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JUZ PUTUMAYO - 2017 08 Ago D860013121001201500582000Sentencia ADICIONACOMPLEMENTACORRIGE2017829104623

Juzgado de Putumayo

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Detalles

Título
JUZ PUTUMAYO - 2017 08 Ago D860013121001201500582000Sentencia ADICIONACOMPLEMENTACORRIGE2017829104623
Autor
Juzgado de Putumayo
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Extinción de Dominio
Año
2017

a Saé ee Si Rama JudicialE a |) Consejo Superior de la JudicaturaRepública de ColombiaJUZGADO SEGUNDO DE DESCONGESTIÓN CIVIL DEL CIRCUITOESPECIALIZADO DE RESTITUCIÓN DE TIERRAS Radicación: 2015-00582-00.Solicitante: ROCIO ROJAS MUÑOZ.Interlocutorio: 020, Mocoa, veintinueve de agosto de dos mil diecisiete. Este despacho, al momento de proferir la sentencia No. 14 del 15 de agosto de 2017,dispuso en su numeral cuarto someter a custodia y a registro de las entidadesgubernamentales competentes, el predio baldío solicitado en restitución. Noobstante, se ha considerado necesario, con apoyo en el artículo 287 del CódigoGeneral del Proceso, emitir una orden complementaria dirigida a la Agencia Nacionalde Tierras, donde se le exhorte a adjudicar aquel inmueble al Fondo de la UnidadAdministrativa Especial de Gestión de Tierras Despojadas y AbandonasForzosamente. Ello en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 91 literal k de la ley1448 de 2011. Por lo anterior, el Juzgado Segundo de Descongestión Civil del Circuito Especializadoen Restitución de Tierras de Mocoa:

RESUELVE: PRIMERO.- ADICIONAR al numeral CUARTO de la sentencia proferida el 15 deagosto de 2017, en el proceso de la referencia, la disposición siguiente: ORDENARa la Agencia Nacional de Tierras, a través de su director para quedentro de los diez (10) días siguientes a la notificación de esta providencia,ADJUDIQUE a nombre del Fondo de la Unidad Administrativa Especial deGestión de Restitución de Tierras Despojadas, el predio baldío, con extensiónde 3 has 4.601 mm? que se encuentra asentado a folio de matrícula inmobiliariaNo. 440-69184 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Mocoa —Putumayo, cuyas coordenadas georreferenciadas y linderos especiales seencuentran identificados en el numeral segundo de la sentencia 14 del 15 deagosto de 2017.

SEGUNDO.- Por secretaría, notifíquese a la parte interesada por el medio máseficaz y expedito, de la presente decisión para lo de su cargo. NOTIFÍQUESE CÚMPLASEGORMAURICIO BENAVIDES ZAMBRANOJuez RAMA JUDICIAL. .JUZGADO SEGUNDO DE DESCONGESTIONCIVIL DE CIRCUITOESPECIALIZADO DE RESTITUCION DE TIERRASMOCOANOTIFICO EL AUTO POR ESTADOS

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