🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

JEP - Resolución SDSJ 2176 17 junio 2024

JEP - Jurisdicción Especial para la Paz

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
JEP - Resolución SDSJ 2176 17 junio 2024
Autor
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Transicional
Año
2024

SALA DE DEFINICIÓN DE SITUACIONES JURÍDICAS EXPEDIENTE: 9000266-90.2018.0.00.0001

HECTOR PEREZ ROJAS

REPÚBLICA DE COLOMBIA

JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

SALA DE DEFINICIÓN DE SITUACIONES JURÍDICAS

SALAS DE JUSTICIA

Resolución No. 2176 Bogotá D.C., junio 17 de 2024

Expediente: 9000266-90.2018.0.00.0001

Solicitante: HÉCTOR PÉREZ ROJAS

Identificación: C.C. 17.627.120

Calidad: Agente de Estado No Integrante de la

Fuerza Pública – AENIFP. Exalcalde de Valparaíso – Caquetá.

Situación Jurídica: Condenado en libertad.

I. ASUNTO

1. El Magistrado de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas (SDSJ) de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), amparado en lo establecido en los artículos 84 de la Ley Estatutaria No. 1957 de 2019 y 48 de la Ley 1922 de 2018, se pronuncia sobre la solicitud de sometimiento voluntario elevada por el señor HÉCTOR PÉREZ ROJAS, identificado con la cédula de ciudadanía No. 17.627.120 en calidad de Agente de Estado No Integrante de la Fuerza

Pública – AENIFP.

II. SOLICITUD Y TRÁMITE

2. El 23 de junio de 20201 fue cargado al expediente Legali, la solicitud del señor HÉCTOR PÉREZ ROJAS de sometimiento voluntario ante la JEP en 1 Expediente JEP 9000266-90.2018.0.00.0001, fls. 1 - 6.

Página 1 de 1 bew anigáp al a adecca ,lasecorp etneidepxe la redecca araP

.ZEHCNAS

AGIMROH

RELLIM ESOJ rop etnemlatigid odamrif lanigiro led aipoc se otnemucod etsE .F32584 ogidóc le y 1000.00.0.8102.09-6620009 osecorp le emrofni ,/jase/oc.vog.pej.ilagel//:sptth SALA DE DEFINICIÓN DE SITUACIONES JURÍDICAS EXPEDIENTE: 9000266-90.2018.0.00.0001 HECTOR PEREZ ROJAS calidad de Agente de Estado No Integrante de la Fuerza Pública – AENIFP, como Ex alcalde del municipio de Valparaíso – Caquetá en el periodo 19951997, respecto del proceso penal por el delito de Concierto para Delinquir Agravado, fecha de solicitud el 23 de 2018; allegó las respectivas piezas procesales.

3. Mediante la Resolución No. 2479 del 12 de diciembre de 20182 el suscrito Magistrado de la SDSJ asumió el conocimiento de la solicitud de sometimiento del señor HÉCTOR PÉREZ ROJAS en calidad de Agente del Estado miembro de la Fuerza Pública, y dispuso varias órdenes en materia probatoria.

4. La Resolución No. 0947 del 20 de febrero de 20203 requirió al señor HÉCTOR PÉREZ ROJAS, para que presentar el régimen de condicionalidad dentro de los (10) días hábiles, contados a partir de la fecha de notificación.

5. En la Resolución No. 4872 del 11 de octubre de 20214 se requirió al solicitante para “suministrar pruebas de su condición inminente de seguridad o similar para la época de los hechos”.

6. El 8 de septiembre de 2023, en la Resolución No. 30185 se reconoció personería jurídica a la abogada Norma Suleiza Mavesoy Polanco, identificada con cédula de ciudadanía número 40.077.339, con tarjeta profesional número 182.214 del Consejo Superior de la Judicatura, se autorizó acceso automático y permanente al expediente 9000266-90.2018.0.00.0001 a la abogada, se ordenó notificar la resolución y se reiteró al señor HÉCTOR PÉREZ ROJAS , para dar cumplimiento a lo ordenado en la Resolución 4872 del 11 de octubre de 2021 en el sentido de “suministrar pruebas de su condición inminente de seguridad o similar para la época de los hechos”.

7. Obra en el expediente informe secretarial6 sobre la asignación de contraseña para el acceso al expediente a la abogada Norma Suleiza Mavesoy 2 Ibidem, fls. 358 – 361. 3 Ibidem, fls. 389 – 402. 4 Ibidem, fls. 425 – 428. 5 Ibidem, fls. 462 – 464. 6 Ibidem, fls. 470 - 474.

Página 2 de 5 bew anigáp al a adecca ,lasecorp etneidepxe la redecca araP

.ZEHCNAS

AGIMROH

RELLIM

ESOJ rop etnemlatigid odamrif lanigiro led aipoc se otnemucod etsE .F32584 ogidóc le y 1000.00.0.8102.09-6620009 osecorp le emrofni ,/jase/oc.vog.pej.ilagel//:sptth SALA DE DEFINICIÓN DE SITUACIONES JURÍDICAS EXPEDIENTE: 9000266-90.2018.0.00.0001 HECTOR PEREZ ROJAS Polanco y la respectiva notificación al señor HÉCTOR PÉREZ ROJAS, vía correo electrónico7.

8. El 12 de febrero de 2024 la abogada Norma Zuleiza Mavesoy Polanco, realiza solicitud de impulso procesal para la asignación de clave y reconocimiento de Personería Jurídica.

III. SITUACIÓN JURÍDICA DEL COMPARECIENTE

9. El 23 de julio de 2002, el Juzgado Único Promiscuo del Circuito del Municipio de Belén de los Andaquíes – Caquetá, profirió fallo condenatorio en contra del señor HÉCTOR PÉREZ ROJAS, por el delito de peculado por aplicación oficial diferente imponiéndole una pena de doce meses de prisión, e inhabilidad especial de carácter permanente para ejercer cargos públicos8.

En la Fiscalía Seccional de Florencia, el 28 de mayo de 1996, se recibe oficio N° 108 de mayo/96, suscrito por la directiva del Concejo Municipal de Valparaíso Caquetá, denunciando a HÉCTOR PÉREZ ROJAS, Alcalde de localidad, por la venta de un terreno al que

denominaban “Amigo Matadero”, la caseta donde funcionaba la antigua planta eléctrica; La compra de un terreno para relleno sanitario, la contratación de trabajos para remodelación de la inspección de Policía, en la entonces inspección de Solita, hoy ya municipio, sin la debida autorización del Consejo municipal y por el manejo de dineros obtenidos por esas ventas y contrataciones por fuera del presupuesto nacional9

IV. CONSIDERACIONES

10. Previo a tomar una decisión de fondo en relación con el sometimiento del señor HÉCTOR PÉREZ ROJAS, este despacho ha informado al solicitante que aunque narró los hechos por los cuales fue condenado no ha manifestado nada en relación con su contribución a la reparación de las víctimas, al considerar que por estos hechos es víctima10; respecto al requerimiento de la 7 Ibidem, fl. 470. 8 Ibidem, fl. 426. 9 Ibidem, fl. 188. 10 Ibidem, fls. 382 – 384.

Página 3 de 5 bew anigáp al a adecca ,lasecorp etneidepxe la redecca araP

.ZEHCNAS

AGIMROH

RELLIM ESOJ rop etnemlatigid odamrif lanigiro led aipoc se otnemucod etsE .F32584 ogidóc le y 1000.00.0.8102.09-6620009 osecorp le emrofni ,/jase/oc.vog.pej.ilagel//:sptth SALA DE DEFINICIÓN DE SITUACIONES JURÍDICAS EXPEDIENTE: 9000266-90.2018.0.00.0001

HECTOR PEREZ ROJAS Resolución 4872 de 2021, reiterado en la Resolución 3018 de 2023, a la fecha no se observa que el señor HÉCTOR PÉREZ ROJAS , allegue a esta jurisdicción las “pruebas de su condición inminente de seguridad o similar para la época de los hechos”. En esta resolución se requerirá por última vez, dar cumplimiento a esta solicitud, con un plazo de quince (15) días. Se solicitará por última vez ajustar su régimen de condicionalidad de conformidad con lo establecido en la Resolución número 0947 del 20 de febrero de 202011.

11. Referente a la solicitud presentada por la Doctora Norma Zuleiza Mavesoy Polanco, se informará que mediante Resolución número 301812 se le reconoció personería jurídica, se autorizó el acceso al expediente y se realizó una solicitud al aspirante a comparecer. También se le requerirá para que realice el respectivo acompañamiento jurídico para que el señor HÉCTOR PÉREZ ROJAS de cumplimiento a lo solicitado en esta Resolución por cuanto será la última vez que se realizan estas solicitudes, previo a tomar una decisión de fondo.

En mérito de lo expuesto y de conformidad con la Constitución y la Ley, EL

MAGISTRADO DE LA SALA DE DEFINICIÓN DE SITUACIONES

JURÍDICAS DE LA JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ, RESUELVE PRIMERO.- REQUERIR por última vez, al señor HÉCTOR PÉREZ ROJAS ajustar su régimen de condicionalidad de conformidad con lo establecido en la Resolución número 0947 del 20 de febrero de 202013. Se dará

un plazo de quince (15) días para el cumplimiento de lo dispuesto. SEGUNDO.- REQUERIR por última vez, al señor HÉCTOR PÉREZ ROJAS suministrar a este despacho las pruebas de su condición inminente de seguridad o similar para la época de los hechos, de acuerdo con las Resoluciones 4872 de 2021 y 3018 de 2023. Se dará un plazo de quince (15) días para el cumplimiento de lo dispuesto. 11 Ibidem, fls. 389 – 402. 12 Ibidem, fls. 462 – 464. 13 Ibidem, fls. 389 – 402. Página 4 de 5 bew anigáp al a adecca ,lasecorp etneidepxe la redecca araP

.ZEHCNAS

AGIMROH

RELLIM ESOJ rop etnemlatigid odamrif lanigiro led aipoc se otnemucod etsE .F32584 ogidóc le y 1000.00.0.8102.09-6620009 osecorp le emrofni ,/jase/oc.vog.pej.ilagel//:sptth SALA DE DEFINICIÓN DE SITUACIONES JURÍDICAS EXPEDIENTE: 9000266-90.2018.0.00.0001 HECTOR PEREZ ROJAS TERCERO.- INFORMAR a la abogada Norma Zuleiza Mavesoy Polanco que mediante Resolución número 301814 se le reconoció personería jurídica, se autorizó su acceso al expediente y se realizó una solicitud al aspirante a comparecer. CUARTO.- SOLICITAR a la abogada Norma Zuleiza Mavesoy Polanco

realizar el respectivo acompañamiento jurídico para que el señor HÉCTOR PÉREZ ROJAS cumpla adecuadamente lo solicitado en esta Resolución, teniendo en cuenta que es la última solicitud previo a adoptar una decisión de fondo. QUINTO.- ORDENAR a la Secretaría Judicial remita a la Relatoría y la Secretaría Ejecutiva de la JEP la presente providencia en cumplimiento del AOG 009 de 2022, adicionado por el AOG 15 de 2022. SEXTO.- ADVERTIR que contra la presente decisión proceden los recursos de reposición y apelación, en los términos establecidos en los artículos 12 y 13 de la Ley 1922 de 2018. Notifíquese, comuníquese y cúmplase. (Firmado electrónicamente)

JOSÉ MILLER HORMIGA SÁNCHEZ

Magistrado Sala de Definición de Situaciones Jurídicas 14 Ibidem, fls. 462 – 464. Página 5 de 5 bew anigáp al a adecca ,lasecorp etneidepxe la redecca araP

.ZEHCNAS

AGIMROH

RELLIM ESOJ rop etnemlatigid odamrif lanigiro led aipoc se otnemucod etsE .F32584 ogidóc le y 1000.00.0.8102.09-6620009 osecorp le emrofni ,/jase/oc.vog.pej.ilagel//:sptth

Consultar sobre este documento ...