JEP - Resolución SDSJ 2493 08 julio de 2022
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
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Detalles
- Título
- JEP - Resolución SDSJ 2493 08 julio de 2022
- Autor
- JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Transicional
- Año
- 2022
REPÚBLICA DE COLOMBIA
JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ
SALAS DE JUSTICIA
SALA DE DEFINICIÓN DE SITUACIONES JURÍDICAS
RESOLUCIÓN No. 2493
Bogotá D.C., Ocho (08) de julio de dos mil veintidós (2022)
Expediente SAJ: 9001606-35.2019.0.00.0001
Peticionario: JOSÉ EDUARDO GONZÁLEZ SÁNCHEZ Asunto: Resolución de trámite Fecha de reparto: 24 de septiembre de 2020
I. ASUNTO POR RESOLVER Procede este despacho de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas –en adelante SDSJ– a pronunciarse sobre la solicitud de designación de apoderado judicial que realiza el señor José Eduardo González Sánchez.
II. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO
1. Mediante Resolución 000418 del 12 de febrero de 2019, la SDSJ dispuso asumir conocimiento frente a las solicitudes de sometimiento presentadas por el señor González Sánchez. Entre otras disposiciones, se requirió al solicitante para que informara sobre los procesos que se adelantan en su contra, así como copia de las actuaciones en el evento de tenerlas.
2. El 14 de julio de 2020 mediante Resolución No 002494 en cumplimiento de las funciones asignadas en movilidad a un despacho de la Sección de Revisión por el Acuerdo AOG No. 021 de 22 de abril de 2020, se procedió a continuar el conocimiento del trámite y se adoptaron una serie de determinaciones que impulsaron el asunto, entre ellas, requerir a las autoridades judiciales para que informen el estado actual de las
investigaciones que cursan en contra del solicitante y copia de las decisiones 1 proferidas. En igual sentido, se comisionó a la UIA para que obtuviera copia de las decisiones judiciales de fondo que se hayan emitido en los asuntos adelantados en su contra.
3. El 15 de junio de 2022, el señor José E. González Sánchez remitió un documento a la JEP a través del cual señaló que, teniendo en cuenta que no cuenta con capacidad económica que le permita continuar sufragando los honorarios de su apoderado de confianza, solicita se disponga al Sistema Autónomo de Asesoría y Defensa (SAAD) que designe un apoderado judicial para que represente sus intereses.
4. En virtud de lo anterior, se requerirá al señor José E. González Sánchez y al Dr. Pedro Niño Pardo quien fungía como su defensor de confianza, para que allegue el paz y salvo referente a los servicios y honorarios profesionales.
5. De otra parte, se ordenará al Sistema Autónomo de Asesoría y Defensa, administrado por la Secretaría Ejecutiva de la JEP, que designe un apoderado judicial al señor José E. González Sánchez.
6. En mérito de lo expuesto, este Despacho de la Sala de Definición de
Situaciones Jurídicas,
III. RESUELVE PRIMERO-. REQUERIR al señor JOSÉ EDUARDO GONZÁLEZ SÁNCHEZ y al Dr. PEDRO NIÑO PARDO quien fungía como su representante judicial, a fin de que dentro del término de cinco (5) días contados a partir de la notificación de esta decisión, alleguen el paz y salvo referente a los servicios
y honorarios profesionales. SEGUNDO-. ORDENAR al Sistema Autónomo de Asesoría y Defensa, administrado por la Secretaría Ejecutiva de la JEP, para que designe un apoderado judicial al señor José E. González Sánchez. 2 TERCERO-. Cumplido lo anterior y una vez se allegue la información correspondiente, INGRESAR el asunto al Despacho para continuar con el trámite respectivo.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
CAMILO ANDRÉS SUÁREZ ALDANA
Magistrado 3