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JEP - Resolución SDSJ 0956 25 marzo 2025

JEP - Jurisdicción Especial para la Paz

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Detalles

Título
JEP - Resolución SDSJ 0956 25 marzo 2025
Autor
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transicional
Año
2025

Página 1 de 15

S A L A D E D E F I N I C I Ó N D E S I T U A C I O N E S J U R Í D I C A S

REPÚBLICA DE COLOMBIA

JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

SALAS DE JUSTICIA

SALA DE DEFINICIÓN DE SITUACIONES JURÍDICAS

Resolución No. 956 Bogotá D.C., 25 de marzo de 2025

Expediente matriz 0000984-36.2024.0.00.0001 Compareciente Cédula de ciudadanía Expediente Legali Alberto Julio Charry Romero 15048193 9001472-08.2019.0.00.0001 Eugenio Rafael Maestre Guzmán 7142561 9001078-98.2019.0.00.0001 Carlos Augusto Ardila Millán 91079029 Rafael Darío Peñaranda Torrado 88289947 Faustino Cáceres Rodríguez 88199233 9001078-98.2019.0.00.0001 9003521-22.2019.0.00.0001 Jairo Alfonso Pinzón Sánchez 80911725 9002864-80.2019.0.00.0001 Ismael Antonio Castellanos Ávila 7316114 0001819-63.2020.0.00.0001 Diego Fernando Restrepo Pineda 6499918 9001898-20.2019.0.00.0001 Jorge Eliécer Acevedo Rodríguez 74339537 0001351-31.2022.0.00.0001 Rodrigo Antonio Úsuga 71986102 Britman Herlet Mora Vargas 13906613 Yuber Palomino Quintana 80153514

Jorge Eliécer Acevedo Rodríguez 74339537 0001351-31.2022.0.00.0001 Rodrigo Antonio Úsuga 71986102 Britman Herlet Mora Vargas 13906613 Yuber Palomino Quintana 80153514 José Gonzalo Villamil Roncancio 13616941 José Wilmar Arismendi López 16233168 Jorge Enrique Moreno Bastidas 7171914 David García 16767094 9000047-43.2019.0.00.0001 José Giovanny Leiva Molina 93087725 0001809-19.2020.0.00.0001 Manuel Moreno Moreno 11796557 9002224-77.2019.0.00.0001 Edward Manuel Ferreira Coronel 2114831 Carlos Enrique Vargas 5739068 Andrés Ducuara Yate 79764700 Eduard Adrián Páez 7183787Página 2 de 15

SUB3NSFP CA S O BO Y A C Á Expediente matriz 0000984-36.2024.0.00.0001 Compareciente Cédula de ciudadanía Expediente Legali César Augusto Sierra López 4041579 German Alberto Católico Gutiérrez 4179913 Efraín Antonio Hernández Pinzón 17420527 Héctor Fabio Cubides González 80128728 John González Taborda 70420895 Guillermo Luis García Vargas 12556448 9003016-31.2019.0.00.0001 Yanquin Nolber Mora García 3185635 9000214-94.2018.0.00.0001 Carlos Alfonso Llanos Caro 74270747 9003761-11.2019.0.00.0001

Yanquin Nolber Mora García 3185635 9000214-94.2018.0.00.0001 Carlos Alfonso Llanos Caro 74270747 9003761-11.2019.0.00.0001 Ever Efrén Coy Sánchez 74439228 9002134-69.2019.0.00.0001 Wilson Orlando Gualteros Molina 3174482 9000019-12.2018.0.00.0001 Aníbal Gómez Pinzón 3186351 0000748-84.2024.0.00.0001 Josmar Yezid Velásquez Amézquita 79882548 9003782-84.2019.0.00.0001 Edward Mera Calderón 91017886 Hernando Ocaño Congo 9498446 0001816-11.2020.0.00.0001 Ricardo Coca Arias 7317383

ASUNTO

Procede el suscrito magistrado de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas (SDSJ) de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) a impulsar la presente actuación.

ANTECEDENTES

1. Mediante la Resolución PSDSJ No. 021 del 13 de diciembre de 2023 1, la Presidencia de la SDSJ conformó, entre otras, la Subsana Tercera Especial de Conocimiento y Decisión de la Ruta No Sancionatoria de comparecientes de la Fuerza Pública que no fueron seleccionados como máximos responsables (en

1 Adicionada por la Resolución 003 del 11 de abril de 2024 y modificada por la Resolución PSDSJ No. 020 del 09 de octubre de 2024.Página 3 de 15

SUB3NSFP

CA S O BO Y A C Á

1 Adicionada por la Resolución 003 del 11 de abril de 2024 y modificada por la Resolución PSDSJ No. 020 del 09 de octubre de 2024.Página 3 de 15

SUB3NSFP CA S O BO Y A C Á adelante SUB3NSFP), integrada por la magistrada Sandra Jeannette Castro Ospina y el suscrito magistrado Mauricio García Cadena.

2. A dicha Subsala le fue asignado el conocimiento de los asuntos correspondientes a los departamentos de Amazonas, Arauca, Boyacá, Caldas, Caquetá, Cundinamarca, Guainía, Guaviare, Meta, Nariño, Putumayo, Quindío, Risaralda, Santander, Vaupés y Vichada. Además, se le atrib uyó plena autonomía para determinar su metodología de trabajo, planificar y ejecutar audiencias, recaudar y contrastar la información que en ellas se obtenga, además de tomar las decisiones de impulso y de fondo a que haya lugar.

3. Adicionalmente, mediante Resolución 263 del 24 de enero de 2024 2, la SUB3NSFP acordó, respecto de los departamentos que la conforman, la siguiente

división interna:

a) El despacho de la magistrada Sandra Jeannette Castro Ospina conocerá de los casos relacionados con los departamentos de Arauca, Caquetá, Meta, Putumayo y Vichada.

b) El despacho del magistrado Mauricio García Cadena conocerá de los casos relacionados con los departamentos de Amazonas, Boyacá, Caldas, Cundinamarca, Guainía, Guaviare, Nariño, Quindío, Risaralda, Santander y Vaupés3.

relacionados con los departamentos de Amazonas, Boyacá, Caldas, Cundinamarca, Guainía, Guaviare, Nariño, Quindío, Risaralda, Santander y Vaupés3.

4. En relación con el Batallón de Infantería N°2 “Mariscal José Antonio Sucre”, el despacho ha recibido nueve (9) hechos de competencia de la JEP, en los que se encuentran vinculados treinta y siete (37) comparecientes.

2 Modificada por la Resolución No. 3052 del 19 de septiembre de 2024 que asignó el departamento de Nariño al magistrado Mauricio García Cadena. 3 A la luz de lo mencionado, debe ponerse de presente que mediante la Resolución PSDSJ No. 12 del 31 de julio de 2024, la Presidencia de la SDSJ aclaró que la competencia de las Subsalas Especiales de Conocimiento y Decisión Costa Caribe – Cementerio Católico Las Mercedes de Dabeiba, Casanare, Catatumbo, Primera, Segunda y Tercera recae sobre todos los solicitantes y comparecientes que fueron miembros de la fuerza pública de acuerdo con los criterios territoriales, con independencia de los macrocasos abiertos por la SRVR. Asimismo, en esta decisión se precisó que la competencia de las mencionadas Subsalas incluye a los terceros y agentes del Estado no integra ntes de la fuerza públicaAENIFPUque participaron en los patrones de macrocriminalidad de ejecuciones extrajudiciales perpetrados por la fuerza pública de acuerdo con las competencias territoriales de cada Subsala.Página 4 de 15

SUB3NSFP

CA S O BO Y A C Á

5. Mediante la Resolución 2914 del 11 de septiembre de 2024 4, se convocó a

SUB3NSFP

CA S O BO Y A C Á

5. Mediante la Resolución 2914 del 11 de septiembre de 2024 4, se convocó a estos comparecientes y víctimas a las audiencias de aporte y contrastación de la

verdad que se relacionan a continuación:

No. Hecho victimizante Comparecientes convocados Víctimas acreditadas convocadas Fecha de audiencia 1. Homicidio de Elkin de Jesús Álvarez Cardona y Diego Alberto Pérez Mejía (Caldas, Boyacá, 12 de diciembre de 2007)

1. Alberto Julio Charry

Romero

2. Eugenio Rafael Maestre

Guzmán

3. Carlos Augusto Ardila

Millán

4. Rafael Darío Peñaranda

Torrado

5. Faustino Cáceres

Rodríguez

6. Diego Fernando Restrepo

Pineda

7. Jorge Eliécer Acevedo

Rodríguez

8. Rodrigo Antonio Úsuga

9. Britman Herlet Mora

Vargas

10. Yuber Palomino

Quintana

11. José Gonzalo Villamil

Roncancio

12. José Wilmar Arismendi

López

13. Jorge Enrique Moreno

Bastidas N/A 12 de noviembre de 2024

2. Tentativa de homicidio de Pedro Ricardo González (1º de agosto de 2008, Puente Nacional, Santander)

1. Carlos Alfonso Llanos

Caro

2. Ever Efrén Coy Sánchez

3. Aníbal Gómez Pinzón

González (1º de agosto de 2008, Puente Nacional, Santander)

1. Carlos Alfonso Llanos

Caro

2. Ever Efrén Coy Sánchez

3. Aníbal Gómez Pinzón

4. Josmar Yesid Velásquez

Amézquita

5. Edward Mera Calderón

1. Pedro Ricardo González Villamil 13 de noviembre de 2024

4 Expediente Legali 0000984-36.2024.0.00.0001, pp. 1-19.Página 5 de 15

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CA S O BO Y A C Á

No. Hecho victimizante Comparecientes convocados Víctimas acreditadas convocadas Fecha de audiencia 3. Homicidio de Jhon Francisco Pacheco Parra (22 de agosto de 2008, Puente Nacional, Santander)

1. Carlos Alfonso Llanos

Caro

2. Ever Efrén Coy Sánchez

3. Aníbal Gómez Pinzón

4. Josmar Yesid Velásquez

Amézquita

5. Edward Mera Calderón N/A 13 de noviembre de 2024

4. Homicidio de Hugo Fernely Giraldo (Simijaca, Cundinamarca, 14 de agosto de 2008)

1. Manuel Moreno Moreno

2. Edward Manuel Ferreira

Coronel

3. Carlos Enrique Vargas

4. Andrés Ducuara Yate

5. Eduard Adrián Páez

6. César Augusto Sierra

López

7. German Alberto

Católico Gutiérrez

8. Efraín Antonio

Coronel

3. Carlos Enrique Vargas

4. Andrés Ducuara Yate

5. Eduard Adrián Páez

6. César Augusto Sierra

López

7. German Alberto

Católico Gutiérrez

8. Efraín Antonio

Hernández

9. Héctor Fabio Cubides

González

10. John González Taborda N/A 13 de noviembre de 2024

5. Homicidio de Mauricio Ceballos Usma (Moniquirá, Boyacá, 1º de julio de 2008)

1. Eugenio Rafael Maestre

Guzmán

2. Carlos Augusto Ardila

Millán

3. Faustino Cáceres

Rodríguez

4. Jairo Alfonso Pinzón

Sánchez

5. David García N/A 14 de noviembre de 2024

6. Homicidio de Milton César Acevedo Román (San Miguel de Sema, Boyacá, 25 de octubre de 2007)

1. Ismael Antonio

Castellanos Ávila

2. Yuber Palomino

Quintana

3. José Giovanny Leiva

Molina

4. Hernando Ocaño Congo N/A 14 de noviembre de 2024

7. Homicidio de Mario Arturo Marín Varela;

1. José Giovanny Leiva

Molina

2. Hernando Ocaño Congo Familiares de

Manuel Franco Pinzón: 15 de noviembre de 2024Página 6 de 15

SUB3NSFP

CA S O BO Y A C Á

Molina

2. Hernando Ocaño Congo Familiares de

Manuel Franco Pinzón: 15 de noviembre de 2024Página 6 de 15

SUB3NSFP

CA S O BO Y A C Á

No. Hecho victimizante Comparecientes convocados Víctimas acreditadas convocadas Fecha de audiencia Manuel Franco Pinzón; y Víctor Alfonso Rodríguez (La Belleza, Santander, 14 de mayo de 2004)

3. Ricardo Coca Arias

1. María Yorleny

Franco Pinzón

2. Álvaro Franco

Pinzón

3. Eucardo Franco

Pinzón

4. María Nelly

Franco Pinzón

Familiares de Víctor Alfonso

Rodríguez:

1. Graciela Ardila

Rodríguez

2. Gloria

Mercedes Ariza Rodríguez

3. Luis Alberto

Ardila Rodríguez

4. María Olga

Ariza Rodríguez

6. A su vez, esta Sala ha aceptado el sometimiento a la JEP de las personas anteriormente mencionadas en relación con los procesos referidos, de la siguiente

manera:

No. Hecho victimizante Comparecientes aceptados

1. Homicidio de Elkin de

Jesús Álvarez Cardona y Diego Alberto Pérez Alberto Julio Charry Romero (R. 3075 del 14 de agosto de 20205); Diego Fernando Restrepo Pineda (R. 3657 del 30 de julio de 2021 6); Eugenio Rafael Maestre Guzmán, Carlos

Diego Alberto Pérez Alberto Julio Charry Romero (R. 3075 del 14 de agosto de 20205); Diego Fernando Restrepo Pineda (R. 3657 del 30 de julio de 2021 6); Eugenio Rafael Maestre Guzmán, Carlos Augusto Ardila Millán, Rafael Darío Peñaranda Torrado (R. 5643 del 30 de noviembre de 2021 7); Faustino Cáceres

5 Expediente SAJ 9001472-08.2019.0.00.0001, folio 373. Constancia de ejecutoria 1132 del 10 de septiembre de 2020. 6 Expediente SAJ 9001898 -20.2019.0.00.0001, folio 784. Constancia de ejecutoria 287 del 7 de febrero de 2022. 7 Expediente SAJ 9001078 -98.2019.0.00.0001, folio 453. Constancia de ejecutoria 242 del 1º de febrero de 2022.Página 7 de 15

SUB3NSFP CA S O BO Y A C Á No. Hecho victimizante Comparecientes aceptados Mejía (Caldas, Boyacá, 12 de diciembre de 2007) Rodríguez (2915 del 17 de junio de 2021 8); Jorge Eliecer Acevedo Rodríguez, Rodrigo Antonio Úsuga, Britman Herlet Mora Vargas, Yuber Palomino Quintana, José Gonzalo Villamil Roncancio, José Wilmar Arismendi López, Jorge Enrique Moreno Basti das (R. 4249 del 21 de noviembre de 20229).

2. Tentativa de homicidio de Pedro Ricardo González (1º de agosto de

2008, Puente Nacional, Santander)

Jorge Enrique Moreno Basti das (R. 4249 del 21 de noviembre de 20229).

2. Tentativa de homicidio de Pedro Ricardo González (1º de agosto de

2008, Puente Nacional, Santander) Carlos Alfonso Llanos Caro (R. 4154 del 31 de agosto de 202110); Josmar Yezid Velásquez Amézquita (R. 66 del 13 de enero de 2023 11); Edward Mera Calderón (R. 638 del 20 de febrero de 202312), Ever Efrén Coy Sánchez y Aníbal Gómez Pinzón (R. 2957 del 13 de septiembre de 2024).

3. Homicidio de Jhon Francisco Pacheco Parra (22 de agosto de 2008,

Puente Nacional, Santander) Carlos Alfonso Llanos Caro (R. 4154 del 31 de agosto de 202113); Josmar Yezid Velásquez Amézquita (R. 66 del 13 de enero de 2023 14); Edward Mera Calderón (R. 638 del 20 de febrero de 202315), Ever Efrén Coy Sánchez , Aníbal Gómez Pinzón (R. 2957 del 13 de septiembre de 2024).

4. Homicidio de Hugo

Fernely Giraldo (Simijaca, Cundinamarca, 14 de agosto de 2008) Manuel Moreno Moreno, Edward Manuel Ferreira Coronel, Carlos Enrique Vargas, Andrés Ducuara Yate, Eduard Adrián Páez, Cesar Augusto Sierra López, German Alberto Católico Gutiérrez, Efraín Antonio Hernández, Héctor Fabio Cubides González y John González Taborda (R. 3163 del 29

Adrián Páez, Cesar Augusto Sierra López, German Alberto Católico Gutiérrez, Efraín Antonio Hernández, Héctor Fabio Cubides González y John González Taborda (R. 3163 del 29 de junio de 202116)

5. Homicidio de Mauricio

Ceballos Usma Eugenio Rafael Maestre Guzmán, Carlos Augusto Ardila Millán (R. 5643 del 30 de noviembre de 2021 17); Faustino Cáceres Rodríguez (2915 del 17 de junio de 2021 18); David

8 Expediente SAJ 9003521-22.2019.0.00.0001, folio 559. Constancia de ejecutoria 2262 del 13 de septiembre de 2021. 9 Expediente SAJ 0001351 -31.2022.0.00.0001, folio 1305. Constancia de ejecutoria CSJ.SDSJ.0001407.2023 del 14 de junio de 2023. 10 Expediente SAJ 9003761-11.2019.0.00.0001, folio 183. Constancia de ejecutoria 2287 del 14 de septiembre de 2021. 11 Expediente SAJ 9003782-84.2019.0.00.0001, folio 3162. Constancia de ejecutoria 595 del 27 de marzo de 2023. 12 Expediente SAJ 9003782 -84.2019.0.00.0001, folio 3297. Constancia de ejecutoria 876 del 5 de mayo de 2023. 13 Expediente SAJ 9003761-11.2019.0.00.0001, folio 183. Constancia de ejecutoria 2287 del 14 de septiembre de 2021.

2023. 13 Expediente SAJ 9003761-11.2019.0.00.0001, folio 183. Constancia de ejecutoria 2287 del 14 de septiembre de 2021. 14 Expediente SAJ 9003782-84.2019.0.00.0001, folio 3162. Constancia de ejecutoria 595 del 27 de marzo de 2023. 15 Expediente SAJ 9003782 -84.2019.0.00.0001, folio 3297. Constancia de ejecutoria 876 del 5 de mayo de 2023. 16 Expediente SAJ 9002224 -77.2019.0.00.0001, folio 390. Constancia de ejecutoria 1832 del 28 de julio de 2021. 17 Expediente SAJ 9001078-98.2019.0.00.0001, folio 453. Constancia de ejecutoria 242 del 1º de febrero de 2022. 18 Expediente SAJ 9003521-22.2019.0.00.0001, folio 559. Constancia de ejecutoria 2262 del 13 de septiembre de 2021.Página 8 de 15

SUB3NSFP CA S O BO Y A C Á No. Hecho victimizante Comparecientes aceptados (Moniquirá, Boyacá, 1º de julio de 2008) García (R. 5820 del 10 de diciembre de 202119) y Jairo Alfonso Pinzón Sánchez (R. 2957 del 13 de septiembre de 2024).

6. Homicidio de Milton

César Acevedo Román (San Miguel de Sema, Boyacá, 25 de octubre de 2007) José Giovanny Leiva Molina (R. 931 del 8 de marzo de

6. Homicidio de Milton

César Acevedo Román (San Miguel de Sema, Boyacá, 25 de octubre de 2007) José Giovanny Leiva Molina (R. 931 del 8 de marzo de 202320), Ismael Antonio Castellanos Ávila , Yuber Palomino Quintana, Hernando Ocaño Congo (R. 2957 del 13 de septiembre de 2024).

7. Homicidio de Mario

Arturo Marín Varela; Manuel Franco Pinzón; y Víctor Alfonso Rodríguez (La Belleza, Santander, 14 de mayo de 2004) José Giovanny Leiva Molina (R. 931 del 8 de marzo de 202321) y Hernando Ocaño Congo , Ricardo Coca Arias (R. 2957 del 13 de septiembre de 2024).

7. Por su parte, las siguientes víctimas indirectas fueron acreditadas por estos

hechos victimizantes, así:

Hecho victimizante Víctima directa Víctimas indirectas acreditadas Representante

1. Tentativa de homicidio de Pedro Ricardo González (1º de agosto de 2008,

Puente Nacional, Santander) Pedro Ricardo González Villamil (R. 3532 del 8 de noviembre de 2024) N/A

Sergio Augusto Ocazionez Merchán

2. Homicidio de

Milton César Acevedo Román (San Miguel de Sema, Boyacá, 25 de octubre de 2007)

1. Ana María Acevedo

Román

Merchán

2. Homicidio de

Milton César Acevedo Román (San Miguel de Sema, Boyacá, 25 de octubre de 2007)

1. Ana María Acevedo

Román

2. Ingrid Johana Acevedo

Román

3. Evelin Acevedo

Román

4. Miguel Vélez Acevedo

5. Jorge Iván Vélez

Acevedo

19 Expediente SAJ 9000047 -43.2019.0.00.0001, folio 360. Constancia de ejecutoria CSJ.SDSJ.0001700.2024 del 7 de marzo de 2024. 20 Expediente SAJ 0001809-19.2020.0.00.0001, folio 1614. Constancia de ejecutoria 1150 del 30 de mayo de 2023. 21 Expediente SAJ 0001809-19.2020.0.00.0001, folio 1614. Constancia de ejecutoria 1150 del 30 de mayo de 2023.Página 9 de 15

SUB3NSFP

CA S O BO Y A C Á Hecho victimizante Víctima directa Víctimas indirectas acreditadas Representante

6. Carlos Mauricio Vélez

Acevedo,

7. Lina Marcela Acevedo

(R. 610 del 27 de febrero de 2025)

3.

Homicidio de Mario Arturo Marín Varela; Manuel Franco Pinzón; y Víctor Alfonso Rodríguez (La Belleza, Santander, 14 de mayo de 2004) Manuel Franco Pinzón

Mario Arturo Marín Varela; Manuel Franco Pinzón; y Víctor Alfonso Rodríguez (La Belleza, Santander, 14 de mayo de 2004) Manuel Franco Pinzón

1. María Yorleny Franco Pinzón. (R. 3319 del 18 de octubre de

2024).

2. Eulalia Franco

Pinzón

3. Fredy Alexander

Franco Pinzón

4. Carlos Manuel Franco

Pinzón

5. Yimer Franco Pinzón

6. Nelson Franco Pinzón

7. Elba María Franco

Pinzón

8. Álvaro Franco Pinzón

9. Eugenio Franco Pinzón

10. María Nelly Franco

Pinzón

11. Ecuardo Franco Pinzón (R. 3484 del 7 de noviembre de 2025)

Samuel Yoseff Arévalo Gálvez Víctor Alfonso Rodríguez

1. Mariana De Jesús Rodríguez (R. 3319 del 18 de octubre de 2024)

2. Luis Alberto Rodríguez

Quintero

3. Graciela Ardila

Rodríguez

4. Gloria Mercedes Ariza

Rodríguez

5. Luis Alberto Ardila

Rodríguez

6. María Olga Ariza Rodríguez (R. 3484 del 7 de noviembre de 2025)

4. Homicidio de

Hugo Fernely Giraldo

1. Luz Estela Giraldo

Aguirre. Óscar Orlando

Rodríguez (R. 3484 del 7 de noviembre de 2025)

4. Homicidio de

Hugo Fernely Giraldo

1. Luz Estela Giraldo

Aguirre. Óscar Orlando Bedoya OspinaPágina 10 de 15

SUB3NSFP

CA S O BO Y A C Á Hecho victimizante Víctima directa Víctimas indirectas acreditadas Representante (Simijaca, Cundinamarca, 14 de agosto de 2008)

2. Orlan Felipe Caro

Giraldo

3. Yina Ileana Caro

Giraldo.

4. María Lucia Caro Giraldo (reconocidos en audiencia el 13 de marzo de 2025)

Hernán Alberto Ospina López (abogado suplente)

8. Mediante la Resolución 278 del 3 1 de enero de 2025, entre otras determinaciones, se convocó a los comparecientes anteriormente enlistados a la audiencia de presentación de informe de aportes a la verdad y consolidación del régimen de condicionalidad y de otras actuaciones procesales, que se llevó a cabo los días 13 y 14 de marzo de la anualidad que avanza.

CONSIDERACIONES

9. Teniendo en cuenta el reconocimiento que se hizo en audiencia de las víctimas indirectas Luz Estela Giraldo Aguirre, María Lucía Caro Giraldo, Orlan Felipe Caro Giraldo y Yina Ileana Caro Giraldo, en calidad de madre y hermanos de Hugo Fernely Giraldo y de su s abogados principal Óscar Orlando Bedoya Ospina y

Giraldo y Yina Ileana Caro Giraldo, en calidad de madre y hermanos de Hugo Fernely Giraldo y de su s abogados principal Óscar Orlando Bedoya Ospina y suplente Hernán Alberto Ospina López, se solicitará a la Secretaría Judicial de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas que les asigne usuario y contraseña que les permita consultar los siguientes expedientes Legali:

Comparecientes Expediente Manuel Moreno Moreno

9002224-77.2019.0.00.0001 0000984-36.2024.0.00.0001 Edward Manuel Ferreira Coronel Carlos Enrique Vargas Andrés Ducuara Yate Eduard Adrián Páez César Augusto Sierra López German Alberto Católico Gutiérrez Efraín Antonio Hernández Pinzón Héctor Fabio Cubides González John González TabordaPágina 11 de 15

SUB3NSFP

CA S O BO Y A C Á

10. De otro lado, en la audiencia de presentación de informe de aportes a la verdad y consolidación del régimen de condicionalidad y de otras actuaciones procesales se expresaron medidas de satisfacción concretas en favor de las víctimas indirectas

acreditadas, así:

Hecho victimizante Medida de satisfacción solicitada

1. Homicidio de Milton

César Acevedo Román (San Miguel de Sema, Boyacá, 25 de octubre de 2007) La señora Ana María Acevedo Román informó que la principal medida de satisfacción es lograr la ubicación, identificación y entrega del cadáver de su hermano Milton Cesar Acevedo Román. También indicó estar conforme con la realización de pancartas que sean ubicadas en el municipio de

principal medida de satisfacción es lograr la ubicación, identificación y entrega del cadáver de su hermano Milton Cesar Acevedo Román. También indicó estar conforme con la realización de pancartas que sean ubicadas en el municipio de Montenegro, Quindío, en el que se dignifique la memoria de su hermano.

2. Homicidio de Mario

Arturo Marín Varela; Manuel Franco Pinzón; y Víctor Alfonso Rodríguez (La Belleza, Santander, 14 de mayo de 2004) La señora María Yorleny Franco Pinzón, en su calidad de hermana de Manuel Franco Pinzón, indicó que son tres las medidas de satisfacción que propone:

1. Realizar una publicación en un medio de difusión nacional en el que se dignifique la memoria y el buen nombre de su familiar.

2. La instalación de pancartas que sean ubicadas en La Belleza, Santander y en la sede del Batallón Mariscal Sucre, a través de las cuales se reivindique la memoria y el buen nombre de su familiar.

3. Que se otorgue una bóveda a perpetuidad para el descanso de los restos de su hermano y que los comparecientes relacionados en este hecho realicen labores de adecuamiento de la tumba. Así mismo, solicito que en ese mismo lugar donde reposen los restos de Manuel Franco Pinzón sean ubicados los restos de sus progenitores.

La señora Graciela Ardila Rodríguez, en su calidad de hermanda de Víctor Alfonso Rodríguez, indicó que como medida de satisfacción tiene dos solicitudes:

1. La instalación de pancartas que sean ubicadas en el parque principal de Puente Nacional, Santander, a través

hermanda de Víctor Alfonso Rodríguez, indicó que como medida de satisfacción tiene dos solicitudes:

1. La instalación de pancartas que sean ubicadas en el parque principal de Puente Nacional, Santander, a través de las cuales se reivindique la memoria y el buen nombre de su familiar.

3. Que se otorgue una bóveda a perpetuidad para el descanso de los restos de su hermano y que los comparecientes relacionados en este hecho realicen labores de adecuamiento de la tumba.Página 12 de 15

SUB3NSFP CA S O BO Y A C Á Hecho victimizante Medida de satisfacción solicitada

5. Homicidio de Hugo

Fernely Giraldo (Simijaca, Cundinamarca, 14 de agosto de 2008) El abogado de este núcleo familiar expresó que está de acuerdo con la instalación de pancartas que sean ubicadas en el municipio de Montenegro, Quindío. Asimismo, mencionó que dialogaría con la familia del señor Hugo Fernely Giraldo para indagar sobre la propuesta presentada por algunos comparecientes, tendiente a realizar la instalación de una placa que dignifique la memoria del señor Giraldo, en el lugar de domicilio de la familia. Finalmente, el abogado destacó que la principal medida de satisfacción es lograr la ubicación, identificación y entrega del cadáver del señor Hugo Fernely Giraldo.

11. Por su parte, los comparecientes se comprometieron a presentar una propuesta en la que se informe el costo de una pauta en medios de comunicación nacional que cumpla con los estándares reclamados por las víctimas; así como el

11. Por su parte, los comparecientes se comprometieron a presentar una propuesta en la que se informe el costo de una pauta en medios de comunicación nacional que cumpla con los estándares reclamados por las víctimas; así como el valor de las pancartas, el detalle de su material y el contenido indicado por las víctimas en la audiencia de informe y las gestiones realizadas ante los gobiernos locales para obtener los permisos de instalación.

12. De otro lado, el despacho realizará la consulta al Sistema de Medios PúblicosRTVCpara verificar la posibilidad de publicar un contenido que dignifique el nombre de las víctimas, de acuerdo con los criterios expuestos en la audiencia y determinar el alcance de la participación de los comparecientes en su elaboración.

13. Así, entonces, teniendo en cuenta los compromisos adquiridos en la audiencia de presentación de informe de aportes a la verdad y consolidación del régimen de condicionalidad y de otras actuaciones procesales se ordenará lo siguiente:

  • Requerir a los comparecientes para que presenten las averiguaciones sobre los costos de la pauta en medio nacional y el valor de las pancartas, así como las labores adelantadas con los gobiernos municipales para lograr su efectiva instalación. - Solicitar a l abogado Samuel Yoseff Arévalo Gálvez que informe en qué lugar se encuentran inhumados los cuerpos de los señores Mario Arturo Marín Varela y Víctor Alfonso Rodríguez y la naturaleza de los cementerios, si son privados, mixtos o públicos.Página 13 de 15

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CA S O BO Y A C Á

14. De otro lado, con ocasión de la manifestación del abogado de la familia de

cementerios, si son privados, mixtos o públicos.Página 13 de 15

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CA S O BO Y A C Á

14. De otro lado, con ocasión de la manifestación del abogado de la familia de Hugo Fernely Giraldo se solicitará al Grupo de Apoyo Técnico Forense (GATEF) de la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) de la JEP que, en un término de veinte (20) días contados a partir de la comunicación de esta decisión, adelante las labores de policía judicial necesarias para dete rminar dónde se encuentran ubicados los restos mortales del señor Hugo Fernely Giraldo, víctima directa de los hechos ocurridos en Simijaca, Cundinamarca, el 14 de agosto de 2008 , para lo cual podrá consultar el expediente digitalizado 20210003298 que fue remitido por la Fiscalía 26 Penal Militar de Bogotá, el 02 de mayo de 2019 bajo radicado No. 2473-F26PM y presente un informe del resultado de esta comisión a este despacho.

15. De otra parte, se ordenará a la Secretaría Judicial de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas incorporar la presente resolución a los expedientes Legali referidos en esta providencia.

16. Por último, se remitirá copia de esta decisión a la Relatoría de la JEP, para su correspondiente publicación y difusión en el canal dispuesto para tal fin.

En mérito de lo expuesto, este d espacho de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz,

RESUELVE

PRIMERO: SOLICITAR a la Secretaría Judicial que, en el término de cinco (5)

Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz,

RESUELVE

PRIMERO: SOLICITAR a la Secretaría Judicial que, en el término de cinco (5) días hábiles, asigne a Luz Estela Giraldo Aguirre, María Lucía Caro Giraldo, Orlan Felipe Caro Giraldo y Yina Ileana Caro Giraldo, en calidad de madre y hermanos de Hugo Fernely Giraldo y a los abogados Óscar Orlando Bedoya Ospina y Hernán Alberto Ospina López, usuarios y contraseñas que le s permitan consultar los

siguientes expedientes Legali:

Comparecientes Expediente Manuel Moreno Moreno

9002224-77.2019.0.00.0001 0000984-36.2024.0.00.0001 Edward Manuel Ferreira Coronel Carlos Enrique Vargas Andrés Ducuara Yate Eduard Adrián PáezPágina 14 de 15

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CA S O BO Y A C Á

César Augusto Sierra López German Alberto Católico Gutiérrez Efraín Antonio Hernández Pinzón Héctor Fabio Cubides González John González Taborda

SEGUNDO: SOLICITAR a los comparecientes Rafael Darío Peñaranda Torrado,

Rodrigo Antonio Úsuga, Yuber Palomino Quintana, Manuel Moreno Moreno, Edward Manuel Ferreira Coronel, Carlos Enrique Vargas, Andrés Ducuara Yate, Eduard Adrián Páez, César Augusto Sierra López, German Alb erto Católico Gutiérrez, David García, Ismael Antonio Castellanos Ávila, Hernando Ocaño Congo, Eugenio Rafael Maestre Guzmán, Carlos Augusto Ardila Millán,

Gutiérrez, David García, Ismael Antonio Castellanos Ávila, Hernando Ocaño Congo, Eugenio Rafael Maestre Guzmán, Carlos Augusto Ardila Millán, Faustino Cáceres Rodríguez, Jorge Eliécer Acevedo Rodríguez, Britman Herlet Mora Vargas, José Gonza lo Villamil, José Wilmar Arismendi López, Jorge Enrique Moreno Bastidas, Josmar Yesid Velásquez Amézquita, Edward Mera Calderón, Carlos Alfonso Llanos Caro, Ever Efrén Coy Sánchez, Aníbal Gómez Pinzón, Efraín Antonio Hernández Pinzón, Héctor Fabio Cubides González, John González Taborda, José Giovanny Leiva Molina, Ricardo Coca Arias y Jairo Alfonso Pinzón, Alberto Julio Charry Romero y Diego Fernando Restrepo Pineda que, en el término de cinco (5) días contados a partir de la comunicación de esta decisión, presenten las averiguaciones sobre los costos de la pauta en medio nacional y el valor de las pancartas, así como las labores adelantadas con los gobiernos municipales para lograr su efectiva instalación.

TERCERO: SOLICITAR al Sistema de Medios Públicos -RTVCque informe si existe la posibilidad de publicar un contenido realizado por comparecientes de la JEP en el que se dignifique el nombre de algunas víctimas de ejecuciones extrajudiciales.

CUARTO: SOLICITAR al abogado Samuel Yoseff Arévalo Gálvez que , en el término de cinco (5) días contados a partir de la comunicación de esta decisión, informe en qué lugar se encuentran inhumados los cuerpos de los señores Mario Arturo Marín Varela y Víctor Alfonso Rodríguez y la naturaleza de los

término de cinco (5) días contados a partir de la comunicación de esta decisión, informe en qué lugar se encuentran inhumados los cuerpos de los señores Mario Arturo Marín Varela y Víctor Alfonso Rodríguez y la naturaleza de los cementerios en que se encuentren, especificando , si son privados, mixtos o públicos.

QUINTO: SOLICITAR al Grupo de Apoyo Técnico Forense (GATEF) de la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) de la JEP que, en un término dePágina 15 de 15

SUB3NSFP CA S O BO Y A C Á veinte (20) días contados a partir de la comunicación de esta decisión, adelante las labores de policía judicial necesarias para determinar dónde se encuentran ubicados los restos mo

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