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JEP - Resolución SDSJ-1588 18-abril de 2024

JEP - Jurisdicción Especial para la Paz

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Detalles

Título
JEP - Resolución SDSJ-1588 18-abril de 2024
Autor
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Transicional
Año
2024

REPÚBLICA DE COLOMBIA

JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

SALAS DE JUSTICIA

SALA DE DEFINICIÓN DE SITUACIONES JURÍDICAS Fecha de

Comparecientes/Solicitantes Cédulas Expediente Legali reparto Ct. (r) Fabián Pérez Agustín 71.336.522 Slp. (r) Freddy Gamas Rangel 13.745.920 21/08/2019 9002395-34.2019.0.00.0001 Slp. (r) Óscar Parra Uribe 91.182.778 Ss. (r) Jorge Arley Sánchez Rojas 86.009.363 20/10/2020 9002866-50.2019.0.00.0001 Cp. Abimael López Gómez 13.748.485 5/07/2019 Ss. (r) José Jesús Perdomo Chacón 11.225.649 23/08/2018 9000896-49.2018.0.00.0001 Slp. (r) Javier Alexander Ortiz 91.077.143 20/09/2022 9000015-38.2019.0.00.0001 Slp. (r) José Antonio Monsalve 5.615.016 1/08/2018 9001053-22.2018.0.00.0001 Slp. (r) Leonardo Jaimes González 91.110.837 23/11/2022 9000010-16.2019.0.00.0001 Slp. (r) Librando Berdugo Suárez 13.702.592 14/06/2019 9003126-30.2019.0.00.0001 Slp. (r) Ronal José Rueda 13.740.261 19/03/2019 9004127-50.2019.0.00.0001

Bogotá D.C., 18 de abril de 2024 Resolución SDSJ N°1588 ASUNTO La magistrada sustanciadora de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas -SDSJde la Jurisdicción Especial para la Paz -JEPdecidirá sobre la procedencia de acumular las actuaciones que se adelantan en contra de los señores capitán en retiro Ct. (r) Fabián Pérez Agustín, sargento segundo en retiro Ss. (r) Jorge Arley Sánchez Rojas, sargento segundo en retiro Ss. (r) José Jesús Perdomo Chacón, cabo primero Cp. Abimael López Gómez, así como los soldados profesionales en retiro Slp. (r) Freddy Gamas Rangel, Javier Alexander Ortiz, José Antonio Monsalve, Leonardo Jaimes González, Librando Berdugo Suárez, Óscar Parra Uribe y Ronal José Rueda. También se resolverá sobre la remisión al despacho del magistrado Mauricio García Cadena, quien hace parte de Subsala Tercera Especial de Conocimiento y 1 bew anigáp al a adecca ,lasecorp etneidepxe la redecca araP

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ETTENNAEJ ARDNAS rop etnemlatigid odamrif lanigiro led aipoc se otnemucod etsE .5E7044 ogidóc le y 1000.00.0.8102.94-6980009 osecorp le emrofni ,/jase/oc.vog.pej.ilagel//:sptth Decisión de la Ruta No Sancionatoria para comparecientes de la fuerza

pública de la SDSJ -en adelante SUB3NSFP1.

ANTECEDENTES RELEVANTES

1. La Secretaría Judicial de la SDSJ asignó a la suscrita magistrada las solicitudes de sometimiento de las personas que se enuncian a continuación, quienes eran orgánicos del Batallón de Infantería N°14 “Capitán Antonio Ricaurte” -BIRIC-, adscrito a la Quinta Brigada, Segunda División del Ejército Nacional, de las cuales se asumió conocimiento así: Tabla N°1. Comparecientes/solicitantes pertenecientes al BIRIC

Acta de reparto Resolución SDSJ N° Nombre Cédula Expediente Legali N° y fecha asume Ct. (r) Fabián 1 71.336.522 Pérez Agustín Resolución SDSJ N°38 de Slp. (r) Freddy N°4598 de 90023952 13.745.920 21/08/2019 Gamas Rangel 18/09/20192 34.2019.0.00.0001 Slp. (r) Óscar 3 91.182.778 Parra Uribe Ss. (r) Jorge Arley N°29 de 4 86.009.363 Resolución SDSJ Sánchez Rojas 5/07/2019 9002866N°5010 de Cp. Abimael N°26 de 50.2019.0.00.0001 5 13.748.485 18/12/20203 López Gómez 20/10/2020 Resolución SDSJ Ss. (r) José Jesús N°23 de 90008966 11.225.649 N°1305 de Perdomo Chacón 17/08/2018 49.2018.0.00.0001

13/09/20184 Slp. (r) Javier N°165 de Resolución SDSJ 90000157 91.077.143 Alexander Ortiz 20/09/2022 N°513 de 31/01/20205 38.2019.0.00.0001 Slp. (r) José Resolución SDSJ N°21 de 90010538 Antonio 5.615.016 N°1408 de 1/08/2018 22.2018.0.00.0001 Monsalve 20/09/20186 Resolución SDSJ Slp. (r) Leonardo N°208 de 90000109 91.110.837 N°7946 de Jaimes González 23/11/2022 16.2019.0.00.0001 19/12/20197 1 JEP. SDSJ. Resolución PSDSJ N°021 de 13 de diciembre de 2023. “Por medio de la cual se crean tres Subsalas Especiales de Conocimiento y Decisión, en cumplimiento a lo acordado en la sesión extraordinaria de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, realizada el 15 de agosto de 2023”. 2 JEP. Expediente Legali N°9002395-34.2019.0.00.0001. Fls. 245-250. 3 JEP. Expediente Legali N°9002866-50.2019.0.00.0001. Fls. 10-13 4 JEP. Expediente Legali N°9000896-49.2018.0.00.0001. Fls. 5-10 5 JEP. Expediente Legali N°9000015-38.2019.0.00.0001. Fls. 76-77.

6 JEP. Expediente Legali N°9001053-22.2018.0.00.0001. Fls.135-140. 7 JEP. Expediente Legali N°9000010-16.2019.0.00.0001. Fls. 391-394. 2 bew anigáp al a adecca ,lasecorp etneidepxe la redecca araP

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ETTENNAEJ ARDNAS rop etnemlatigid odamrif lanigiro led aipoc se otnemucod etsE .5E7044 ogidóc le y 1000.00.0.8102.94-6980009 osecorp le emrofni ,/jase/oc.vog.pej.ilagel//:sptth Resolución SDSJ Slp. (r) Librando N°25 de 900312610 13.702.592 N°3037 del Berdugo Suárez 14/06/2019 30.2019.0.00.0001 20/06/20198 Resolución SDSJ Slp. (r) Ronal José N°10 de 900089611 13.740.261 N°1156 de Rueda 19/03/2019 49.2018.0.00.0001 28/03/20199

2. En tales decisiones se pidió a la Unidad de Investigación y AcusaciónUIAremitir un informe detallado de las investigaciones o procesos de naturaleza penal, administrativa y disciplinaria que se siguieran en contra de los miembros de la fuerza pública mencionados, así como adelantar labores de ubicación y contacto con las víctimas indirectas. Adicionalmente, fueron

informados del derecho a ser asistidos y representados por un apoderado. También fueron requeridos para suscribir las actas de sometimiento.

3. La UIA entregó la información solicitada en las resoluciones relacionadas en la Tabla N°1 con los siguientes informes, los cuales se encuentran incorporados en los expedientes Legali que se relacionan a continuación: Tabla N°2. Informes presentados por la UIA

N° Compareciente s/Solicitantes Expediente Legali N° Informe 1 Ct. (r) Fabián Pérez Agustín UIA-FPJ 09 de 2 Slp. (r) Freddy Gamas Rangel 9002395-34.2019.0.00.0001 28/07/202210 3 Slp. (r) Óscar Parra Uribe 4 Ss. (r) Jorge Arley Sánchez Rojas UIA-FPJ 09 de 9002866-50.2019.0.00.0001 5 Cp. Abimael López Gómez 18/11/202111 6 UIAF1T-222 de Ss. (r) José Jesús Perdomo Chacón 9000896-49.2018.0.00.001 08/07/201912 7 UIA-JEP-GTV 0094 Slp. (r) Javier Alexander Ortiz 9000015-38.2019.0.00.0001 de 19/03/202413 8 UIA-F4S-141 de Slp. (r) José Antonio Monsalve 9001053-22.2018.0.00.0001 21/11/201814 8 JEP. Expediente Legali N°9003126-30.2019.0.00.0001. Fls. 57-69.

9 JEP. Expediente Legali N°99004127-50.2019.0.00.000. Fls. 42-49. 10 JEP. Expediente Legali N°9002395-34.2019.0.00.0001. Fls. 365-375. 11 JEP. Expediente Legali N°9002866-50.2019.0.00.0001. Fls. 119-122. 12 JEP. Expediente Legali N°9000896-49.2018.0.00.0001. Fls. 478-480. 13 JEP. Expediente Legali N°9000015-38.2019.0.00.0001. Fls. 89-91. 14 JEP. Expediente Legali N°9001053-22.2018.0.00.0001. Fls. 158-178. 3 bew anigáp al a adecca ,lasecorp etneidepxe la redecca araP

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ETTENNAEJ ARDNAS rop etnemlatigid odamrif lanigiro led aipoc se otnemucod etsE .5E7044 ogidóc le y 1000.00.0.8102.94-6980009 osecorp le emrofni ,/jase/oc.vog.pej.ilagel//:sptth UIA-F4S-155 de 14/12/201815 9 No. 0647-2022-JEPSlp. (r) Leonardo Jaimes González 9000010-16.2019.0.00.0001 UIA-MEDde 21/11/202216 10 Oficio No. 00143 Slp. (r) Librando Berdugo Suárez 9003126-30.2019.0.00.0001 UIA-JEP-CH de

07/10/202117 11 Informe Conti Slp. (r) Ronal José Rueda 9004127-50.2019.0.00.0001. 20192000140803 de 15/05/201918

4. Los comparecientes y solicitantes a los que se refiere esta decisión suscribieron las actas de sometimiento a la JEP que se relacionan en la tabla siguiente: Tabla N°3. Actas de sometimiento suscritas por los comparecientes y solicitantes Acta de Fecha de N° Comparecientes/Solicitantes Cédula sometimiento suscripción 1 Ct. (r) Fabián Pérez Agustín 71.336.522 30514319 12/08/2022 2 Ss. (r) Jorge Arley Sánchez Rojas 86.00.363 30354820 2/10/2018 3 Ss. (r) José Jesús Perdomo Chacón 11.225.649 30163821 30/08/2021 4 Cp. Abimael López Gómez 13.748.485 30091422 27/06/2017 5 Slp. (r) Freddy Gamas Rangel 13.745.920 30438523 26/10/2020 6 Slp. (r) Javier Alexander Ortiz 91.077.143 30602524 19/08/2022 7 Slp. (r) José Antonio Monsalve 5.615.016 30166125 27/07/2017 8 Slp. (r) Leonardo Jaimes González 91.110.837 30603026 13/09/2022 9 Slp. (r) Librando Berdugo Suárez 13.702.592 30106027 12/05/2017 10 Slp. (r) Óscar Parra Uribe 91.182.778 30438628 24/11/2020

11 Slp. (r) Ronal José Rueda 13.740.261 30106629 12/07/2017 15 Ibid. Fls. 184-205. 16 JEP. Expediente Legali N°9000010-16.2019.0.00.0001. Fls. 676-710. 17 JEP. Expediente Legali N°9003126-30.2019.0.00.0001. Fls. 406-411. 18 JEP. Expediente Legali N°99004127-50.2019.0.00.0001. Fl. 121. 19 JEP. Expediente Legali N°9002395-34.2019.0.00.0001. Fls 555-558. 20 JEP. Expediente Legali N°9002866-50.2019.0.00.0001. Fl. 816. 21 JEP. Expediente Legali N°9000896-49.2018.0.00.0001. Fl. 1 22 JEP. Expediente Legali N° 9002866-50.2019.0.00.0001. Fl. 1133. 23 JEP. Expediente Legali N°9002395-34.2019.0.00.0001. Fls. 269-272. 24 JEP. Expediente Legali N°9000015-38.2019.0.00.0001. Fl. 3475-3477. 25 JEP. Expediente Legali N°9001053-22.2018.0.00.0001. Fl. 134. 26 JEP. Expediente Legali N°9000010-16.2019.0.00.0001. Fls. 650-651. 27 JEP. Expediente Legali N°9003126-30.2019.0.00.0001. Fl. 257.

28 JEP. Expediente Legali N°9002395-34.2019.0.00.0001. Fls. 274-277. 29 JEP. Expediente Legali N°99004127-50.2019.0.00.0001. Fl. 1. 4 bew anigáp al a adecca ,lasecorp etneidepxe la redecca araP

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5. Los apoderados de los comparecientes y solicitantes a quienes se ha reconocido personería son: Tabla N°4. Apoderados de los comparecientes/solicitantes

N° Comparecientes/Solicitantes Abogados/as Resoluciones 1 Ct. (r) Fabián Pérez Agustín Resolución SDSJ N°3481 de 2 Slp. (r) Óscar Parra Uribe 8/09/202030 Martín Toloza Sarache 3 Resolución SDSJ N°0513 de Slp. (r) Javier Alexander Ortiz 31/01/202031 4 Ss. (r) José Jesús Perdomo Rocío del Pilar Bonilla Resolución SDSJ N°3722 de Chacón Liévano 19/07/201932 5 César Arnulfo Pinilla Resolución SDSJ N°3679 de Cp. Abimael López Gómez Orejarena 1/11/202333 Slp. (r) Leonardo Jaimes Massiel Resolución SDSJ N°3720 de

6 González Virginia Salomé Granados 06/09/202234 7 Edwar Giovanni Plata Resolución SDSJ N°4759 del Slp. (r) Ronal José Rueda Sepúlveda 06/09/201935

6. A partir de las piezas procesales allegadas a cada uno de los expedientes se pudo establecer la situación jurídica de los comparecientes y solicitantes respecto de las investigaciones y procesos que adelanta la justicia ordinaria, así: Tabla N°5. Situación jurídica de los comparecientes y solicitantes.

Radicado del Situación Beneficios Autoridad Víctima Fecha de Nombres proceso y/o jurídica judicial directa los hechos investigación Ct. (r) Fabián Pérez Agustín RSMA36Juzgado Slp. (r) Juicio 26/05/2017 N°68001Tercero Penal Joaquín Freddy Fiscalía 34 3104-003del Circuito Tarazona 22/03/2003 Gamas DECVDH 2018-00016 B/manga Bayona Rangel B/manga (Santander) Slp. (r) (Santander) Óscar Parra Uribe 30 JEP. Expediente Legali N°9002395-34.2019.0.00.0001. Fls. 257-261. 31 JEP. Expediente Legali N°9000015-38.2019.0.00.0001. Fls. 76-77. 32 JEP. Expediente Legali N°.9000896-49.2018.0.00.0001. Fls. 226-227. 33 JEP. Expediente Legali N°0002343-60.2020.0.00.0001. Fls. 258-261.

34 JEP. Expediente Legali N° 9000010-16.2019.0.00.0001. Fls. 585-621. 35 JEP. Expediente Legali N°99004127-50.2019.0.00.0001. Fls. 73-100. 36 JEP. Expediente Legali N°9002395-34.2019.0.00.0001. Fls. 53-71. 5 bew anigáp al a adecca ,lasecorp etneidepxe la redecca araP

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ETTENNAEJ ARDNAS rop etnemlatigid odamrif lanigiro led aipoc se otnemucod etsE .5E7044 ogidóc le y 1000.00.0.8102.94-6980009 osecorp le emrofni ,/jase/oc.vog.pej.ilagel//:sptth Slp. (r) Javier Alexander Ortiz Slp. (r) No aplica Leonardo Jaimes González Ss. (r) José No aplica Jesús Perdomo Condenados Chacón con sentencia ejecutoriada37 PLUM – N°6800123/08/2017 3104-003Sala de Slp. (r) 2014-0197 Casación Ronal José Penal Rueda Corte Juzgado Suprema Tercero Penal Mario José de Justicia38 del Circuito Rojas 7/08/2003 Condenado PLUM40 – B/manga Ávila con sentencia 07/07/2017 (Santander) ejecutoriada39 -Juzgado Quinto de

Ejecución Slp. (r) N°68001de Librando 3104-003Penas y Berdugo 2015-00073 Medidas Suárez de Seguridad de Medellín (Antioquia) Ss. (r) Jorge Juzgado Arley N°68001Tercero Penal Gerardo No aplica Sánchez 3104-003del Circuito Contreras 16/05/2005 Rojas 2014-00151 B/manga Román Cp. (Santander) Abimael 37 Sentencia anticipada proferida el 1 de julio de 2015 por el Juzgado Tercero Penal del Circuito de Bucaramanga (Santander). Fue confirmada en segunda instancia por la Sala Penal del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bucaramanga (Santander) con sentencia del 16 de junio de 2016. JEP. Expediente Legali N°9000896-49.2018.0.00.0001. Fls. 105-131. 38 JEP. Expediente Legali N°9004127-50.2019.0.00.0001. Fls. 24-38. 39 Sentencia de primera instancia proferida el 16 de septiembre de 2015 por el Juzgado Tercero Penal del Circuito de Bucaramanga (Santander). La ejecución de la pena impuesta a cargo del Juzgado Quinto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Medellín (Antioquia). JEP. Expediente Legali N° 9003126-30.2019.0.00.0001. Fls. 1-34. 40 Ibid. Fls. 36-40. 6 bew anigáp al a adecca ,lasecorp etneidepxe

la redecca araP

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ETTENNAEJ ARDNAS rop etnemlatigid odamrif lanigiro led aipoc se otnemucod etsE .5E7044 ogidóc le y 1000.00.0.8102.94-6980009 osecorp le emrofni ,/jase/oc.vog.pej.ilagel//:sptth López Condenados Gómez sin sentencia ejecutoriada41 Juzgado Segundo Slp. (r) Penal del N°68081Venecio José Circuito con 6000-000Muñoz 28/03/2006 Antonio funciones Condenado No aplica 2015-00099 Cáceres Monsalve conocimiento con sentencia B/manga ejecutoriada42 (Santander) Álvaro Hernán Fiscalía 106 Díaz

N°0500160002 DECVDH

13/01/2008 06-2007-05152 Medellín Julián Slp. (r) (Antioquia) Andrés Investigación No aplica Leonardo Arroyave 43 Jaimes Tima González Fiscalía 88 Eddy N°68-001-60DECVDH Solay 001-60-201005/03/2007 Archivado44 No aplica Bucaramanga Africano 05627 (Santander) Hernández

7. Con la información recaudada en cada una de las actuaciones, la suscrita magistrada declaró la competencia temporal, personal y material de la JEP, aceptó el sometimiento y/o concedió beneficios propios del Sistema Integral para la Paz -SIPe impuso el régimen de condicionalidad, con las

resoluciones que se relacionan a continuación: Tabla N°6. Decisiones sobre competencia de la JEP, sometimiento y/o beneficios Resolución y Beneficios N° Comparecientes Expediente Legali fecha concedidos 41 Sentencia de primera instancia proferida el 25 de septiembre de 2018 por el Juzgado Tercero Penal del Circuito de Bucaramanga (Santander). En el trámite del recurso de reposición interpuesto, la Sala Penal del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bucaramanga (Santander) dispuso la suspensión del proceso, en atención a la solicitud de sometimiento ante esta Jurisdicción. JEP. Expediente Legali N° 9002866-50.2019.0.00.0001. Fls. 132-203. 42 Sentencia de primera instancia proferida el 5 de octubre de 2016 por el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado con funciones de conocimiento de Bucaramanga (Santander). La ejecución de la pena impuesta a cargo del el Juzgado Octavo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Medellín (Antioquia). JEP. Expediente Legali N°9001053-22.2018.0.00.0001. Fls. 18-29. 43JEP. Expediente Legali N°9001053-22.2018.0.00.0001. Fl. 689. 44 Ídem. 7 bew anigáp al a adecca ,lasecorp etneidepxe la redecca araP

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ETTENNAEJ ARDNAS rop etnemlatigid odamrif lanigiro led aipoc se

otnemucod etsE .5E7044 ogidóc le y 1000.00.0.8102.94-6980009 osecorp le emrofni ,/jase/oc.vog.pej.ilagel//:sptth Resolución SDSJ Ss. (r) José Jesús Perdomo 90008961 N°6140 de LTCA Chacón 49.2018.0.00.0001 03/10/201945 Resolución SDSJ Slp. (r) Javier Alexander 90000152 N°3175 de No aplica Ortiz 38.2019.0.00.0001 30/08/202246 Resolución SDSJ

N°498 de PLUM

Slp. (r) José Antonio 900105319/02/201947 3 Monsalve 22.2018.0.00.0001 Resolución SDSJ

N°2739 de LTCA

12/06/201948 Resolución SDSJ Slp. (r) Leonardo Jaimes 90000104 N°3720 de No aplica González 16.2019.0.00.0001 06/09/202249 Resolución SDSJ Slp. (r) Librando Berdugo 90031265 N°4727 de LTCA Suárez 30.2019.0.00.0001 01/12/202050 Resolución SDSJ 90041276 Slp. (r) Ronal José Rueda N°4759 de LTCA 50.2019.0.00.0001 6/09/201951

8. Los solicitantes y comparecientes a que se refiere la tabla siguiente fueron requeridos para que allegaran diligenciado y suscrito el “formato para

la aportación de información a la matriz de datos sobre la verdad de los autores y conductas relacionadas con el conflicto armado colombiano” o formulario F-1 anexo a la Sentencia Interpretativa TP-SA-SENIT 1 de 2019, así como sus propuestas de aporte a la verdad plena o compromiso claro, concreto y programado -CCCP-, según fuera el caso, decisiones de las cuales tuvieron conocimiento, pues fueron comunicadas y existe constancia de entrega. No obstante, consultados los sistemas de gestión documental Conti y de gestión judicial Legali de la JEP, no se evidencia que algunos de los requeridos hubieran dado cumplimiento a lo ordenado. Respecto de lo anterior se encuentra en la actuación lo siguiente: Tabla N°7. Propuestas de aporte a la verdad o CCCP y F1 presentadas 45 JEP. Expediente Legali N°9000896-49.2018.0.00.0001. Fls. 483-506. 46 JEP. Expediente Legali N°9000015-38.2019.0.00.0001. Fls. 3261-3295. 47 JEP. Expediente Legali N°9001053-22.2018.0.00.0001. Fls. 326-343. 48 Ibid. Fls. 429-441. 49 JEP. Expediente Legali N°9000010-16.2019.0.00.0001. Fls. 585-621. 50 JEP. Expediente Legali N°9003126-30.2019.0.00.0001. Fls. 266-293. 51 JEP. Expediente Legali N°9004127-50.2019.0.00.0001. Fls. 73-100. 8 bew anigáp al a adecca

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ETTENNAEJ ARDNAS rop etnemlatigid odamrif lanigiro led aipoc se otnemucod etsE .5E7044 ogidóc le y 1000.00.0.8102.94-6980009 osecorp le emrofni ,/jase/oc.vog.pej.ilagel//:sptth N Propuesta de verdad o Comparecientes/Solicitantes Formato F1 ° CCCP 1 Ct. (r) Fabián Pérez Agustín No ha presentado No ha presentado 2 Ss. (r) Jorge Arley Sánchez Rojas 15 de octubre de 201952 5 de noviembre de 202153 3 23 de abril de 201954 Ss. (r) José Jesús Perdomo Chacón 30 de mayo de 201955 No se ha solicitado 19 de junio de 201956 4 Cp. Abimael López Gómez 29 de enero de 202457 29 de enero de 202458 5 Slp. (r) Freddy Gamas Rangel No ha presentado No ha presentado 6 Slp. (r) Javier Alexander Ortiz No ha presentado No ha presentado 7 16 de septiembre de 16 de septiembre de Slp. (r) José Antonio Monsalve 202259 202260 8 16 de julio de 201961, Slp. (r) Librando Berdugo Suárez ajustado el 03 de marzo 14 de diciembre de 202063 de 202062 9 Slp. (r) Leonardo Jaimes González 28 de marzo de 202364 No ha presentado 10 Slp. (r) Óscar Parra Uribe No ha presentado No ha presentado

11 Slp. (r) Ronal José Rueda 22 de mayo de 201965 5 de noviembre de 202166

9. Con Resolución SDSJ N°1609 de 16 de mayo 2022, fueron requeridos los señores Ct. (r) Fabián Pérez Agustín, así como los Slp. (r) Freddy Gamas Rangel y Óscar Parra Uribe para que presentaran la propuesta de régimen de condicionalidad y formulario F-1, lo que también se ordenó con Resolución SDSJ N°3175 de 30 agosto de 2022 al señor Slp. (r) Javier Alexander Ortiz; no obstante, consultados los sistemas de gestión documental Conti y de gestión judicial Legali de la JEP, no se evidencia que hubieran dado cumplimiento a tal requerimiento, pese a que fueron notificados67. 52 JEP. Expediente Legali N°9002866-50.2019.0.00.0001. Fls. 22-24. 53 Ibid. Fls. 110-118. 54 JEP. Expediente Legali N°9000896-49.2018.0.00.0001. Fls. 188-191. 55 Ibid. Fls. 192-196. 56 Ibid. Fls. 54-59.

57 JEP. Expediente Legali N°9002866.50.209.0.00.0001. Fls. 805-815. 58 JEP. Expediente Legali N°0002343-60.2020.0.00.0001. Fls. 306-308. 59 JEP. Expediente Legali N°9000069-67.2020.0.00.0001. Fls. 683-685. 60 Ibid. Fls. 54-55. 61 JEP. Expediente Legali N°9003126-30.2019.0.00.0001. Fls. 73-113.

62 Ibid. Fls. 190-194. 63 Ibid.Fls. 346-353. 64 Ibid. Fls. 752-760. 65 JEP. Expediente Legali N°9004127-50-2019.0.00.0001. Fls. 363-370. 66 Ibid. Fls. 254-261. 67 JEP. Expediente Legali N°9002395-34.2019.0.00.0001. Fls. 306-309 consta que los señores Ct. (r) Fabián Pérez Agustín, así como los Slp. (r) Freddy Gamas Rangel y Óscar Parra Uribe fueron notificados el 16 de junio de 2022 y, el señor Slp. (r) Javier Alexander Ortiz el 7 de septiembre de

2022. JEP. Expediente Legali N°9000015-38.2019.0.00.0001. Fl. 3353. 9 bew anigáp al a adecca ,lasecorp etneidepxe la redecca araP

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10. La SRVR dentro del Caso 03 “Asesinatos y desapariciones forzadas ilegítimamente presentados como bajas en combate por agentes del Estado”, así como la SDSJ, han acreditado víctimas indirectas con ocasión de los hechos

por los cuales se encuentran acusados o condenados los miembros de la fuerza pública a los cuales se refiere esta decisión. Fue reconocida la calidad de víctimas indirectas a las personas que se relacionan en la tabla siguiente, dentro de los casos y de acuerdo con las decisiones judiciales que se enuncian: Tabla N°8. Víctimas acreditadas por la SRVR y/o la SDSJ Apoderado Resolución y Víctima Víctimas N° Comparecientes/Solicitantes de las fecha directa indirectas víctimas 1 Ct. (r) Fabían Pérez Agustín Resolución 2 Slp. (r) Freddy Gamas Rangel SDSJ N°1609 Enith de Fuentes, 3 Slp. (r) Óscar Parra Uribe 16/05/202268 Johan Julia Resolución Joaquín Camilo Adriana SDSJ N°4211 Tarazona Tarazona 4 Slp. (r) Javier Alexander Ortiz Figueroa de Bayona Fuentes y Cortés 19/12/202369 Willinton Auto SRVR Tarazona 5 Slp. (r) Leonardo Jaimes González CDG 058 de Fuentes 19/04/2021 70 Luz Dary 6 Ss. (r) Jorge Arley Sánchez Rojas Gómez León, Jaime Andrés Contreras Resolución Gómez, Gerardo SDSJ N°2538 Jeison Contreras No tiene del Favian 7 Cp. Abimael López Gómez Román 13/07/202271 Contreras Gómez y Yesid Gerardo Contreras Gómez

CONSIDERACIONES

68 JEP. Expediente Legali N°9002395-34.2019.0.00.0001. Fls. 565-570.

69 JEP. Expediente Legali Nº9000015-38.2019.0.00.0001. Fls. 3506-3512. 70 JEP. Expediente Legali Nº9000010-16.2019.0.00.0001. Fls. 403-419. 71 JEP. Expediente Legali Nº9002866-50.2019.0.00.0001. Fls. 751-771. 10 bew anigáp al a adecca ,lasecorp etneidepxe la redecca araP

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I. Procedencia de la acumulación por conexidad procesal de casos sometidos al conocimiento de la SDSJ

11. Los artículos 84 de la Ley 1957 de 201972 y 28 (numeral 7º) de la Ley 1820 de 2016, prevén dentro de las funciones de la SDSJ de la JEP la de “acumular casos semejantes” para asegurar el funcionamiento eficiente, eficaz y célere de la Jurisdicción y el artículo 10 de la Ley 1922 de 2018 dispone que procede la acumulación en cualquier estado de la actuación “cuando haya identidad de partes, se trate de un patrón de macrocriminalidad u otros criterios”, así como para ordenar la práctica de pruebas comunes que sean útiles y necesarias para

varios procesos.

12. La acumulación permite hacer efectivo el principio de unidad procesal que, como lo ha sostenido la Corte Constitucional73, es una institución en virtud de la cual cada delito o grupo de delitos conexos deben investigarse y juzgarse en una única actuación. Tiene como efectos evitar la multiplicidad de actuaciones penales por el mismo comportamiento o por varios delitos en relación de conexidad; contribuye a la realización del derecho de defensa, pues el esfuerzo se centra en un único procedimiento; garantiza los derechos de las víctimas, en tanto que hace posible que en único trámite puedan formular sus pretensiones de verdad, reparación y justicia; aporta a la eficacia y celeridad de los procesos, pues optimiza los esfuerzos y recursos invertidos por las partes, intervinientes y autoridades judiciales en materia probatoria; y finalmente garantiza la seguridad jurídica y coherencia, puesto que evita la adopción de decisiones contradictorias frente a los mismos hechos.

13. Procede la acumulación cuando se presente alguna de las dos categorías de conexidad, la sustancial y la procesal. La primera de ellas, en los términos expresados por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia74, comporta una relación o nexo estrecho entre cada una de las conductas delictivas, bien sea porque fueron cometidas dentro de una misma 72 Literal g. 73 Sentencia C-471/16. M.P. Alejandro Linares Cantillo. Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 51 (parcial) de la Ley 906 de 2004, “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal”. 74 Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Penal. Sentencia del 29 de agosto del 2012. Radicado

N°39105. 11 bew anigáp al a adecca ,lasecorp etneidepxe la redecca araP

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14. Surge de lo expuesto que la conexidad sustancial requiere de la presencia de dos requisitos: la pluralidad de hechos punibles y un elemento común o hilo conductor entre las infracciones que puede ser de naturaleza subjetiva, objetiva o sicológica76.

15. La conexidad procesal, por su parte, no requiere la existencia de vínculos determinados expresa o tácitamente por el tipo o por el sujeto agente, sino que surge por razones de conveniencia y economía procesal. Esta forma

de conexidad está prevista en el numeral 4° artículo 51 de la Ley 906 de 2004, y para que proceda deben reunirse los siguientes requisitos77: (i) se impute a una o más personas la comisión de uno o varios delitos en las que exista homogeneidad en el modo de actuar de los autores o partícipes, (ii) relación razonable de lugar y tiempo y (iii) la evidencia aportada a una de las investigaciones puede influir en la otra.

16. En el presente caso, las piezas procesales allegadas a los expedientes Legali números 9002395-34.2019.0.00.0001, 9002866-50.2019.0.00.0001, 9000896-49.2018.0.00.0001, 9000015-38.2019.0.00.0001, 900105375 La jurisprudencia de la Sala acogió esta clasificación a partir de la sentencia del 4 de junio de 1982.

Rad. N°26836. 76 Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Penal. Decisión del 14 de septiembre del 2009. Rad. 32631. Sentencia de 4 de junio de 1982 - Gaceta 2408. 77 Corte Suprema de Justicia. Sala Penal. Auto AP3835-2015 de fecha 8 de julio de 2015. Número de proceso 46288: “En ese sentido ha explicado también que “la conexidad procesal es predicable de aquellas conductas punibles respecto de las cuales se observa «una relación práctica que aconseja y hace conveniente adelantar conjuntamente las investigaciones, dada la unidad de autor(es), la homogeneidad del modus operandi o la comunidad de prueba, entre otros factores, todo lo cual redunda en favor de la economía procesal» […]”.

12 bew anigáp al a adecca ,lasecorp etneidepxe la redecca araP

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ETTENNAEJ ARDNAS rop etnemlatigid odamrif lanigiro led aipoc se otnemucod etsE .5E7044 ogidóc le y 1000.00.0.8102.94-6980009 osecorp le emrofni ,/jase/oc.vog.pej.ilagel//:sptth 22.2018.0.00.0001, 9000010-16.2019.0.00.0001, 9003126-30.2019.0.00.0001 y 9004127-50.2019.0.00.0001, corresponden a los procesos números 68001-3104003-2018-00016, 68001-3104-003-2014-0197, 68001-3104-003-2015-00073, 680013104-003-2014-00151 y 68081-6000-000-2015-00099 que fueron conocidos por el Juzgado Tercero Penal del Circuito y el Juzgado Segundo Penal del Circuito con funciones de conocimiento ambos de Bucaramanga (Santander) en contra los señores Ct. (r) Fabián Pérez Agustín, Ss. (r) Jorge Arley Sánchez Rojas, Ss. (r) José Jesús Perdomo Chacón, Cp. Abimael López Gómez, así como los Slp. (r) Freddy Gamas Rangel, Óscar Parra Uribe, Javier Alexander Ortiz, José Antonio Monsalve, Leonardo Jaimes González, Librando Berdugo Suárez, y Ronal José Rueda, en su calidad de miembros del Batallón de

Infantería N°14 “Capitán Antonio Ricaurte” -BIRICde la Quinta Brigada, Segunda División del Ejército Nacional, por cuatro hechos ocurridos en el periodo comprendido entre el 22 de mayo de 2003 y el 28 de marzo de 2006 en zonas rurales de los municipios Matanza, Charta, Lebrija y Sabana de Torres del departamento de Santander, en los cuales fue causada la muerte a cuatro víctimas, los señores: Joaquín Tarazona Bayona, Mario José Rojas Ávila, Gerardo Contreras Román y Venecio Muñoz Cáceres, en similares circunstancias.

17. La SA ha reconocido que la acumulación hace parte de las facultades de la SDSJ para la organización interna de su trabajo78 en el marco del ejercicio de los instrumentos de priorización y selección previstos en el Acto Legislativo 01 de 201279. Es una herramienta práctica que permite el avance de la justicia transicional, pues promueve la economía y la celeridad procesal. 78 JEP. Tribunal para la Paz. Sección de Apelación. Auto TP-SA 1028 del 26 de enero de 2022. 79 El Acto Legislativo 01 de 2012, Artículo 66 transitorio de la Constitución Pol

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