JEP - Resolución SDSJ 3640 10 noviembre de 2025
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
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Detalles
- Título
- JEP - Resolución SDSJ 3640 10 noviembre de 2025
- Autor
- JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transicional
- Año
- 2025
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S A L A D E D E F I N I C I Ó N D E S I T U A C I O N E S J U R Í D I C A S
REPÚBLICA DE COLOMBIA
JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ
SALAS DE JUSTICIA
SALA DE DEFINICIÓN DE SITUACIONES JURÍDICAS
Resolución No. 3640 Bogotá D.C., 10 de noviembre de 2025
Compareciente Expediente Legali Luis Javier Catacolí Dinas 9002733-08.2019.0.00.0001 Juvenal Montero González 9002180-58.2019.0.00.0001 Josué Yobanny Linares Hernández 9001220-05.2019.0.00.0001 José Harbey Peña Ramírez 9000591-31.2019.0.00.0001 Jorge Mario Betancur Bañol 1500274-78.2020.0.00.0001 Humberto Estacio 9002180-58.2019.0.00.0001 Hernán Alonso Ángel Hernández 0000025-36.2022.0.00.0001 Francisco Javier Restrepo Restrepo 9002295-79.2019.0.00.0001 César Salazar 9002733-08.2019.0.00.0001 Carlos Eduardo Mogrovejo Zapata 9000204-50.2018.0.00.0001 Carlos Andrés Morales Ruiz 9002733-08.2019.0.00.0001 Luis Fernando Cardona 0000025-36.2022.0.00.0001 Francisco Javier Cortés Guapacha 0000025-36.2022.0.00.0001
Carlos Andrés Morales Ruiz 9002733-08.2019.0.00.0001 Luis Fernando Cardona 0000025-36.2022.0.00.0001 Francisco Javier Cortés Guapacha 0000025-36.2022.0.00.0001 Jhon Armando Rodríguez Rojas 1501609-93.2024.0.00.0001 Juan Carlos Ostos Cepeda 9002069-74.2019.0.00.0001 Julio César Álvarez Pedrero 9000106-94.2020.0.00.0001 Edwin Javier Madroñero Quemba 9001769-15.2019.0.00.0001 Luis Enaldo Díaz Tegue 9002733-08.2019.0.00.0001 Ángel Octavio Cárdenas Sarta 9002733.08-2019.0.00.0001 Jorge Eliécer Quintero García 9002295-79.2019.0.00.0001
ASUNTO
Procede el despacho a decretar la apertura formal de la ruta de articulación con la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN) para efectos dePágina 2 de 18
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implementar procesos restaurativos en relación con casos de competencia de la Subsala Tercera Especial de Conocimiento y Decisión de la Ruta No Sancionatoria (SUB3NS) de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas (SDSJ) en la región del Eje Cafetero.
CONSIDERACIONES
1. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 28 y 84 de la Ley 1820 de
en la región del Eje Cafetero.
CONSIDERACIONES
1. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 28 y 84 de la Ley 1820 de 2016 y 1957 de 2019, la JEP tiene por objetivo satisfacer el derecho de las víctimas a la justicia, ofrecer verdad a la sociedad colombiana, contribuir al logro de una paz estable y duradera, y adoptar decisiones que otorguen plena seguridad jurídica a quienes participaron de manera directa o indirecta en el conflicto armado interno.
2. En ese sentido, corresponde a la SDSJ resolver la situación jurídica, entre otros, de los agentes del Estado integrantes de la fuerza pública y terceros civiles que no hayan tenido una participación determinante en los crímenes más graves y representativos acaecidos durante el conflicto armado . Para ello es necesario verificar el cumplimiento de sus obligaciones con el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, específicamente en lo relativo a sus aportes a la verdad, la reparación y la no repetición.
3. Mediante la Resolución PSDSJ No. 021 del 13 de diciembre de 2023 1, la Presidencia de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas ( SDSJ) conformó, entre otras, la Subsala Tercera Especial de Conocimiento y Decisión de la Ruta No Sancionatoria (SUB3NS) integrada por la magistrada Sandra Jeannette Castro Ospina y el magistrado Mauricio García Cadena.
4. A dicha Subsala le fue asignado el conocimiento de los asuntos correspondientes a los departamentos de Amazonas, Arauca, Boyacá, Caldas,
Ospina y el magistrado Mauricio García Cadena.
4. A dicha Subsala le fue asignado el conocimiento de los asuntos correspondientes a los departamentos de Amazonas, Arauca, Boyacá, Caldas, Caquetá, Cundinamarca, Guainía, Guaviare, Meta, Nariño, Putumayo, Quindío, Risaralda, Santander, Vaupés y Vichada. Además, se le atrib uyó plena autonomía para determinar su metodología de trabajo, planificar y ejecutar
1 Adicionada por la Resolución No. 003 del 11 de abril de 2024 y modificada por la Resolución PSDSJ No. 020 del 09 de octubre de 2024.Página 3 de 18
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audiencias, recaudar y contrastar la información que en ellas se obtenga, además de tomar las decisiones de impulso y de fondo a que haya lugar.
5. Adicionalmente, mediante la Resolución 263 del 24 de enero de 2024 2, la SUB3NS acordó, respecto de los departamentos que la conforman, la siguiente
división interna:
a) El despacho de la magistrada Sandra Jeannette Castro Ospina conoce de los casos relacionados con los departamentos de Arauca, Caquetá, Meta, Putumayo y Vichada.
b) El despacho del magistrado Mauricio García Cadena conoce de los casos relacionados con los departamentos de Amazonas, Boyacá, Caldas, Cundinamarca, Guainía, Guaviare, Nariño, Quindío, Risaralda, Santander y Vaupés3.
6. Pues bien, entre los comparecientes cuyos casos se encuentran asignados a l
Cundinamarca, Guainía, Guaviare, Nariño, Quindío, Risaralda, Santander y Vaupés3.
6. Pues bien, entre los comparecientes cuyos casos se encuentran asignados a l despacho del suscrito se encuentran aquellos enlistados a continuación, quienes están vinculados, entre otros , a procesos adelantados en relación con los
siguientes hechos victimizantes:
Compareciente Hechos victimizantes Luis Javier Catacolí Dinas Homicidio de José Gregorio Galvis Jiménez, Adrián Vélez Londoño, Guillermo Iván Mejía Sánchez y Jhon Fredy Espinosa (Chinchiná, Caldas, 19 de agosto de 2007) Homicidio de Julián Andrés Torres Castañeda, Jorge Luis García Gómez y Luis Ferney García Gómez (Manizales, Caldas, 27 de agosto de 2007) Juvenal Montero González Homicidio de Severo Antonio Ramos Ortega (26 de febrero de 2007 en El Tambo, Cauca)
2 Modificada por la Resolución No. 3052 del 19 de septiembre de 2024 que asignó el departamento de Nariño al magistrado Mauricio García Cadena. 3 A la luz de lo mencionado, debe ponerse de presente que mediante la Resolución PSDSJ No. 12 del 31 de julio de 2024, la Presidencia de la SDSJ aclaró que la competencia de las Subsalas Especiales de Conocimiento y Decisión Costa Caribe – Cementerio Católico Las Mercedes de Dabeiba, Casanare, Catatumbo, Primera, Segunda y Tercera recae sobre todos los solicitantes y comparecientes que fueron miembros de la fuerza pública de acuerdo con los
Costa Caribe – Cementerio Católico Las Mercedes de Dabeiba, Casanare, Catatumbo, Primera, Segunda y Tercera recae sobre todos los solicitantes y comparecientes que fueron miembros de la fuerza pública de acuerdo con los criterios territoriales, con independencia de los macrocasos abiertos por la SRVR. Asimismo, en esta decisión se precisó que la competencia de las mencionadas Subsalas incluye a los terceros y agentes del Estado no integrantes de la fuerza pública -AENIFPUque participaron en los patrones de macrocriminalidad de ejecuciones extrajudiciales perpetrados por la fuerza pública de acuerdo con las competencias territoriales de cada Subsala.Página 4 de 18
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Compareciente Hechos victimizantes Homicidio de Walter Ray Caldas Cano, Jorge Antonio Benavides Enríquez, Alix Amparo Insuasty Serna, Joiver Fernando Henao, Alexander Motta, Juan Carlos Perafán Guevara (Manizales, Caldas, 5 de marzo de 2008) Josué Yobanny Linares Hernández Homicidio de Walter Ray Caldas Cano, Jorge Antonio Benavides Enríquez, Alix Amparo Insuasty Serna, Joiver Fernando Henao, Alexander Motta, Juan Carlos Perafán Guevara (Manizales, Caldas, 5 de marzo de 2008) Homicidio de Rubén Darío Hernández Vega, Mario Alonso Gómez Aristizábal y Eddier Morales Llanos (Manizales, Caldas, 01 de diciembre de 2007) Homicidio de Ronald Mauricio González, Luis Guillermo González Eljaik, Ricardino Escobar Restrepo
Aristizábal y Eddier Morales Llanos (Manizales, Caldas, 01 de diciembre de 2007) Homicidio de Ronald Mauricio González, Luis Guillermo González Eljaik, Ricardino Escobar Restrepo (Santa Rosa de Cabal, Risaralda, 16 de enero de 2008) Homicidio de Darbey Mosquera Castillo, Alex Hernando Ramírez Hurtado y José Didier Marín Camacho (Manizales, Caldas, 08 de febrero de 2008) Homicidio de Javier Andrés Moreno Marín y Janio César Sepúlveda Ámbito (29 de septiembre de 2007 en Neira, Caldas) José Harbey Peña Ramírez Homicidio de Carlos Andrés Churi Llanos y tentativa de homicidio de Félix Antonio Churi Llanos (08 de marzo de 2007 en Buenos Aires, Cauca) Homicidio de una persona no identificada (28 de mayo de 2007 en Caldono, Cauca) Homicidio de Héctor Mario Muñoz Daza (06 de agosto de 2007 en Marulanda, Caldas) Homicidio de Luis Carlos Perénguez de la Cruz (24 de agosto de 2007 en Marulanda, Caldas) Homicidio de Javier Andrés Moreno Marín y Janio César Sepúlveda Ámbito (29 de septiembre de 2007 en Neira, Caldas) Homicidio de Rubén Darío Hernández Vega, Mario Alonso Gómez Aristizábal y Eddier Morales Llanos (01 de diciembre de 2007 en Manizales, Caldas) Homicidio de Darbey Mosquera Castillo, Alex Hernando Ramírez Hurtado y José Didier Marín Camacho
Aristizábal y Eddier Morales Llanos (01 de diciembre de 2007 en Manizales, Caldas) Homicidio de Darbey Mosquera Castillo, Alex Hernando Ramírez Hurtado y José Didier Marín Camacho (8 de febrero de 2008 en Manizales, Caldas) Jorge Mario Betancur Bañol Homicidio de Camilo Alberto Becerra Gutiérrez y Rafael Ángel Molina Arias (8 de abril de 2006 en Filandia - Quindío)Página 5 de 18
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Compareciente Hechos victimizantes Homicidio de Carlos Arturo Vargas Pareja (23 de mayo de 2002 en Calarcá - Quindío) Homicidio de José Mesías Matabamchoy Bedoya (4 de enero de 2007 en Calarcá - Quindío) Homicidio de Juan Pablo Osorio Castro y James Andrés Salazar Gómez (28 de julio de 2007 en Quimbaya, Quindío) Humberto Estacio Homicidio de Walter Ray Caldas Cano, Jorge Antonio Benavides Enríquez, Alix Amparo Insuasty Serna, Joiver Fernando Henao, Alexander Motta, Juan Carlos Perafán Guevara (5 de marzo de 2008 en Manizales, Caldas,) Hernán Alonso Ángel Hernández Homicidio de Carlos Andrés Campo Henao (9 de febrero de 2008 en Calarcá, Quindío) Homicidio de Hugo Alexander Arias Calderón (4 de febrero de 2008 en Quimbaya, Quindío) Homicidio Rubén Darío Cardona Castro (5 de diciembre de 2007 en Filandia, Quindío) Francisco Javier
Homicidio de Hugo Alexander Arias Calderón (4 de febrero de 2008 en Quimbaya, Quindío) Homicidio Rubén Darío Cardona Castro (5 de diciembre de 2007 en Filandia, Quindío) Francisco Javier Restrepo Restrepo Homicidio de Rubén Darío Hernández Vega, Mario Alfonso Gómez Aristizábal, y tentativa de homicidio de Eddier Morales Llanos (1 de diciembre de 2007 en Manizales, Caldas) Homicidio de Carlos José López Trujillo, José Antonio González Ruiz (2 de septiembre de 2007 en Chinchiná, Caldas) César Salazar Homicidio de José Gregorio Galvis Jiménez, Adrián Vélez Londoño, Guillermo Iván Mejía Sánchez y Jhon Fredy Espinosa (19 de agosto de 2007 en Chinchiná, Caldas) Homicidio de Walter Ray Caldas Cano, Jorge Antonio Benavides Enríquez, Alix Amparo Insuasty Serna, Joiver Fernando Henao, Alexander Motta, Juan Carlos Perafán Guevara (5 de marzo de 2008 en Manizales, Caldas) Homicidio de Severo Antonio Ramos (26 de febrero de 2007 en Tambo, Cauca) Carlos Eduardo Mogrovejo Zapata Homicidio de Darbey Mosquera Castillo, Alex Hernando Ramírez Hurtado y José Didier Marín Camacho (8 de febrero de 2008 en Manizales, Caldas) Homicidio de Javier Andrés Moreno Marín y Janio César Sepúlveda Ámbito (29 de septiembre de 2007 en Neira, Caldas) Carlos Andrés Morales Ruiz Homicidio de Severo Antonio Ramos Ortega
Homicidio de Javier Andrés Moreno Marín y Janio César Sepúlveda Ámbito (29 de septiembre de 2007 en Neira, Caldas) Carlos Andrés Morales Ruiz Homicidio de Severo Antonio Ramos Ortega (26 de febrero de 2007 en El Tambo, Cauca) Homicidio de José Gregorio Galvis Jiménez, Adrián Vélez Londoño, Guillermo Iván Mejía Sánchez y Jhon Fredy Espinosa (19 de agosto de 2007 en Chinchiná, Caldas)Página 6 de 18
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Compareciente Hechos victimizantes Luis Fernando Cardona Homicidio de Carlos Andrés Campo Henao (9 de febrero de 2008 en Calarcá, Quindío) Homicidio de Hugo Alexander Arias Calderón (4 de febrero de 2008 en Quimbaya, Quindío) Homicidio de Juan Pablo Osorio Castro y James Andrés Salazar Gómez (28 de julio de 2007 en Quimbaya, Quindío) Homicidio de Jair Augusto Rivera Villegas (31 de agosto de 2006 en Circasia, Quindío) Francisco Javier Cortés Guapacha Homicidio de José Mesías Matabamchoy Bedoya (4 de enero de 2007 en Calarcá, Quindío) Homicidio de Carlos Andrés Campo Henao (9 de febrero de 2008 en Calarcá, Quindío) Homicidio de Duver César Gil Colmenares y otro (30 de abril de 2007 en Montenegro, Quindío) Homicidio de Hugo Alexander Arias Calderón (4 de febrero de 2008 en Quimbaya, Quindío)
Homicidio de Duver César Gil Colmenares y otro (30 de abril de 2007 en Montenegro, Quindío) Homicidio de Hugo Alexander Arias Calderón (4 de febrero de 2008 en Quimbaya, Quindío) Homicidio de Luis Alexander Ramírez Orjuela y otros (18 de junio de 2007 en La Victoria, Valle del Cauca) Jhon Armando Rodríguez Rojas Homicidio de Juan Pablo Osorio Castro y James Andrés Salazar Gómez (28 de julio de 2007 en Quimbaya, Quindío) Juan Carlos Ostos Cepeda Homicidio de Frandiney Martínez Quiroga (16 de noviembre de 2007 en Salamina, Caldas) Homicidio de Yohn Eison Soto Marín y Jhon Fredy Herrera Restrepo (28 de diciembre de 2007 en Manizales, Caldas) Homicidio de Manuel Augusto Torres Sánchez (29 de junio de 2008 en Barcelona, Quindío) Julio César Álvarez Pedrero Homicidio de Lorenzo Gallego Flórez (18 de agosto de 2007 en Marulanda, Caldas) Homicidio de Ronald Mauricio González, Luis Guillermo González Eljaik, Ricardino Escobar Restrepo (16 de enero de 2008 en Santa Rosa de Cabal, Risaralda) Homicidio de Darbey Mosquera Castillo, Alex Hernando Ramírez Hurtado y José Didier Marín Camacho (8 de febrero de 2008 en Manizales, Caldas) Homicidio de Walter Ray Caldas Cano, Jorge Antonio Benavides Enríquez, Alix Amparo Insuasty Serna, Joiver Fernando Henao, Alexander Motta, Juan Carlos Perafán Guevara
Homicidio de Walter Ray Caldas Cano, Jorge Antonio Benavides Enríquez, Alix Amparo Insuasty Serna, Joiver Fernando Henao, Alexander Motta, Juan Carlos Perafán Guevara (5 de marzo de 2008 en Manizales, Caldas) Edwin Javier Madroñero Quemba Homicidio de Javier Andrés Moreno Marín y Janio César Sepúlveda Ámbito (29 de septiembre de 2007 en Neira, Caldas)Página 7 de 18
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Compareciente Hechos victimizantes Homicidio de José Gregorio Galvis Jiménez, Adrián Vélez Londoño, Guillermo Iván Mejía Sánchez y Jhon Fredy Espinosa (19 de agosto de 2007 en Chinchiná, Caldas) Homicidio de Carlos Andrés Churi Llanos, Felix Antonio Churi Llanos (8 de marzo de 2007 en Buenos Aires, Cauca) Homicidio de Severo Antonio Ramos Ortega (26 de febrero de 2007 en El Tambo, Cauca) Luis Enaldo Díaz Tegue Homicidio de José Gregorio Galvis Jiménez, Adrián Vélez Londoño, Guillermo Iván Mejía Sánchez y Jhon Fredy Espinosa (19 de agosto de 2007 en Chinchiná, Caldas) Homicidio de Severo Antonio Ramos (26 de febrero de 2007 en El Tambo, Cauca) Homicidio de Luis Carlos Perénguez de la Cruz (24 de agosto de 2007 en Marulanda, Caldas) Homicidio de Carlos Andrés Churi Llanos, Felix Antonio Churi Llanos
Homicidio de Luis Carlos Perénguez de la Cruz (24 de agosto de 2007 en Marulanda, Caldas) Homicidio de Carlos Andrés Churi Llanos, Felix Antonio Churi Llanos (8 de marzo de 2007 en Buenos Aires, Cauca) Homicidio de una persona no identificada (28 de mayo de 2007 en Caldono, Cauca) Ángel Octavio Cárdenas Sarta Homicidio de José Gregorio Galvis Jiménez, Adrián Vélez Londoño, Guillermo Iván Mejía Sánchez y Jhon Fredy Espinosa (19 de agosto de 2007 en Chinchiná, Caldas) Jorge Eliécer Quintero García Homicidio de Rubén Darío Hernández Vega, Mario Alonso Gómez Aristizabal y tentativa de homicidio de Eddier Morales Llanos (1 de diciembre de 2007 en Manizales, Caldas) Homicidio de Carlos José López Trujillo y José Antonio González Ruiz (1 de septiembre de 2007 en Chinchiná, Caldas)
7. Por su parte, las siguientes víctimas indirectas han intervenido ante la JEP en
relación con estos hechos victimizantes:
Hecho victimizante Víctimas indirectas Representante Homicidio de Carlos Andrés Churi Llanos y tentativa de homicidio de Félix Antonio Churi Llanos Amparo Llanos Zamaris y Edinson Churi Llanos. Karen Milena Díaz Barriga Homicidio de Héctor Mario Muñoz Daza Sandra Milena Rodríguez Ortegón y Daniel Steven Muñoz Rodríguez. Karen Milena Díaz Barriga Homicidio de Lorenzo Gallego Flórez
Homicidio de Héctor Mario Muñoz Daza Sandra Milena Rodríguez Ortegón y Daniel Steven Muñoz Rodríguez. Karen Milena Díaz Barriga Homicidio de Lorenzo Gallego Flórez Estella Loaiza Escobar y Samuel Gallego Loaiza. Karen Milena Díaz Barriga Homicidio de José Gregorio Galvis Jiménez, Adrián Vélez Londoño, Ana Diosa Vélez Londoño y Carmen Rosa Londoño. Karen Milena Díaz BarrigaPágina 8 de 18
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Hecho victimizante Víctimas indirectas Representante Guillermo Iván Mejía Sánchez y Jhon Fredy Espinosa Homicidio de Luis Carlos Perénguez de la Cruz Blanca Nelly Garcés Quiceno. Karen Milena Díaz Barriga Homicidio de Javier Andrés Moreno Marín y Janio César Sepúlveda Ámbito María Atehortúa Duque, Jhon Fredy Sepúlveda Ámbito, María del Carmen Gómez Caicedo, Vanessa Moreno Rendón, Ángela María Atehortúa en representación suya y del menor de edad DFSA, Samuel Sepúlveda Atehortúa, Stiven Sepúlveda, Valentina Sepúlveda Cárdenas. Sandra Consuelo Villegas Arévalo
Carolina Ríos
Samuel Yossef Arévalo Homicidio de Rubén Darío Hernández Vega, Mario Alonso Gómez Aristizábal y Eddier Morales Llanos
Villegas Arévalo
Carolina Ríos
Samuel Yossef Arévalo Homicidio de Rubén Darío Hernández Vega, Mario Alonso Gómez Aristizábal y Eddier Morales Llanos Olga Lucía Otálvaro Trejos. Karen Milena Díaz Barriga Homicidio de Yohn Eison Soto Marín y Jhon Fredy Herrera Restrepo Myriam de Jesús Herrera Restrepo. Karen Milena Díaz Barriga Homicidio de Ronald Mauricio Gonzáles Morales, Luis Guillermo González Eljaik y Ricardo Escobar Restrepo Nataly González Giraldo, Isabella González Sanclemente, Johan Sebastián Cifuentes Giraldo y Jean Paul González Eljaik. Karen Milena Díaz Barriga Homicidio de Darbey Mosquera Castillo, Alex Hernando Ramírez Hurtado y José Didier Marín Camacho Alfamir Castillo Bermúdez, Gloria Shirley Valencia Polo y John Jairo Ortega Hurtado. Germán Romero Homicidio de Walter Ray Caldas Cano, Jorge Antonio Benavides Enríquez, Alix Amparo Insuasty Serna, Joiver Fernando Henao, Alexander Motta, Juan Carlos Perafán Guevara Lucinda Motta, María Luisa Álvarez Samudio, Dayana Karolina Benavides Álvarez, María del Carmen Eraso, Marlon Andrés Benavides Eraso, Dalys Roxana Benavides Eraso, María Oliva Benavides, Oscar Hernán Enríquez, Geraldini Camila Rojas Insuasti, Eri Fernando Rojas Benavides, Cristian Alexander
Andrés Benavides Eraso, Dalys Roxana Benavides Eraso, María Oliva Benavides, Oscar Hernán Enríquez, Geraldini Camila Rojas Insuasti, Eri Fernando Rojas Benavides, Cristian Alexander Motta Jaramillo, Sandra Liliana Cano Mosquera, Amparo Llanos, Dana Valentina Motta Insuasti, Doris Insuasti Erazo, Natali Alejandra Tobar Insuasti, Diego Jesús Téllez Insuasti, María Lidia Guevara y Ángela Viviana Insuasti Erazo. Yennifer Katerine Rodríguez Hernández (abogada de Lucinda Motta)
Karen Milena Díaz Barriga
Daniel Felipe Castrillón (abogado de Dana Valentina Motta Insuasti y Ángela Viviana Insuasti Erazo)Página 9 de 18
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Hecho victimizante Víctimas indirectas Representante Homicidio de José Mesías Matambachoy Bedoya Jhon Deiby Aguirre Bedoya, Luz Melba Bedoya Londoño y Elen Yarixa Matabamchoy Hernández Karen Milena Díaz Homicidio de Luis Alexander Ramírez Orjuela, Irmer Arcenio Rondón Peña, Luis Franquil Camacho Téllez, Juan Carlos Calderón Sánchez Cindry Paola Camacho Téllez, Nini Johana Camacho Téllez John Jairo Rodríguez Ruano Homicidio de Juan Pablo Osorio Castro y James Andrés Salazar Gómez Telma Aidee Castro Rivera, Luz
Cindry Paola Camacho Téllez, Nini Johana Camacho Téllez John Jairo Rodríguez Ruano Homicidio de Juan Pablo Osorio Castro y James Andrés Salazar Gómez Telma Aidee Castro Rivera, Luz Helena Osorio Castro, Diana Milena Mendieta Ruiz, Mariana Osorio Mendieta, Luz Marina Salazar Gómez Karen Milena Díaz Homicidio de Hugo Alexander Arias Calderón Yolanda Arias Calderón o de Valencia Héctor Andrés Rivera Restrepo Homicidio de Diego Alonso Castiblanco Aguirre Flor Alba Castiblanco Aguirre Jesús Fernando Rodríguez Kekhan Homicidio de Manuel Augusto Torres Sánchez Laurentina Torres Karen Milena Díaz
8. Por otra parte , la SUB3NS convocó a estos comparecientes y víctimas a las siguientes audiencias de aporte y contrastación de la verdad:
Hecho victimizante Fecha de la audiencia Homicidio de Darbey Mosquera Castillo, Alex Hernando Ramírez Hurtado y José Didier Marín Camacho 15 de octubre de 2024 14 de enero de 2025 10 y 12 de febrero de 2025 Homicidio de José Gregorio Galvis Jiménez, Adrián Vélez Londoño, Guillermo Iván Mejía Sánchez y Jhon Fredy Espinosa 16 de octubre de 2024 10 y 12 de febrero de 2025 31 de marzo y 1 de abril de 2025 Homicidio de Frandiney Martínez Quiroga 16 de octubre de 2024 Homicidio de Yohn Eison Soto Marín y Jhon
10 y 12 de febrero de 2025 31 de marzo y 1 de abril de 2025 Homicidio de Frandiney Martínez Quiroga 16 de octubre de 2024 Homicidio de Yohn Eison Soto Marín y Jhon Fredy Herrera Restrepo 16 de octubre de 2024 Homicidio de Javier Andrés Moreno Marín y Janio César Sepúlveda Ámbito 16 de octubre de 2024 10 y 12 de febrero de 2025 31 de marzo y 1 de abril de 2025 Homicidio de Severo Antonio Ramos 17 de octubre de 2024 31 de marzo y 1 de abril de 2025 17 de octubre de 2024Página 10 de 18
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Hecho victimizante Fecha de la audiencia Homicidio de Julián Andrés Torres Castañeda, Jorge Luis García Gómez y Luis Ferney García Gómez 31 de marzo y 1 de abril de 2025 Homicidio de Rubén Darío Hernández Vega, Mario Alonso Gómez Aristizábal y Eddier Morales Llanos 17 de octubre de 2024 Homicidio de Luis Carlos Perénguez de la Cruz 2 de diciembre de 2024 31 de marzo y 1 de abril de 2025 Homicidio de Lorenzo Gallego Flórez 2 de diciembre de 2024 Homicidio de Héctor Mario Muñoz Daza 3 de diciembre de 2024 31 de marzo y 1 de abril de 2025 Homicidio de Carlos Andrés Churi Llanos y tentativa de homicidio de Félix Antonio Churi Llanos 4 de diciembre de 2024
3 de diciembre de 2024 31 de marzo y 1 de abril de 2025 Homicidio de Carlos Andrés Churi Llanos y tentativa de homicidio de Félix Antonio Churi Llanos 4 de diciembre de 2024 31 de marzo y 1 de abril de 2025 Homicidio de Ronald Mauricio Gonzáles Morales, Luis Guillermo González Eljaik y Ricardino Escobar Restrepo 3 de diciembre de 2024 10 y 12 de febrero de 2025 Homicidio de Walter Ray Caldas Cano, Jorge Antonio Benavides Enríquez, Alix Amparo Insuasty Serna, Joiver Fernando Henao, Alexander Motta, Juan Carlos Perafán Guevara 4 de diciembre de 2024 15 de enero de 2025 10 y 12 de febrero de 2025 Homicidio de una persona no identificada 31 de marzo y 1 de abril de 2025 Homicidio de Carlos Arturo Vargas Pareja 15 de septiembre de 2025 Homicidio de Camilo Alberto Becerra Gutiérrez y Rafael Ángel Molina Arias 15 de septiembre de 2025 Homicidio de José Mesías Matabamchoy Bedoya 16 de septiembre de 2025 Homicidio de Carlos Andrés Campo Henao 18 de septiembre de 2025 Homicidio de Duver César Gil Colmenares y otro 29 de septiembre de 2025 Homicidio de Hugo Alexander Arias Calderón 29 de septiembre de 2025 Homicidio de Luis Alexander Ramírez Orjuela y otros 30 de septiembre de 2025 Homicidio de Manuel Augusto Torres Sánchez 30 de septiembre de 2025 Homicidio de Diego Alonso Castiblanco
Homicidio de Luis Alexander Ramírez Orjuela y otros 30 de septiembre de 2025 Homicidio de Manuel Augusto Torres Sánchez 30 de septiembre de 2025 Homicidio de Diego Alonso Castiblanco Aguirre 1 de octubre de 2025Página 11 de 18
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9. En estas audiencias, en el marco de un proceso dialógico y restaurativo, los comparecientes realizaron sus aportes de verdad, que fueron contrastados por este despacho, y complementaron los aportes previamente realizados por ellos a través de sus escritos de compromiso claro, concreto y programado. Así mismo, la magistratura les otorgó a las víctimas, a sus representantes y al Ministerio Público diferentes espacios para realizar sus intervenciones, en garantía del principio de centralidad de las víctimas y participación efectiva. Finalmente , algunos de los comparecientes reconocieron su responsabilidad frente a la comisión de los hechos victimizantes anteriormente mencionados.
10. Ahora bien, algunas víctimas expusieron también sus iniciativas en materia de reparación. Por su parte, los comparecientes señalaron las actividades adelantadas por ellos en esta materia; en ese sentido, algunos de ellos han manifestado estar vinculados al proceso de acompañamiento a comparecientes de la fuerza pública ante la JEP adelantado por la ARN, al tenor de lo establecido en los artículos 17 y 18 del Plan Nacional de Desarrollo 2022 – 2026 (expedido mediante Ley 2294 de 19 de mayo de 2023).
11. Pues bien, el mencionado artículo 18 de la Ley 2294 de1 9 de mayo de 2023
establece lo siguiente:
mediante Ley 2294 de 19 de mayo de 2023).
11. Pues bien, el mencionado artículo 18 de la Ley 2294 de1 9 de mayo de 2023
establece lo siguiente:
ARTÍCULO 18°. PROCESO DE ACOMPAÑAMIENTO A MIEMBROS
ACTIVOS Y RETIRADOS DE LA FUERZA PÚBLICA DURANTE LA
COMPARECENCIA ANTE LA JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ.
Créese el Proceso de Acompañamiento dirigido a los miembros activos y retirados de la Fuerza Púb lica que hubieran realizado conductas punibles por causa, con ocasión o en relación directa o indirecta con el conflicto armado y se encuentren sometidos y cumpliendo con las obligaciones, derivadas del régimen de condicionalidad de la Jurisdicción Especia l para la Paz, siempre q ue se encuentren en libertad, el cual estará a cargo de la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN) o la entidad que haga sus veces.
Hecho victimizante Fecha de la audiencia Homicidio de Juan Pablo Osorio Castro y James Andrés Salazar Gómez 2 de octubre de 2025 Homicidio de Jair Augusto Rivera Villegas 28 de octubre de 2025 Homicidio Rubén Darío Cardona Castro 29 de octubre de 2025Página 12 de 18
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12. Este artículo fue reglamentado por la ARN a través de la Resolución 1578 de 2024, en cuyo artículo 41 hace referencia a la posibilidad de que los comparecientes participen en procesos restaurativos liderados por la ARN , en
los siguientes términos:
de 2024, en cuyo artículo 41 hace referencia a la posibilidad de que los comparecientes participen en procesos restaurativos liderados por la ARN , en los siguientes términos:
ARTÍCULO 41. BENEFICIO DE PARTICIPACIÓN EN LOS PROCESOS RESTAURATIVOS LIDERADOS POR LA ARN. El beneficio de acompañamiento en los procesos restaurativos permite crear condiciones que favorezcan la participación de las víctimas, de los destinatarios del Proceso de Acompañamiento y de la comunidad en general, con el fin de reflexionar sobre lo ocurrido en el marco del conflicto armado interno, reconocer el daño y las responsabilidades, promoviendo la dignificación de sus participantes y generando condiciones que contribuyan a la reparación, la no repetición y la reconstrucción del tejido social.
El beneficio de participación en los procesos restaurativos y las acciones que se deriven del mismo se prestará y liderará por esta Agencia a través de metodologías, etapas y acciones específicas bajo el principio dialógico y los pilares de la justicia tra nsicional restaurativa, los enfoques diferenciales vinculados en la presente resolución.
Este beneficio tendrá carácter voluntario, a solicitud del miembro activo y retirado de la Fuerza Pública en Proceso de Acompañamiento y se registra en el Plan de Acompañamiento su participación y cumplimiento hasta la finalización de este según las metodologías implementadas por la Agencia.
13. En este contexto, en reunión celebrada el 5 de noviembre de 2025, la ARN informó al despacho sobre la disponibilidad de recursos económicos y humanos para efectos de adelantar acciones restaurativas concretas que permitan a los comparecientes cumplir con sus obligaciones ante la JEP y, al mismo tiempo,
informó al despacho sobre la disponibilidad de recursos económicos y humanos para efectos de adelantar acciones restaurativas concretas que permitan a los comparecientes cumplir con sus obligaciones ante la JEP y, al mismo tiempo, contribuyan a la reparación integral de sus víctimas.
14. Siendo así, el despacho informará sobre el inicio de la ruta de articulación con la ARN para efectos de implementar procesos restaurativos en relación con casos de competencia de la SUB3NS ocurridos en la región del Eje Cafetero . De este proceso harán parte, en principio , los siguientes comparecientes ya
vinculados a la ARN:
Compareciente Cédula de ciudadanía Luis Javier Catacolí Dinas 79.732.838 Juvenal Montero González 83.248.550Página 13 de 18
SUB3NS CA S O EJ E CA F E T E R O
Compareciente Cédula de ciudadanía Josué Yobanny Linares Hernández 79.629.839 José Harbey Peña Ramírez 16.843.967 Jorge Mario Betancur Bañol 4.546.594 Humberto Estacio 94.303.756 Hernán Alonso Ángel Hernández 70.852.602 Francisco Javier Restrepo Restrepo 75.077.088 César Salazar 94.498.346 Carlos Eduardo Mogrovejo Zapata 88.249.864 Carlos Andrés Morales Ruiz 4.752.165 Ángel Octavio Cárdenas Sarta 94.488.337 Jorge Eliécer Quintero García 75.090.725
15. Ahora bien, en la reunión en cuestión, la ARN informó al despacho sobre la posibilidad de incluir en este proceso restaurativo a siete
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