JUZ EL CARMEN DE BOLIVAR - 13244312100120190010000-2019-00100
Juzgado de El Carmen de Bolivar
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- JUZ EL CARMEN DE BOLIVAR - 13244312100120190010000-2019-00100
- Autor
- Juzgado de El Carmen de Bolivar
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Extinción de Dominio
- Año
- 2019
SENTENCIA NO. 0012
Proceso Radicado N° 13-244-31-21-001-2019-00100-00
P á g i n a 1 de 59
RJ-CER855787-130 RJ-CER855787
JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN
RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE EL CARMEN DE BOLÍVAR
www.ramajudicial.gov.co j01cctoesrtbol@cendoj.ramajudicial.gov.co Barrio el porvenir calle 24 No. 45-34 gov.cotcarbolivar@cendoj.ramajudicial.gov.co Barrio el porvenir calle 24 No. 45-34
El Carmen de Bolívar, Treinta (30) de Septiembre de dos mil veinticinco (2025).
I. IDENTIFICACIÓN DEL PROCE SO, RADICACIÓN Y PARTE S
INTERVINIENTES
II. OBJETO DEL PRONUNCIAMIENTO
Entra el Despacho a emitir la sentencia que en derecho corresponde d entro de la demanda de Restitución y Formalización de Tierras Despojadas o Abandonadas Forzosamente, presentada por los señores, MANUEL ENRIQUE, FELIX MIGUEL , MARÍA ISABEL , DANILSA ESTHER , EMILSE HORTENSIA, CRISTINA ISABEL , WILBERTO, LUIS ALFONSO , EDINSON MANUEL y DUVIS MARGOT, Hermanos ÁLVAREZ ARAGÓN , a través de apoderado, por haberse surtido de manera válida la actuación previa que permite adoptar esta decisión.
III. ANTECEDENTES
MARGOT, Hermanos ÁLVAREZ ARAGÓN , a través de apoderado, por haberse surtido de manera válida la actuación previa que permite adoptar esta decisión.
III. ANTECEDENTES
En el presente caso se tiene que los señore s MANUEL ENRIQUE ÁLVAREZ ARAGÓN, identificado con CC N°73.546.369, FELIX MIGUEL ÁLVAREZ ARAGÓN, identificado con CC N°3.860.626, MARÍA ISABEL ÁLVAREZ ARAGÓN, identificada con CC N°22.906.313, DANILSA ESTHER ÁLVAREZ ARAGÓN, identificada con CC N°45.583.928, EMILSE HORTENSIA ÁLVAREZ ARAGÓN , identificada con CC N°45.580,749, CRISTINA ISABEL ÁLVAREZ ARAGÓN , identificada con CC N°45.576.052 , WILBERTO ÁLVAREZ ARAGÓN, identificado con CC N°73.551.490, LUIS ALFONSO ÁLVAREZ ARAGÓN, identificado con CC N°3.860.654, EDINSON MANUEL ÁLVAREZ ARAGÓN , ide ntificado con CC N°73.430.897 y DUVIS MARGOT ÁLVAREZ ARAGÓN, identificada con CC N°22.906.312; por intermedio de apoderado ; pretende la restitución del predio denominado “CANADA”, identificado con Folio de Matrícula Inmobiliaria N°062-37447 y Cédula Catastral N°132440003000000020206000000; u bicado en la Vereda Camaroncito del municipio de El Carmen de Bolívar, Departamento de Bolívar; la información del predio solicitado se concreta de la siguiente forma: Tipo de proceso: Proceso Especial de Restitución y Formalización de Tierras
municipio de El Carmen de Bolívar, Departamento de Bolívar; la información del predio solicitado se concreta de la siguiente forma: Tipo de proceso: Proceso Especial de Restitución y Formalización de Tierras
Solicitantes: MANUEL ENRIQUE, FELIX MIGUEL, MARÍA ISABEL, DANILSA
ESTHER, EMILSE HORTENSIA, CRISTINA ISABEL, WILBERTO, LUIS ALFONSO,
EDINSON MANUEL y DUVIS MARGOT, Hermanos ÁLVAREZ ARAGÓN Oposición: INDETERMINADOS Predio: “CANADA” Ubicado en la Vereda Camaroncito, del Municipio de el Carmen de BolÍvar - Bolívar, FMI No. 062-37447; con Cedula Catastral
N°132440003000000020206000000SENTENCIA NO. 0012
Proceso Radicado N° 13-244-31-21-001-2019-00100-00
P á g i n a 2 de 59
RJ-CER855787-130 RJ-CER855787
JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN
RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE EL CARMEN DE BOLÍVAR
www.ramajudicial.gov.co j01cctoesrtbol@cendoj.ramajudicial.gov.co Barrio el porvenir calle 24 No. 45-34 gov.cotcarbolivar@cendoj.ramajudicial.gov.co Barrio el porvenir calle 24 No. 45-34
SOLICITANTES IDENTIFICACIÓN
MANUEL ENRIQUE ÁLVAREZ
ARAGÓN FELIX MIGUEL ÁLVAREZ
ARAGÓN, MARÍA ISABEL ÁLVAREZ
ARAGÓN, DANILSA ESTHER ÁLVAREZ
SOLICITANTES IDENTIFICACIÓN
MANUEL ENRIQUE ÁLVAREZ
ARAGÓN FELIX MIGUEL ÁLVAREZ
ARAGÓN, MARÍA ISABEL ÁLVAREZ
ARAGÓN, DANILSA ESTHER ÁLVAREZ
ARAGÓN, EMILSE ORTENSIA ÁLVAREZ
ARAGÓN
CRISTINA ISABEL ÁLVAREZ ARAGÓN ,
WILBERTO ÁLVAREZ ARAGÓN,
LUIS ALFONSO ÁLVAREZ ARAGÓN ,
EDINSON MANUEL ÁLVAREZ
ARAGÓN
DUVIS MARGOT ÁLVAREZ ARAGÓN
73.546.369 3.860.626 22.906.313 45.583.928 45.580.749 45.576.052 73.551.490 3.860.654 73.430.897 22.906.312
NOMBRE DEL
PREDIO A
RESTITUIR
REFERENCIAS
CATASTRALES
DEL AREA
SOLICITADA
MATRICULA
INMOBILIARIA
ASOCIADA
TITULAR EN REGISTRO “CANADA”. Ext: 26
Hectáreas, con 6.007 Metros
Cuadrados 13244000300000 0020206000000 062-37447 LA NACIÓNSENTENCIA NO. 0012
Proceso Radicado N° 13-244-31-21-001-2019-00100-00
P á g i n a 3 de 59
RJ-CER855787-130 RJ-CER855787
JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN
RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE EL CARMEN DE BOLÍVAR
www.ramajudicial.gov.co
RJ-CER855787-130 RJ-CER855787
JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN
RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE EL CARMEN DE BOLÍVAR
www.ramajudicial.gov.co j01cctoesrtbol@cendoj.ramajudicial.gov.co Barrio el porvenir calle 24 No. 45-34 gov.cotcarbolivar@cendoj.ramajudicial.gov.co Barrio el porvenir calle 24 No. 45-34
LINDEROS:
COORDENADAS:SENTENCIA NO. 0012
Proceso Radicado N° 13-244-31-21-001-2019-00100-00
P á g i n a 4 de 59
RJ-CER855787-130 RJ-CER855787
JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN
RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE EL CARMEN DE BOLÍVAR
www.ramajudicial.gov.co j01cctoesrtbol@cendoj.ramajudicial.gov.co Barrio el porvenir calle 24 No. 45-34 gov.cotcarbolivar@cendoj.ramajudicial.gov.co Barrio el porvenir calle 24 No. 45-34
3.1. Fundamentos de hecho indicados en la demanda de Restitución y Formalización de Tierras Despojadas o Abandonadas Forzosamente, presentada por los señores MANUEL ENRIQUE, FELIX MIGUEL, MARÍA ISABEL, DANILSA ESTHER , EMILSE HORTENSIA , CRISTINA ISABEL , WILBERTO, LUIS
ALFONSO, EDINSON MANUEL y DUVIS MARGOT , Hermanos ÁLVAREZ
ARAGÓN
PRIMERO: Según lo manifiestan los solicitantes, el predio que, hoy reclaman en restitución, fue adquirido por su padre ; así: Media (1/2) Hectarea qu e, le dio su padre (Abuelo de los solicitantes), Ocho (08) Hectáreas colindantes que, le compró al señor JOAQUÍN MONTES e, el año 1970 compró Dieciocho (18) Hectáreas colindantes a la señora TERESA HERNÁNDEZ; formando un globo integrado por Veintiséis (26) Hectáreas; las cuales fueron explotadas por los Hermanos ÁLVAREZ ARAGÓN, principalmente en agricultura y ganadería; construyendo casas en material y ranchos de bahareque.
globo integrado por Veintiséis (26) Hectáreas; las cuales fueron explotadas por los Hermanos ÁLVAREZ ARAGÓN, principalmente en agricultura y ganadería; construyendo casas en material y ranchos de bahareque.
SEGUNDO: Manifiestan los solicitantes que; a partir del año 1999, com ienza a saberse de presencia de grupos armados, que disputan en la zona y se presentan enfrentamientos con el ejército y ocurren masacres.
TERCERO: Manifiestan los solicitantes, que conocieron que los grupos armados habían llegado al predio en su búsqueda; por lo cual se desplazaron junto con su núcleo familiar al Municipio de El Carmen de Bolívar. Quedando el predio completamente solo.SENTENCIA NO. 0012
Proceso Radicado N° 13-244-31-21-001-2019-00100-00
P á g i n a 6 de 59
RJ-CER855787-130 RJ-CER855787
JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN
RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE EL CARMEN DE BOLÍVAR
www.ramajudicial.gov.co j01cctoesrtbol@cendoj.ramajudicial.gov.co Barrio el porvenir calle 24 No. 45-34 gov.cotcarbolivar@cendoj.ramajudicial.gov.co Barrio el porvenir calle 24 No. 45-34
CUARTO: Que en el año 2009; observándose que la situación de violencia había mejorado, se regresaron al predio; y desde entonces retomaron su explotación.
QUINTO: Indican que el predio; según consultas realizadas por el Área
CUARTO: Que en el año 2009; observándose que la situación de violencia había mejorado, se regresaron al predio; y desde entonces retomaron su explotación.
QUINTO: Indican que el predio; según consultas realizadas por el Área Catastral de la UAEGRTD; es de naturaleza BA LDÍA, por lo cual se procedió en desarrollo del procedimiento administrativo a la Apertura del Folio de Matrícula Inmobiliaria; para el predio reclamado.
SEXTO: Surtida la Actuación Administrativa de conformidad con, lo dispuesto por la Ley 1148 de 2011 y el Decreto 1071 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 440 de 2016, la UAEGRTD profiere la Resolución RB 00032 de 25 de Enero de 2019, mediante la cual se INSCRIBIÓ el predio objeto de restitución, en el Registro Único de Tierras Despojadas y Abandonadas Forzosamente – RUATDAF, a nombre de los señores MANUEL
ENRIQUE ÁLVAREZ ARAGÓN , identificado con CC N°73.546.369, FELIX MIGUEL ÁLVAREZ ARAGÓN, identificado con CC N°3.860.626, MARÍA ISABEL ÁLVAREZ ARAGÓN , identificada con CC N°22.906.313, DANILSA E STHER ÁLVAREZ ARAGÓN, identificada con CC N°45.583.928, EMILSE HORTENSIA ÁLVAREZ ARAGÓN , identificada con CC N°45.580,749, CRISTINA ISABEL ÁLVAREZ ARAGÓN, identificada con CC N°45.576.052 , WILBERTO ÁLVAREZ ARAGÓN, identificado con CC N°73.551.490, LUIS AL FONSO ÁLVAREZ
ÁLVAREZ ARAGÓN, identificada con CC N°45.576.052 , WILBERTO ÁLVAREZ ARAGÓN, identificado con CC N°73.551.490, LUIS AL FONSO ÁLVAREZ ARAGÓN, identificado con CC N°3.860.654, EDINSON MANUEL ÁLVAREZ ARAGÓN, identificado con CC N°73.430.897 y DUVIS MARGOT ÁLVAREZ ARAGÓN, identificada con CC N°22.906.312; en calidad de OCUPANTES del predio “CANADÁ”, junto con sus núcleos familiares.
SÉPTIMO: Los solicitantes , manifestaron expresamente sus consentimientos, para que la UAEGRTD ejerciera la representación judicial, para formular acción de restitución de tierras ante los Jueces Civiles
Especializados en Restitución de Tierras de El Carmen de Bolívar.
OCTAVO: DE LA SITUACIÓN ACTUAL DEL PREDIO: El 23 de Marzo de 2018, se lleva a cabo la diligencia de Comunicación en el Predio “CANADÁ”. Y dentro de los 10 días siguientes a la misma, no se presentaron personas alegando derechos sobre el predio. Así mismo en dicha diligencia se establece que el predio estaba siendo habitado y explotado por el mismo solicitante.
En el desarrollo de la diligencia de COMUNICACIÓN, no se encontró a persona alguna en el predio; en éste vive el solicitante MANUEL ENRIQUE ÁLVAREZ ARAGÓN, quien acompañó al equipo y se observaron cultivos de pan coger, como Yuca, Maíz, Arroz, Ñame y Aguacate; al igual aves de corral.
3.2. PRETENSIONES: Indicadas en la Demanda de Restitución y Formalización
pan coger, como Yuca, Maíz, Arroz, Ñame y Aguacate; al igual aves de corral.
3.2. PRETENSIONES: Indicadas en la Demanda de Restitución y Formalización de Tierras Despojada s o Abandonadas Forzosamente, presentada porSENTENCIA NO. 0012 Proceso Radicado N° 13-244-31-21-001-2019-00100-00
P á g i n a 7 de 59
RJ-CER855787-130 RJ-CER855787
JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN
RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE EL CARMEN DE BOLÍVAR
www.ramajudicial.gov.co j01cctoesrtbol@cendoj.ramajudicial.gov.co Barrio el porvenir calle 24 No. 45-34 gov.cotcarbolivar@cendoj.ramajudicial.gov.co Barrio el porvenir calle 24 No. 45-34
MANUEL ENRIQUE, FELIX MIGUEL, MARÍA ISABEL, DANILSA ESTHER, EMILSE
HORTENSIA, CRISTINA ISABEL , WILBERTO, LUIS ALFONSO , EDINSON
MANUEL y DUVIS MARGOT, Hermanos ÁLVAREZ ARAGÓN.
PRINCIPALES:
PRIMERA: DECLARAR que los señores MANUEL ENRIQUE ÁLVAREZ
ARAGÓN, identificado con CC N°73.546.369, FELIX MIGUEL ÁLVAREZ ARAGÓN, identificado con CC N°3.860.626, MARÍA ISABEL ÁLVAREZ ARAGÓN, identificada con CC N°22.906.313, DANILSA ESTHER ÁLVAREZ
ARAGÓN, identificado con CC N°3.860.626, MARÍA ISABEL ÁLVAREZ ARAGÓN, identificada con CC N°22.906.313, DANILSA ESTHER ÁLVAREZ ARAGÓN, identificada con CC N° 45.583.928, EMILSE HORTENSIA ÁLVAREZ ARAGÓN, identificada con CC N°45.580,749, CRISTINA ISABEL ÁLVAREZ ARAGÓN , identificada con CC N°45.576.052 , WILBERTO ÁLVAREZ ARAGÓN , identificado con CC N°73.551.490, LUIS ALFONSO ÁLVAREZ ARAGÓN, identificado con CC N°3.860.654, EDINSON MANUEL ÁLVAREZ ARAGÓN, identificado con CC N°73.430.897 y DUVIS MARGOT ÁLVAREZ ARAGÓN, identificada con CC N°22.906.312; son TITULARES del derecho fundamental a la restitución de tierras, en relación con el predio descrito en el numeral 3.1 de la presente solicitud de restitución, en los términos de los artículos 3, 74 y 75 de la Ley 1448 de 2011.
SEGUNDA: ORDENAR la FORMALIZACIÓN y RESTITUCIÓN JURÍDICA y/o MATERIAL a favor de los señores PRIMERA: DECLARAR que los señores
MANUEL ENRIQUE ÁLVAREZ ARAGÓN , identificado con CC N°73.546.369, FELIX MIGUEL ÁLVAREZ ARAGÓN , identificado con CC N°3.860.626, MARÍA ISABEL ÁLVAREZ ARAGÓN , identificada con CC N°22.906.313, DANILSA ESTHER ÁLVAREZ ARAGÓN , identificada con CC
N°3.860.626, MARÍA ISABEL ÁLVAREZ ARAGÓN , identificada con CC N°22.906.313, DANILSA ESTHER ÁLVAREZ ARAGÓN , identificada con CC N°45.583.928, EMILSE HORTENSIA ÁLVAREZ ARAGÓN, identificada con CC N°45.580,749, CRISTINA ISABEL ÁLVAREZ ARAGÓN, identificada con CC N°45.576.052 , WILBERTO ÁLVAREZ ARAGÓN , identificado con CC N°73.551.490, LUIS ALFONSO ÁLVAREZ ARAGÓN , identificado con CC N°3.860.654, EDINSON MANUEL ÁLVAREZ ARAGÓN, identificado con CC N°73.430.897 y DUVIS MARGOT ÁLVAREZ ARAGÓN, identificada con CC N°22.906.312; del predio denominado “CANADA” ubicado en la Vereda Camaroncito, del Municipio de el Carmen de Bolívar - Bolívar, FMI No. 062-37447; con Cedula Catastral N°132440003000000020206000000, el cual tiene una extensión georeferenciada de Veintiséis (26) Hectáreas, con 6.007 Metros Cuadrados. En consecuencia, ORDENAR a la AGENCIA NACIONAL DE TIERRAS – ANT, que con fundamento en la Sentencia, proceda a ADJUDICAR el predio restituido, a favor de los señores antes relacionados; de conformidad con lo dispuesto por los artículos 74 y el literal g) y parágrafo 4° del artículo 91 de la Ley 1448 de 2011; y REMITIR de manera inmediata el acto administrativo respec tivo a la OFICINA DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS de El Carmen de Bolívar; para su
literal g) y parágrafo 4° del artículo 91 de la Ley 1448 de 2011; y REMITIR de manera inmediata el acto administrativo respec tivo a la OFICINA DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS de El Carmen de Bolívar; para su correspondiente INSCRIPCIÓN.SENTENCIA NO. 0012 Proceso Radicado N° 13-244-31-21-001-2019-00100-00
P á g i n a 8 de 59
RJ-CER855787-130 RJ-CER855787
JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN
RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE EL CARMEN DE BOLÍVAR
www.ramajudicial.gov.co j01cctoesrtbol@cendoj.ramajudicial.gov.co Barrio el porvenir calle 24 No. 45-34 gov.cotcarbolivar@cendoj.ramajudicial.gov.co Barrio el porvenir calle 24 No. 45-34
TERCERA: ORDENAR a la Oficina de Instrumentos Públicos del Circulo Registral de El Carmen de Bolívar (ORIP), INSCRIBIR la SENTENCIA en los términos señalados en el literal c) del artículo 91 de la Ley 1448 de 2011, en el folio de matrícula N° 062-37447, aplicando el criterio de gratuidad al que refiere el parágrafo 1º del artículo 84 de la Ley 1448 de 2011.
CUARTA: ORDENAR a la Oficina de Instrumentos Públicos de El Carmen de Bolívar - Bolívar, la CANCELACIÓN de todo antecedente registral sobre gravámenes y limitaciones de dominio, títulos de tenencia,
CUARTA: ORDENAR a la Oficina de Instrumentos Públicos de El Carmen de Bolívar - Bolívar, la CANCELACIÓN de todo antecedente registral sobre gravámenes y limitaciones de dominio, títulos de tenencia, tenencia, arrendamientos, de la denominada falsa tradición y las medidas cautelares registradas con pos terioridad al despojo o abandono.
QUINTA: ORDENAR a la Oficina de Instrumentos Públicos de El Carmen de Bolívar – Bolívar que, en los términos previstos en el Literal n) del artículo 91 de la Ley 1448 de 2011, cancelar cualquier Derecho Real que figure a favor de terceros sobre el inmueble objeto de restitución, en virtud de cualquier obligación civil, comercial, administrativa o tributaria en el evento que sea contraria al Derecho de Restitución.
SEXTA: ORDENAR a la Oficina de Instrumentos Públicos de El Carmen de Bolívar – Bolívar, la inscripción en el Folio de Matrícula Inmobiliaria 062-37447 de las medidas de protección patrimonial previstas en la ley 387 de 1997, en los términos previstos en el literal e) del artículo 91 de la Ley 1448 de 2011.
SÉPTIMA: ORDENAR a la ORIP de El Carmen de Bolívar - Bolívar, ACTUALIZAR el Folio de Matrícula Inmobiliaria N° 062-37447; en cuanto a área, linderos y el titular del derecho, con base en la información predial indicada en el fallo.
OCTAVA: ORDENAR al INSTITUT O AGUSTIN CODAZZI – IGAG; que con base en el FMI N° 062-37447; ACTUALIZADO por la ORIP de El Carmen;
indicada en el fallo.
OCTAVA: ORDENAR al INSTITUT O AGUSTIN CODAZZI – IGAG; que con base en el FMI N° 062-37447; ACTUALIZADO por la ORIP de El Carmen; adelante la actuación catastral que corresponda.
NOVENA: ORDENAR el acompañamiento y colaboración de la Fuerza Pública en la diligencia de entrega material del bien a restituir de acuerdo al literal o) del artículo 91 de la Ley 1448 de 2011. Por tratarse de una solicitante désele la especial colaboración a la que se refiere el artículo 116 de la Ley en comento, siempre y cuando medie consentimiento previo de la víctima.
DÉCIMA: CONDENAR en costas y demás condenas a la parte vencida conforme a lo señalado en los literales s) y q) del artículo 91 de la Ley 1448 de 2011.
UNDÉCIMA: COBIJAR con la medida de protección preceptuada en el artículo 101 de la Ley 144 8 de 2011, el predio “CANADA” ubicado en la Vereda Camaroncito, del Municipio de el Carmen de Bolívar - Bolívar, FMISENTENCIA NO. 0012
Proceso Radicado N° 13-244-31-21-001-2019-00100-00
P á g i n a 9 de 59
RJ-CER855787-130 RJ-CER855787
JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN
RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE EL CARMEN DE BOLÍVAR
www.ramajudicial.gov.co j01cctoesrtbol@cendoj.ramajudicial.gov.co
RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE EL CARMEN DE BOLÍVAR
www.ramajudicial.gov.co j01cctoesrtbol@cendoj.ramajudicial.gov.co Barrio el porvenir calle 24 No. 45-34 gov.cotcarbolivar@cendoj.ramajudicial.gov.co Barrio el porvenir calle 24 No. 45-34
No. 062-37447; con Cedula Catastral N°132440003000000020206000000, el cual tiene una extensión georeferenciada de Veintiséis (26) Hectáreas , con 6.007 Metros Cuadrados...
Pretensiones complementarias
ALIVIO PASIVOS:
ORDENAR al Alcalde del municipio de El Carmen de Bolívar , dar aplicación al Acuerdo Vigente y en consecuencia condonar las sumas causadas entre los años objeto de abandono, por concepto de impuesto predial, tasas y otras contribuciones, del predio denominado “CANADÁ” ubicado en la Vereda Camaroncito, del Municipio de el Carmen de Bolívar - Bolívar, FMI No. 062-37447; con Cedula Catastral N°132440003000000020206000000, el cual ti ene una extensión georeferenciada de Veintiséis (26) Hectáreas, con 6.007 Metros Cuadrados
ORDENAR al Fondo de la UAEGRTD, aliviar las deudas que, por concepto de Servicios Públicos Domiciliarios de Acueducto, alcantarillado y Energía Eléctrica, de los señores MANUEL ENRIQUE ÁLVAREZ ARAGÓN, identificado con CC N°73.546.369, FELIX MIGUEL ÁLVAREZ ARAGÓN ,
Energía Eléctrica, de los señores MANUEL ENRIQUE ÁLVAREZ ARAGÓN, identificado con CC N°73.546.369, FELIX MIGUEL ÁLVAREZ ARAGÓN , identificado con CC N°3.860.626, MARÍA ISABEL ÁLVAREZ ARAGÓN , identificada con CC N°22.906.313, DANILSA ESTHER ÁLVAREZ ARAGÓN , identificada con CC N°45.583. 928, EMILSE HORTENSIA ÁLVAREZ ARAGÓN, identificada con CC N°45.580,749, CRISTINA ISABEL ÁLVAREZ ARAGÓN, identificada con CC N°45.576.052 , WILBERTO ÁLVAREZ ARAGÓN, identificado con CC N°73.551.490, LUIS ALFONSO ÁLVAREZ ARAGÓN, identificado con CC N°3.860.654, EDINSON MANUEL ÁLVAREZ ARAGÓN, identificado con CC N°73.430.897 y DUVIS MARGOT ÁLVAREZ ARAGÓN, identificada con CC N°22.906.312 , adeuden a las empresas prestadoras de los mismos, por el no pago en los periodos correspondientes al tiempo transcurrido en tre la fecha del hecho victimizante y la Sentencia de Restitución de Tierras.
PROYECTOS PRODUCTIVOS
ORDENAR a la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas que, incluya por una sola vez a los señores MANUEL ENRIQUE ÁLV AREZ ARAGÓN , identificado con CC N°73.546.369, FELIX MIGUEL ÁLVAREZ ARAGÓN , identificado con CC N°3.860.626, MARÍA ISABEL ÁLVAREZ ARAGÓN , identificada con CC
MANUEL ENRIQUE ÁLV AREZ ARAGÓN , identificado con CC N°73.546.369, FELIX MIGUEL ÁLVAREZ ARAGÓN , identificado con CC N°3.860.626, MARÍA ISABEL ÁLVAREZ ARAGÓN , identificada con CC N°22.906.313, DANILSA ESTHER ÁLVAREZ ARAGÓN , identificada con CC N°45.583.928, EMILSE HORTENSIA ÁL VAREZ ARAGÓN, identificada con CC N°45.580,749, CRISTINA ISABEL ÁLVAREZ ARAGÓN, identificada con CC N°45.576.052 , WILBERTO ÁLVAREZ ARAGÓN , identificado con CC N°73.551.490, LUIS ALFONSO ÁLVAREZ ARAGÓN , identificado con CC N°3.860.654, EDINSON MANUEL ÁLVAREZ ARAGÓN, identificado con CC N°73.430.897 y DUVIS MARGOT ÁLVAREZ ARAGÓN, identificada con CCSENTENCIA NO. 0012 Proceso Radicado N° 13-244-31-21-001-2019-00100-00
P á g i n a 10 de 59
RJ-CER855787-130 RJ-CER855787
JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN
RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE EL CARMEN DE BOLÍVAR
www.ramajudicial.gov.co j01cctoesrtbol@cendoj.ramajudicial.gov.co Barrio el porvenir calle 24 No. 45-34 gov.cotcarbolivar@cendoj.ramajudicial.gov.co Barrio el porvenir calle 24 No. 45-34
Barrio el porvenir calle 24 No. 45-34 gov.cotcarbolivar@cendoj.ramajudicial.gov.co Barrio el porvenir calle 24 No. 45-34
N°22.906.312, junto con su s respectivos núcleos familiares, en el programa de proyectos productivos, una vez sea verificada la entrega o el goce material del pre dio objeto de restitución. Para que implemente la creación de dichos proyectos y brinde la asistencia técnica correspondiente.
ORDENAR al SENA el desarrollo de los componentes de formación productiva, en los proyectos de explotación de economía campesina, a efectos de fortalecer y acompañar los proyectos productivos que la Unidad de Restitución de Tierras implemente y desarrolle en los predios reclamados en restitución.
REPARACIÓN - UARIV:
ORDENAR a la Unidad para las Víctimas realizar la valoración del núcleo familiar actual de los beneficiarios de restitución de tierras con el fin de determinar las medidas que resulten procedentes, para que con posterioridad y como resultado de dicho ejercicio, las remita a las autoridades competentes en su materialización.
SALUD:
ORDENAR a la Secretaría de Salud Municipal de El Carmen de Bolívar, o quien haga sus veces; afiliar a los solicitantes MANUEL ENRIQUE ÁLVAREZ ARAGÓN , identificado con CC N°73.546.369, FELIX MIGUEL ÁLVAREZ ARAGÓN , identificado con CC N°3.860.6 26, MARÍA ISABEL ÁLVAREZ ARAGÓN, identificada con CC N°22.906.313, DANILSA ESTHER ÁLVAREZ ARAGÓN , identificada con CC N°45.583.928, EMILSE
ÁLVAREZ ARAGÓN, identificada con CC N°22.906.313, DANILSA ESTHER ÁLVAREZ ARAGÓN , identificada con CC N°45.583.928, EMILSE HORTENSIA ÁLVAREZ ARAGÓN , identificada con CC N°45.580,749, CRISTINA ISABEL ÁLVAREZ ARAGÓN, identificada con CC N°45.576.052 , WILBERTO ÁLVAREZ ARAGÓN , identificado con CC N°73.551.490, LUIS ALFONSO ÁLVAREZ ARAGÓN , identificado con CC N°3.860.654, EDINSON MANUEL ÁLVAREZ ARAGÓN , identificado con CC N°73.430.897 y DUVIS MARGOT ÁLVAREZ ARAGÓN, identificada con CC N°22.906.312 y sus respectivos núcleos familiares al régimen subsidiado del Sistema General de Seguridad en Salud, salvo que aquellos se encuentren asegurados en al régimen contributivo.
ORDENAR a la Superintendencia Nacional de Salud para que, en el marco de sus c ompetencias y responsabilidades, ejerza vigilancia y control frente a las gestiones de afiliación y prestación de servicios en atención y/o rehabilitación en salud física y mental en favor de los beneficiarios de tales componentes
EDUCACIÓN:
ORDENAR al Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, la inclusión de los solicitantes en los programas de creación de empleo rural y urbano, en los términos del artículo 130 de la Ley 1448 de 2011.SENTENCIA NO. 0012 Proceso Radicado N° 13-244-31-21-001-2019-00100-00
P á g i n a 11 de 59
RJ-CER855787-130 RJ-CER855787
Proceso Radicado N° 13-244-31-21-001-2019-00100-00
P á g i n a 11 de 59
RJ-CER855787-130 RJ-CER855787
JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN
RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE EL CARMEN DE BOLÍVAR
www.ramajudicial.gov.co j01cctoesrtbol@cendoj.ramajudicial.gov.co Barrio el porvenir calle 24 No. 45-34 gov.cotcarbolivar@cendoj.ramajudicial.gov.co Barrio el porvenir calle 24 No. 45-34
VIVIENDA:
ORDENAR al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio para que, a través de Fonvivienda, realice las acciones tendientes al otorgamiento de manera prioritaria y preferente del subsidio de vivienda urbano en la modalidad que aplique en favor del hogar referido, siempre y cuando cumplan los requisitos exigidos por la Ley, para su postulación y asignación, en virtud de la responsabilidad establecida en los artículos 123 y siguientes de la Ley 1448 de 2011, de acuerdo a la normatividad pertinente que regula la materia.
PRETENSIÓN GENERAL
PROFERIR todas aquellas órdenes que sean necesarias para garantizar la efectividad de la restitución jurídica y material del bien inmueble y la estabilidad en el ejercicio y goce efectivo de los derechos de los solicitantes de restitución, en razón a lo establecido en el literal p) del artículo 91 de la Ley 1448 de 2011.
CENTRO DE MEMORIA HISTÓRICA
estabilidad en el ejercicio y goce efectivo de los derechos de los solicitantes de restitución, en razón a lo establecido en el literal p) del artículo 91 de la Ley 1448 de 2011.
CENTRO DE MEMORIA HISTÓRICA
ORDENAR a la Dirección de Archivo de los Derechos Humanos del Centro Nacional de Memoria Histórica que, en el marco de sus funciones y de conformidad con el Protocolo de Gestión Documental de los Archivos Referidos a las Graves y Manifiestas Violaciones a los Derechos Humanos e Infracciones al Derechos Internacional Humanitario, acopie, preserve y custodie copia de presente sentencia judicial en virtud de la cual se documenten los hechos vi ctimizantes ocurridos en la MICRO ZONA ALTA de El Carmen de Bolívar. Para tal efecto, envíese copia de la sentencia anunciada a la Dirección de Archivo de los Derechos Humanos del Centro Nacional de Memoria Histórica.
3.3. ACTUACIÓN EN LA ETAPA ADMINISTRATIVA
En la actuación se observa que para cumplir con el requisito de procedibilidad de que trata el inciso 5 del Art. 76 de la ley 1448 de 2011, se adelantó la etapa administrativa correspondiente y se expidió la Resolución RB 00032 de 25 de Enero de 2019, mediante el cual se inscribe el predio en el Registro Único de Tierras Despojadas y Abandonadas Forzosamente a nombre de los señores
MANUEL ENRIQUE ÁLVAREZ ARAGÓN , FELIX MIGUEL ÁLVAREZ ARAGÓN ,
MARÍA ISABEL ÁLVAREZ ARAGÓN , DANILSA ESTHER ÁLVAREZ ARAGÓN ,
EMILSE HORTENSIA ÁLVAREZ ARAGÓN, CRISTINA ISABEL ÁLVAREZ ARAGÓN,
MARÍA ISABEL ÁLVAREZ ARAGÓN , DANILSA ESTHER ÁLVAREZ ARAGÓN ,
EMILSE HORTENSIA ÁLVAREZ ARAGÓN, CRISTINA ISABEL ÁLVAREZ ARAGÓN,
WILBERTO ÁLVAREZ ARAGÓN, LUIS ALFONSO ÁLVAREZ ARAGÓN, EDINSON MANUEL ÁLVAREZ ARAGÓN y DUVIS MARGOT ÁLVAREZ ARAGÓN , denominado “CANADÁ”, en el Registro Único de Tierras Despojadas y Abandonadas Forzosamente – RTDAF; con una relación de OCUPANTES en el predio.SENTENCIA NO. 0012 Proceso Radicado N° 13-244-31-21-001-2019-00100-00
P á g i n a 12 de 59
RJ-CER855787-130 RJ-CER855787
JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN
RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE EL CARMEN DE BOLÍVAR
www.ramajudicial.gov.co j01cctoesrtbol@cendoj.ramajudicial.gov.co Barrio el porvenir calle 24 No. 45-34 gov.cotcarbolivar@cendoj.ramajudicial.gov.co Barrio el porvenir calle 24 No. 45-34
Una vez cumplido con el requisito de procedibilidad, por parte de los señores MANUEL ENRIQUE ÁLVAREZ ARAGÓN , identificado con CC N°73.546.369, FELIX MIGUEL ÁLVAREZ ARAGÓN , identificado c on CC N°3.860.626, MARÍA ISABEL ÁLVAREZ ARAGÓN , identificada con CC N°22.906.313, DANILSA
FELIX MIGUEL ÁLVAREZ ARAGÓN , identificado c on CC N°3.860.626, MARÍA ISABEL ÁLVAREZ ARAGÓN , identificada con CC N°22.906.313, DANILSA ESTHER ÁLVAREZ ARAGÓN , identificada con CC N°45.583.928, EMILSE HORTENSIA ÁLVAREZ ARAGÓN , identificada con CC N°45.580,749, CRISTINA ISABEL ÁLVAREZ ARAGÓN , identifica da con CC N°45.576.052 , WILBERTO ÁLVAREZ ARAGÓN , identificado con CC N°73.551.490, LUIS ALFONSO ÁLVAREZ ARAGÓN , identificado con CC N°3.860.654, EDINSON MANUEL ÁLVAREZ ARAGÓN , identificado con CC N°73.430.897 y DUVIS MARGOT ÁLVAREZ ARAGÓN, identificada con CC N°22.906.312; presentaron la solicitud de restitución pertinente.
3.4. ACTUACIÓN EN LA ETAPA JUDICIAL
Luego de cumplido el trámite de reparto de la solicitud, le correspondió su conocimiento a este Despacho Judicial, pro cediendo a su ADMISIÓN el Veintisiete (27) de Noviembre de dos mil diecinueve (2019); por cumplir con los requisitos mínimos de que trata el Art. 86 de la Ley 1448 de 2011.
En el auto admisorio se emitieron las órdenes de ley y se dispuso la vinculación de la AGENCIA NACIONAL DE TIE RRAS – ANT, por ser un predio baldío y la AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS – ANH, atendiendo a que , en la demanda, en el Informe Técnico Predial – ITP, se indica que el predio se
AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS – ANH, atendiendo a que , en la demanda, en el Informe Técnico Predial – ITP, se indica que el predio se encuentra en una zona de exploración de hidrocarburos, por parte de la ANH.
La AGENCIA NACIONAL DE TIERRAS – ANT; respondió que, el predio es un baldío, cuya titularidad, la tiene la Nación; y la AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS – ANH, manifestó que no presenta oposición dentro de los procesos de restitución de tierras, en tanto no persigue la titularidad sobre los inmuebles, ni siquiera respecto de aquellos en los cuales se adelantan actividades de exploración o explotación de hidrocarburos.
Posteriormente, mediante auto de fecha veintisiete (27) de febrero de dos mil veinte (2 020), y una vez vencido el término de traslado de la solicitud, se dispuso la apertura del período probatorio, teniéndose como pruebas documentales las aportadas por los solicitantes, por intermedio de apoderado, así como las remitidas por las entidades intervinientes.
En desarrollo de la etapa probatoria se llevó a cabo una única audiencia virtual de pruebas, celebrada el veinticinco (25) de agosto
Estás viendo una vista previa
Lee el documento completo con Ariel
Este es un fragmento de uno de los más de 1.2 millones de documentos de la biblioteca de Ariel. Crea tu cuenta para leerlo completo, descargarlo y consultarlo con Ariel, que siempre te lleva a la fuente exacta: Ariel NO alucina.