JEP - Resolución SDSJ-1325 del 22 de abril de 2026
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- JEP - Resolución SDSJ-1325 del 22 de abril de 2026
- Autor
- JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transicional
- Año
- 2026
S A L A D E D E F I N I C I Ó N D E S I T U A C I O N E S J U R Í D I C A S N Ú M E RO D E P R O C E S O: 0 0 0 2 3 2 53 9 . 2 0 2 0 Y O T R O S
1
REPÚBLICA DE COLOMBIA
JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ
SALAS DE JUSTICIA
SALA DE DEFINICIÓN DE SITUACIONES JURÍDICAS
SUBSALA SEGUNDA ESPECIAL DE CONOCIMIENTO Y DECISIÓN DE LA
RUTA NO SANCIONATORIA PARA COMPARECIENTES DE LA FUERZA
PÚBLICA
Resolución No. 1325
Bogotá D.C., 22 de abril del 2026
TABLA No. 1
COMPARECIENTES
No. COMPARECIENTE EXPEDIENTE
DIGITAL LEGALI
1. Daniel Andrés Peña Cortés 0002325-39.2020
2. Davinson Alberto Berrío 9001662-68.2019
3. Jhon Fredy Ospina Pulgarín 0000605-95.2024
4. Neyder Lorenzo Agudelo Bedoya 0000613-72.2024
5. Manuel Fernando Romero Amaya 9006237-22.2019
6. Jhovanny Olimpo Cárdenas Ayala 0002325-39.2020
7. Yeison Arcadio Franco Duque 0002325-39.2020
8. Cristian Fabián Martínez Gómez 9000021-45.2019
9. Jorge Diego Ruiz Figueroa 0002147-90.2020
7. Yeison Arcadio Franco Duque 0002325-39.2020
8. Cristian Fabián Martínez Gómez 9000021-45.2019
9. Jorge Diego Ruiz Figueroa 0002147-90.2020
10. Eduardo de Jesús García Henao 0001592-73.2020
11. Jaime Marín Sánchez 1501847-49.2023
12. Héctor Nicolás Escobar Ramírez 1501847-49.2023
13. Diego Alejandro Cardona Ríos 1501847-49.2023
14. Jhon Jairo Montoya Arenas 1501847-49.2023
15. Andrés Quintero Laverde 1501847-49.2023
16. Édgar de Jesús Sánchez Restrepo 1501847-49.2023 0002204-11.2020
17. Ánderson Joban Restrepo Silva 0002285-57.2020
18. Jimmy Abril Ramírez 0001727-85.2020
19. Óscar Mauricio Orozco Agudelo 0001727-85.2020
Este documento es copia del original firmado digitalmente por CARLOS ALBERTO SUAREZ LOPEZ. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 9001662-68.2019.0.00.0001 y el código 7FC99F.S A L A D E D E F I N I C I Ó N D E S I T U A C I O N E S J U R Í D I C A S N Ú M E RO D E P R O C E S O: 0 0 0 2 3 2 53 9 . 2 0 2 0 Y O T R O S
2
N Ú M E RO D E P R O C E S O: 0 0 0 2 3 2 53 9 . 2 0 2 0 Y O T R O S
2
20. Wilson Taborda Echeverry 0001727-85.2020
21. Antonio José Aguirre López 9001535-67.2018
22. Jhon Fernando Londoño Marín 0001781-51.20200
23. Daniel Artunduaga Moreno 9001764-90.2019
24. Francisco Paz Jaramillo 9001764-90.2019
25. Leonardo Flórez Luján 9001764-90.2019
26. Willinton de Jesús Graciano Sepúlveda 9001764-90.2019
27. Juan Esteban García Cárdenas 9000995-19.2018
28. Yimy Montenegro Chavarría 9001023-84.2018
29. Enis Eduar Allín Rentería 9000147-32.2018
9001021-17.2018
30. Alfredo Alonso Lora Díez 9001028-09.2018
31. Jhon Heiler Mena Obregón 9001028-09.2018
32. Javier Antonio Lasso Jiménez 9001028-09.2018
33. Ramón Eduardo Yepes Arenas 9000072-90.2018
I. ASUNTO POR TRATAR
Procede el despacho del suscrito magistrado de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas (SDSJ) de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), como parte de la Subsala Segunda Especial de Conocimiento y Decisión de la Ruta No Sancionatoria para Comparecientes de la Fuerza Pública —en adelante, para
parte de la Subsala Segunda Especial de Conocimiento y Decisión de la Ruta No Sancionatoria para Comparecientes de la Fuerza Pública —en adelante, para efectos de esta resolución, la Subsala Segunda—, a convocar a los comparecientes concernidos en los hechos victimizantes que más adelante se relacionarán, exintegrantes del Batallón de Artillería No. 4 “ Coronel Jorge Eduardo Sánchez ” (BAJES), a : (i) diligencias de entrevista s judiciales; (ii) audiencia de contextualización de la Ruta No Sancionatoria ; y (iii) audiencia de consolidación de aportes de verdad, aceptación de responsabilidad y determinación de medidas de contribución a la reparación . A estas dos últimas diligencias judiciales también se citará a las víctimas referidas en esta decisión.
II. ANTECEDENTES PROCESALES
1. Mediante la Resolución PSDSJ No. 021 del 13 de diciembre de 2023, la Presidencia de esta Sala de Justicia conformó, entre otras, la Subsala Segunda Especial de Conocimiento y Decisión de la Ruta No Sancionatoria, conforme al modelo de distribución aprobado por la Sala, la cual tiene a su cargo el conocimiento de los asuntos radicados en los departamentos de Antioquia, Chocó, Córdoba y Valle del Cauca. Para el ejercicio de sus funciones, le fue Este documento es copia del original firmado digitalmente por CARLOS ALBERTO SUAREZ LOPEZ. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web
Chocó, Córdoba y Valle del Cauca. Para el ejercicio de sus funciones, le fue Este documento es copia del original firmado digitalmente por CARLOS ALBERTO SUAREZ LOPEZ. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 9001662-68.2019.0.00.0001 y el código 7FC99F.S A L A D E D E F I N I C I Ó N D E S I T U A C I O N E S J U R Í D I C A S N Ú M E RO D E P R O C E S O: 0 0 0 2 3 2 53 9 . 2 0 2 0 Y O T R O S
3 otorgada plena autonomía para establecer su propia metodología de trabajo, organizar y conducir audiencias, recopilar y contrastar la información recabada en ellas, así como para proferir las decisiones de impulso procesal y de fondo que resulten procedentes.
2. En cumplimiento de esta disposición, la Subsala Segunda expidió la Resolución No. 725 del 19 de febrero de 20241, mediante la cual se fijaron los lineamientos para la recepción, asignación y distribución de expedientes; función atribuida a los magistrados que integran dicha Subsala2.
3. En virtud de la reasignación de casos según la división territorial descrita previamente, este despacho conoce de los siguientes once (11) hechos de competencia de la JEP, respecto de los cuales se encuentran vinculados
exmiembros del Batallón de Artillería No. 4 “ Coronel Jorge Eduardo Sánchez ”
(BAJES):
TABLA No. 2
1100160660642005-0009227 Despacho que conoce del proceso en la JPO: Fiscalía 106 de la DECVDH de Medellín (Antioquia)
1. Daniel Andrés Peña Cortés
2. Manuel Fernando Romero
Amaya
3. Davinson Alberto Berrío
4. Édgar de Jesús Sánchez
Restrepo
5. Jaime Marín Sánchez
6. Yeison Arcadio Franco
Duque
7. Jhon Montoya Arenas
8. Diego Alejandro Cardona
Ríos
9. Eduardo de Jesús García
Henao
10. Héctor Nicol ás Escobar Ramírez Miércoles 13 de mayo de 2026
Hora: 4:00 p.m.
Víctima: persona sin identificar Lugar: vereda El Jordán, municipio de Cocorná
1. Daniel Andrés Peña Cortés
2. Manuel Fernando Romero Amaya Jueves 14 de mayo de 2026
Este documento es copia del original firmado digitalmente por CARLOS ALBERTO SUAREZ LOPEZ. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 9001662-68.2019.0.00.0001 y el código 7FC99F.S A L A D E D E F I N I C I Ó N D E S I T U A C I O N E S J U R Í D I C A S N Ú M E RO D E P R O C E S O: 0 0 0 2 3 2 53 9 . 2 0 2 0 Y O T R O S
18 (Antioquia) Fecha: 29 de diciembre de 2004
Radicado del proceso en la JPO:
competencia de la JEP, respecto de los cuales se encuentran vinculados exmiembros del Batallón de Artillería No. 4 “ Coronel Jorge Eduardo Sánchez ”
(BAJES):
TABLA No. 2
HECHOS VICTIMIZANTES Y COMPARECIENTES VINCULADOS No. Hecho victimizante Comparecientes vinculados
1. Víctima: persona sin identificar Lugar: vereda El Jordán, municipio de Cocorná (Antioquia) Fecha: 29 de diciembre de 2004
Radicado del proceso en la JPO: 1100160660642005-0009227
Despacho que conoce del proceso en la JPO: Fiscalía 106 de la DECVDH de Medellín (Antioquia)
1. Daniel Andrés Peña Cortés
2. Manuel Fernando Romero
Amaya
3. Jhon Fredy Ospina Pulgarín
4. Davinson Alberto Berrío
2. Víctima: Juan Bautista Quintero Montoya Lugar: vereda El Molino , municipio de Cocorná (Antioquia) Fecha: 11 de enero de 2005
Radicado del proceso en la JPO: 1100160660642005-0009227
Despacho que conoce del proceso en la JPO: Fiscalía 106 de la DECVDH de Medellín (Antioquia)
1. Daniel Andrés Peña Cortés
2. Manuel Fernando Romero
Amaya
3. Davinson Alberto Berrío
4. Édgar de Jesús Sánchez
Restrepo
5. Jaime Marín Sánchez
6. Yeison Arcadio Franco Duque
7. Jhon Montoya Arenas
8. Diego Alejandro Cardona Ríos
Amaya
3. Davinson Alberto Berrío
4. Édgar de Jesús Sánchez
Restrepo
5. Jaime Marín Sánchez
6. Yeison Arcadio Franco Duque
7. Jhon Montoya Arenas
8. Diego Alejandro Cardona Ríos
1 Cfr. JEP. Expediente digital Legali No. 9000930-53.2020.0.00.0001, fl. 10151. 2 La Resolución No. 815 del 28 de febrero de 2024 aclaró la Resolución No. 725 del 19 de febrero de 2024, excluyendo del reparto a los comparecientes integrantes del GAULA Militar Antioquia y asignando su conocimiento al magistrado Pedro Elías Díaz Romero. Este documento es copia del original firmado digitalmente por CARLOS ALBERTO SUAREZ LOPEZ. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 9001662-68.2019.0.00.0001 y el código 7FC99F.S A L A D E D E F I N I C I Ó N D E S I T U A C I O N E S J U R Í D I C A S N Ú M E RO D E P R O C E S O: 0 0 0 2 3 2 53 9 . 2 0 2 0 Y O T R O S
4
9. Eduardo de Jesús García
Henao
10. Héctor Nicolás Escobar
Ramírez
3. Víctima: persona sin identificar Lugar: vereda San Antonio , municipio de Cocorná (Antioquia) Fecha: 12 de febrero de 2005
Radicado del proceso en la JPO: 1100160660642005-0009227
3. Víctima: persona sin identificar Lugar: vereda San Antonio , municipio de Cocorná (Antioquia) Fecha: 12 de febrero de 2005
Radicado del proceso en la JPO: 1100160660642005-0009227
Despacho que conoce del proceso en la JPO: Fiscalía 106 de la DECVDH de Medellín (Antioquia)
1. Daniel Andrés Peña Cortés
2. Manuel Fernando Romero
Amaya
3. Neyder Lorenzo Agudelo
Bedoya
4. Héctor Nicol ás Escobar
Ramírez
4. Víctima: Henry Mauricio Vargas Lugar: vereda La Chonta, municipio de Cocorná (Antioquia) Fecha: 2 de marzo de 2005
Radicado del proceso en la JPO: 1100160660642005-0009227
Despacho que conoce del proceso en la JPO: Fiscalía 106 de la DECVDH de Medellín (Antioquia)
1. Daniel Andrés Peña Cortés
2. Manuel Fernando Romero
Amaya
3. Yeison Arcadio Franco Duque
5. Víctimas: persona sin identificar Lugar: vereda El Molino, municipio de Cocorná (Antioquia) Fecha: 17 de abril de 2005
Radicado del proceso en la JPO: 1100160660642005-0009227
Despacho que conoce del proceso en la JPO: Fiscalía 106 de la DECVDH de Medellín (Antioquia)
1. Daniel Andrés Peña Cortés
2. Manuel Fernando Romero
Amaya
3. Jaime Marín Sánchez
6. Víctimas: Nancy Adiela Usme Giraldo y una persona sin identificar
2. Manuel Fernando Romero
Amaya
3. Yeison Arcadio Franco
Duque
Jueves 14 de mayo de 2026
Hora: 11:00 a.m.
Víctima: persona sin identificar Lugar: vereda El Molino, municipio de Cocorná
(Antioquia) Fecha: 17 de abril de 2005
Radicado del proceso en la JPO: 11001606606420050009227
Despacho que conoce del proceso en la JPO: Fiscalía 106 de la DECVDH de Medellín (Antioquia)
1. Daniel Andrés Peña Cortés
2. Manuel Fernando Romero
Amaya
3. Jaime Marín Sánchez
Jueves 14 de mayo de 2026
Hora: 2:00 p.m.
Víctima: persona sin identificar Lugar: vereda Los Cedros, municipio de Cocorná
1. Daniel Andrés Peña Cortés
2. Jhovanny Olimpo Cárdenas
Ayala
3. Ánderson Joban Restrepo Jueves 14 de mayo de 2026
Hora: 4:00 p.m.
Este documento es copia del original firmado digitalmente por CARLOS ALBERTO SUAREZ LOPEZ. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 9001662-68.2019.0.00.0001 y el código 7FC99F.S A L A D E D E F I N I C I Ó N D E S I T U A C I O N E S J U R Í D I C A S
(Antioquia)
1. Daniel Andrés Peña Cortés
2. Manuel Fernando Romero
Amaya
3. Jaime Marín Sánchez
6. Víctimas: Nancy Adiela Usme Giraldo y una persona sin identificar Lugar: vereda El Jordán municipio de Cocorná (Antioquia) Fecha: 22 de mayo de 2005
Radicado del proceso en la JPO: 1100160660642005-0009227
Despacho que conoce del proceso en la JPO: Fiscalía 106 de la DECVDH de Medellín (Antioquia)
1. Daniel Andrés Peña Cortés
2. Manuel Fernando Romero
Amaya
3. Davinson Alberto Berrío
4. Ánderson Joban Restrepo
Silva
5. Jhovanny Olimpo Cárdenas
Ayala
6. Édgar de Jesús Sánchez
Restrepo
7. Eduardo de Jesús García
Henao
8. Jorge Diego Ruiz Figueroa
7. Víctima: José Mauricio Meneses Zapata Lugar: vereda San Antonio, municipio de
1. Daniel Andrés Peña Cortés
2. Manuel Fernando Romero Este documento es copia del original firmado digitalmente por CARLOS ALBERTO SUAREZ LOPEZ. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web
https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 9001662-68.2019.0.00.0001 y el código 7FC99F.S A L A D E D E F I N I C I Ó N D E S I T U A C I O N E S J U R Í D I C A S
(Antioquia)
1. Daniel Andrés Peña Cortés
2. Jhovanny Olimpo Cárdenas
Ayala
3. Ánderson Joban Restrepo
Silva
4. Eduardo de Jesús García
Henao
5. Yeison Arcadio Franco Duque
9. Víctima: persona sin identificar Lugar: vereda Media Cuesta, municipio de Cocorná (Antioquia) Fecha: 1° de enero de 2006
Radicado del proceso en la JPO: 1100160660642005-0009227
Despacho que conoce del proceso en la JPO: Fiscalía 106 de la DECVDH de Medellín (Antioquia)
1. Daniel Andrés Peña Cortés
2. Jhovanny Olimpo Cárdenas
Ayala
3. Ánderson Joban Restrepo
Silva
4. Eduardo de Jesús García
Henao
5. Cristian Fabi án Martínez
Gómez
6. Yeison Arcadio Franco Duque
10. Víctima: Jhon Jairo Jaramillo Gómez Lugar: vereda San Antonio, municipio de Cocorná (Antioquia) Fecha: 20 de marzo de 2006
Radicado del proceso en la JPO: 1100160660642005-0009227
Despacho que conoce del proceso en la JPO: Fiscalía 106 de la DECVDH de Medellín (Antioquia)
1. Daniel Andrés Peña Cortés
2. Cristian Fabi án Martínez
Gómez
3. Ánderson Joban Restrepo
Silva
11. Víctimas: Eudilio Loaiza Marín y 1. Jimmy Abril Ramírez
1. Daniel Andrés Peña Cortés
2. Cristian Fabi án Martínez
Gómez
3. Ánderson Joban Restrepo
Silva
11. Víctimas: Eudilio Loaiza Marín y 1. Jimmy Abril Ramírez Este documento es copia del original firmado digitalmente por CARLOS ALBERTO SUAREZ LOPEZ. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web
https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 9001662-68.2019.0.00.0001 y el código 7FC99F.S A L A D E D E F I N I C I Ó N D E S I T U A C I O N E S J U R Í D I C A S N Ú M E RO D E P R O C E S O: 0 0 0 2 3 2 53 9 . 2 0 2 0 Y O T R O S
6
Genaro Quintero Cardona Lugar: San Carlos (Antioquia) Fecha: 13 de enero de 2004
Radicado del proceso en la JPO: 05-440-3104-001-2007-00027-00
Despacho que conoce del proceso en la JPO: Juzgado Penal del Circuito de Marinilla (Antioquia)
2. Óscar Mauricio Orozco
Agudelo
3. Wilson Taborda Echeverry
4. Antonio José Aguirre López
5. Jhon Fernando Londoño
Marín
12. Víctimas: Nubia de Jesús Bedoya Restrepo y
Leonel de Jesús Hernández Guarín Lugar: San Luis (Antioquia) Fecha: 2 de julio de 2004
Radicado del proceso en la JPO: 05-000-31Jueves 14 de mayo de 2026
Hora: 4:00 p.m.
Este documento es copia del original firmado digitalmente por CARLOS ALBERTO SUAREZ LOPEZ. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 9001662-68.2019.0.00.0001 y el código 7FC99F.S A L A D E D E F I N I C I Ó N D E S I T U A C I O N E S J U R Í D I C A S N Ú M E RO D E P R O C E S O: 0 0 0 2 3 2 53 9 . 2 0 2 0 Y O T R O S
19 1100160660642005-0009227 Despacho que conoce del proceso en la JPO: Fiscalía 106 de la DECVDH de Medellín (Antioquia)
Henao
5. Yeison Arcadio Franco Duque Víctima: persona sin identificar Lugar: vereda Media Cuesta, municipio de Cocorná
(Antioquia) Fecha: 1° de enero de 2006
Radicado del proceso en la JPO: 1100160660642005-0009227
Despacho que conoce del proceso en la JPO: Fiscalía 106 de la DECVDH de Medellín (Antioquia)
1. Daniel Andrés Peña Cortés
2. Jhovanny Olimpo Cárdenas
Ayala
3. Ánderson Joban Restrepo
Silva
4. Eduardo de Jesús García
Henao
5. Cristian Fabi án Martínez
Gómez
6. Yeison Arcadio Franco
Duque
Fecha: 1° de enero de 2006
1. Daniel Andrés Peña Cortés
2. Jhovanny Olimpo Cárdenas
Ayala
3. Ánderson Joban Restrepo Silva Miércoles 29 de abril de 2026
Hora: 3:00 a.m.
Este documento es copia del original firmado digitalmente por CARLOS ALBERTO SUAREZ LOPEZ. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 9001662-68.2019.0.00.0001 y el código 7FC99F.S A L A D E D E F I N I C I Ó N D E S I T U A C I O N E S J U R Í D I C A S N Ú M E RO D E P R O C E S O: 0 0 0 2 3 2 53 9 . 2 0 2 0 Y O T R O S
27
Radicado del proceso en la JPO: 1100160660642005-0009227
Despacho que conoce del proceso en la JPO: Fiscalía 106 de la DECVDH de Medellín (Antioquia)
4. Eduardo de Jesús García Henao
5. Cristian Fabián Martínez
Gómez
6. Yeison Arcadio Franco Duque
Víctima: Jhon Jairo Jaramillo Gómez Lugar: vereda San Antonio, municipio de Cocorná (Antioquia) Fecha: 20 de marzo de 2006
Radicado del proceso en la JPO: 1100160660642005-0009227
Despacho que conoce del proceso en la JPO: Fiscalía 106 de la DECVDH de Medellín (Antioquia)
N Ú M E RO D E P R O C E S O: 0 0 0 2 3 2 53 9 . 2 0 2 0 Y O T R O S
5 Cocorná (Antioquia) Fecha: 10 de junio de 2005
Radicado del proceso en la JPO: 1100160660642005-0009227
UIS 043-3320-2009 Despacho que conoce del proceso en la JPO: Fiscalía 106 de la DECVDH de Medellín (Antioquia) Procuraduría Provincial de Rionegro (Antioquia) Amaya
3. Jorge Diego Ruiz Figueroa
4. Jhovanny Olimpo Cárdenas
Ayala
5. Ánderson Joban Restrepo
Silva
6. Eduardo de Jesús García
Henao
7. Jaime Marín Sánchez
8. Héctor Nicol ás Escobar
Ramírez
9. Diego Alejandro Cardona
Ríos
10. Jhon Jairo Montoya Arenas
11. Andrés Quintero Laverde
12. Édgar de Jesús Sánchez
Restrepo
8. Víctima: persona sin identificar Lugar: vereda Los Cedros, municipio de Cocorná (Antioquia) Fecha: 20 de julio de 2005
Radicado del proceso en la JPO: 1100160660642005-0009227
Despacho que conoce del proceso en la JPO: Fiscalía 106 de la DECVDH de Medellín (Antioquia)
1. Daniel Andrés Peña Cortés
2. Jhovanny Olimpo Cárdenas
Ayala
3. Ánderson Joban Restrepo
Silva
4. Eduardo de Jesús García
Henao
Leonel de Jesús Hernández Guarín Lugar: San Luis (Antioquia) Fecha: 2 de julio de 2004
Radicado del proceso en la JPO: 05-000-3107-001-2014-00522-00
Despacho que conoce del proceso en la JPO: Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Descongestión de Antioquia
1. Daniel Artunduaga Moreno
2. Francisco Alejandro Paz
Jaramillo
3. Willinton de Jesús Graciano
Sepúlveda
4. Juan Esteban García Cárdenas
13. Víctimas: Elkin Antonio Guarín Cuervo,
Germán Alberto Martínez Marín, Luis Santiago Franco Suárez y Miguel Ángel Parra Galeano Lugar: San Luis (Antioquia) Fecha: 2 de julio de 2004
Radicado del proceso en la JPO: 05-000-3107-001-2014-00524-00
Despacho que conoce del proceso en la JPO: Juzgado Tercero Penal del Circuito Especializado de Antioquia
1. Yimy Montenegro Chavarría
2. Enis Eduar Allín Rentería
3. Alfredo Alfonso Lora Díez
4. Jhon Heiler Mena Obregón
5. Javier Antonio Lasso Jiménez
6. Ramón Eduardo Yepes Arenas
4. Mediante la Resolución No. 2384 del 8 de julio de 2024, la Subsala Segunda, en el marco de las facultades de organización propias de esta Sala de Justicia, delegó “actividades judiciales en las magistradas auxiliares itinerantes (MAI), quienes fueron encargadas de apoyar la actividad jurisdiccional, el impulso de los
en el marco de las facultades de organización propias de esta Sala de Justicia, delegó “actividades judiciales en las magistradas auxiliares itinerantes (MAI), quienes fueron encargadas de apoyar la actividad jurisdiccional, el impulso de los casos, trámites y procedimientos de la Subsala Segunda ”. Dentro de las magistradas auxiliares itinerantes delegadas se encuentra la doctora Ángela Galvis Ardila, funcionaria judicial adscrita a este despacho judicial, y uno de los actos propios de colaboración judicial para el cual se le facultó es el siguiente: “(i) Practicar las pruebas y dirigir las diligencias que resulten pertinentes para efectos de impulsar los procesos que hacen parte de la Subsala Segunda”.
III. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO
A. Sobre el régimen de condicionalidad Este documento es copia del original firmado digitalmente por CARLOS ALBERTO SUAREZ LOPEZ. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web
https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 9001662-68.2019.0.00.0001 y el código 7FC99F.S A L A D E D E F I N I C I Ó N D E S I T U A C I O N E S J U R Í D I C A S N Ú M E RO D E P R O C E S O: 0 0 0 2 3 2 53 9 . 2 0 2 0 Y O T R O S
7
El Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, suscrito entre el Gobierno Nacional y la entonces guerrilla de
Hernández Guarín Lugar: San Luis (Antioquia) Fecha: 2 de julio de 2004
Radicado del proceso en la JPO: 05000-31-07-001-2014-00522-00
Despacho que conoce del proceso en la JPO: Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Descongestión de Antioquia
1. Daniel Artunduaga Moreno
2. Francisco Alejandro Paz
Jaramillo
3. Willinton de Jesús Graciano
Sepúlveda
4. Juan Esteban García Cárdenas Jueves 30 de abril de 2026
Hora: 2:00 p.m.
Este documento es copia del original firmado digitalmente por CARLOS ALBERTO SUAREZ LOPEZ. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 9001662-68.2019.0.00.0001 y el código 7FC99F.S A L A D E D E F I N I C I Ó N D E S I T U A C I O N E S J U R Í D I C A S N Ú M E RO D E P R O C E S O: 0 0 0 2 3 2 53 9 . 2 0 2 0 Y O T R O S
13
Víctimas: Elkin Antonio Guar ín
Cuervo, Germán Alberto Martínez Marín, Luis Santiago Franco Su árez y Miguel Ángel Parra Galeano Lugar: San Luis (Antioquia) Fecha: 2 de julio de 2004
Radicado del proceso en la JPO: 05000-31-07-001-2014-00524-00
Despacho que conoce del proceso
Agudelo
3. Wilson Taborda Echeverry
4. Antonio José Aguirre López
5. Jhon Fernando Londoño Marín Miércoles 13 de mayo de 2026
Hora: 8:00 a.m.
Este documento es copia del original firmado digitalmente por CARLOS ALBERTO SUAREZ LOPEZ. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 9001662-68.2019.0.00.0001 y el código 7FC99F.S A L A D E D E F I N I C I Ó N D E S I T U A C I O N E S J U R Í D I C A S N Ú M E RO D E P R O C E S O: 0 0 0 2 3 2 53 9 . 2 0 2 0 Y O T R O S
17 proceso en la JPO: Juzgado Penal del Circuito de Marinilla (Antioquia)
Víctimas: Nubia de Jesús Bedoya
Restrepo y Leonel de Jesús
Hernández Guarín Lugar: San Luis (Antioquia) Fecha: 2 de julio de 2004
Radicado del proceso en la JPO: 05-000-31-07-001-2014-00522-00
Despacho que conoce del proceso en la JPO: Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Descongestión de Antioquia
1. Daniel Artunduaga Moreno
2. Francisco Alejandro Paz
Jaramillo
3. Leonardo Flórez Luján
4. Willinton de Jesús Garciano
Sepúlveda
5. Juan Esteban García Cárdenas Miércoles 13 de
Despacho que conoce del proceso en la JPO: Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Descongestión de Antioquia
1. Daniel Artunduaga Moreno
2. Francisco Alejandro Paz
Jaramillo
3. Willinton de Jesús Graciano
Sepúlveda
4. Juan Esteban García Cárdenas Jueves 30 de abril de 2026
Hora: 2:00 p.m.
Víctimas: Elkin Antonio Guarín
Cuervo, Germán Alberto Martínez Marín, Luis Santiago Franco Suárez y Miguel Ángel Parra Galeano Lugar: San Luis (Antioquia) Fecha: 2 de julio de 2004
Radicado del proceso en la JPO: 05000-31-07-001-2014-00524-00
Despacho que conoce del proceso en la JPO: Juzgado Tercero Penal del Circuito Especializado de Antioquia
1. Yimy Montenegro Chavarría
2. Enis Eduar Allín Rentería
3. Alfredo Alfonso Lora Díez
4. Jhon Heiler Mena Obregón
5. Javier Antonio Lasso Jiménez
6. Ramón Eduardo Yepes Arenas Jueves 30 de abril de 2026
Hora: 4:00 p.m.
Este documento es copia del original firmado digitalmente por CARLOS ALBERTO SUAREZ LOPEZ. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 9001662-68.2019.0.00.0001 y el código 7FC99F.S A L A D E D E F I N I C I Ó N D E S I T U A C I O N E S J U R Í D I C A S
7
El Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, suscrito entre el Gobierno Nacional y la entonces guerrilla de las FARC -EP, estableció de forma expresa, con miras a la materialización del compromiso inicial del Sistema Integral para la Paz (SIP) de “no impunidad”, que:
Los distintos mecanismos y medidas de verdad, justicia, reparación y no repetición, en tanto parte de un sistema que busca una respuesta integral a las víctimas, no pueden entenderse de manera aislada. Estarán interconectados a través de relaciones de cond icionalidad y de incentivos para acceder y mantener cualquier tratamiento especial de justicia […]3.
Esas relaciones e incentivos, que se conocen como el régimen de condicionalidad, deben ser entendidos como “ las condiciones proactivas y previas ”4 que emergen como el presupuesto principal y elemento básico para el logro de los objetivos que la JEP persigue, pues, busca garantizar, por un lado, el cumplimiento del deber internacional que le asiste al Estado de “[…] prevenir, razonablemente, las violaciones de los derechos humanos, de investigar seriamente con los medios a su alcance las violaciones que se hayan cometido dentro del ámbito de su jurisdicción, y de imponer […] las sanciones pertinentes […]”5, y, por otro lado, y más importante aún, que a partir de este proceso se hagan efectivos los derechos de las víctimas y de la sociedad en general a que se imparta justicia, se reparen sus daños, se esclarezca la verdad y se evite la repetición, para así al canzar una paz estable y duradera, no siendo viable que exista un “beneficio producto del AFP que esté desligado de forma absoluta de la realización de los derechos de las víctimas”6.
se evite la repetición, para así al canzar una paz estable y duradera, no siendo viable que exista un “beneficio producto del AFP que esté desligado de forma absoluta de la realización de los derechos de las víctimas”6.
B. Sobre l a Sala de Definición de Situaciones Jurídicas como gestora del régimen de condicionalidad
A la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP le corresponde definir la situación jurídica de los comparecientes, forzosos y voluntarios, que no sean
3 El Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición parte del principio de satisfacción de los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición, y sobre la premisa de no intercambiar impunidades. 4 JEP. Tribunal Especial para la Paz. Sección de Apelación. Auto TP-SA 041 de 2018. Párr. 9.1. 5 Corte Interamericana de Derechos Humanos. Caso de las Comunidades Afrodescendientes Desplazadas de la Cuenca del Río Cacarica (Operación Génesis) vs. Colombia. Sentencia del 20 de noviembre de 2013, considerando No. 370. 6 JEP. Tribunal Especial para la Paz. Sección de Apelación. Auto TP-SA 607 de 2020. Párr. 34.
Este documento es copia del original firmado digitalmente por CARLOS ALBERTO SUAREZ LOPEZ. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 9001662-68.2019.0.00.0001 y el código 7FC99F.S A L A D E D E F I N I C I Ó N D E S I T U A C I O N E S J U R Í D I C A S N Ú M E RO D E P R O C E S O: 0 0 0 2 3 2 53 9 . 2 0 2 0 Y O T R O S
8 seleccionados por la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas (SRVR) como máximos responsables o que sean evidentemente no seleccionables 7, asistiéndole, en consecuencia, conforme a la Ley 1922 de 2018, artículo 48, inciso 6°, las facultades de: (i) examinar lo relacionado con el sometimiento del solicitante a la JEP; (ii) comprobar si el interesado se encuentra afectado con alguna restricción de la libertad y tomar decisiones al respecto; y (iii) resolver sobre la concesión de algunos de los beneficios propios del Sistema, así como sobre las condiciones de supervisión de aquellos que hubieran sido concedidos.
De allí, que la SDSJ, en ejercicio de dichas facultades, pueda: ( 1) hacer cruces de información; (2) realizar evaluaciones periódicas; (3) correr traslado de escritos de las partes; ( 4) convocar a audiencias; y ( 5) en general, promover diálogos que
información; (2) realizar evaluaciones periódicas; (3) correr traslado de escritos de las partes; ( 4) convocar a audiencias; y ( 5) en general, promover diálogos que coadyuven al perfeccionamiento de las propuestas del régimen de condicionalidad de los comparecientes y que conduzcan a materializar sus aportes para la realización de los derechos de las víctimas, siendo viable que, en su condición de gestora natural de dicho régimen, pueda requerir un plan de aportes, y evaluar preliminarmente su aptitud, con miras a:
[…] iniciar un procedimiento dialógico y restaurativo; examinarlo además tras las adaptaciones que experimente durante la interacción procesal, y efectuar una evaluación de cómo fue ejecutado y de si ha generado las condiciones para aplicar los mecanismos no sancionatorios de definición de la situación jurídica8.
El modelo de justicia restaurativa transicional implementado por la JEP es participativo y prospectivo, pues busca, no solo que los responsables reparen el daño que causaron a las víctimas, sino también reintegrarlos a la sociedad para recobrar el tejido s ocial quebrantado. Las acciones restaurativas de los perpetradores son monitoreadas y verificadas por la JEP, con el objet ivo de que, en lo posible, enmienden el dolor y sufrimiento causado, tanto a las víctimas como
7 Cfr. Acto Legislativo 01 de 2012, artículo 66 transitorio; Acto Legislativo 01 de 2017, artículo 1°, artículos
transitorios 1°, 5°, 6°, 16, 17, 18, 21 y 22; Ley 1957 de 2019, artículos 44 al 47 y 84; Ley 1922 de 2018, artículos 47 y 48, incisos 1°, 5º y 6º; además de lo decantado por la Corte Constitucional en las sentencias C -579 de 2013, C-674 de 2017 y C -050 de 2020; así como lo señalado por la Sección de Apelación (SA) del Tribunal Especial para la Paz en los Autos TP-SA 0