JEP - Resolución SDSJ 1423 02 mayo de 2022
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
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Detalles
- Título
- JEP - Resolución SDSJ 1423 02 mayo de 2022
- Autor
- JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Transicional
- Año
- 2022
SALA DE DEFINICIÓN DE SITUACIONES JURÍDICAS
WILSON TABORDA ECHEVERRY Expediente 0001411-72.2020.0.00.0001
REPÚBLICA DE COLOMBIA
JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ
SALAS DE JUSTICIA
SALA DE DEFINICIÓN DE SITUACIONES JURÍDICAS
Resolución No. 1423 Bogotá D.C., (02) Dos de Mayo de dos mil veintidós (2022)
Radicado SAJ: 0001411-72.2020.0.00.0001
Solicitante: WILSON TABORDA ECHEVERRY Identificación: 98.607.141
Delitos: Homicidio en persona protegida Situación jurídica: En libertad transitoria, condicionada y anticipada Asunto: Reconocimiento de personería
I. ASUNTO POR TRATAR
1. Conforme la información que reposa en el expediente, procede este despacho en movilidad1 a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas (en adelante SDSJ ) a pronunciarse sobre la solicitud de reconocimiento de personería jurídica presentada por el Abogado Sergio Alberto Pardo Giraldo.
II. CONSIDERACIONES
2. Mediante escrito radicado en la JEP vía correo electrónico, fue allegada una solicitud de reconocimiento de personería jurídica para actuar como apoderado judicial del señor TABORDA ECHEVERRY, por parte del abogado SERGIO ALBERTO PARDO GIRALDO, identificado con C.C. 19.366.383 y portador de la Tarjeta Profesional 85.804 del Consejo Superior de la Judicatura;
verificado el Sistema CONTI, se encontró poder con presentación personal2, conferido por el señor WILSON TABORDA ECHEVERRY, identificado con la 1 De conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo AOG 010 del 19 de abril de 2022 proferido por el Órgano de Gobierno de la Jurisdicción Especial para la Paz. 2 Expediente SAJ No. 0001411-72.2020.0.00.0001, folios 3970 -3972. cédula de ciudadanía No. 98.607.141. Dado lo anterior, se procederá a reconocerle personería jurídica al mencionado profesional del derecho.
III. DECISIÓN En mérito de lo expuesto, este Despacho que se encuentra en movilidad en la
Sala de Definición de Situaciones Jurídicas,
III. RESUELVE PRIMERO-. RECONOCER en los términos del artículo 6 de la Ley 1922 de 2018 y de acuerdo con la cláusula remisoria del artículo 72 de dicha norma al artículo 132 de la Ley 600 de 2000, personería adjetiva al abogado SERGIO ALBERTO PARDO GIRALDO, identificado con C.C. 19.366.383 y portador de la Tarjeta Profesional 85.804 del Consejo Superior de la Judicatura, para actuar en representación del señor WILSON TABORDA ECHEVERRY, identificado con la cédula de ciudadanía No. 98.607.141, quien podrá ser comunicado al correo electrónico sergio.pardo@jep.gov.co o al celular 300 481 6489.
SEGUNDO-. COMUNICAR por Secretaría Judicial de la SDSJ, la presente
decisión al señor WILSON TABORDA ECHEVERRY, identificado con la cédula de ciudadanía No. 98.607.141, así como a su apoderado judicial reconocido en este proveído, y al delegado del Ministerio Público asignado a la Jurisdicción Especial para la Paz, en los términos del inciso 2º del artículo 48 de la Ley 1922 de 2018.
COMUNIQUESE Y CÚMPLASE
CAMILO ANDRÉS SUÁREZ ALDANA Magistrado Página 2 de 2