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JEP - Resolución SDSJ 3938 31 octubre de 2022

JEP - Jurisdicción Especial para la Paz

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Detalles

Título
JEP - Resolución SDSJ 3938 31 octubre de 2022
Autor
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Transicional
Año
2022

SALA DE DEFINICIÓN DE SITUACIONES JURÍDICAS

HERNÁN IÑIGO DE JESÚS GOMEZ Y KATIA

PATRICIA SÁNCHEZ MEJIA

REPÚBLICA DE COLOMBIA

JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

SALAS DE JUSTICIA

SALA DE DEFINICIÓN DE SITUACIONES JURÍDICAS

RESOLUCIÓN No. 3938

Bogotá D.C., Treinta y uno (31) de octubre de dos mil veintidós (2022)

Expediente SAJ: 9000863-59.2018.0.00.0001

Solicitantes: HERNÁN IÑIGO DE JESÚS GOMEZ

HERNÁNDEZ y KATIA PATRICIA SÁNCHEZ MEJÍA Identificación: C.C. 19.165.025 y 39.972.898.

Calidad: Terceros Situación jurídica: Condenados y con orden de captura Asunto: Atiende un requerimiento

I. ASUNTO POR RESOLVER Procede este despacho de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz, en adelante –SDSJ–, a atender un requerimiento proveniente de la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad y de Determinación de Hechos y Conductas –SRVR–.

II. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO

1. Mediante Auto SRVNH-04/05-38 de 2022 correspondiente a la Situación Territorial de Urabá, la Magistrada relatora de la SRVR de la JEP solicitó a la Sub Sala B de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas y a la Secretaría Judicial de la SDSJ el acceso a los expedientes digitales que se encuentren bajo

custodia en dichos despachos y que corresponden a los solicitantes de comparecencia voluntarios terceros civiles o Agentes del Estado No 1 integrantes de la Fuerza Pública –AENIFPU– WILSON ANTONIO CHAVERRA GONZÁLEZ, identificado con la cédula de ciudadanía No. 11.794.835; HECTOR DUQUE ECHEVERRY, identificado con la cédula de ciudadanía No. 15.380.922; HERNÁN IÑIGO DE JESÚS GÓMEZ HERNÁNDEZ, identificado con la cédula de ciudadanía No. 19.165.025 al tiempo que reiteró lo solicitado mediante Auto SRVNH 04/05-13/21 respecto a las copias de las piezas procesales del expediente de ZULEMA DEL

CARMEN JATIN CORRALES.

2. El acceso al expediente se solicitó para que se haga efectivo respecto del profesional grado 33 del despacho relator de la STU Fabián Oyaga Martínez, la profesional grado 33 en movilidad Nury Peralta Cardoso y la Magistrada sustanciadora del macro caso 04.

3. Como sustento de la solicitud, consideró que el día 11 de septiembre de 2018 la Sala de Reconocimiento profirió el Auto SRVN No. 040 avocando conocimiento de la Situación Territorial de Urabá, y, en el presente caso, se hizo mención a que mediante resolución 2935 de 12 de agosto de 2022, la Sub Sala Dual de la SDSJ decidió aceptar la solicitud de sometimiento del señor

HERNÁN IÑIGO DE JESÚS GÓMEZ HERNÁNDEZ, identificado con la

cédula de ciudadanía número 19.165.025 por los hechos por los cuales fue condenado en el proceso ante el Juzgado Quinto Penal del Circuito Especializado de Medellín, relacionados con el acuerdo criminal entre grupos empresariales palmicultores y las Autodefensas Campesinas de Córdoba y Urabá y el Bloque Elmer Cárdenas de las AUC para la implementación de proyectos agroindustriales y el despojo de tierras y el desplazamiento de comunidades en la región de las cuencas de los ríos Jiguamiandó y Curvaradó.

4. En efecto, al tiempo que se aceptaba el sometimiento del compareciente IÑIGO DE JESÚS GÓMEZ HERNANDEZ en la resolución 2935 de 12 de agosto de 2022 la SDSJ ordenó comunicar a la SRVR, específicamente al despacho relator del macrocaso 04 como quiera que las conductas se encuentran relacionadas con el caso.

5. De otro lado, tal como se menciona en el requerimiento de la SRVR, en la SENIT 1 se promovió la implementación de los principios de cooperación, coordinación y articulación armónica, así como la armonización funcional 2 intra orgánica distinguiendo ente los diferentes órganos de la JEP las competencias concurrentes pero diferenciadas.

6. Con fundamento en lo anterior, el requerimiento de la SRVR deviene atendible con el fin de que la Magistrada relatora y los profesionales universitarios grado 33 mencionados accedan, con fines de consulta, al expediente de la SEJUD de la Secretaría de la SDSJ respecto del caso del señor

HERNÁN IÑIGO DE JESÚS GMEZ HERNÁNDEZ.

7. Por lo anteriormente expuesto, este despacho de la Sala de Definición de

Situaciones Jurídicas,

III. RESUELVE: PRIMERO: AUTORIZAR el acceso al expediente Legali 900086359.2018.0.00.0001 al profesional grado 33 del despacho relator de la STU Fabián Oyaga Martínez; a la profesional grado 33, en movilidad Nury Peralta Cardoso y la Magistrada sustanciadora del macro caso 04.

SEGUNDO: REQUERIR a la Secretaría Judicial de la SDSJ para que se realicen las coordinaciones necesarias que permitan crear las credenciales de acceso al expediente digital 9000863-59.2018.0.00.0001 correspondiente al

compareciente HERNÁN IÑIGO DE JESÚS GÓMEZ HERNÁNDEZ.

COMUNÍQUESE Y CUMPLASE,

CAMILO ANDRÉS SUÁREZ ALDANA

Magistrado 3

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