JUZ CUNDINAMARCA - 2018 08 Ago D250003121001201600027000Sentencia2018810171944
Juzgado de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- JUZ CUNDINAMARCA - 2018 08 Ago D250003121001201600027000Sentencia2018810171944
- Autor
- Juzgado de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Extinción de Dominio
- Año
- 2018
Juzgado Segundo de Descongestión Civil Circuito Especializado en Restitución de Tierras del Distrito Judicial de Cundinamarca Proceso de Restitución y Formalización de Tierras Abandonadas y Despojadas
Radicado: 2016-00027-00
Sentencia No. 11
REPÚBLICA DE COLOMBI
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
JUZGADO SEGUNDO DE DESCONGESTIÓN CIVIL DEL CIRCUITO
ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS PARA EL DISTRITO
JUDICIAL DE CUNDINAMARCA
Bogotá D.C., diez (10) de agosto de dos mil dieciocho (2018)
SENTENCIA No. 11
RADICADO No. 2016-00027
SOLICITANTE EUFRANIO OLAYA HOYOS
BERENICE OSTOS
JOSE FAIVER MEDINA RINCÓN
ANDREA RODRIGUEZ BRAUSIN
ANA MARÍA MARTINEZ SOTELO
SABARAÍN MELO AGUIRRE
PROCESO RESTITUCION Y FORMALIZACION DE
TIERRAS DE LAS VÍCTIMAS DEL DESPOJO Y
ABANDONO FORZOSO
1. OBJETO DE LA PROVIDENCIA Proferir sentencia dentro del trámite Especial de Restitución de Tierras Despojadas, conforme a lo previsto en el Art. 91 de la Ley 1448 de dentro del proceso adelantado por la Unidad Administrativa Especial De Gestión De Restitución De Tierras Despojadas UAEGRTD en representación de los solicitantes Eufranio Olaya Hoyos
identificado con cédula de ciudadanía No. 3.076.237 , Berenice Ostos identificad a
por la Unidad Administrativa Especial De Gestión De Restitución De Tierras Despojadas UAEGRTD en representación de los solicitantes Eufranio Olaya Hoyos identificado con cédula de ciudadanía No. 3.076.237 , Berenice Ostos identificad a con cédula de ciudadanía No. 20.698.277, José Faiver Medina Rincón identificado con cédula de ciudadanía No. 3.079.976, Andrea Rodríguez Brausin identificada con cédula de ciudadanía No. 21.134.359 , Ana María Martínez Sotelo identificad a con cédula de ciudadanía No. 20.69 9.132, Sabarain Melo Aguirre identificado con cédula de ciudadanía No. 80.382.103.
2. ANTECEDENTESJuzgado Segundo de Descongestión Civil Circuito Especializado en Restitución de Tierras del Distrito Judicial de
Cundinamarca Proceso de Restitución y Formalización de Tierras Abandonadas y Despojadas
Radicado: 2016-00027-00
Sentencia No. 11
2.1. LA SOLICITUD
La solicitud fue presentada el día 03 de junio de 2016, con la pretensión de proteger al derecho constitucional y fundamental de restitu ción de tierras. Esta fue incoada por la abogada Nadia Catalina Ávila Vivas, identificada con C.C. No. 1.018.418.476 y Tarjeta Profesional No. 206.864 del Consejo Superior de la Judicatura, profesional especializada adscrita a la Dirección Territorial Bogotá de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Territorial Bogotá,
y Tarjeta Profesional No. 206.864 del Consejo Superior de la Judicatura, profesional especializada adscrita a la Dirección Territorial Bogotá de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Territorial Bogotá, designada para adelantar esta acción por virtud de las Resoluciones No. RO 0651, 0652, 0653, 0654, 0655 y 0656 de 07 de abril de 2016 ; en cuanto hace relación a tramitar y culminar el proceso de restitución y formalización de tierras, establecido en la Ley 1448 de 2011, sobre los predios denominados “La Esperanza” identificado con Folio de Matrícula Inmobiliaria N° 167-24643 y cédula catastral 25-885-00-010005-0027-000; “Patio Bonito” identificado con Folio de Matrícula Inmobiliaria N° 167-24594 y cédula catastral 25-885-00-01-00020044-000; “El Reflejo” identificado con Folio de Matrícula Inmobiliaria N° 16724593 y cédula catastral 25-885-00-010001-0005-000; “La Esmeralda” identificado con Folio de Matrícula Inmobiliaria N° 16724641 y cédula catastral 25-885-00-01-0003-0012-000, “La Esperanza ” identificado con Folio de Matrícula Inmobiliaria N° 167-24798 y cédula catastral 25885-00-01-0003-0002-000; “La Esperanza ” identificado con Folio de Matrícula Inmobiliaria N° 167-24639 y cédula catastral 25-885-00-01-0003-0011-000;
885-00-01-0003-0002-000; “La Esperanza ” identificado con Folio de Matrícula Inmobiliaria N° 167-24639 y cédula catastral 25-885-00-01-0003-0011-000; ubicados en la inspección Alto de Cañas del Municipio de Yacopí, Cundinamarca, en favor de los señores Eufranio Olaya Hoyos identificado con cédula de ciudadanía No. 3.076.237, Berenice Ostos identificada con cédula de ciudadanía No. 20.698.277, José Faiver Medina Rincón identificado con cédula de ciudadanía No. 3.079.976, Andrea Rodríguez Brausin identificada con cédula de ciu dadanía No. 21.134.359, Ana María Martínez Sotelo identificada con cédula de ciudadanía No. 20.699.132, Sabarain Melo Aguirre identificado con cédula de ciudadanía No. 80.382.103.
2.2. IDENTIFICACIÓN DE LOS SOLICITANTES Y SU NUCLEO FAMILIAR Y SU RELACIÓN JURÍDICA CON LOS PREDIOS. La Solicitud de restitución de tierras fue presentada a favor de las siguientes personas:
Solicitante Número de CC. Predios solicitados FMI Eufranio Olaya Hoyos 3.076.237 La Esperanza 167-24643 Berenice Ostos 20.698.277 Patio Bonito 167-24594Juzgado Segundo de Descongestión Civil Circuito Especializado en Restitución de Tierras del Distrito Judicial de Cundinamarca Proceso de Restitución y Formalización de Tierras Abandonadas y Despojadas
Radicado: 2016-00027-00
Sentencia No. 11
Cundinamarca Proceso de Restitución y Formalización de Tierras Abandonadas y Despojadas
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Sentencia No. 11
José Faiver Medina Rincón 3.079.976 El Reflejo 167-24593 Andrea Rodríguez Brausin 21.134.359 La Esmeralda 167-24641 Ana María Martínez Sotelo 20.699.132 La Esperanza 167-24798 Sabarain Melo Aguirre 80.382.103 La Esperanza 167-24639
Núcleo familiar Eufranio Olaya Hoyos Nombres Apellidos Vínculo Presente al momento de la victimización Luz Clara Castañeda Compañera permanente Sí Elkin Olaya Castañeda Hijo Sí María Edilse Olaya Castañeda Hija Sí Faneth Olaya Castañeda Hijo Sí Yolanda Olaya Castañeda Hija No
Núcleo familiar Berenice Ostos Nombres Apellidos Vínculo Presente al momento de la victimización José Adelascar Alvarado Ostos Hijo No José Olber Alvarado Ostos Hijo No Linde Meller Ostos Hijo No María Eugenia Ostos Hija No
Núcleo familiar José Faiver Medina Rincón Nombres Apellidos Vínculo Presente al momento de la victimización Gloria Lázaro Muñoz Compañera permanente Sí Natalia Brigitte Medina Lázaro Hija Sí Leidy Tatiana Medina Lázaro Hija No Jhon Faiber Medina Lázaro Hijo No Luis Miguel Medina Lázaro Hijo No
Núcleo familiar Andrea Rodríguez Brausin
Sí Natalia Brigitte Medina Lázaro Hija Sí Leidy Tatiana Medina Lázaro Hija No Jhon Faiber Medina Lázaro Hijo No Luis Miguel Medina Lázaro Hijo No
Núcleo familiar Andrea Rodríguez Brausin Nombres Apellidos Vínculo Presente al momento de la victimización Benigno Alfonso Melo Linares (Q.E.P.D) Compañero permanente Sí Windin Alexis Melo Rodríguez Hijo SíJuzgado Segundo de Descongestión Civil Circuito Especializado en Restitución de Tierras del Distrito Judicial de Cundinamarca Proceso de Restitución y Formalización de Tierras Abandonadas y Despojadas
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Meyer Melo Rodríguez Hija Sí Yudi Milena Melo Rodríguez Hijo Sí Sandra Yaneth Melo Rodríguez Hijo Sí
Núcleo familiar Ana María Martínez Sotelo Nombres Apellidos Vínculo Presente al momento de la victimización Pedro Emilio
(Q.E.P.D)
Martínez Padre Sí
Núcleo familiar Sabarain Melo Aguirre Nombres Apellidos Vínculo Presente al momento de la victimización Elizabeth Melo Aguirre Hermano Sí José Arbey Melo Aguirre Hermano Sí Gricelda Melo Aguirre Hermana Sí Yon Miller Melo Aguirre Hermano Sí Ferney Melo Aguirre Hermano Sí Héctor Melo Aguirre Hermano Sí Nilson Melo Aguirre Hermano Sí Yessica Melo Aguirre Hermana Sí
Yon Miller Melo Aguirre Hermano Sí Ferney Melo Aguirre Hermano Sí Héctor Melo Aguirre Hermano Sí Nilson Melo Aguirre Hermano Sí Yessica Melo Aguirre Hermana Sí
Conforme al libelo introductorio la relación jurídica de los solicitantes con los predios solicitados, es la de ocupantes.
2.3. IDENTIFICACIÓN DE LOS PREDIOS SOLICITADOS La información a continuación descrita entre las que se indican coordenadas, linderos y área de cada uno de los predios solicitados en restitución, fueron tomados de los informes técnico s conjuntos presentados por la UAEGRTD y el IGAC (con fecha del mes de abril de 2016) y por los que certificó el IGAC que estaban en debida forma, allegados con la solicitud (folios N. 52 a 75 PDF).
2.3.1 PREDIO "LA ESPERANZA" Datos generales
Nombre Folio de matrícula inmobiliaria Número predial Área Georreferenciada en campoJuzgado Segundo de Descongestión Civil Circuito Especializado en Restitución de Tierras del Distrito Judicial de Cundinamarca Proceso de Restitución y Formalización de Tierras Abandonadas y Despojadas
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La Esperanza 167-24643 25-885-00-01-00050027-000 1 Has 4923m²
Coordenadas Georreferenciadas
LinderosJuzgado Segundo de Descongestión Civil Circuito Especializado en Restitución de Tierras del Distrito Judicial de Cundinamarca
0027-000 1 Has 4923m²
Coordenadas Georreferenciadas
LinderosJuzgado Segundo de Descongestión Civil Circuito Especializado en Restitución de Tierras del Distrito Judicial de Cundinamarca Proceso de Restitución y Formalización de Tierras Abandonadas y Despojadas
Radicado: 2016-00027-00
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NORTE Partiendo desde el punto 2633 en línea quebrada que pasa por los puntos 2613 - 2647 - 55228 hasta llegar al punto 55237, en dirección oriental en una distancia de 169,262 metros con el señor EDILBERTO MELO
TRIANA.
ORIENTE Partiendo desde el punto 55237 en línea recta hasta llegar al punto 2638, en dirección sur con l a señora ANA PLAZAS, en distancia de 32,851 metros. Continuando por esta cardinalidad y desde el punto 2638 en línea recta hasta llegar al punto 2648 en dirección sur-oriente en una distancia de 10,046 metros con la señora NUBIA PLAZAS. Continuando por est a cardinalidad y desde el punto 2648 en lí nea recta hasta llegar al punto 2635 en dirección sur-oriente en una distancia de 55,478 metros con la señora ENITH OLAYA. SUR Partiendo desde el punto 2635 en línea recta hasta llegar al punto 55229 en dirección sur-occidente en una distancia de 31,77 metros con la señora ENITH OLAYA. Continuando por esta cardinalidad y desde el punto 55229 en línea quebrada que pasa por los puntos 55230 - 2615 - 2625 en dirección nor-occidente en una distancia de 78,801 metros y cambiando de dirección desde el punto 2625 en línea quebrada que pasa por los
en línea quebrada que pasa por los puntos 55230 - 2615 - 2625 en dirección nor-occidente en una distancia de 78,801 metros y cambiando de dirección desde el punto 2625 en línea quebrada que pasa por los puntos 55231 - 55232 - 2628 - hasta llegar al punto 55223 en dirección sur - occidente en distancia de 76,9 metros y un total de 155,695 metros en las dos direcciones con la seño r JORGE HUMBERTO HOYOS. Continuando por esta cardinalidad desde el punto 55223 en línea quebrada que pasa por el punto 2627 hasta llegar al punto 2626 en dirección oriental en una distancia de 56,257 metros con la señora MARIA
FRANCISCA HOYOS.
OCCIDENTE Partiendo desde el punto 2626 en línea recta hasta llegar al punto 55234, en dirección Nor — occidente, en distancia de 23,131 metros con el señor MILLER HOYOS. Continuando por esta cardinalidad y desde el punto 55234 en línea recta quebrada que pasa por el punto 55235 hasta llegar al punto 2633 en dirección nor -occidente en una distancia de 85,412 metros con el señor JORGE HUMBERTO HOYOS.
2.3.2. PREDIO “PATIO BONITO"
Datos generales
Nombre Folio de matrícula inmobiliaria Número predial Área Georreferenciada en campo Patio Bonito 167-24594 25-885-00-010002-0044-000 0 Has 2751m²
Coordenadas GeorreferenciadasJuzgado Segundo de Descongestión Civil Circuito Especializado en Restitución de Tierras del Distrito Judicial de Cundinamarca
0002-0044-000 0 Has 2751m²
Coordenadas GeorreferenciadasJuzgado Segundo de Descongestión Civil Circuito Especializado en Restitución de Tierras del Distrito Judicial de Cundinamarca Proceso de Restitución y Formalización de Tierras Abandonadas y Despojadas
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Linderos NORTE Partiendo desde el punto 83997, por la carretera veredal, hasta llegar al punto 84063, en distancia de 22,92 metros; siguiendo desde el punto 84063, en línea quebrada, pasando por los puntos 83998, 84282, hasta llegar al punto 84286, end istancia de 43,88 metros con Leonor Ostos. ORIENTE Partiendo desde el punto 84286, en línea recta hasta el punto 84051, en distancia de 40,40 metros, con Leonor Ostos SUR Partiendo desde el punto 84051, en línea recta, hasta llegar al punto 84244, en distancia de 47,83 metros con Marlon Ostos. OCCIDENTE Partiendo desde el punto 84244 en línea quebrada, pasando por los puntos 84053, 84058 hasta el punto 83997, con Fabio Ostos, en distancia de 68,85 metros.
2.3.3 PREDIO "EL REFLEJO" Datos generales
Nombre Folio de matrícula inmobiliaria Número predial Área Georreferenciada en campo El Reflejo 16724593 25-885-00-010001-0005-000 4 Has 5525m²
Coordenadas GeorreferenciadasJuzgado Segundo de Descongestión Civil Circuito Especializado en Restitución de Tierras del Distrito Judicial de
0001-0005-000 4 Has 5525m²
Coordenadas GeorreferenciadasJuzgado Segundo de Descongestión Civil Circuito Especializado en Restitución de Tierras del Distrito Judicial de Cundinamarca Proceso de Restitución y Formalización de Tierras Abandonadas y Despojadas
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Linderos NORTE Partiendo desde el punto 84052 en línea quebrada que pasa por el punto 84033 hasta el punto 84256 en dirección norte — oriente con BELISARIO MEDINA, en distancia de 116,41 metros; continuando por esta cardinalidad desde el punto 84256 en línea quebrada que pasa por el punto 84087 hasta llegar al punto 84082, en dirección norte -oriente con LILIA RINCON FAJARDO, en distancia de 187,95 metros. ORIENTE Partiendo desde el punto 84082 en línea recta hasta llegar al punto 84065, en dirección sur-occidente con LILIA RINCON FAJARDO, en distancia de 157,08 metros.Juzgado Segundo de Descongestión Civil Circuito Especializado en Restitución de Tierras del Distrito Judicial de Cundinamarca Proceso de Restitución y Formalización de Tierras Abandonadas y Despojadas
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SUR Partiendo desde el punto 84065 en línea quebrada que pasa por los puntos 84007 — 84002 — 84272 hasta llegar al punto 84263, en dirección suroccidente quebrada que pasa por el punto 1 hasta llegar al punto 84017, en dirección sur-occidente con JANETH MAHECHA, en distancia de 47,55 metros. Continuando por esta cardinalidad partiendo del punto
suroccidente quebrada que pasa por el punto 1 hasta llegar al punto 84017, en dirección sur-occidente con JANETH MAHECHA, en distancia de 47,55 metros. Continuando por esta cardinalidad partiendo del punto 84017 en línea recta hasta llegar al punto 84004, en direcció n suroccidente con SILVIA MAHECHA, en distancia de 61,67 metros con LILIA RINCON FAJARDO, en distancia de 285,94 metros. Continuando por esta cardinalidad partiendo del punto 84263 en línea quebrada que pasa por el punto 1 hasta llegar al punto 84017, en dirección sur-occidente con JANETH MAHECHA, en distancia de 47,55 metros. Continuando por esta cardinalidad partiendo del punto 84017 en línea recta hasta llegar al punto 84004, en dirección sur-occidente con SILVIA MAHECHA, en distancia de 61,67 metros. OCCIDENTE Partiendo desde el punto 84004 en línea recta hasta llegar al punto 84030 en dirección norte—occidente; del punto 84030 en línea quebrada que pasa por los puntos 84070 — 84034 — 84008 hasta el punto 84246 en dirección norteoriente; del punto 84246 en línea quebrada que pasa por el punto 84003, hasta llegar al punto 84052, en dirección norteoccidente, con JANETH MAHECHA, en distancia de 260,77 metros.
2.3.4 PREDIO "LA ESMERALDA" Datos generales
Nombre Folio de matrícula inmobiliaria Número predial Área Georreferenciada en campo La Esmeralda 16724641 25-885-00-010003-0012-000 1 Has 1294m²
inmobiliaria Número predial Área Georreferenciada en campo La Esmeralda 16724641 25-885-00-010003-0012-000 1 Has 1294m²
Coordenadas Georreferenciadas.Juzgado Segundo de Descongestión Civil Circuito Especializado en Restitución de Tierras del Distrito Judicial de Cundinamarca Proceso de Restitución y Formalización de Tierras Abandonadas y Despojadas
Radicado: 2016-00027-00
Sentencia No. 11
Linderos NORTE Partiendo desde el punto 119991 en línea recta en dirección sur -oriente hasta llegar al punto 27335, con el RIO MORIS, en distancia de 28.8158 metros y desde el punto 27335 en línea quebrada pasando por el punto 119990 hasta llegar al punto 27336 en distancia de 71.22 metros con
URIAS LAZARO.
ORIENTE Partiendo desde el punto 27336 en línea recta en dire cción sur hasta llegar al punto 119989 en distancia de 17.4453 metros con URIAS LAZARO y en línea quebrada desde el punto 119989 pasando por el punto 119988 hasta llegar al punto 27337 en distancia de 83.1926 metros
con SABARAIN MELO.
SUR Partiendo desde el punto 27337 en línea recta hasta llegar al punto 119954, en dirección sur -occidente en distancia de 28.491 metros con OLIVA LINARES y en línea quebrada desde el punto 119954 pasando por los puntos 47245 y 47244 hasta llegar al punto 47243 en distancia d e 98.9121 metros con SABARAIN MELO. OCCIDENTE Partiendo desde el punto 47243 en línea quebrada pasando por el punto
los puntos 47245 y 47244 hasta llegar al punto 47243 en distancia d e 98.9121 metros con SABARAIN MELO. OCCIDENTE Partiendo desde el punto 47243 en línea quebrada pasando por el punto 22762 hasta llegar al punto 27334 en dirección nor -occidente con ALFREDO LINARES en distancia de 114.705 metros y en línea recta enJuzgado Segundo de Descongestión Civil Circuito Especializado en Restitución de Tierras del Distrito Judicial de Cundinamarca Proceso de Restitución y Formalización de Tierras Abandonadas y Despojadas
Radicado: 2016-00027-00
Sentencia No. 11
dirección nororiente desde el punto 27334 hasta llegar al punto 119991 en distancia de 36.3618 metros con MARIA AVILA.
2.3.5 PREDIO "LA ESPERANZA" Datos generales
Nombre Folio de matrícula inmobiliaria Número predial Área Georreferenciada en campo La Esperanza 167-24798 25-885-00-010003-0002-000 0 Has 9879m²
Coordenadas Georreferenciadas.
Linderos NORTE Partiendo desde el punto 47252 en línea recta hasta llegar al punto 47251, en dirección oriental en una distancia de 55,15 metros con el señor JOSE ERLEY ALDANA. Continuando por esta cardinalidad y partiendo del punto 47251 en línea recta hasta llegar al punto 47242, en dirección oriental en una distancia de 95,88 metros con la señora ANA MARIA MARTINEZ. ORIENTE Partiendo desde el punto 47242 en línea quebrada que pasa por el punto AUX QUEB y por la orilla de la quebrada hasta llegar al punto 119955 en
una distancia de 95,88 metros con la señora ANA MARIA MARTINEZ. ORIENTE Partiendo desde el punto 47242 en línea quebrada que pasa por el punto AUX QUEB y por la orilla de la quebrada hasta llegar al punto 119955 en dirección sur occidente en distancia de 52,567 metros.Juzgado Segundo de Descongestión Civil Circuito Especializado en Restitución de Tierras del Distrito Judicial de Cundinamarca Proceso de Restitución y Formalización de Tierras Abandonadas y Despojadas
Radicado: 2016-00027-00
Sentencia No. 11
SUR Partiendo del punto 119955 en línea quebrada que pasa por los puntos 47250 — 119956 — hasta ll egar al punto 119958 en dirección nor occidental con YAZMIN LAZARO, en distancia de 165.488 metros. OCCIDENTE Partiendo desde el punto 119958 en línea recta hasta llegar al punto 47252 y cerrando con el señor JOSE URIAS (PADRE) Camino de herradura al medio en dirección noroccidental en distancia de 48,565 metros.
2.3.6 PREDIO "LA ESPERANZA"
Datos generales La Esperanza” identificado con Folio de Matrícula Inmobiliaria N° y cédula catastral Nombre Folio de matrícula inmobiliaria Número predial Área Georreferenciada en campo La Esperanza 167-24639 25-885-00-01-00030011-000 0 Has 4944m²
Coordenadas Georreferenciadas.
LinderosJuzgado Segundo de Descongestión Civil Circuito Especializado en Restitución de Tierras del Distrito Judicial de Cundinamarca Proceso de Restitución y Formalización de Tierras Abandonadas y Despojadas
LinderosJuzgado Segundo de Descongestión Civil Circuito Especializado en Restitución de Tierras del Distrito Judicial de Cundinamarca Proceso de Restitución y Formalización de Tierras Abandonadas y Despojadas
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NORTE Partiendo desde el punto 119989 en línea recta con dirección sur oriente y con una distancia de 16,342 metros llega al punto 27310, de allí continúa en dirección oriente con una distancia de 35.810 metros hasta encontrar el punto 27326, desde el punto 27346 en línea quebrada y en dirección suroriente, pasando por el punto 27327 hasta llegar al punto 27297 con una distancia de 40,791 metros y continuando desde el punto 27297 en línea recta con dirección nor-oriente con una distancia de 33,077 metros hasta encontrar el punto 119992 con URÍAS LÁZARO. ORIENTE Partiendo desde el punto 47246 en línea quebrada en dirección s ur pasando por el punto 47247 hasta llegar al punto 47292 en distancia de 132,4979 metros con GREGORIO RODRIGUEZ. SUR Partiendo desde el punto 119993 en línea recta con dirección suroccidente con una distancia de 32,337 metros hasta encontrar el punto Aux_119993 y continuando por el punto Aux_119993 y en línea recta con dirección noroccidente hasta llegar al punto 27337 con ULISES OSTOS con una distancia de 39,975 metros. OCCIDENTE Partiendo desde el punto 27337 en línea recta en dirección norte hasta encontrar el punto 119988 con una distancia de 38,809 metros: y desde el punto 119988 en línea recta y dirección nor-occidente con una distancia
OCCIDENTE Partiendo desde el punto 27337 en línea recta en dirección norte hasta encontrar el punto 119988 con una distancia de 38,809 metros: y desde el punto 119988 en línea recta y dirección nor-occidente con una distancia de 44.384 se llega al punto 119989 con ANDREA RODRÍGUEZ.
2.4. DEL REQUISITO DE PROCEDIBILIDAD Se encontró acreditado a cabalidad, conforme lo contempla en el inciso 5 o del Art. 76 de la Ley 1448 de 2011, en lo atinente al procedimiento administrativo surtido ante la UNIDAD ESPECIAL DE GESTIÓN DE RESTITUCIÓN DE TIERRAS DESPOJADAS (UAEGRTD) respecto de l os y las solicitantes; en el entendido de haberse llevado a cabo su inclusión en el Registro de Tierras Despojadas y Abandonadas Forzosamente –RTDAF (Fl. 1452-1466 PDF consecutivo 2 expediente digital).
3. HECHOS RELEVANTES
La tenencia de la tierra en el municipi o de Yacopí se configuró a partir de la toma de posesión de terrenos baldíos, desde el año 1950, pues Yacopí contaba con grandes extensiones de tierra que favorecían la explotación agrícola. En ese sentido "(...) unos formaron sus parcelas y minifundios y los más ambiciosos grandes latifundios. Nadie pagaba impuestos porque esas propiedades no tenían escrituras públicas (...)". (Hecho extraído del análisis de contexto presentado por la UAEGRTD).Juzgado Segundo de Descongestión Civil Circuito Especializado en Restitución de Tierras del Distrito Judicial de Cundinamarca Proceso de Restitución y Formalización de Tierras Abandonadas y Despojadas
UAEGRTD).Juzgado Segundo de Descongestión Civil Circuito Especializado en Restitución de Tierras del Distrito Judicial de Cundinamarca Proceso de Restitución y Formalización de Tierras Abandonadas y Despojadas
Radicado: 2016-00027-00
Sentencia No. 11
Los solicitantes tenían para el año 2000 y aún conservan un arraigo y una forma de vida campesina tradicional con acceso únicamente a energía eléctrica como servicio público domiciliario.
Los solicitantes eran ocupantes pacíficos de baldíos, reconociendo y creyendo que su ocupación era propiedad, en tanto, estos habían comprado de otros o por legado de sus padres y tenían “documentos” que demostraban su propiedad.
Los hechos victimizantes que aducen los solicitantes se refieren a una amenaza generalizada en la inspección del Alto de Cañas en el municipio de Ya copí, Cundinamarca en el año 2000, que es corroborada y demostrada a partir del análisis de contexto y el hecho notorio que fue este acontecimiento ampliamente conocida por los medios nacionales de comunicación.
El día 03 de junio de 2016, la Unidad a nombre de los solicitantes, radicó la solicitud de restitución de tierras por los predios anteriormente descritos ante el Juzgado Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras del Distrito Judicial de Cundinamarca, quien tras diferentes requerim ientos para subsanar la solicitud, la admitió por medio del auto interlocutorio 231 del 22 de julio de 2016.
4. PRETENSIONES
Pretensiones principales transcritas de la solicitud.
PRIMERA: PROTEGER el derecho fundamental a la restitución y formalización de
4. PRETENSIONES
Pretensiones principales transcritas de la solicitud.
PRIMERA: PROTEGER el derecho fundamental a la restitución y formalización de tierras de los señores Eufranio Olaya Hoyos, Berenice Ostos, José Faiver Medina
Rincón, Andrea Rodríguez Brausin, Ana María Martínez Sotelo, Sabarain Melo Aguirre, identificados con las cédulas de ciudadanía No. 3.076.237, 20.698.277, 3.079.976, 21.134.359, 20.699.132, 80.382.103 respectivamente (y a sus núcleos familiares) en calidad de ocupantes de los predios La Esperanza 167 -24643, Patio Bonito 167-24594, El Reflejo 167 -24593, La Esmeralda 167 -24641, La Esperanza 167-24798, La Esperanza 167 -24639, r espectivamente, en los términos establecidos por la Corte Constitucional mediante sentencia T -821 de 2007 y auto de seguimiento 008 de 2007.
SEGUNDA: En consecuencia ORDENAR al INCODER la adjudicación de los predios "La Esperanza 167 -24643, Patio Bonito 1 67-24594, El Reflejo 167 -24593, La Esmeralda 167 - 24641. La Esperanza 167 -24798, Eufranio Olaya Hoyos, Berenice Ostos. José Faiver Medina Rincón, Andrea Rodríguez Brausin, Ana MaríaJuzgado Segundo de Descongestión Civil Circuito Especializado en Restitución de Tierras del Distrito Judicial de
Cundinamarca Proceso de Restitución y Formalización de Tierras Abandonadas y Despojadas
Radicado: 2016-00027-00
Sentencia No. 11
Cundinamarca Proceso de Restitución y Formalización de Tierras Abandonadas y Despojadas
Radicado: 2016-00027-00
Sentencia No. 11
Martínez Sotelo, Sabarain Melo Aguirre, teniendo en cuenta su calidad de ocupantes de bienes baldíos susceptibles de ser adjudicados, de conformidad con lo dispuesto en el literal g) del artículo 91 de la Ley 1448 de 2011.
TERCERA: ORDENAR como medida de reparación integral la restitución en favor de cada uno de los solicitante s, de la porción de los predios identificados e individualizados en la sección de hechos de la presente solicitud y de conformidad con las pretensiones presentadas aquí. Lo anterior, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 82 de la ley 1448 de 2011 , relacionado con la entrega y formalización de los predios inscritos en el Registro de la Unidad Administrativa
Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas.
CUARTA: En los términos del artículo 118 de la ley 1448 de 2011, FORMALIZAR la relac ión jurídica de Propietaria, en favor de las señoras LUZ CLARA CASTAÑEDA, CC. 21.132.453, GLORIA LAZARO MUÑOZ CC. 21.136.206 en su condición de compañeras permanentes de los señores Eufranio Olaya Hoyos. José Faiver Medina Rincón, al momento de la ocurrencia de los hechos victimizantes.
QUINTA: ORDENAR a la Oficina de Instrumentos Públicos del Circulo Registral de La Palma Cundinamarca: i) inscribir la sentencia en los términos señalados en el
QUINTA: ORDENAR a la Oficina de Instrumentos Públicos del Circulo Registral de La Palma Cundinamarca: i) inscribir la sentencia en los términos señalados en el literal c) del artículo 91 de la ley 1448 de 2011. ii) Cancelar todo antecedente registral, gravamen y limitaciones de dominio, título de tenencia, arrendamiento, falsas tradiciones y medidas cautelares registradas con posterioridad al abandono, así como la cancelación de los correspondientes asientos e inscripciones registrales que figuren a favor de terceros ajenos a los solicitantes de esta acción.
SEXTA: ORDENAR a la Oficina de Instrumentos Públicos del Circulo Registral de Palma Cundinamarca la inscripción en el folio de matrícula inmobiliaria de la medida de protección jurídica prevista en el artículo 19 de la ley 387 de 1997, siempre y cuando medie consentimiento expreso de la víctima.
SÉTIMA: ORDENAR al Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) como autoridad catastral para el departamento de Cundinamarca, la actualización de sus registros cartográficos y alfanuméricos, atendiendo la individualización e identificación del prediolograda con el levantamiento topográfico y el informe técnico catastral anexo a esta solicitud, o de acuerdo con lo que después del debate probatorio que exista dentro del presente proceso se pueda determinar con respecto a la individualización material del bien solicitado en restitución de tierras, esto de conformidad a lo dispuesto en el literal p) del artículo 91 de la ley 1448 de 2011.Juzgado Segundo de Descongestión Civil Circuito Especializado en Restitución de Tierras del Distrito Judicial de
Cundinamarca
conformidad a lo dispuesto en el literal p) del artículo 91 de la ley 1448 de 2011.Juzgado Segundo de Descongestión Civil Circuito Especializado en Restitución de Tierras del Distrito Judicial de Cundinamarca Proceso de Restitución y Formalización de Tierras Abandonadas y Despojadas
Radicado: 2016-00027-00
Sentencia No. 11
OCTAVA: RECONOCER el alivio de pasivos por concepto de impuesto predial, tasas y otras contribuciones, ordenar y advertir a los entes territoriales su aplicación sobre los predios objeto de restitución como medida con efecto reparador y de conformidad con los artículos 121 de la ley 1448 de 2011 y 139 del decreto 4800 de
2011.
NOVENA: ORDENAR al Fondo de la Unidad de Restitución de Tierra
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