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JUZ PUTUMAYO - 2017 09 Sep D860013121001201500676000Sentencia ADICIONACOMPLEMENTACORRIGE2017927172211

Juzgado de Putumayo

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Detalles

Título
JUZ PUTUMAYO - 2017 09 Sep D860013121001201500676000Sentencia ADICIONACOMPLEMENTACORRIGE2017927172211
Autor
Juzgado de Putumayo
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Extinción de Dominio
Año
2017

Rama JudicialConsejo Superior de la JudicaturaRepública de Colombia JUZGADO SEGUNDO DE DESCONGESTIÓN CIVIL DEL CIRCUITOESPECIALIZADO DE RESTITUCIÓN DE TIERRAS Mocoa, 26 de septiembre de 2017, INFORME SECRETARIAL: A la fecha doy cuenta al señor Juez, del memorialpresentado por el apoderado judicial del señor JOSE GILBERTO NUPAN MALES,mediante el cual elevó solicitud de revisión de la sentencia No. 009 emitida el 31 deJulio de 2017. Sírvase proveer, Idi-DíazEscribiente. Mocoa, 22,de septiembre de 2017.

Radicación: 2015-00676-00.Solicitante: JOSE GILBERTO NUPAN MALESInterlocutorio: 31

Visto el informe secretaria!que antecede, procede el despacho a pronunciarse sobrelas observaciones presentadas por el apoderado judicial de! señor JOSE GILBERTONUPAN MALES, en cuanto ala sentencia No. 009 emitida el 31 de julio de la presenteanualidad tendientes a corregir el encabezado, el numeral primero y segundo de laprovidencia toda vez que se enuncia a la señora Maria Angélica Males de Nupán,como esposa del solicitante, siendo esta misma su madre y la ciudadana MargaritaMontenegro Pinta su cónyuge, Adicionalmente el área catastral de la UAEGRTD, sugiere el cambio de ladenominación del predio en el numeral tercero de la parte resolutiva que se señalócomo urbano a uno de tipo rural; a la vez aduce que existe una inconsistencia en loque respecta al cuadro de colindantes y coordenadas según el informe técnicopredial.

En ese orden de ideas y al asistir razón en todos losconviene ahora acceder a ellos, estribados en el artículo 286 del código General delProceso efectuando las correcciones y aclaraciones pertinentes, ajustándolas a losordenamientos redactados en tal decisión, según Corresponde. señalamientos indicados Por lo anteriormente expuesto, el Juzgado Segundo de Descongestión Civil delCircuito Especializado en Restitución de Tierras de Mocoa:$ J República de Colombia ($, Rama JudicialWY Consejo Superior de la Judicatura RESUELVE: PRIMERO.- CORRÍJASE el encabezado de la sentencia, los numerales primero,segundo y tercero de la providencia dictada el 31 de julio de 2017, el cual quedarade la siguiente manera, Radicación: 860013121001-2015-00676-00.Solicitante: José Gilberto Nupan Males,Margarita Montenegro Pinta.

Sentencia: 009.

PRIMERO.- DECLARAR, RECONOCER Y PROTEGER el derecho fundamental a larestitución y formalización de Tierras, del José Gilberto Nupan Males, identificado ‘con cédulade ciudadanía 5.250.491 de Tambo (Nariño) y a su cónyuge Margarita Montenegro Pinta,identificada con cédula de ciudadanía 69,085,098 de Pasto (Nariño) por las razones expuestasen la parte motiva de esta providencia. SEGUNDO.- DECLARAR que el señor José Gilberto Nupan Males, y su cónyuge MargaritaMontenegro Pinta son propietarios del predio rural denominado La Palma situado en lainspección de policia El Placer, vereda El Varadero del municipio de Valle de Guamuez,departamento del Putumayo e

TERCERO.- ORDENAR, como medida de reparación integral la restitución del derecho plenode propiedad a favor del señor José Gilberto Nupan Males, ¡garantizando la seguridadjurídicay material del predio rural ubicado en la vereda El Varadero del municipio de valle de Guamuez,departamento del Putumayo, individualizado de la siguiente manera: Matricula Zas Area ÁreaInmobiliaria Código Catastral Catastral Solicitada442-63395 86-865-00-02-0002-0706-000 3 Has+ 0549 m 3 Has+ 0549 m COLINDANTES ACTUALESNORTE Partiendo desde el punto 12510 en línea recta en dirección oriente, hasta llegar alpunto 12509 en una distancia de 101,17 m a nombre de Eliza Moran.ORIENTE Partiendo desde el punto 12509 en línea recta, en dirección sur hasta llegar al punto12516 en una distancia de 327,7 m con predios de Belarmio Montero.SUR Partiendo desde el punto 12516 en linea recta, suroccidente hasta llegar al punto12515 en una distancia de 65,06m con vía pública.Partiendo desde el punto 12515 en línea quebrada que pasa por los puntos 12514 endirección noroccidente, en una distancia de 32,78 m, continuando hasta el puntoOCCIDENTE 12513 en una distancia de 33,87 m continuando hasta 12518 en una distancia de22,09 m continuando hasta 12512 con predios de Eduardo Chinguenela, continuandoen dirección nor occidente pasando por el punto 12511 en una distancia de 82,21 m,cerrando en el punto 12510 en una distancia de 209, 34m, con vía pública.Rama Judicial .Consejo Superior de la Judicatura

República de Colombia Coordenadas. Ptos Latitud Longuitud Norte Este12513/0 28' 13,244" N__|76° 57' 13,488" W | 543841,6981 679693,849212514/0° 28' 12,892" N__|76° 57° 14,524" W | 543830,8841 679661,74812515/0” 28' 11,963" N__[76” 57' 14,006" W | 543802,3055 679677,796912516/|0 28' 12,013" N__|76” 57' 11,905" W | 543803,8297 679742,837112509/0 28' 22,587" N |76 57' 13,210" W 544129,045 679702,573812510/0 28' 23,272" N__|76 57' 16,406" W | 544150,1562 679603,632112511]0° 28' 16,500" N__|76” 57' 15,723" W | 543941,8805 679624,680712512/0° 28' 13,844" N_ [76”57'14,834" W | 543860,177 679652, 180812518/0 28' 13,941" N__|76” 57' 13,747" W | 543863,1411 679685,8180 DATUM GEODESICO WGS 84

TERCERO.- Por secretaría, notifíquese a las partes interesadas por el medio máseficaz y expedito, de la presente decisión para lo de su cargo.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

A MAURICIO BENAVIDES ZAMBRANOJUEZ RAMA JUDICIAL ONJUZGADO SEGUNDO DE DESCONGESTIÓNCIVIL DE CIRCUITOESPECIALIZADO DE RESTITUCIÓN DE TIERRASMOCOANOTIFICO EL AUTO PORESTADOS HOY: 28 de septiembre de 2017 0Uoruta €} Secretariao 2

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