JUZ CALI - 2015 06 Jun D761113121003201500004000Sentencia201561155546
Juzgado de Cali
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Detalles
- Título
- JUZ CALI - 2015 06 Jun D761113121003201500004000Sentencia201561155546
- Autor
- Juzgado de Cali
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Extinción de Dominio
- Año
- 2015
Rad. 76-111-31-21-003-2015-0000400 Página 1 de 53
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL
JUZGADO TERCERO CIVIL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN
RESTITUCIÓN DE TIERRAS GUADALAJARA DE BUGA VALLE DEL CAUCA
Calle 8 Nro. 1 – 16 Piso 5 Oficina 504 Edificio Entreceibas Cali – Valle j03cctoesrbuga@cendoj.ramajudicial.gov.co Telefax. (092) 8880498
Santiago de Cali, Valle, Mayo quince (15) de Dos Mil Quince (2015)
Solicitud: Restitución y Formalización de Tierras Radicado: 76-111-31-21-003-2015-00004-00
Departamento: Valle del Cauca
Municipio: Bugalagrande
Opositor: Sin Oposición
Acumulado: Si
Tipo de Solicitante: Propietario
Tipo de Predio: Propiedad Privada
Sentencia: Nro. 027 Única Instancia
I. OBJETO A DECIDIR
Cumplidos los parámetros establec idos en la Ley 1448 de 2011 , este proceso llega al momento de proferir sentencia que resolv erá de fondo lo que en derecho corresponda, a la solicitud instaurada por el señor OMAR PULGARIN PULGARIN, identificado con la cédula de ciudadanía Nro. 14.795.015 expedida en Tuluá Valle del Cauca, representado a través de apoderad o judicial designado por la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadasidentificado con la cédula de ciudadanía Nro. 14.795.015 expedida en Tuluá Valle del Cauca, representado a través de apoderad o judicial designado por la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras DespojadasTerritorial Valle del Cauca y Eje Cafetero.
II. HECHOS.
De manera sucinta y concatenada se relataran los hechos presentados a tra vés del escrito de la solicitud por la Unid ad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Territorial Valle del Cauca y Eje Cafetero, que en adelante se denominara “UAEGRTD”, a través del abogado adscrito a la misma entidad: La presente solicitud versa sobre dos predi os de propiedad del señor OMAR PULGARÍN PULGARÍN, denominados “Buenavista” y “Las Nieves”, ubicados ambos en la Vereda La Trinidad, Corregimiento de Galicia, municipio de Bugalagrande departamento del Valle del Cauca, los cuales fueron adquiridos de la siguiente manera:Rad. 76-111-31-21-003-2015-0000400 Página 2 de 53
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Calle 8 Nro. 1 – 16 Piso 5 Oficina 504 Edificio Entreceibas Cali – Valle j03cctoesrbuga@cendoj.ramajudicial.gov.co Telefax. (092) 8880498
El predio denominado “Buenavista”, identificado con matrí cula inmobiliaria No. 384-38797 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Tuluá y cedula catastral 76-113-00-02-0002-0270-000; fue adquirido en compraventa que hiciera el s olicitante al señor Luis Al fredo Marín Londoño, protocolizada mediante escritura pública 454 del 14 de noviembre de 1996 otorgada ante la Notaria Única del circulo de Bugalagrande Valle, según consta en la anotación No. 002 del folio de matrícula inmobiliaria precitado. El predio denominado “Las Nieves”, identificado con matrí cula inmobiliaria No. 384-2996 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Tuluá y cedula catastral 76-113-00-02-0002-0088-000; fue adquirido por el señor OMAR PULGARÍN PULGARÍN de compraventa al señor Juan de Dios Franco López en el año 1999, empero, dicha venta solo se protocolizó hasta el año 2006 mediante escritura pública 258 del 28 de abril de 2006, tal y como consta en la anotación No. 004 de la matrí cula inmobiliaria antes dicha, toda vez que sobre el fundo consta un gravamen hipotecario constituido mediante escritura pública 867 del 14 de octubre de 1997 de la Notaria Primera del Circulo de Sevilla, que a la fecha no
consta un gravamen hipotecario constituido mediante escritura pública 867 del 14 de octubre de 1997 de la Notaria Primera del Circulo de Sevilla, que a la fecha no ha sido cancelado. El solicitante siempre ha desem peñado labores en el campo, vendiendo ganado porcino, vacuno y aves de corral; actividades que le permitieron adquirir primero el predio “Buenavista” y posteriormente el predio “Las Nieves” ; manifiesta que su padre le ha colaborado en todas las actividades realizadas en los fundos, en los cuales ha desarrollado labores de explotación diferentes: en el predio “Buenavista” sembró pasto, construyó dos cocheras, se hizo a un galpón para pollos y compró dos vacas. En el predio “Las Nieves” tenía sembrado café, p látano y banano, los cuales comercializaba en el Comité de Cafeteros. De estas labores obtenía su sustento y el de su padre, con quien ha vivido y velado por cubrir sus necesidades. A finales de los años noventa la situación de ord en público se hizo cada vez más compleja, la aparición y fortalecimiento de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), perturbó la paz en el municipio de Bugalagrande y especialmente en el Corregimiento de Galicia, los pobladores empezaron a ver como los abusos de los hombres alz ados en armas cada vez eran más graves y afectaban de manera directa a los campesinos. A partir del año 1995 grupos armados ilegales, miembros del bloque calima de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), llegaron a la región sin que agredieran inicialmente a la población civil liderados por “Alias Putumayo, Román, El C ura,
Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), llegaron a la región sin que agredieran inicialmente a la población civil liderados por “Alias Putumayo, Román, El C ura, Julián, Giovanni, Camilo entre otros” , ya para el año de 1999, estos grupos estaban liderados por “El Cura, Román, Cacorrin, Hiena y Matías”, quienes comenzaron a apoderarse ilegalmente de los inmuebles, los alimentos y animales, inclusive obligando a la población civil a servirle a sus propósitos; maltrataban, asesinaban y violaban a los pobladores a quienes enterraban en fosas comunes.Rad. 76-111-31-21-003-2015-0000400 Página 3 de 53
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Las AUC, acostumbraban utilizar la población ci vil para el transporte de encomiendas, equipajes, tarjetas, celulares, radios y quien no colaboraba con ellos, hurtara o fuera colaborador de la guerrilla era declarado persona no grata, lo asesinaban o debía de abandona r la región. Para la época este grup o ilegal obligaba a los campesinos del lugar a quedarse en la zona, toda vez que de ese modo no ingresaría el ejército, puesto que en la confrontación armada estaría de
asesinaban o debía de abandona r la región. Para la época este grup o ilegal obligaba a los campesinos del lugar a quedarse en la zona, toda vez que de ese modo no ingresaría el ejército, puesto que en la confrontación armada estaría de por medio la población civil. Manifiesta el solicitante, que un día los integrante s de las AUC le pidieron unas vacas de su propiedad para el consumo de los subversivos, ante su precaria situación económica y teniendo en cuenta que ya habían acabado casi con la totalidad de sus porcinos, el señor Pulgarín se negó a acceder, hecho que generó descontento inmediato en los alzados en armas, quienes lo amarraron a un poste de energía ubicado en la parte trasera del inmueble deprecado, dejándolo allí toda la noche, en ese mismo momento entendió que la situación había alcanzado una gravedad tal que estaba en peligro su vida, razón por la cual en el mes de febrero del año 2000, decidió abandonar la finca “Buenavista” dirigiéndose al predio “Las Nieves”. Este desplazamiento lo realizó solo, toda vez que días antes había enviado a su padre que se encontraba enfermo a casa de un hermano, motivo que pudo justificar en el tratamiento médico que debía recibir su padre, ya que para salir de la región debía justificarse el motivo de la salida. En el predio “Las Nieves” el solicitante permaneció solo un pa r de meses, hasta mayo, pues la situación de orden público era similar a la de su otro fundo ; por lo cual y en aras de conservar su vida se desplazó al municipio de Tuluá (Valle) en el cual estuvo viviendo y trabajando en una ferretería de propiedad de su hermano
cual y en aras de conservar su vida se desplazó al municipio de Tuluá (Valle) en el cual estuvo viviendo y trabajando en una ferretería de propiedad de su hermano Daniel Pulgarin, en la cual permaneció por espacio aproximado de un año, lapso tras el cual se dirigió al departamento del Quindío, desempeñándose como recolector de café en varias fincas. Para el momento del abandono forzado acaecido , el señor OMAR PULGARIN PULGARIN tenía cuatro (4) hijos quienes Vivían con sus respectivas madres: Tres (3) con la señora Ruth Elena Montaño Padilla, residentes en el municipio de Tuluá Valle del Cauca desde antes que el solicitante adquiriera sus inmuebles ; y un (1) hijo con la señora Lucia de Jesús Ángel Muriel. Tras la desmovilización de las AUC en el año 2004, el señor OMAR PULGARIN PULGARIN en febrero del año 2005 decide retornar al Corregimiento de Galicia, encontrando sus predios en un avanzado estado de deterio ro, pisos en mal estado, los cultivos se habían perdido y la vocación agrícola se encontraba cubierta de rastrojo. El solicitante decide llevarse consigo nuevamente a su padre quien vive en el predio “Las Nieves” , mie ntras que él junto con su compañera permanente actual la señora Blanca Doris Guerra y un hijo de esta tienen domicilio en la finca “El Bosquecito” de propiedad de una hermana del solicitante.Rad. 76-111-31-21-003-2015-0000400 Página 4 de 53
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en la finca “El Bosquecito” de propiedad de una hermana del solicitante.Rad. 76-111-31-21-003-2015-0000400 Página 4 de 53
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Actualmente el predio “Las Nieves” de propiedad del solicitante es habitado por su padre, poco a poco y en la medida que las dificultades económicas se lo permiten, está siendo mejorado con cultivos de plátano, yuca y café, de los cuales obtiene su sustento, ayudado además por las labores de jornalero que realiza aproximadamente dos (2) días a la semana.
III. SUMARIO DE LAS PRETENSIONES.
En el cuaderno principal la “UAEGRTD”, actuando a través de apoderad o judicial en representación de l señor OMAR PULGARÍN PULGARÍN , identificado con la cédula de ciudadanía Nro. 14.795.015 expedida en Tuluá Valle del Cauca su núcleo familiar al momento de los hechos victimizantes integrado por su padre DIOCLECIANO PULGARÍN CORREA , identificado con la cédula de ciudadanía Nro. 2.518.395 expedida en Bugalagrande; suplican se les reconozca la calidad de
DIOCLECIANO PULGARÍN CORREA , identificado con la cédula de ciudadanía Nro. 2.518.395 expedida en Bugalagrande; suplican se les reconozca la calidad de víctimas (art. 3), se les proteja el derecho Fundamental a la Restitu ción y Formalización de Tierras, se ordene la restitución jurídica y material del fundo, se dicten los ordenamientos a la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos, se ordene al Instituto Geográfico Agustín Codazzi –IGACproceder con los ajustes de ubicación, así mismo con la cabida y linderos en sus bases de datos , se prescriba obligación hipotecaria que pesa sobre el predio “Las Nieves” y en el petito subsidiario la protección de las medidas judiciales, adm inistrativas, sociales y económicas que establece el Título IV en Reparación de las Victimas, según lo estipulado en la Ley 1448 de 2011.
IV. TRÁMITE PROCESAL
Etapa Administrativa:
El señor OMAR PULGARÍN PULGARÍN, identificado con la cédula de ciudadanía Nro. 14.795.015 expedida en Tuluá y su núcleo familiar al momento de los hechos victimizantes integrado por su padre DIOCLECIANO PULGARÍN CORREA , identificado con la cédula de ciudadanía No. 2.518.395 expedida en Bugalagrande; se encuentran INCLUIDOS en e l Registro de Tierras Despojadas y Abandonadas Forzosamente respecto de los predios rurales “Buenavista” y “Las Nieves” ubicados en la Vereda La Trinidad, Corregimiento de Galicia, municipio
Bugalagrande; se encuentran INCLUIDOS en e l Registro de Tierras Despojadas y Abandonadas Forzosamente respecto de los predios rurales “Buenavista” y “Las Nieves” ubicados en la Vereda La Trinidad, Corregimiento de Galicia, municipio de Bugalagrande, identificados con las matrí culas inmobiliarias N os. 384-38797 y 384-2996 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Tuluá Valle del Cauca, cédulas catastrales 76-113-00-02-0002-0270-000 y 76-113-00-02-00020088-000, con las siguientes áreas: “Buenavista” área catastral y registral de 6400 m2 y área georreferenciada de 6977 m2 ; “Las Nieves” área catastral de 8 hectáreas 4474 m2, área registral de 8 hectáreas y área georrefe renciada de 4Rad. 76-111-31-21-003-2015-0000400 Página 5 de 53
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hectáreas 1598 m2; sobre este punto se aclara que la solicitud se presenta sobre las áreas georreferenciadas por la UAEGRTD Territorial Valle del Cauca y Eje
Telefax. (092) 8880498
hectáreas 1598 m2; sobre este punto se aclara que la solicitud se presenta sobre las áreas georreferenciadas por la UAEGRTD Territorial Valle del Cauca y Eje Cafetero. Reunidos los requisitos exigidos por la Ley 1448 de 2011, confiere poder a un representante judi cial adscrito a la “UAEGRTD”, quien presenta ante la oficina de reparto de Guadalajara de Buga Valle del Cauca, la solicitud de Restitución y/o Formalización de Tierras Despojadas y Abandonadas Forzosamente.
Etapa Judicial:
La solicitud presentada a reparto el día 19 de diciembre de 2014, correspondió a esta instancia, la cual fue recibida por el des pacho el día 14 de enero de 2015 ; al reunir los requisitos legales establecidos en el artículo 84 de la Ley 1448 de 2011, fue admitida el día 21 de enero de 2015 a través de Auto Interlocutorio Nro. 0121, cumpliendo en su contenido con lo establecido en el artículo 86 de la Ley 1448 de 2011, ordenando la inscripción en los folios de matrícula inmobiliaria 384 -38797 y 384-2996 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Tuluá Valle del Cauca, seguidamente se ordenó la suspensión de todo negocio de tipo comercial y procesos iniciados ante la jurisdicción ordinaria respecto de los predios objeto de restitución, se remitieron los oficios pertinentes a las entidades, Alcaldía del Municipio de Bugalagrande - Departamento del Valle del Cauca, Secretaria d e Hacienda Pública del Municipio de Bugalagrande , Instituto Geográfico Agustín
restitución, se remitieron los oficios pertinentes a las entidades, Alcaldía del Municipio de Bugalagrande - Departamento del Valle del Cauca, Secretaria d e Hacienda Pública del Municipio de Bugalagrande , Instituto Geográfico Agustín Codazzi “IGAC”, Instituto Colombiano de Desarrollo Rural “INCODER”, al Ministerio Público en asuntos de Restitución de Tierras , Agencia Nacional de Minería, Agencia Nacional de Hidrocarburos, Oficina de Planeación Municipal del municipio de Bugalagrande, a la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca –CVC-, a la Unidad Para la Atención y Reparación Integral a las Victimas y al Banco Davivienda (Entidad que adquirió el control del otrora Banco Cafetero).
Así mismo, se publicó el Edicto Nro. 001 en las instalaciones de este Despacho y en el diario de amplia circulación nacional “El Tiempo” 2, con el fin de que las personas que se pretendieran con derecho a intervenir en el presente proceso de restitución se pronunciaran al respecto si a bien lo consideraban; sin que dentro del término legal comparecieran.
El Ministerio Público realizó su intervenci ón a través de la Procuradora 45 Judicial de Restitución de Tierras, quien s olicitó la práctica de pruebas 3, las cuales se tuvieron en cuenta en virtud a su procedencia y conducencia.
1 Folios 38 a 48 fte del Presente Cuaderno 2 Folios 89 Vto. y 120 del presente cuaderno 3 Folios 92-93 del presente cuaderno.Rad. 76-111-31-21-003-2015-0000400 Página 6 de 53
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2 Folios 89 Vto. y 120 del presente cuaderno 3 Folios 92-93 del presente cuaderno.Rad. 76-111-31-21-003-2015-0000400 Página 6 de 53
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Siguiendo el trámite procesal se dictó auto interlocutorio N ro. 068 de fecha 24 de marzo de 2015 4, en el cual se dispone entre otras cosas, tener como válida la fijación del edicto admisorio, glosar algunos documentos y por último se decretó abrir la etapa probatoria donde se ordena tener como pruebas las aportadas con la solicitud de Restitución y Formalización de Tierras Abandonadas y Despojadas5, se decreta la prueba solicitada por la agente del Ministerio Público y se oficia a la Unidad de Victimas a fin de que informen si el solicitante ha sido objeto de algún beneficio; se fija como fecha para recepcionar interrogatorio de parte al solicitante señor OMAR PULGARÍN PULGARÍN el día 20 de abril de 2015.
En la fecha y hora indicada se constituye el recinto en audiencia pública de oralidad6, a fin de recepciona r interrogatorio de parte al solicitante OMAR
En la fecha y hora indicada se constituye el recinto en audiencia pública de oralidad6, a fin de recepciona r interrogatorio de parte al solicitante OMAR PULGARIN PULGARIN en el cual, entre otras cos as, manifiesta que el desplazamiento ocurre en el año 2001, que para esa época su núcleo familiar se encontraba integrado por su padre DIOCLESIANO PULGARÍN CORREA, quien a la fecha cuenta con 85 años de edad ; que la vía de acceso al predio “Las Nieves” ocasionalmente el municipio realiza algún mantenimiento , pero que ahora se encuentra en malas condiciones; refiere que tiene un crédito con el Banco Agrario por valor de diez millones de pesos ($10.000.000) , el cual fue adquirido en el año 2011 para realizar obras en el predio “Las Nieves”, y se encuentra en mora con 3 cuotas. Cuenta además que en temas de salud se encuentra afiliado como beneficiario de un hijo, pero que su padre no cuenta con servicio de salud de ningún tipo. Respecto de los predios, indica que el predio “Buenavista” antes del desplazamiento contaba con servicio de energía, pero cuando regresa al predio observa que hasta el poste de la energía ha desaparecido y que en la actualidad no cuenta con ese servicio, el predio “Las Nieves” si cuenta con energía; sobre el acueducto, el predio “Buenavista” si tiene y “Las Nieves” se abastece de agua mediante un nacimiento. Relata que ambos heredades cuentan con vivienda, pero se encuentran en muy mal estado.
Finalmente, y ante el requerimiento que le hace el señor Juez sobre escrito del solicitante allegado mediante correo electrónico en el que refiere la venta de una
se encuentran en muy mal estado.
Finalmente, y ante el requerimiento que le hace el señor Juez sobre escrito del solicitante allegado mediante correo electrónico en el que refiere la venta de una porción de tierra denominada “Villa Liliana” de aproximadamente 3.000 m2, predio que hacia parte del predio “Las Nieves” negociación con la señora Liliana Andrea Astudillo en el año 2002, venta que no pudo ser protocolizada debido a la situación de orden público que obligó a la compradora señora Liliana Andrea Astudillo a abandonar la región, manifiesta el señor Pulgarín que efectivamente realizó esa venta de manera verbal a la señora Astudillo por valor de tres millones de pesos ($3.000.000), y que su interés es legalizarla. Una vez se surte el interrogatorio se
4 Folios 141-143 del presente cuaderno 5 Cuadernos pruebas específicas “Buenavista” y “Las Nieves” 6 Folios 179181 del presente cuadernoRad. 76-111-31-21-003-2015-0000400 Página 7 de 53
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declara terminada la etapa probatoria, continuando con la decisión que en derecho corresponde.
V. MATERIAL PROBATORIO.
Telefax. (092) 8880498
declara terminada la etapa probatoria, continuando con la decisión que en derecho corresponde.
V. MATERIAL PROBATORIO.
La parte solicitante aportó pruebas documentales las cuales obran en los cuadernos de pruebas específicas de los predios “Buenavista” y “Las Nieves” , además de las pruebas practicadas por esta instancia judicial y las solicitadas por la Procuradora Judicial en Asuntos de Restitución de Tierras para el Valle del Cauca, las cuales obran en el cuaderno prin cipal de la presente solicitud, y el interrogatorio de parte surtido al solicitante OMAR PULGARIN PULGARIN.
INTERVENCIÓN DE ENTIDADES
Según los requerimientos realizados mediante Auto Interlocutorio Nro. 012 de fecha 21 de enero de 2015 , respecto de temas de seguridad y orden público en el lugar donde se encuentran los predios, la situación de tipo ambiental de los fundos, y el estado de la hipoteca que pesa sobre el predio “Las Nieves”, las entidades que contestaron fueron:
La Policía Nacional del Departamento del Valle del Cauca 7, respecto a la información relacionada con la situación actual de seguridad y orden público de los predios “Buenavista” y “Las Nieves”, manifiesta que en la actualidad el Corregimiento de Galicia no reporta afectaciones a la seguridad ciudadana por parte de grupos al margen de la ley. La Vereda La Trinidad tampoco tiene incidencia de ningún grupo criminal y/o delincuencial.
El Banco Davivienda8, adujo respecto de la hipoteca que pesa sobre el fundo “Las Nieves” a nombre del extinto Banco Cafetero, que a la fecha los señores Juan de
incidencia de ningún grupo criminal y/o delincuencial.
El Banco Davivienda8, adujo respecto de la hipoteca que pesa sobre el fundo “Las Nieves” a nombre del extinto Banco Cafetero, que a la fecha los señores Juan de Dios Franco López, Diocleciano Pulgarín Correa y Omar Pulgarín Pulgarín no presentan endeudamiento con esa entidad.
La Agencia Nacional de Minería 9, declara que sobre los predios “Buenavista” y “Las Nieves” NO se reportan superposiciones con títulos mineros vigentes, áreas de reserva especial, áreas estratég icas mineras, zonas mineras de comunidades negras e indígenas.
7 Folio 94 del presente cuaderno 8 Folio 95 del presente cuaderno 9 Folios 121-125 del presente cuadernoRad. 76-111-31-21-003-2015-0000400 Página 8 de 53
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Respecto de las superposiciones con solicitudes mineras vigentes, El predio “Las Nieves” reporta una con número OG2-08389:
Expediente OG-08389 Área Solicitada (Ha) 5802,6375 Fecha radicación 02/072013
Estado SOLICITUD VIGENTE-EN CURSO
Nieves” reporta una con número OG2-08389:
Expediente OG-08389 Área Solicitada (Ha) 5802,6375 Fecha radicación 02/072013
Estado SOLICITUD VIGENTE-EN CURSO
Modalidad CONTRATO DE CONCESIÓN
(L685)
Minerales MINERALES DE ORO Y PLATINO,
Y SUS CONCENTRADOS
Solicitante (9001852614) C I TRENACO
COLOMBIA SAS
Municipios ANDALUCIA-VALLE/TULUAVALLE/BUGALAGRANDE-VALLE
La Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible 10, refiere que los predios deprecados no presentan afectaciones por traslape con áreas de Reserva Forestal establecidas mediante la Ley 2ª de 1959, ni con Reservas Forestales Protectoras Nacionales.
La Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca –CVC-11, informa que realizaron inspección ocular a los predios “Buenavista” y “Las Nieves”, describiendo sus condiciones, localización y esta do actual de los predios y presentan informe de cada uno, en el cual manifiesta:
PREDIO LAS NIEVES:
“
6. Descripción de lo observado: (…) Estado actual del predio: El predio “Las Nieves” presenta topografía quebrada con pendiente de terreno que oscila en tre el 20 al 50%, su uso actual de suelo corresponde a pastizales enmalezados en un área de 1ha aproximadamente; café asociado con plátano, banano y árboles de sombrío en un área de 5.4has
corresponde a pastizales enmalezados en un área de 1ha aproximadamente; café asociado con plátano, banano y árboles de sombrío en un área de 5.4has aproximadamente y bosque natural en un área de 2has aproximadamente . Por el predio pasa una corriente hídrica de caudal continuo que drena a la quebrada Tetillal la cual tributa al río La Paila, también se observó dos (2) nacimientos de agua los cuales presentan buena cobertura y protección. Se observó una vivienda en mal estado, la cual se encuentra habitada por una familia.
No se observó afectaciones ambientales significativas de uso local ni regional.
10 Folio 126 del presente cuaderno 11 Folios 153-157 del presenteRad. 76-111-31-21-003-2015-0000400 Página 9 de 53
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La actividad económica principal de la zona es el cultivo de café, seguido de la ganadería.
(…)
8. Conclusiones y Recomendaciones: En el predio “Las Nieves” se puede implementar proyectos productivos agropecuarios que sean amigables con la conservación del medio ambiente y los recursos naturales del predio y de la región, sin perjuicio del cumplimiento de la
En el predio “Las Nieves” se puede implementar proyectos productivos agropecuarios que sean amigables con la conservación del medio ambiente y los recursos naturales del predio y de la región, sin perjuicio del cumplimiento de la normatividad agraria y del ordenamiento territorial vigente y acorde a la clasificación del uso potencial del suelo. No se observó el desarrollo de actividades antrópicas que estén generando impactos ambientales adversos en el predio y/o zona adyacente. Se debe proteg er y conservar las zonas de nacimientos de agua, las franjas ribereñas forestales y el relicto de bosque natural identificadas en el predio. Toda actividad que implique el uso o aprovechamiento de los recursos naturales (agua, suelo, bosque y aire), se debe solicitar el respectivo permiso a la CVC.
PREDIO BUENAVISTA:
“
6. Descripción de lo observado: (…) Estado actual del predio: Los predios “Buena Vista 1 y Buena Vista 2” presentan topografía quebrada con pendiente de terreno que oscila entre e l 20 al 45%, su uso actual de suelo corresponde a p raderas enmalezadas. Por el predio pasan dos cañadas de caudal continuo, una de las cuales cruzan los predios y otra cañada que pasa bordeando los predios, dichas corrientes hídricas drenan a la quebrada Tetillal la cual tributa al río La Paila. Se observó un área en bosque natural en zonas de franjas ribereñas de las corrientes hídricas que pasan por los predios, y cinco (5) rodales o matas de guadua. En los predios se observó una vivienda en muy regular
franjas ribereñas de las corrientes hídricas que pasan por los predios, y cinco (5) rodales o matas de guadua. En los predios se observó una vivienda en muy regular estado, la cual no se encuentra habitada. Una porción de terreno del predio Buena Vista 2 se encuentra afectado por la construcción de la escuela de la vereda Trinidad, la cual actualmente se encuentra en servicio.
No se observó afectaciones ambientales significativas de uso local ni regional. La actividad económica principal de la zona es el cultivo de café, seguido de la ganadería.
(…)
8. Conclusiones y Recomendaciones: En los predios Buena Vista 1 y 2 se puede n implementar proyectos productivos agropecuarios que sean amigables con la conservación del medio ambiente y los recursos naturales del predio y de la región, sin perjuicio del cumplimiento de laRad. 76-111-31-21-003-2015-0000400 Página 10 de 53
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL
JUZGADO TERCERO CIVIL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN
RESTITUCIÓN DE TIERRAS GUADALAJARA DE BUGA VALLE DEL CAUCA
Calle 8 Nro. 1 – 16 Piso 5 Oficina 504 Edificio Entreceibas Cali – Valle j03cctoesrbuga@cendoj.ramajudicial.gov.co Telefax. (092) 8880498
normatividad agraria y del ordenamiento territorial vigente y acorde a la clasificación del uso potencial del suelo. Se debe proteger y conservar las zonas ribereñas forestales identificadas en los predios.
normatividad agraria y del ordenamiento territorial vigente y acorde a la clasificación del uso potencial del suelo. Se debe proteger y conservar las zonas ribereñas forestales identificadas en los predios. Toda actividad que implique el uso o aprovechamiento de los recursos naturales (agua, suelo, bosque y aire), se debe solicitar el respectivo permiso a la CVC.”
Parques Nacionales Naturales de Colombia12, afirma que después de consultar los predios en el Mapa del Sistema Catastral del Geoportal del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, se determinó que no se encuentran traslapados con la información cartográfica incorporada por las diferentes autoridades ambientales en el Regi
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