JEP - Resolución SDSJ 2210 21 junio de 2022
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
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Detalles
- Título
- JEP - Resolución SDSJ 2210 21 junio de 2022
- Autor
- JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Transicional
- Año
- 2022
SALA DE DEFINICIÓN DE SITUACIONES JURÍDICAS
GUSTAVO ADOLFO USAQUÉN GIRALDO EXPEDIENTE: 2018340160400314E
REPÚBLICA DE COLOMBIA
JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ
SALA DE DEFINICIÓN DE SITUACIONES JURÍDICAS
Bogotá D.C, veintiuno (21) de junio de 2022
Número de Expediente SAJ: 9002738-30.2019.0.00.0001
Compareciente: G ustavo Adolfo Usaquén Giraldo
C.C. No. 80.141.676
Tipo de sujeto: Fuerza pública Delito: Homicidio en persona protegida
Víctimas: Carlos Andrés Quesada Mosquera,
Rubén Zambrano Zambrano y Yamid Estiben Morales Moncada Fecha de reparto: 15 de julio de 2019 Resolución No. 2210 de 2022 El compareciente Gustavo Adolfo Usaquén Giraldo, cuyo sometimiento a la JEP se aceptó en la Resolución 3686 del 30 de julio de 2021, mediante correo electrónico del 15 de junio de 2022 (rad. 202201038140) solicitó permiso para salir del país para los días 20 al 24 de julio de 2022, con la finalidad de viajar a la ciudad de Orlando, Florida, en Estados Unidos para adelantar una celebración familiar. Sin embargo, aun cuando se advierte que en la jurisdicción ordinaria no se impuso medida alguna que afectara su libertad, lo cierto es que al ser aceptado el sometimiento a la JEP se contrae obligaciones que en este caso no se han cumplido por el compareciente. Es así que, por medio de la Resolución 941 del 18 de marzo
de 2022, se requirió al señor Usaquén Giraldo para que procediera a la firma de las actas de sometimiento y compromiso y que de acuerdo con sus propuestas de régimen de condicionalidad, en la apertura de un proceso dialógico restaurativo, iniciara su relato de verdad de manera escrita. 1 SALA DE DEFINICIÓN DE SITUACIONES JURÍDICAS GUSTAVO ADOLFO USAQUÉN GIRALDO El cumplimiento de estas obligaciones fue reiterado mediante la Resolución 2064 del 10 de junio de 2022, pendiente de comunicación, de lo que se colige que las obligaciones correlativas al sometimiento no han sido cabalmente cumplidas por el compareciente, de manera que se impone negar su solicitud de salida del país, hasta tanto las cumpla y ello sea verificado por el despacho, para entrar a resolver el fondo su petición teniendo en cuenta los requisitos establecidos para el efecto por el artículo 3° de la Resolución 011 del 20 de abril de 2108 expedida por la Presidencia de la Jurisdicción Especial para la Paz. En consecuencia, EL DESPACHO DE LA SALA DE DEFINICIÓN DE SITUACIONES JURÍDICAS DE LA JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ dispone: PRIMERO: NEGAR la autorización para salir del país solicitada por el señor Gustavo Adolfo Usaquén Giraldo, identificado con cédula de ciudadanía número 80.141.676 de acuerdo con lo señalado en la parte motiva de esta resolución, hasta que se verifique por el despacho el cumplimiento de las obligaciones correlativas a la aceptación de su sometimiento a la JEP.
SEGUNDO: REITERAR las órdenes emitidas en las Resoluciones 3686 del 30 de
julio de 2021, 941 del 18 de marzo y 2064 de 10 de junio de 2022, estas son, que proceda a iniciar su relato de verdad y a la suscripción de las actas de sometimiento y de compromiso de acuerdo con lo establecido en el parágrafo 1° del artículo 52 de la Ley 1820 de 2016. Cumplido lo anterior vuelva el expediente al Despacho para resolver de fondo la petición presentada.
TERCERO: COMUNICAR el contenido de esta providencia al Ministerio de Defensa Nacional, a la Unidad Administrativa Especial de Migración Colombia, al delegado del Ministerio Publico para la JEP.
CUARTO: ADVERTIR que contra la presente decisión proceden los recursos de reposición y apelación según los artículos 12, 13 y ss. de la Ley 1922 de 2018 y el artículo 144 de la ley 1957 de 2019.
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SALA DE DEFINICIÓN DE SITUACIONES JURÍDICAS
GUSTAVO ADOLFO USAQUÉN GIRALDO
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.
El Magistrado, (Resolución firmada electrónicamente)
PEDRO ELÍAS DÍAZ ROMERO
Sala de Definición de Situaciones Jurídicas 3