🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

JUZ CUCUTA - 68081312100120190012602-68081312100120190012602

Juzgado de Cucuta

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
JUZ CUCUTA - 68081312100120190012602-68081312100120190012602
Autor
Juzgado de Cucuta
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Extinción de Dominio
Año

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CÚCUTA SALA CIVIL ESPECIALIZADA EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS San José de Cúcuta, treinta y uno de enero de dos mil veinticinco.

Nelson Ruiz Hernández Magistrado Ponente

Proceso: Restitución de Tierras.

Solicitante: Arturo Díaz Quesada y otra.

Opositor: Norberto Rodríguez Jiménez y otros.

Instancia: Única.

Asunto: Corrección de sentencia.

Decisión: Corrige providencia.

Radicado: 680813121001201900126 02.

Providencia: 002 de 2025.

En atención a la petición que antecede1 y en tanto se advierte que, en efecto, en la sentencia de 10 de diciembre de 2024 se incurrió en la imprecisión de citar equivocadamente el nombre de uno de los opositores, más precisamente el de JAVIER DARÍO CONTRERAS LÓPEZ, señalándose que este se llamaba JAVIER RICARDO CONTRERAS LÓPEZ, de conformidad con lo previsto en el artículo 286 del Código General del Proceso, que se estima aplicable para estos asuntos y que autoriza en cualquier tiempo la enmienda de decisiones judiciales, entre otras cosas, por yerros o incorrecciones del anunciado linaje, se dispone entonces CORREGIR la anotada providencia en el sentido de señalar, para todos los efectos a que haya lugar, que el nombre del citado contradictor y al que se hace alusión en los numerales SEGUNDO y 3.17 del comentado fallo, es en realidad JAVIER DARÍO

1 Actuación N° 64.2

Radicado: 680813121001201900126 02

SEGUNDO y 3.17 del comentado fallo, es en realidad JAVIER DARÍO

1 Actuación N° 64.2

Radicado: 680813121001201900126 02

CONTRERAS LÓPEZ, que no como erradamente allí se mencionó y que ahora se rectifica. Líbrense nuevamente los oficios a que haya lugar , si fuere el caso.

Proyecto aprobado según consta en el Acta N° 003 de 31 de enero de 2025.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE (2),

Los Magistrados

Firma Electrónica

NELSON RUIZ HERNÁNDEZ

Firma Electrónica

AMANDA JANNETH SÁNCHEZ TOCORA

Firma Electrónica

YENNY PAOLA OSPINA GÓMEZ

Firmado electrónicamente por el (la) Doctor(a):

AMANDA JANNETH SANCHEZ TOCORA

NELSON YESID RUIZ HERNANDEZ YENNY PAOLA OSPINA GOMEZ Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999Código de verificación: af8259243acc2e8a707b47a5739b5e00aacf6d845528d2aa5be25e94aafb11b1 Documento generado en 2025-01-31

Consultar sobre este documento ...