JEP - Sentencia TP SAR 001 17 diciembre de 2025

JEP - Jurisdicción Especial para la Paz

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Título
JEP - Sentencia TP SAR 001 17 diciembre de 2025
Autor
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Transicional
Año
2025

1 S E C C I Ó N D E P R I M E R A I N S T A N C I A P A R A C A S O S D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O D E V E R D A D Y R E S P O N S A B I L I D A D E X P E D I E N T E L E G A L I: 0 0 0 3 0 6 40 4 . 2 0 2 3 . 0 . 0 0 . 0 0 0 2

REPÚBLICA DE COLOMBIA

JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

TRIBUNAL PARA LA PAZ

SECCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA PARA CASOS DE AUSENCIA DE

RECONOCIMIENTO DE VERDAD Y RESPONSABILIDAD

SUBSECCIÓN 1

SENTENCIA TP-SAR-No. 001 de 2025

JUICIO ADVERSARIAL

Bogotá, D.C., 17 de diciembre de 2025

Radicado SAJ: 0003064-04.2023.0.00.0002

Acusado: Asunto:

Magistrada sustanciadora: Publio Hernán Mejía Gutiérrez Sentencia sancionatoria

Reinere de los Ángeles Jaramillo Chaverra

I. ASUNTO POR RESOLVER

La Subsección 1 1 de la Sección de Primera Instancia para casos de Ausencia de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad (en adelante SAR), procede a emitir sentencia 2 dentro del proceso adversarial transicional que se adelanta

La Subsección 1 1 de la Sección de Primera Instancia para casos de Ausencia de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad (en adelante SAR), procede a emitir sentencia 2 dentro del proceso adversarial transicional que se adelanta contra el Coronel (r) Publio Hernán Mejía Gutiérrez , quien fue acusado por la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP (en adelante UIA) por la comisión de los delitos de homicidio en persona protegida, desaparición forzada y tortura en persona protegida.

1 La Subsección se encuentra integrada por la magistrada Reinere de los Ángeles Jaramillo Chaverra (ponente), y los magistrados Gustavo Adolfo Salazar Arbeláez y Raúl Eduardo Sánchez Sánchez. 2 De acuerdo con las exigencias previstas en el artículo 170 de la Ley 600 de 2000, el 162 de la Ley 906 de 2004, artículo 74 de la Ley 1957 de 20192

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TABLA DE CONTENIDO

I. ASUNTO POR RESOLVER .............................................................................................. 1

TABLA DE CONTENIDO ........................................................................................................ 2

TABLA DE CONTENIDO

I. ASUNTO POR RESOLVER .............................................................................................. 1

TABLA DE CONTENIDO ........................................................................................................ 2

II. IDENTIDAD DEL ACUSADO ........................................................................................... 5 2.1. Identificación e individualización................................................................................ 5 2.2. Resumen hoja de vida, durante el tiempo de servicio en el Batallón de Infantería

No. 2 La Popa de Valledupar (9 de enero de 2002 y el 8 de enero de 2004) ................. 5

III. ANTECEDENTES PROCESALES RELEVANTES ......................................................... 7 3.1. En la justicia ordinaria ................................................................................................... 7 3.2. En la Jurisdicción Especial para la Paz ...................................................................... 10 3.2.1. En sede de tutela .................................................................................................... 10 3.2.2. Procedimiento dialógico en la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de Hechos y Conductas (SRVR) .................. 11 3.2.3. Procedimiento adversarial transicional ............................................................. 13

IV. CONSIDERACIONES .................................................................................................... 113 4.1. Competencia ............................................................................................................... 113 4.2. Problema jurídico ....................................................................................................... 113 4.3. Sobre la nulidad planteada ....................................................................................... 114 4.4. Contexto ....................................................................................................................... 123 4.4.1 La situación contextual. ....................................................................................... 123 4.4.2. La doctrina militar y lucha contrainsurgente. ................................................. 124 4.4.3. La coexistencia de actores armados e intereses económicos en el Cesar y zonas aledañas y el rol de las Fuerzas militares. ................................................................. 129 4.4.4. Incidencia del paramilitarismo en las instituciones estatales en general y en el ejército de manera particular. .................................................................................. 139

aledañas y el rol de las Fuerzas militares. ................................................................. 129 4.4.4. Incidencia del paramilitarismo en las instituciones estatales en general y en el ejército de manera particular. .................................................................................. 139 4.4.5. Las alertas y advertencias previas vinculadas con los asesinatos ................ 145 4.4.6. Caracterización del BAPOP No. 2 ..................................................................... 150 4.5. Análisis probatorio del Patrón de macrocriminalidad ......................................... 159

  1. Existencia de un Ilegal Aparato Organizado de Poder [IAOP] ........................... 168 ii. Las ejecuciones extrajudiciales como factor central de evaluación del éxito militar y la presentación de resultados operacionales. ......................................................... 192 iii. Incentivos y presión institucional: la meta de demostrar eficacia operativa mediante bajas en combate. ......................................................................................... 198 iv. Conjunto de circunstancias que sirvieron para encubrir los hechos e impedir el acceso a la justicia. ......................................................................................................... 212 4.5.1 Primera Modalidad del Patrón ........................................................................... 2623

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  1. Primera variante. Hechos representativos 1, 2, 4, 5, 8, 9, 13, 16 y 29. ................. 289 ii. Segunda variante. Hechos representativos 11, 17, 24, 27, 32, 34 y 38. ............... 475 iii. Tercera variante. Hechos Representativos 15, 20, 22 y 23. ................................. 572 4.5.2. Segunda modalidad del patrón. Hechos representativos 6, 7, 12, 14, 19, 21, 25, 26, 30, 31, 33, 37. ............................................................................................................. 625 4.5.3. Tercera Modalidad del Patrón. Hechos representativos 10, 18 y 36. ........... 858 4.6. Análisis desde la perspectiva de enfoques diferenciales ...................................... 950

Enfoque diferencial etario. ........................................................................................... 952 Enfoque de Discapacidad ............................................................................................. 953 Enfoque de género. ....................................................................................................... 956 Enfoque étnico. .............................................................................................................. 970 4.7. Sobre los delitos objeto de acusación....................................................................... 977 4.7.1 Elementos contextuales de los crímenes de lesa humanidad y de guerra ... 977 4.7.2. Sobre los crímenes de Guerra ............................................................................ 980 4.7.3. Sobre los crímenes de lesa humanidad. ........................................................... 987 4.7.4. Concurrencia de los crímenes de guerra y de lesa humanidad .................... 995

4.7.3. Sobre los crímenes de lesa humanidad. ........................................................... 987 4.7.4. Concurrencia de los crímenes de guerra y de lesa humanidad .................... 995 4.7.5. Elementos específicos de los delitos imputados contra Publio Hernán Mejía Gutiérrez. ........................................................................................................................ 996 4.8. De la responsabilidad como fundamento de la sentencia .................................. 1009 4.8.1. Sobre la presunción de inocencia .................................................................... 1009 4.8.2. Sobre el proceso adversarial transicional y los estándares de prueba diferenciados ................................................................................................................ 1011 4.8.3. Sobre la responsabilidad penal ....................................................................... 1015 4.8.4. Sobre las formas de autoría y participación .................................................. 1021 4.9. Conclusión sobre responsabilidad del procesado ............................................... 1041 i) Presupuestos demostrados para imputación objetiva:....................................... 1043 ii) Presupuestos demostrados para la imputación subjetiva ................................ 1049 iii) Presupuestos demostrados frente a la configuración del elemento de la culpabilidad ................................................................................................................. 1069 4.10. La sanción en la JEP ............................................................................................... 1073 (i) Individualización de la pena, conforme a las normas y principios de la JEP 1075 (ii) Reglas del fuero carcelario ................................................................................... 1082 4.11. El daño probado y sus impactos analizados en esta providencia ................... 1085 i) Daño colectivo .......................................................................................................... 1087 ii) Daño individual ...................................................................................................... 10904

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  1. Daño colectivo .......................................................................................................... 1087 ii) Daño individual ...................................................................................................... 10904

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  1. La compatibilidad de la pena retributiva con el enfoque restaurativo de la JEP. ........................................................................................................................................ 1094 4.12. Efectos de la sentencia en términos de seguridad jurídica............................... 1112 4.13. Otras determinaciones. .......................................................................................... 1122

V. RESUELVE ...................................................................................................................... 1133

Índice de ilustraciones Ilustración 1 Línea de mando Batallón La Popa, año 2002. ............................................. 158 Ilustración 2 Línea de mando Batallón La Popa, año 2003. ............................................. 158 Ilustración 3 Vínculos jerárquicos y funcionales del IAOP. ............................................ 174 Ilustración 4: Modalidades y variables del Patrón de Macrocriminalidad. .................. 262 Índice de Tablas Tabla 1 Procesos por los que estaba siendo procesado Publio Hernán Mejía Gutiérrez.9 Tabla 2 Hechos relacionados con la primera modalidad del patrón, primera forma de proceder. ................................................................................................................................... 42

Índice de Tablas Tabla 1 Procesos por los que estaba siendo procesado Publio Hernán Mejía Gutiérrez.9 Tabla 2 Hechos relacionados con la primera modalidad del patrón, primera forma de proceder. ................................................................................................................................... 42 Tabla 3 Hechos relacionados con la primera modalidad del patrón, segunda forma de proceder. ................................................................................................................................... 43 Tabla 4 Hechos relacionados con la primera modalidad del patrón, tercera forma de proceder .................................................................................................................................... 44 Tabla 5 Hechos relacionados con la segunda modalidad del patrón. ............................. 45 Tabla 6 Hechos relacionados con la tercera modalidad del patrón. ................................ 46 Tabla 7 Características de las víctimas. .............................................................................. 231 Tabla 8 Investigaciones en la Justicia Penal Militar archivadas con relación a los hechos del JAT. ................................................................................................................................... 250 Tabla 9 Actas de levantamiento de cadáver y la respectiva necropsia .......................... 896 Tabla 10 Homicidio como crimen de guerra y de lesa humanidad ............................... 997 Tabla 11 Desaparición Forzada como crimen de lesa humanidad................................. 998 Tabla 12 Tortura en Persona Protegida como crimen de guerra y de lesa humanidad ................................................................................................................................................ 1000

Anexos Glosario Mapas5

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II. IDENTIDAD DEL ACUSADO

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2.1. Identificación e individualización

1. Publio Hernán Mejía Gutiérrez nació en Villavicencio (Meta) el 8 de diciembre de 1963. Es hijo de Rómulo Mejía y Sara Gutiérrez. Se identifica con la cédula de ciudadanía 79.313.511 expedida en Bogotá y su estado civil es casado.

Es coronel retirado del Ejército Nacional. Durante su vida militar realizó estudios universitarios como Profesional en Ciencias Militares (1986), cursos de Geopolítica Contemporánea y Globalización (2000) y Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario (2002). El 29 de abril de 2025 4 , en desarrollo del juicio oral, el procesado Mejía Gutiérrez señaló que es abogado con especializaciones en Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario; en Derecho Penal y en Seguridad y Defensa Nacional, con maestría en Derecho Probatorio Penal. 2.2. Resumen hoja de vida, durante el tiempo de servicio en el Batallón de Infantería No. 2 La Popa de Valledupar (9 de enero de 2002 y el 8 de enero de 2004)

Probatorio Penal. 2.2. Resumen hoja de vida, durante el tiempo de servicio en el Batallón de Infantería No. 2 La Popa de Valledupar (9 de enero de 2002 y el 8 de enero de 2004)

2. Se desempeñó como Comandante del Batallón de Artillería No. 2 La Popa de Valledupar, en adelante BAPOP No . 2, entre el 9 de enero de 2002 y el 8 de enero de 2004, lapso durante el cual tuvo varias felicitaciones por resultados operacionales y fue condecorado en varias oportunidades así

5 : 2.1. La “Medalla al mérito Ganadero” otorgada el 1 de enero de 2003 6 por la Cooperativa Integral Lechera del Cesar, como reconocimiento por su labor de garantizar la seguridad y el bienestar del sector ganadero de ese departamento.

2.2. Felicitación emitida el 29 de septiembre siguiente, mediante la cual el Jefe de Operaciones del Ejército Nacional (EJC) señala que, luego de hacer “un balance especial en lo trascurrido del presente año el Batallón de Artillería No. 2 “La Popa” ha obtenido los primeros resultados, destacándose como una de las mejores Unidades

3 Cfr. Folios 19 -24 - Expediente Legali 0003064 -04.2023.0.00.0002. 45. PUBLIO HERNAN MEJIA/10758HOJA DE VIDA-27112020-PUBLIO HERNAN MEJIA.pdf. 4 Cfr. Folio 8138. Expediente legali No. 0003064-04.2023.0.00.0002. Archivo. 20250429 Publio Hernán Mejía

01. Minuto: 31:42

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4 Cfr. Folio 8138. Expediente legali No. 0003064-04.2023.0.00.0002. Archivo. 20250429 Publio Hernán Mejía

01. Minuto: 31:42

5 Cfr. Folios 19 a 24 – Expediente legali No. 0003064 -04.2023.0.00.0002. Archivo: 10758 – Hoja de vida27112020PUBLIO HERNAN MEJIA900277409201800000001114.pdf. 6 Cfr. Folios 19 -24 - Expediente Legali 0003064 -04.2023.0.00.0002. 45. PUBLIO HERNAN MEJIA/Anexo 8.2 página 18.6

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Operativas Tácticas” 7 , razón por la cual felicitó a Publio Hernán Mejía Gutiérrez y al personal de esa unidad, por la excelente planeación, dirección y ejecución en las operaciones realizadas en esa jurisdicción.

2.3. La Medalla de Honor al Mérito María Concepción Lopera Fernández, concedida el 25 de noviembre de 2003 8 , por la Alcaldía Municipal de Valledupar,

las operaciones realizadas en esa jurisdicción.

2.3. La Medalla de Honor al Mérito María Concepción Lopera Fernández, concedida el 25 de noviembre de 2003 8 , por la Alcaldía Municipal de Valledupar, por haber contribuido al bienestar y orden ciudadano del municipio.

2.4. La “Medalla al mérito “CACIQUE UPAR” entregada el 4 de diciembre de ese año por el Gobernador (E) del Departamento del Cesar, Guillermo Castro Daza, por “neutralizar las acciones de los terroristas de las diferentes Organizaciones Armadas al margen de la Ley que delinque en el departamento del Cesar, recuperando para la ciudadanía cesarense la paz, la tranquilidad y la credibilidad en el Ejército Nacional” 9 .

2.5. Mención del 16 de diciembre de dicha anualidad, expedida por el Senado de la República, como reconocimiento a los “ excelentes resultados en la implementación de la política de seguridad democrática en el Departamento del Cesar en garantía de la soberanía Nacional” 10 .

2.6. Del 23 de diciembre de ese año, donde el Fondo Ganadero del Cesar, enaltece la labor desempeñada como comandante del batallón, por el “retorno de la tranquilidad de la región y la aparición de signos inequívocos de reactivación económica en el campo del Cesar” 11 .

2.7. Del 27 de diciembre de 2003, donde la Federación Nacional de Comerciantes (Fenalco) –Seccional Cesar-, exalta la labor de Publio Hernán Mejía Gutiérrez como comandante del batallón, en pro de la seguridad y tranquilidad de los comerciantes de Valledupar y de la comunidad en general.

(Fenalco) –Seccional Cesar-, exalta la labor de Publio Hernán Mejía Gutiérrez como comandante del batallón, en pro de la seguridad y tranquilidad de los comerciantes de Valledupar y de la comunidad en general.

2.8. Del 27 de diciembre de 2003, concedida por la Cámara de Comercio de Valledupar, que reconoce los esfuerzos realizados por Mejía Gutiérrez por la pacificación de la región.

7 Cfr. Folios 19 a 24 – Expediente legali No. 0003064 -04.2023.0.00.0002. Archivo: 10758 – Hoja de vida27112020PUBLIO HERNAN MEJIA900277409201800000001114.pdf. 8 Cfr. Folios 19 a 24 – Expediente legali No. 0003064 -04.2023.0.00.0002. Archivo: 10758 – Hoja de vida27112020PUBLIO HERNAN MEJIA900277409201800000001114.pdf. 9 Cfr. Folios 19 a 24 – Expediente legali No. 0003064 -04.2023.0.00.0002. Archivo: 10758 – Hoja de vida27112020PUBLIO HERNAN MEJIA900277409201800000001114.pdf. 10 Cfr. Folios 19 a 24 – Expediente legali No. 0003064 -04.2023.0.00.0002. Archivo: 10758 – Hoja de vida27112020PUBLIO HERNAN MEJIA900277409201800000001114.pdf. 11

27112020PUBLIO HERNAN MEJIA900277409201800000001114.pdf.

11 Cfr. Folios 19 a 24 – Expediente legali No. 0003064 -04.2023.0.00.0002. Archivo: 10758 – Hoja de vida27112020PUBLIO HERNAN MEJIA900277409201800000001114.pdf.7

S E C C I Ó N D E P R I M E R A I N S T A N C I A P A R A C A S O S D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O D E V E R D A D Y R E S P O N S A B I L I D A D E X P E D I E N T E L E G A L I: 0 0 0 3 0 6 40 4 . 2 0 2 3 . 0 . 0 0 . 0 0 0 2

III. ANTECEDENTES PROCESALES RELEVANTES 3.1. En la justicia ordinaria

3. En el presente acápite se hará un recuento de las diferentes actuaciones adelantadas por la justicia ordinaria, en las cuales el CR (r) Publio Hernán Mejía Gutiérrez fue formalmente vinculado y enterado del desarrollo de estas.

Asimismo, se señalará el estado actual de dichos procesos, en virtud de la competencia prevalente de la JEP 12 , tal como lo prevé el artículo 6 transitorio del Acto Legislativo 1 de 2017 13 . En contra del acusado se emitieron 2 sentencias las cuales no se encuentran ejecutoriadas a saber:

competencia prevalente de la JEP 12 , tal como lo prevé el artículo 6 transitorio del Acto Legislativo 1 de 2017 13 . En contra del acusado se emitieron 2 sentencias las cuales no se encuentran ejecutoriadas a saber:

4. La primera, fue dictada el 6 de septiembre de 2013 por el Juzgado 6º Penal del Circuito Especializado de Bogotá (radicado Nº 11001070400620090007102) , autoridad que resolvió entre otros, condenar a Publio Hernán Mejía Gutiérrez, José Pastor Ruiz Mahecha, Efraín Andrade Perea y Aureliano Quejada Quejada, a 19 años y 6 meses de prisión por el delito de concierto para delinquir. En ella se encontró probado que durante los años 2002 y 2003 existi eron “acuerdos celebrados (…) con miembros de las Autodefensas Uni das de Colombia (Bloque NorteFrente Mártires del Cacique Upar) (…). Se trataba de acuerdos de cooperación con esa organización armada ilegal, según la cual mientras los militares no combatían a los paramilitares y proveían de armas, municiones y materia l de intendencia a cambio RECIBIRÍAN personas de grupos guerrilleros y paramilitares castigados para que fueran ejecutados extrajudicialmente y luego presentarlos como positivos

14 ”. 4.1. Contra esa determinación se interpuso recurso de apelación, razón por la que las diligencias fueron enviadas a la Sala Penal del Tribunal Superior de esta ciudad, cuerpo colegiado que, en Auto del 9 de octubre de 2017 15 , concedió la

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las diligencias fueron enviadas a la Sala Penal del Tribunal Superior de esta ciudad, cuerpo colegiado que, en Auto del 9 de octubre de 2017 15 , concedió la

12 En ese sentido la Sección de Apelación en Auto TP -SA 1436 del 31 de mayo de 2023 indicó: “El Acto Legislativo 1 de 2017 (AL 1/17) estableció que la JEP tiene competencia prevalente frente a las demás jurisdicciones sobre los delitos perpetrados con anteri oridad al 1 de diciembre de 2016, que hayan sido cometidos por causa, con ocasión o en relación directa o indirecta con el conflicto armado. La comparecencia a la JEP es obligatoria respecto de los miembros de la Fuerza Pública y de los desmovilizados inte grantes de las FARC -EP; y voluntaria frente a terceros y agentes del Estado no integrantes de la Fuerza Pública. Ambos tipos de comparecientes pueden ingresar al Sistema si acreditan los factores temporal, personal y material de competencia, y siempre que cumplan con determinadas condiciones diseñadas para satisfacer los derechos de las víctimas del conflicto armado”. 13 Artículo transitorio 6. Competencia prevalente. El componente de justicia del SIVJRNR, conforme a lo establecido en el Acuerdo Final, prevalecerá sobre las actuaciones penales, disciplinarias o administrativas por conductas cometidas con ocasión, por causa o en relación directa o indirecta con el conflicto armado, al absorber la competencia exclusiva sobre dichas conductas. 14 Cfr. Folios 3 – 4 Expediente legali No. 0003064 -04.2023.0.00.0002. Carpeta: H ECHO N.1 PROCESO RAD. 8454.rar. Archivo: RAD. 8454 CUAD. 3.pdf. Folios 4 a 105. 15

RAD. 8454.rar. Archivo: RAD. 8454 CUAD. 3.pdf. Folios 4 a 105. 15 Así fue señalado por la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP, en Resolución 4975 del 18 de septiembre de 2019.Cfr. https://relatoria.jep.gov.co/documentos/providencias/3/3/Resoluci%C3%B3n_SDSJ -4975_18-septiembre2019.docx8

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libertad transitoria, condicionada y anticipada a Mejía Gutiérrez , de conformidad con lo previsto en el artículo 52 de la Ley 1820 de 2016. Asimismo, en sentencia del 14 de marzo de 2019 el referido Tribunal modificó el quantum punitivo fijando la pena en 170 de meses de prisión y confirmó el fallo de primera instancia en lo demás. 4.2. En contra de la sentencia de segundo grado se presentó casación y en Auto del 23 de octubre de 2019 (rad. 55687), la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia señaló que el conocimiento del proceso seguido contra el CR

4.2. En contra de la sentencia de segundo grado se presentó casación y en Auto del 23 de octubre de 2019 (rad. 55687), la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia señaló que el conocimiento del proceso seguido contra el CR (r) Publio Hernán Mejía Gutiérrez era competencia de la JEP, razón por la que decretó la ruptura procesal, en consecuencia, las diligencias seguidas contra los otros procesados continuaron en esa corporación y el proceso contra Mejía Gutiérrez fue remitido a esta jurisdicción.

5. La segunda, fue proferida el 31 de mayo de 2019 por el Juzgado 4º Penal del Circuito Especializado de Bogotá (radicado 110013107004201100062), despacho que condenó a Mejía Gutiérrez a 39 años y 6 meses de prisión por el punible de homicidio en persona protegida por la muerte de 20 personas en hechos ocurridos los días 2 de junio y 26 de octubre de 2002 (los cuales corresponde a los hechos 6 y 10 de la acusación presentada por la UIA). 5.1. Esa decisión fue apelada, motivo por el que las diligencias fueron enviadas a la Sala Penal del Tribunal Superior de ese Distrito Judicial, autoridad que el 2 de noviembre de 2017 le concedió al procesado la libertad transitoria, condicionada y antici pada respecto del proceso No. 110013107004201100062.

Adicionalmente, agrupó los siguientes procesos con el ya mencionado, y les ordenó a las respectivas autoridades judiciales dejar sin efecto las medidas de aseguramiento que se encontraran vigentes contra el acusado , por considerar que los hechos por los que estaba siendo procesado se relacionaban con el

ordenó a las respectivas autoridades judiciales dejar sin efecto las medidas de aseguramiento que se encontraran vigentes contra el acusado , por considerar que los hechos por los que estaba siendo procesado se relacionaban con el conflicto armado. Dichos procesos son los siguientes:

RADICADO AUTORIDAD

JUDICIAL VÍCTIMA (S) DELITOS 1. 8121 Juzgado 3° Penal

del Circuito Mixto de Valledupar José Miguel Palacio, Álvaro César Olivera y 2 NN. Homicidio en persona protegida en concurso homogéneo, desaparición forzada y fabricación, tráfico y porte de armas de fuego y municiones de uso privativo de las fuerzas armadas. 2. 8149 Juzgado Penal del Circuito Saulo Posada Rada Homicidio en persona protegida y porte de armas de fuego y9

S E C C I Ó N D E P R I M E R A I N S T A N C I A P A R A C A S O S D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O D E V E R D A D Y R E S P O N S A B I L I D A D E X P E D I E N T E L E G A L I: 0 0 0 3 0 6 40 4 . 2 0 2 3 . 0 . 0 0 . 0 0 0 2

RADICADO AUTORIDAD

JUDICIAL

VÍCTIMA (S) DELITOS Especializado de Valledupar municiones de uso privativo de las

RADICADO AUTORIDAD

JUDICIAL

VÍCTIMA (S) DELITOS Especializado de Valledupar municiones de uso privativo de las fuerzas armadas. 3. 8098 Juzgado Penal del Circuito Especializado de Valledupar Anuar de Armas Rincones Homicidio en persona protegida en concurso homogéneo, desaparición forzada y fabricación, tráfico y porte de armas de fuego y municiones de uso privativo de las fuerzas armadas. 4. 8173 Fiscalía 65 Especializada de DDHH de Bucaramanga Carlos Arturo Cáceres y Uriel Evangelista Arias Homicidio en persona protegida, secuestro simple agravado y fabricación, tráfico y porte de armas de fuego y municiones de uso privativo de las fuerzas armadas. 5. 8454 Fiscalía 65 Especializada de DDHH de Bucaramanga Jesús Emilio Márquez Gutiérrez Homicidio en persona protegida y desaparición forzada agravada 6. 8986 Fiscalía 65 Especializada de DDHH de Bucaramanga Jaider del Carmen Valderrama Ruiz, Iván Navarro Fontalvo y José Albernia Ortíz Homicidio en persona protegida en concurso homogéneo y sucesivo y concierto para delinquir Tabla 1 Procesos por los que estaba siendo procesado Publio Hernán Mejía Gutiérrez. 5.2. El mencionado Tribunal, en fallo del 22 de enero de 2021, confirmó la

concierto para delinquir Tabla 1 Procesos

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