JUZ CALI - 2014 10 Oct D761113121002201300010000Sentencia20141027103821
Juzgado de Cali
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Detalles
- Título
- JUZ CALI - 2014 10 Oct D761113121002201300010000Sentencia20141027103821
- Autor
- Juzgado de Cali
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Extinción de Dominio
- Año
- 2014
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO
ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS
GUADALAJARA DE BUGA, VALLE DEL CAUCA
Diciembre, nueve (9) de dos mil trece (2013)
Sentencia No. 011
Radicación: 76-111-31-21-002-2013-00010-00
1. EL OBJETO DE LA PROVIDENCIA
Dictar sentencia dentro de este proceso de Restitución y Formalización de Tierras, adelantado bajo los ritos de la Ley 1448 de 2011 , en razón a la solicitud elevada por la Unidad Administrativa Especial de Gestión de R estitución de Tierras Despojadas -Territorial Valle del Cauca-, a través de uno de sus abogados, en representación del señor JAVIER DE JESÚS LADINO RAMÍREZ y respecto del predio denominado “LAS MIRLAS ”, ubicado en la vereda El Bosque , Corregimiento Portugal de Piedras , municipio de Riofrío, departamento del Valle del Cauca, identificado con matrícula inmobiliaria número 384-29463 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Tuluá Valle, y cédula catastral 76-616-0002-0002-0299-000, con área de 8 ha. 8388 m2.
2. DE LA SOLICITUD Y LAS PRETENSIONES
El abogado designado por la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas -Territorial Valle del Cauca -, por razón del encargo conferido y en nombre del señor JAVIER DE JESÚS LADINO RAMÍREZ,
El abogado designado por la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas -Territorial Valle del Cauca -, por razón del encargo conferido y en nombre del señor JAVIER DE JESÚS LADINO RAMÍREZ, presentó solicitud para la restitución, en favor de su poderdante como heredero del causante MIGUEL ENRIQUE LADINO LARGO, del predio denominado “LAS MIRLAS”, ubicado en la vereda El Bosque, Corregimiento Portugal de Piedras, municipio de Riofrío, departamento del Valle del Cauca, identificado con matrícula inmobiliaria número 384-29463 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Tuluá Valle, y cédula catastral 76-616-00-02-0002-0299-000, con área de 8 ha. 8388 m2.Juzgado Segundo Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras - Guadalajara de Buga Valle Proceso de Restitución y Formalización de Tierras Abandonadas y Despojadas Radicado: 761113121002-2013-00010-00 Sentencia de Restitución No. 11
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En suma y co mo el grueso de las medidas restitutorias, depreca el apoderado del señor LADINO RAMÍREZ, se reconozca a su representado y a su núcleo familiar conformado por su conyugue ALINA MUÑOZ ASTAIZA y sus hijos VÍCTOR ARLEY, JESERMAIN, NORLEYDA y NORBEY LADINO MUÑ OZ, la calidad de víctimas de abandono forzado y por ende se proteja el derecho fundamental a la restitución y formalización de tierras en los términos reconocidos
VÍCTOR ARLEY, JESERMAIN, NORLEYDA y NORBEY LADINO MUÑ OZ, la calidad de víctimas de abandono forzado y por ende se proteja el derecho fundamental a la restitución y formalización de tierras en los términos reconocidos por la Ley 1448 de 2011 y sentencia T-821 de 2007. Que se reconozca el derecho de cuota corr espondiente al solicitante como heredero del señor MIGUEL ENRIQUE LADINO LARGO; se dé apertura a la sucesión con la convocatoria de las demás personas llamadas a suceder al causante y se proceda a la división del inmueble; subsidiariamente y si fuere proce dente, ordenar la restitución a la masa sucesoral de dicho predio.
3. LOS FUNDAMENTOS FÁCTICOS DE LA SOLICITUD
El escrito intro ductor cuenta que desde que nació el solicitante JAVIER DE JESÚS LADINO RAMÍREZ, en el año de 1948, vivió, en el predio reclamado, junto a sus padres MIGUEL ENRIQUE LADINO LARGO (asesinado) y MARÍA AURORA RAMÍREZ (fallecida) y sus hermanos MAGDALENA, MARÍA OLIVA, MIGUEL ANTONIO, MARÍA EDELMIRA, MARÍA FABIOLA, MARÍA CENAIDA, ALBA ESNEDA, BETSABÉ, CARMEN EMILIA, MARÍA DEL ROSARIO y JULIO CESAR LADINO RAMÍREZ; que en esa región se destacó como un líder campesino y hasta presidente de la Junta Administradora Local.
El abandono se produce el día 5 de octubre de 1993, como consecuencia
LADINO RAMÍREZ; que en esa región se destacó como un líder campesino y hasta presidente de la Junta Administradora Local.
El abandono se produce el día 5 de octubre de 1993, como consecuencia directa de los hechos de violencia que tuvieron oc urrencia en la morada del solicitante, episodio aciago conocido como “la masacre de Riofrío”, en la cual perdieron la vida trece (13) personas , entre ellas, seis (6) integrantes de la familia
LADINO.
Ese día, en la vereda El Bosque del corregimiento Port ugal de Piedras del municipio de Riofrío, siendo las 5:30 a.m., incursionaron militares bajo el pretexto de perseguir a la guerrilla del Ejército de Liberación Nacional –ELN–, ingresando violentamente a los domicilios de las familias campesinas, entre ella s la del señor LADINO RAMÍREZ, de donde fueron sacados y llevados por la fuerza a la Escuela (“San Juan Bosco” ), posteriormente sometidos a una presión psicológica e interrogados sobre el paradero de miembros de grupos armados disidentes , pues se les acusaba de pertenecer a los mismos. A las 8:30 a.m. la mayoría de losJuzgado Segundo Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras - Guadalajara de Buga Valle Proceso de Restitución y Formalización de Tierras Abandonadas y Despojadas Radicado: 761113121002-2013-00010-00 Sentencia de Restitución No. 11
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retenidos fueron llevados a la finca “LAS MIRLAS” donde fueron sometidos a actos de tortura física y finalmente, entre las 9:00 y 10:00 de la mañana, asesinados.
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retenidos fueron llevados a la finca “LAS MIRLAS” donde fueron sometidos a actos de tortura física y finalmente, entre las 9:00 y 10:00 de la mañana, asesinados.
Los integrantes de la famil ia LADINO que perdieron la vida en ese cruento suceso fueron: MIGUEL ENRIQUE LADINO, padre del solicitante, y sus hermanos MIGUEL ANTONIO, MARÍA CENAIDA, CARMEN EM ILIA y JULIO CESAR LADINO RAMÍREZ, así como la menor DORA ESTELA GAVIRIA LADINO.
Aproximadamente a las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.), las unidades militares simularon un enfrentamiento con las víctimas a quienes mostraron como personas muertas en comba te, efectuaron una serie de disparos desde y hacia l a vivienda del señor LADINO; pretendieron, con el cambio de la escena de l crimen, justif icar el cruento sacrificio de la población civil haciendo pasar a las víctimas como miembros del ELN y divulgar esa apariencia que reforzaron vistiendo a l os inmolados con prendas militares, pero sin p ercatarse que las balas atravesaban la piel y no los uniformes de los supuestos guerrilleros (Informe de la Comisión No Gubernamental de Esclarecimiento de Hechos de Violencia – Masacre de Riofrío – octubre 5 – 1993, blog “ La masacre de Riofrío, volver a los rostros del olvido, noticia del diario El País del 11 de marzo de 2003”).
La operación militar en la que se ejecutaron estos actos de barbari dad se conoció como “Destructor” y fue dirigida por el Teniente Coronel Luis Felipe
La operación militar en la que se ejecutaron estos actos de barbari dad se conoció como “Destructor” y fue dirigida por el Teniente Coronel Luis Felipe Becerra Bohórquez , comandante del Batallón de Artillería Palacé , y el Brigadier General Rafael Fernández López, comandante de la Tercera Brigada, quienes después de la masacre nombraron a cada una de las 13 víctimas como reconocidos guerrilleros de la cuadrilla “Luis Carlos Cárdenas ” del autodenominado Ejército de Liberación Nacional –ELN–.
El s olicitante JAVIER DE JESÚS LADINO RAMÍREZ se enteró de los hechos por medio de un informativo de televisión, en el cual se comunicaba el supuesto combate entre el ejército y miembros del ELN en la finca “LAS MIRLAS”, luego se comunica con un familiar quien le explica lo acontecido, decide no regresar a Riofrío para entonces radicarse e n el municipio de El Tambo (Cauca) junto con su esposa e hijos, puesto que se rumoraba que querían atentar contra su vida. Además, se encuentra incluido en el Registro Único de Víctimas –RUV–, por un segundo desplazamiento que hubo de soportar cuando ya estaba viviendo en El Tambo Cauca, en el año 2001.Juzgado Segundo Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras - Guadalajara de Buga Valle Proceso de Restitución y Formalización de Tierras Abandonadas y Despojadas Radicado: 761113121002-2013-00010-00 Sentencia de Restitución No. 11
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Actualmente el predio solicitado en restitución se encuen tra habitado por dos
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Actualmente el predio solicitado en restitución se encuen tra habitado por dos familias en cabeza de los señores ANTONIO JOSE GARCIA, identificado con cédula de ciudanía No. 6.002.615 y GONZALO MEDINA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 14.755.029, tal como se evidenció por funcionarios de la UAEGRTD en la diligencia de levantamiento topográfico realizada el 16 de marzo de 2013, y quienes no se opusieron dentro del trámite administrativo.
4. ACTUACIÓN PROCESAL
La solicitud tuvo acogida por este Despacho que, mediante auto interlocutorio No. 007 de mayo 8 de hogaño, la admitió y ordenó las medidas de que trata el artículo 86 de la Ley 1448 de 2011, entre tales, la publicación en un diario de amplia circulación nacional con inclusión de la identificación del predio y de la persona que lo abandonó y cuya restitución solicita, para que las personas quienes se creyeran con derechos respecto del inmueble , los acreedores con garantía real y otros acreedores de obligaciones relacionadas con el predio, así como las personas que se consideren afectadas por la sus pensión de procesos y procedimientos administrativos , comparecieran al proceso ; divulgación que fue verificada con la página del diario “El tiempo” aportada al legajo, en la que se evidencia que fue realizada el día 26 de mayo de 2013. Igualmente fue difun dida por la emisora “La Cariñosa” de Tuluá el día 31 de mayo de 2013, por así haberse dispuesto en este auto.
evidencia que fue realizada el día 26 de mayo de 2013. Igualmente fue difun dida por la emisora “La Cariñosa” de Tuluá el día 31 de mayo de 2013, por así haberse dispuesto en este auto.
Igualmente y con miras a esa integración del contradictorio, por auto de sustanciación No. 021 de junio 18 de 2013, se ordenó correrle traslado d e la solicitud al Banco Cafetero –hoy Davivienda– y emplazar a los herederos indeterminados del señor ALEJANDRINO LADINO LARGO , para que si a bien lo consideraban, presentaran sus oposiciones dentro de los quince (15) días siguientes a su notificación.
El Banco D avivienda, pese haber sido notificado mediante oficio No. 274 de junio 19 de 20131, no se pronunció al respecto, en tanto que a los sucesores del señor ALEJANDRINO LADINO LARGO les fue designado un representante judicial, que una vez posesionado, allegó escrito pronunciándose frente a los hechos y pretensiones, sin que se opusiera a la solicitud de restitución del predio “LAS MIRLAS”, ateniéndose a las pruebas aportadas con la demanda.
1 Art. 93 Ley 1448 de 2011: “Las providencias que se dicten se notificarán por el medio que el Juez o Magistrado considere más eficaz.Juzgado Segundo Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras - Guadalajara de Buga Valle Proceso de Restitución y Formalización de Tierras Abandonadas y Despojadas Radicado: 761113121002-2013-00010-00 Sentencia de Restitución No. 11
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No habiéndose presentado oposición alguna, se procedió, bajo lo s parámetros de la Ley 1448 de 2011, a decretar todas las pruebas solicitadas por las partes en este proceso , a más de otras de oficio que se consideraron necesarias para el esclarecimiento de los hechos , para luego pasar a la fase de alegatos en la cual s e pronunciaron tanto la delegada de la procuraduría como el representante de la víctima.
5. LAS PRUEBAS
Se incorporaron como pruebas a este proceso restitutorio, todas las documentales presentadas con la solicitud , a la postre, se allegó un legajo de pruebas específicas que contiene la solicitud; un certificado sobre la tradición del predio solicitado en restitución en el que se evidencia la titularidad del derecho real de dominio en el señor MIGUEL ENRIQUE LADINO LARGO ; un folleto elaborado por la COMISIÓN NO GUBERNAMENTAL DE ESCLARECIMIENTO DE HECHOS DE VIOLENCIA, en el que se documentaron los hechos, con base en información aportada por testigos presenciales y algunos vecinos ; se allegaron reportes de prensa y blogs, pero el más importante pareciera se r el INFORME No. 062 de la Comisión Inter americana de Derechos Humanos de la Organización de los Estados Americanos, que emitiera en cuanto a la masacre de Riofrío y donde responsabilizó al Estado Colombiano por la violación del artículo 4 (derecho a la
Comisión Inter americana de Derechos Humanos de la Organización de los Estados Americanos, que emitiera en cuanto a la masacre de Riofrío y donde responsabilizó al Estado Colombiano por la violación del artículo 4 (derecho a la vida) en perjuicio de MIGUEL ENRIQUE LADINO LARGO, MIGUEL ANTONIO
LADINO RAMÍREZ, MARÍA CENAIDA LADINO RAMÍREZ, CARMEN EMILIA
LADINO RAMÍREZ, JULIO CESAR LADINO RAMÍREZ, LUCELY COLORADO, CELSO MARIO MOLINA, RITA EDELIA DE MOLINA, R ICARDO MOLINA, FREDDY MOLINA y HUGO CEDEÑO LOZANO; del artículo 4 en conjunción con el artículo 19 ( Derechos del Niño) en perjuicio de las menores DORA ESTELLA GAVIRIA LADINO y LUZ EDELSY TUSARMA SALAZAR; del artículo 5 (Integridad personal) en perjuicio de HUGO CEDEÑO LOZANO, MIGUE L LADINO, CENAIDA LADINO, RICARDO MOLINA SOLARTE Y CELSO MARIO MOLINA SAUZA; y de los artículos 8 y 25 (acceso a la justicia y protección judicial) en conjunción con el artículo 1(1) de la Convención Americana, en perjuicio de las víctimas y sus familiares.
Del mismo modo se halla inserto el oficio proveniente de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas donde indica que el señor JAVIER DE JESÚS LADINO RAMÍREZ, se encuentra incluido en el RUV; informe técnico
Del mismo modo se halla inserto el oficio proveniente de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas donde indica que el señor JAVIER DE JESÚS LADINO RAMÍREZ, se encuentra incluido en el RUV; informe técnico predial; recibo impuesto predial con un pasivo de $5.117.892, 00 adeudado desdeJuzgado Segundo Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras - Guadalajara de Buga Valle Proceso de Restitución y Formalización de Tierras Abandonadas y Despojadas Radicado: 761113121002-2013-00010-00 Sentencia de Restitución No. 11
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el tercer trimestre de 1993 hasta el 4 trimestre del 2013, en el que se advierte que el bien tiene un avalúo actual de $5.202.000 ,00; un plano predial catastral elaborado a partir de coordenadas plana s; un informe técnico de topografía realizado por el Área Catastral de la Unidad Administrativa Especial de Ge stión de Restitución de Tierras que da cuenta el proceso geor referenciación, donde se identifica el predio a partir de coordenada s geográficas y c on el que se aporta su polígono y se anexa el acta de verificación de colindancias.
Se aporta también copias de las cédulas de ciudadanía de los señores ALINA MUÑOZ ASTAIZA, MIGUEL ENRIQUE LADINO LARGO, MARÍA AURORA RAMÍREZ DE LADINO, el registro civil de nacimiento de JAVIER DE JESÚS LADINO RAMÍREZ, registro de matrimonio de éste con la señora ALINA MUÑOZ
RAMÍREZ DE LADINO, el registro civil de nacimiento de JAVIER DE JESÚS LADINO RAMÍREZ, registro de matrimonio de éste con la señora ALINA MUÑOZ ASTAISA, los registros de defunción de MIGUEL ENRIQUE LADINO LARGO, MIGUEL ANTONIO LADINO RAMÍREZ, CENAIDA LADINO RAMÍREZ, CARMEN EMILIA LADINO RAMÍREZ y JULIO CESAR LADINO RAMÍREZ, copias de las escrituras públicas No. 156 del 7 de junio de 1995 de la Notaría de Riofrío , la No. 212 del 27 de octubre de 1970 otorgada en la misma Notaría, y entrevista de ampliación de los hechos rendida por el señor JAVIER DE JESÚS LADINO
RAMÍREZ.
A la par, en el cuaderno de pruebas comunes , se aportó un informe técnico del área microfocalizada del municipio de Riofrío V., según el cual, se determinó el área geográfica, usos del suelo, infraestructura vial, información soc ioeconómica, servicios públicos y telecomunicaciones, así como el contexto de violencia en la zona; se aportó la solicitud No. 479 del 26 de abril de 2006 por medio de la cual el Comité de Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia emite la declaratoria de protección patrimonial en el municipio de Riofrío - Valle del Cauca; Resolución 902 de septiembre 15 de 2006 y Resolución No. 160.043.22-708 del 6 de mayo de 2010, por las cuales se avaló la condición de propietarios , falsa tradición, poseedores, tenedores y ocupantes y su relación con el predio ; informe
de mayo de 2010, por las cuales se avaló la condición de propietarios , falsa tradición, poseedores, tenedores y ocupantes y su relación con el predio ; informe de riesgo No. 004-05 de la Defensoría Delegada para la Evaluación del Riesgo de la Población Civil como Consecuencia del Conflicto Armado, en el que se apunta a un nivel de riesgo alto en el municipio de Riofrío , corregimientos de Salónica, La Zulia y Fenicia; recortes de prensa que documentan la violencia acontecida en la zona.
En audiencia pública oral, s e recepcionó interrogatorio al señor JAVIER DE JESÚS LADINO RAMÍREZ, también declararon las damas FABIOLA LADINO DEJuzgado Segundo Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras - Guadalajara de Buga Valle Proceso de Restitución y Formalización de Tierras Abandonadas y Despojadas Radicado: 761113121002-2013-00010-00 Sentencia de Restitución No. 11
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BEDOYA, MARÍA MAGDALENA LADINO RAMÍREZ, MARÍA OLIVA LADINO
RAMÍREZ y MARÍA DEL ROSARIO LADINO RAMÍREZ.
El primero de ellos, quien funge como solicitante, dice que vivió desde su nacimiento en la finca “LAS MIRLAS” de la v ereda El Bosque junto con sus 14 hermanos, hasta el momento en que se produjo la masacre, abandonándola para nunca más volver. Que allí trabajaba unida la familia en proyectos de ganadería, agricultura, avicultura, caficultura y siembra de caña, lograron montar una tienda y
nunca más volver. Que allí trabajaba unida la familia en proyectos de ganadería, agricultura, avicultura, caficultura y siembra de caña, lograron montar una tienda y comprar un campero con unos vecinos con el que trabajaba la ruta hacía la vereda. Recuerda que su padre tuvo muchas deudas y no tenía la creatividad para hacer proyectos productivos , lo que lo motivó a vender la mitad de la finca, por lo que al dialogar con sus hermanos , llegaron al acuerdo de que uno de ellos estuviera al frente de la finca para no involucrar a terceros, igualmente se hiciera cargo de la deuda, la cual asumió administrando la mitad de la finca, en lo cual estuvieron todo s de acuerdo pues de esa manera le daban tranquilidad a su padre; cuando te rminó de pagar la obligación adquirieron otro crédito y la hipotecaron, les prestaron $250.000,00 para montar un apiario, de allí mismo le dio plata a su papá para comprar otras cos as y empezaron a trabajar , deuda que también canceló él, razón por la cual su padre le decía que hiciera escritura pero nunca se hi zo porque su papá se iba sentir desplazado y él no iba a pelear por tierras, pero nunc a se imaginaron lo que iba a pasar, por ello se hizo de manera verbal sin que quedara documento alguno; indicó que todos sus hermanos eran conscientes de esos pagos y que jamás ha estimado el valor de la parte que le vendió su progenitor.
Aclaró que la gran finca estaba dividida en “Las Mirlas” –abajo– y “El Mirador” –arriba–, se encuentra ubicada en el municipio de Riofrío Valle, vereda El Bosque,
vendió su progenitor.
Aclaró que la gran finca estaba dividida en “Las Mirlas” –abajo– y “El Mirador” –arriba–, se encuentra ubicada en el municipio de Riofrío Valle, vereda El Bosque, antiguamente C alabazas, entre Portugal de Piedras y Fe nicia, fue adquirida por herencia del abuelo, tenía una extensión de 32 ha ., los vecinos eran Nepomuceno Vásquez, Matías Clavijo, Modesto Rendón y Fernando Rendón, por abajo Ricardo y Carlos Molina y un señor Eduardo Hurtado y por la parte alta colindaba con el abuelo ALEJANDRINO LARGO . Agregó que allí nació toda la familia que en ese entonces era n MARÍA MAGDALENA, JOSÉ IGNACIO, MIGUEL ANTONIO, MARÍA EDELMIRA, MARÍA OLIVA, FABIOLA, CENAIDA, ALBA, BETSABÉ, CARMEN EMILIA, ROSARIO, JULIO CESAR , GUILLERMO –que murió de tres años– y él. Refirió que en el año de 1993 ingresaron los paramilitares y el ej ército de Buga y mataron a 13 personas sindicándolas de pertenecer a la guerrilla, aunque él no se encontraba en ese momento , pues en esa fecha se cumplía elJuzgado Segundo Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras - Guadalajara de Buga Valle Proceso de Restitución y Formalización de Tierras Abandonadas y Despojadas Radicado: 761113121002-2013-00010-00 Sentencia de Restitución No. 11
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primer aniversario de haber fallecido su suegro y el domingo se celebraba la misa ,
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primer aniversario de haber fallecido su suegro y el domingo se celebraba la misa , habiendo viajado el sá bado por la tarde con su esposa y sus dos hijos para el Cauca y pensaba regresar el día miércoles, cuando el martes recibió la noticia que habían masacrado a la familia, donde murieron 13 personas entre ellas su padre MIGUEL ENRIQUE y sus hermanos MIG UEL ANTONIO, MARÍA CENAIDA, CARMEN EMILIA y JULIO CESAR, también una sobrina, por esto abandonaron el predio pues era a él a quien buscaban por ser el presidente de la Junta Administradora Local de Riofrío y conocido por todo el municipio y el departamento, además trabajaba con un grupo de cafeteros orgánicos y por él era que preguntaban por cuanto se le tildaba de ser cabecilla de la guerrilla.
Añadió, que un señor apodado “Bananas” que tenía tierras en Fenicia y adquiría tierras, le propuso compra por la finca, en el sector unos aceptaban y otros no, y la guerrilla también instigaba, pero eso eran problemas entre la guerrilla y los narcotraficantes, y un día este señor dijo que, masacrando a dos o tres familias ahí si tenían que vender las tierras ; esa noticia llegó pero nunca creyeron que esto fuera a suceder , pues por su trabajo social se movía a todas partes con tranquilidad, siendo seleccionadas las familias Molina y Ladino . Que pese a no haber estado en el sitio cuando sucedió la masacre, supo a travé s de su mamá que había sido el Ejército y las AUC los que la habían cometido por cuanto su
tranquilidad, siendo seleccionadas las familias Molina y Ladino . Que pese a no haber estado en el sitio cuando sucedió la masacre, supo a travé s de su mamá que había sido el Ejército y las AUC los que la habían cometido por cuanto su madre vi o el hecho y después identificó a l comandante del ejército quien la encerró junto con los niños pequeños y cuando su hermana María Edelmira venía de la vereda La Italia a las 5:30 a.m., ya el Ejército estaba acordonando la parte de arriba de Fenicia y no la dejaron pasar.
Expuso que durante estos 20 años salió a trajinar, pero siempre ha superado la situación, en este momento está necesitado pero sus hijos ya están grandes, formados y le colaboran en otras cosas. Que cuando sucedieron los episodios de violencia ya estaba casado, tenían cuatro hijos y el otro nació en Barrancabermeja cuando ya habían sido desplazados. Luego la familia que tiene en El Tambo le dijo que se fuera para allá donde le entregarían una hectárea para trabajar , lo cual hizo, pero también fue desplazado de este lugar.
Dice, su perspectiva es salir de las deudas e iniciar un proyecto en el predio donde vive actualmente con lo que el gobie rno le dé, porque ellos no quieren volver al predio “LAS MIRLAS” debido a que, según captó, la situación de orden público es delicada por presencia al parecer de Los Rastrojos, que cuando fueron con la Unidad a tomar las medidas, una hora después de haber llegado, aparecióJuzgado Segundo Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras - Guadalajara de Buga Valle Proceso de Restitución y Formalización de Tierras Abandonadas y Despojadas
con la Unidad a tomar las medidas, una hora después de haber llegado, aparecióJuzgado Segundo Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras - Guadalajara de Buga Valle Proceso de Restitución y Formalización de Tierras Abandonadas y Despojadas Radicado: 761113121002-2013-00010-00 Sentencia de Restitución No. 11
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una camioneta cuatro puertas con vidrios polarizados , que según comentaban pertenecía a la banda de L os Rastrojos, estuvieron ahí, los miraron, les preguntaban cosas, pero no iban a combates, solo respaldaban la comisión que iba para allá, pues estaban armados, por ello considera que las cosas no está bien por en esa región.
Aclara que los de la Unidad de Restitución de Tierras nunca le preguntaron si quería regresar al predio y que la mayor parte de la vereda se desplazó en esa época, pues cuando fue a medir el predio no vio sino maleza; aduce que el predio no tiene valor, pero haciendo un cálculo económic o lo valora en $18.000.000 ,oo para esa época y la mitad es suy a, aunque hay un sobrino que dice que como no tiene papeles no tiene nada, pero que él por eso no va a pelear . Que cuando fue encontró puro monte, dos casas que tenía cuando recién se casó y la casa donde trabajaba su mujer con los niños de Bienestar Familiar y que les tocó abandonar , lo único que hay es una plancha. Anota también, que se registró como víctima en Popayán con su núcleo familiar y que siempre han estado vinculados a ASMET SALUD y a él lo pasaron a CAPRECOM, que su madre murió del corazón por lo
lo único que hay es una plancha. Anota también, que se registró como víctima en Popayán con su núcleo familiar y que siempre han estado vinculados a ASMET SALUD y a él lo pasaron a CAPRECOM, que su madre murió del corazón por lo que tuvieron muchos gastos, a su esposa le hicieron una operación y le pusieron un marca pasos por lo que ya no puede trabajar . En cuanto a sus hijos, uno le colabora en la finca y a veces les toca jornalear, una niña que culminó el bachillerato trabaja en una fotocopiadora para ayudar al sustento, la otra terminó el bachillerato el año pasado, otro logró ingresar a la Universidad y otro ayuda en la Cooperativa de Cafeteros y le dieron una beca para el estudio , pero sufren mucho para pagar transporte y estadía porque estudian en Popayán y su esposa ya no puede hacer nada, pue s antes salía a buscarse sus pesitos. Informa que el predio de El Tambo es de 6 ha. y todas están trabajadas; después del desplazamiento ha recibido dos ayudas por parte del Estado, le dieron un millón cada vez y lo mandaban cada tres meses, pero hace dos meses fue y le dijeron que no volviera que ellos lo llamaban , y en esos días lo llamaron y le dijeron que ya no le daban más ayudas porque eso era solo por diez años , pero también le habían dado una casita; que ninguno de sus hermanos ha recibido ayudas, pues fueron a afiliarse a lo de la UAF y eso ha sido un problema. No sabe si ha habido personas responsabilizadas por la masacre . Q ue actualmente en la finca “LAS MIRLAS” hay gente que tiene casitas y que da pesar, pues cuando llegó todos salieron a ver que iban a hacer con ellos porque pensaban que llegaban los
personas responsabilizadas por la masacre . Q ue actualmente en la finca “LAS MIRLAS” hay gente que tiene casitas y que da pesar, pues cuando llegó todos salieron a ver que iban a hacer con ellos porque pensaban que llegaban los dueños y que los iban a sacar de ahí, por lo que les dijo que estuvieran tranquilos que trabajaran ahí que él no podía hacer nada, esas familias lo reconocen a él como dueño, llevan por ahí unos 9 o 10 años. Aclara que conoce a la señoraJuzgado Segundo Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras - Guadalajara de Buga Valle Proceso de Restitución y Formalización de Tierras Abandonadas y Despojadas Radicado: 761113121002-2013-00010-00 Sentencia de Restitución No. 11
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ALBA NELLY SU ÁREZ porque es cuñada suya esposa de MIGUEL ANTONIO – fallecido en la masacre – y que también fue desplazada, quienes tenían el predio pero comprado por el finadito sobre terrenos de El Mirador. No sabe si ha habido algún desenglobe o adjudicación, pues antes era parejo y ah í no se había desenglobado nada; que ALBA NELLY vivía en una casita con MIGUEL ANTONIO más arriba de la de sus padres, que adquirieron por compra a una tía, y de la casa para arriba compró otro lote.
La testigo FABIOLA LADINO DE BEDOYA –hermana del solicitante –, declaró, con lágrimas en sus ojos, que su papá MIGUEL ENRIQUE LADINO era el dueño de la finca en El Bosque, que queda por Portugal de Piedras, la adquirió
declaró, con lágrimas en sus ojos, que su papá MIGUEL ENRIQUE LADINO era el dueño de la finca en El Bosque, que queda por Portugal de Piedras, la adquirió trabajando honradamente, allá vivió su juventud, toda la vida trabajando la tierra y así se criaron todos, trabajando, cortaban caña, cogían café, todo con papá allá (sic), hasta que le quitaron la vida . Dice que no sabe de c ontrato con particulares, estaba muy joven y en ese ti empo no podía escuchar la conversa de los mayores, pero escuchaba que su mamá lloraba porque iban a perder la finca que la tenían hipotecada, pero no sabían porque, y su hermano que tenía una enfermedad en las rodillas se puso a trabajar allá en los planes cogiendo algodón o soya para poder ayudarle a pagarle el dinero al banco y deshipotecar la finca, después se dieron cuenta que JAVIER DE JESÚS había pagado la deuda que su padre tenía, a cambio de una parte de tierra, refiere que eso lo escuchó de su padre, agregó que su hermano era el dueño porque había ayudado a pagar es e dinero, que su mamá le decía que hiciera documento porque de
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