Legali 9002231-69.2019.0.00.0001, fl. 14487. 14 Expediente Legali 0001166-90.2022.0.00.0001, fl. 231. 15 Estatutaria de la Administración de Justicia en la Jurisdicción Especial Para la Paz. 16 Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto Armado y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, noviembre 24 de 2016, punto 5.1.2., numeral 32. Acto Legislativo 01 de 2017, artículo
16 Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto Armado y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, noviembre 24 de 2016, punto 5.1.2., numeral 32. Acto Legislativo 01 de 2017, artículo transitorio 17. Ley 1820 de 2016, artículos 2 y 9.Página 10 de 24
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I. Sobre la convocatoria de los comparecientes a audiencia de aporte y contrastación de la verdad
12. Con miras a avanzar en el proceso de definición de su situación jurídica, a la luz de los principios de economía procesal y estricta temporalidad que rigen a la JEP, los señores Armando Alirio Patichoy Erazo, Carlos Alirio Chitán, Eduard
Ortiz Lucumí, Héctor Fabio Aguilar Flórez, Hipólito Petto Camacho, Jesús Enrique Reina Achicano, José Ignacio Cabrera, Luis Eudoro Cuasapaz Tepud, Luis Gonzaga Trejos, Willer García Cañizales, Wil man Mina Mosquera, Henry Caicedo, Hernando Aurelio Guerrero Igua , Roberto Carlos Montenegro Mavisoy, Albert Esteban Achicanoy Jojoa, Carlos Arturo Colimba Chacua, Juan Carlos Ramírez Meneses y Silvio Jaime Cuasialpud Obando fueron convocados a audiencia de aporte y contrastación de la ve rdad en relación con las muertes de José Mauricio Bastidas Arango, Ángel David Osorio Acosta, Marcos Alexander Londoño Castrillón, Ronald Calzada B etancourt, Hermes Geovanny Mora, Luis Suárez Barón, Francisco Javier Troya, Víctor Modesto Chacón Suárez, Leandro Guañarita González, Roger Marino Sánchez Guerrero y tres personas
Alexander Londoño Castrillón, Ronald Calzada B etancourt, Hermes Geovanny Mora, Luis Suárez Barón, Francisco Javier Troya, Víctor Modesto Chacón Suárez, Leandro Guañarita González, Roger Marino Sánchez Guerrero y tres personas no identificadas. Lo anterior, con el fin de que realicen su aporte de verdad en relación con estos hechos, de la siguiente manera:
Hecho victimizante Fecha audiencia de aporte y contrastación de la verdad Comparecientes convocados Homicidio de una persona no identificada (18 de julio de 2007, vereda Jurado, Pasto, Nariño) 18 de marzo de 2026 Albert Esteban Achicanoy Jojoa, Carlos Alirio Chitán, Jesús Enrique Reina Achicanoy, Juan Carlos Ramírez Meneses, Luis Eudoro Cuasapaz Tepud y Silvio Jaime Cuasialpud Obando. Homicidio de Ángel David Osorio Acosta y dos personas no identificadas (11 de octubre de 2007, sector Cruz Amarillo, Pasto, Nariño) 18 de marzo de 2026 Albert Esteban Achicanoy Jojoa, Armando Alirio Patichoy Erazo, Carlos Arturo Colimba Chacua, Jesús Enrique Reina Achicanoy, Héctor Fabio Aguilar Flórez, Henry Caicedo, Hernando Aurelio Guerrero Igua, Hipólito Petto Camacho, José Ignacio Cabrera, Juan Carlos Ramírez Meneses, Luis Eudoro Cuasapaz Tepud, Roberto Carlos Montenegro Mavisoy, Silvio Jaime Cuasialpud Obando. Homicidio de Marcos Alexander Londoño Castrillón y Ronald
Carlos Ramírez Meneses, Luis Eudoro Cuasapaz Tepud, Roberto Carlos Montenegro Mavisoy, Silvio Jaime Cuasialpud Obando. Homicidio de Marcos Alexander Londoño Castrillón y Ronald 19 de marzo de 2026 Albert Esteban Achicanoy Jojoa, Carlos Arturo Colimba Chacua, Jesús Enrique Reina Achicanoy, José Ignacio Cabrera, Juan CarlosPágina 11 de 24
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Hecho victimizante Fecha audiencia de aporte y contrastación de la verdad Comparecientes convocados Calzada Betancourt (26 de octubre de 2007, vereda El Yunga, San Lorenzo, Nariño) Ramírez Meneses, Luis Eudoro Cuasapaz Tepud y Silvio Jaime Cuasialpud Obando. Homicidio de Hermes Geovanny Mora y Luis Suárez Barón (26 de noviembre de 2007, vereda Las Cochas, Sotomayor, Nariño) 19 de marzo de 2026 Albert Esteban Achicanoy Jojoa, Carlos Arturo Colimba Chacua, Jesús Enrique Reina Achicanoy, José Ignacio Cabrera, Juan Carlos Ramírez Meneses y Silvio Jaime Cuasialpud Obando. Homicidio Francisco Javier Troya (24 de enero de 2008, vereda La Sierra, El Rosario, Nariño) 20 de marzo de 2026 Albert Esteban Achicanoy Jojoa, Armando Alirio Patichoy Erazo, Carlos Alirio Chitán, Carlos Arturo Colimba Chacua, Jesús
Sierra, El Rosario, Nariño) 20 de marzo de 2026 Albert Esteban Achicanoy Jojoa, Armando Alirio Patichoy Erazo, Carlos Alirio Chitán, Carlos Arturo Colimba Chacua, Jesús Enrique Reina Achicanoy, José Ignacio Cabrera, Juan Carlos Ramírez Meneses y Luis Eudoro Cuasapaz Tepud. Homicidio de José Mauricio Bastidas Arango (18 de diciembre de 2007, sector de Puerto Cumbara, El Rosario, Nariño) 20 de marzo de 2026 Albert Esteban Achicanoy Jojoa, Carlos Arturo Colimba Chacua, Eduard Ortiz Lucumí, Jesús Enrique Reina Achicanoy, José Ignacio Cabrera, Luis Gonzaga Trejos y Wilman Mina Mosquera. Homicidio de Víctor Modesto Chacón Suárez, Leandro Guañarita González y Roger Marino Sánchez Guerrero (8 de agosto de 2007, vereda Guaitara. El Peñol, Nariño) 20 de marzo de 2026 José Ignacio Cabrera
13. Ahora bien, teniendo en cuenta las restricciones actualmente existentes en materia presupuestal, y de conformidad con lo establecido en el Acuerdo de Órgano de Gobierno AOG No. 008 de 12 de marzo de 2025, “Por medio del cual se fijan los criterios para la programación y ejecución eficiente del gasto asociado a actividades judiciales de la Jurisdicción Especial para la Paz”, se exigirá únicamente a los siguientes comparecientes asistir de manera presencial a la audiencia en cuestión:Página 12 de 24
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a actividades judiciales de la Jurisdicción Especial para la Paz”, se exigirá únicamente a los siguientes comparecientes asistir de manera presencial a la audiencia en cuestión:Página 12 de 24
S U B 3 N S Hecho victimizante Fecha audiencia de aporte y contrastación de la verdad Comparecientes que deberán asistir de manera presencial Homicidio de una persona no identificada (18 de julio de 2007, vereda Jurado, Pasto, Nariño) 18 de marzo de 2026 Albert Esteban Achicanoy Jojoa, Jesús Enrique Reina Achicanoy, Juan Carlos Ramírez Meneses. Homicidio de Ángel David Osorio Acosta y dos personas no identificadas (11 de octubre de 2007, sector Cruz Amarillo, Pasto, Nariño) 18 de marzo de 2026 Albert Esteban Achicanoy Jojoa, Jesús Enrique Reina Achicanoy. Homicidio de Marcos Alexander Londoño Castrillón y Ronald Calzada Betancourt (26 de octubre de 2007, vereda El Yunga, San Lorenzo, Nariño) 19 de marzo de 2026 Albert Esteban Achicanoy Jojoa, Jesús Enrique Reina Achicanoy, José Ignacio Cabrera, Juan Carlos Ramírez Meneses. Homicidio de Hermes Geovanny Mora y Luis Suárez Barón (26 de noviembre de 2007, vereda Las Cochas, Sotomayor, Nariño) 19 de marzo de 2026 Albert Esteban Achicanoy Jojoa, Jesús
Geovanny Mora y Luis Suárez Barón (26 de noviembre de 2007, vereda Las Cochas, Sotomayor, Nariño) 19 de marzo de 2026 Albert Esteban Achicanoy Jojoa, Jesús Enrique Reina Achicanoy, José Ignacio Cabrera, Juan Carlos Ramírez Meneses. Homicidio Francisco Javier Troya (24 de enero de 2008, vereda La Sierra, El Rosario, Nariño) 20 de marzo de 2026 Albert Esteban Achicanoy Jojoa, Jesús Enrique Reina Achicanoy, José Ignacio Cabrera, Juan Carlos Ramírez Meneses. Homicidio de José Mauricio Bastidas Arango (18 de diciembre de 2007, sector de Puerto Cumbara, El Rosario, Nariño) 20 de marzo de 2026 Albert Esteban Achicanoy Jojoa, Jesús Enrique Reina Achicanoy, José Ignacio Cabrera, Luis Gonzaga Trejos. Homicidio de Víctor Modesto Chacón Suárez, Leandro Guañarita González y Roger Marino Sánchez Guerrero (8 de agosto de 2007, vereda Guaitara. El Peñol, Nariño) 20 de marzo de 2026 José Ignacio CabreraPágina 13 de 24
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14. En este punto debe advertirse que , con miras a garantizar la efectiva realización de la audiencia, la JEP podría eventualmente cubrir los gastos de traslado y/o alojamiento de los comparecientes anteriormente enlistados . Sin embargo, es importante aclarar que, para efectos de asegurar un uso austero y
realización de la audiencia, la JEP podría eventualmente cubrir los gastos de traslado y/o alojamiento de los comparecientes anteriormente enlistados . Sin embargo, es importante aclarar que, para efectos de asegurar un uso austero y eficiente de los recursos públicos : (i) las solicitudes de apoyo deberán ser presentadas, vía correo electrónico, a más tardar el día 18 de febrero de 2026. Así pues, ninguna solicitud allegada con posterioridad a esa fecha podrá ser atendida por la JEP; y (ii) cualquier apoyo económico tendiente a cubrir sus gastos de traslado y/o alojamiento tendrá un carácter excepcional y, en consecuencia, deberá estar d ebidamente justificado con base en la demostrada necesidad del compareciente en cuestión.
15. Los demás comparecientes convocados a esta audiencia podrán asistir a la misma de manera virtual o presencial. Sin embargo, en el evento en que decidan asistir de manera presencial, la JEP no cubrirá los gastos de traslado y/o alojamiento en que puedan eventualmente incurrir.
16. Estas diligencias tendrán como propósito que los comparecientes realicen sus aportes significativos a la verdad completa, detallada y exhaustiva, permitiendo la contrastación y profundización del relato . A su vez, las víctimas y sus representantes, así como el Ministerio Público, tendrán plenas garantías de participación protagónica y efectiva bajo el enfoque del diálogo restaurativo que esclarezca lo ocurrido en el marco de cada hecho victimizante y contribuya a la reparación del daño causado a las víctimas y a la sociedad.
17. La audiencia tambi én pretende que se exploren y exterioricen las
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