🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

JEP - Resolución SDSJ-0420 28-enero de 2020

JEP - Jurisdicción Especial para la Paz

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
JEP - Resolución SDSJ-0420 28-enero de 2020
Autor
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Transicional
Año
2020

J

PEe P | JURISDICCIÓN

ESPECIAL PARA LA PAZ

REPÚBLICA DE COLOMBIA

JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

SALA DE DEFINICIÓN DE SITUACIONES JURÍDICAS

Radicado JEPCOLOMBIA No. 20203340018403 20203340018403 Bogotá D.C., 2 8 ENE 2920

Número de Expediente ORFEO: 2018120080100398E

Compareciente: Ramiro Antoni Tabares Millán

C.C. No. 16.551.312

Autodefensas Unidas de Colombia Situación Jurídica: Privado de libertad Delito: : homicidio agravado y otro Fecha de reparto: 24 de junio de 2019 Resolución NdyU U 4 2 Y de 2020 El Magistrado Ponente de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas dispone lo siguiente dentro del asunto de la referencia: Mediante la Resolución No, 7978 del 20 de diciembre de 20191, se dispuso a RECHAZAR DE PLANO por falta de competencia material la solicitud de sometimiento impetrada por el señor Ramiro Antoni Tabares Millán, identificado con la cédula de ciudadanía No. 16.551.312. Mediante informe secretarial SDS] — 1533 del 27 de diciembre de 2019, se da cuenta al Despacho que el solicitante nombrado, se abstuvo de firmar la notificación respectiva, debido a que la cédula de ciudadanía plasmada dentro de la resolución en comento no correspondía a la suya. 1 Radicado Orfeo 20193400653331 Gra 7 $ 63-44, Bogotá Colombia / (+57-1) 4846980 // infoBjep.gov.co

J SALA DE DEFINICIÓN DE SITUACIONES JURÍDICAS Por un error de digitación en la mencionada resolución se indicó como número de cédula de ciudadanía del señor Ramiro Antoni Tabares Millán el No. 36.551.312, siendo el correcto el No. 16.551.312, razón por la cual de conformidad con lo establecido en el artículo 72 de la Ley 1922 de 2018 y en el artículo 286 del Código General del Proceso, el despacho de conocimiento dispone: CORREGIR el numeral primero de la Resolución No. 7978 de 2019 en lo correspondiente al número de cédula del señor Ramiro Antoni Tabares Millán, conforme a lo establecido anteriormente. En consecuencia, procédase por secretaría adelantar los actos de notificación de la Resolución 7978 de 2019, aplicando la corrección realizada en la presente resolución. comuníquese y cúmplase, a Ln Pedro Elías Díaz R mero Magistrado Sala de Definición de Situaciones Jurídicas

Consultar sobre este documento ...